Chapter 8.3
Section § 25722
Esta ley exige a California crear normas para la compra de vehículos y neumáticos estatales que sean eficientes en el consumo de combustible, con el objetivo de reducir el uso de gasolina al máximo posible, manteniendo la rentabilidad. A más tardar el 31 de enero de 2003, las agencias pertinentes deben desarrollar estas especificaciones. Las agencias estudiarán los hábitos de compra actuales y evaluarán cómo lograr una reducción de al menos el 10% en el consumo de energía para 2005.
El estudio explorará varios aspectos: el uso de combustibles alternativos, la elección de coches eficientes en combustible, la reducción del tamaño de la flota de vehículos del estado, la disminución de viajes en favor de otras opciones de transporte, un mejor mantenimiento de los vehículos, la comparación de diferentes tipos de neumáticos y la evaluación de los costos de distintos tipos de vehículos.
Además, para la misma fecha de enero, el estado debe establecer estándares de contaminación para automóviles y camiones ligeros que cumplan con sus estándares de Vehículos de Emisiones Ultrabajas. Si existen métodos más económicos que puedan lograr reducciones de petróleo similares a las reglas federales, el estado podría solicitar una exención de esas condiciones federales.
Section § 25722.11
A partir del 31 de diciembre de 2025, el 15% de los vehículos grandes que pesen 19,000 libras o más, y que sean comprados para uso por entidades estatales de California, deberán ser de cero emisiones. Para el 31 de diciembre de 2030, este requisito aumenta al 30%. Estas reglas no se aplican a los vehículos necesarios para la seguridad pública con necesidades de rendimiento especiales, según lo defina el Departamento de Servicios Generales.
Si para finales de 2026, cumplir con estos requisitos no es factible, el Departamento de Servicios Generales debe celebrar una audiencia pública para explicar los problemas e informar a la Legislatura. Luego, trabajarán con la Junta de Recursos del Aire del Estado para evaluar la tecnología de cero emisiones para estos vehículos y elaborar un plan para resolver cualquier obstáculo, el cual intentarán implementar durante al menos un año.
Si después de un año sigue siendo inviable, informarán en otra audiencia pública y notificarán a la Legislatura. Esta sección queda inactiva una vez que se notifica a la Legislatura que no se pueden cumplir los requisitos, y será derogada formalmente el siguiente 1 de enero.
Section § 25722.5
Esta ley exige que las oficinas, agencias y departamentos del estado de California revisen periódicamente sus flotas de vehículos. Si es financieramente sensato o beneficioso para el público, deben reemplazar los SUV no esenciales y las camionetas 4x4 con vehículos más eficientes en el consumo de combustible. Aquellos con vehículos que pueden funcionar con gas natural, propano o combustible flexible deben usar estos combustibles alternativos tanto como sea posible.
El Director de Servicios Generales debe mantener registros anuales detallados sobre los tipos de vehículos que el estado posee o arrienda, como cuántos vehículos de pasajeros, SUV, 4x4 y vehículos de combustible alternativo se compran o se dan de baja. También deben rastrear el consumo de combustible y las millas recorridas por estos vehículos. Estos datos se hacen públicos en el sitio web del departamento, y cada tres años, se elabora un informe basado en esta información.
La ley no se aplica automáticamente a la Universidad de California a menos que ellos decidan que sí. Además, todas las agencias estatales relacionadas deben ayudar a recopilar y proporcionar los datos necesarios.
Section § 25722.6
El Departamento de Servicios Generales de California tiene la tarea de maximizar el uso de vehículos de combustible alternativo, como los coches eléctricos y de hidrógeno, en la flota estatal para 2023. Deben evaluar los vehículos basándose en el costo y los beneficios ambientales. Los mismos criterios se aplican al considerar vehículos con motor de combustión, centrándose en las emisiones y los costos de propiedad.
El departamento debe actualizar los procedimientos para clasificar los vehículos según sus requisitos de trabajo y evaluar los vehículos de combustión interna bajo criterios establecidos. Se aseguran de que los vehículos de la flota cumplan con los requisitos federales y evalúan anualmente las posibles nuevas incorporaciones a la flota. Los vehículos de combustible alternativo deben usar esos combustibles siempre que sea posible, y la información debe compartirse con las estaciones de servicio para apoyar las necesidades de combustible alternativo.
Las instalaciones que abastecen a vehículos estatales deben considerar opciones de combustible alternativo para la infraestructura. Los vehículos de emergencia están exentos de estas normas, y las oficinas estatales deben justificar la compra de SUV demostrando su necesidad, con preferencia por las versiones de combustible alternativo. La ley no se aplica a la Universidad de California a menos que los Regentes decidan lo contrario.
Section § 25722.7
Esta ley exige que el Departamento de Servicios Generales de California, junto con otras entidades estatales, establezca un estándar de economía de combustible para la flota estatal de vehículos de pasajeros y camiones ligeros que funcionan con combustibles fósiles o son híbridos (pero no enchufables ni totalmente eléctricos). Este estándar debe superar el que estaba vigente el 1 de enero de 2007. Los vehículos de emergencia y los vehículos que atienden a personas con discapacidades están exentos. La norma se aplica a todas las ramas del gobierno estatal, excepto a la Universidad de California, a menos que sus Regentes decidan lo contrario.
Section § 25722.8
Esta ley exige que el Secretario de la Agencia de Operaciones Gubernamentales cree e implemente un plan para reducir el consumo de petróleo de la flota estatal utilizando más combustibles alternativos y vehículos de bajo consumo de combustible. Para 2012, el objetivo era una reducción del 10%, aumentando al 20% para 2020, en comparación con los niveles de 2003. A partir de 2010, el Departamento de Servicios Generales debe informar anualmente en línea sobre el progreso de estos objetivos.
El Departamento también tiene la tarea de promover el uso de combustibles y vehículos alternativos (como híbridos o coches eléctricos), desarrollar infraestructura de combustible y animar a los empleados a conducir estos vehículos ofreciendo incentivos como beneficios de estacionamiento. Los “vehículos de combustible alternativo” se definen específicamente para incluir varios vehículos de tecnología avanzada y bajas emisiones.
Section § 25722.9
Esta ley define los "vehículos de combustible alternativo" como aquellos que utilizan tecnologías limpias, como híbridos, vehículos eléctricos y vehículos de pila de combustible, para reducir las emisiones y el uso de petróleo. El Departamento de Servicios Generales y el Departamento de Transporte tienen la tarea de crear programas de incentivos de estacionamiento para estos vehículos en estacionamientos públicos con 50 o más plazas y en estacionamientos de enlace. Estos incentivos podrían incluir beneficios como plazas de estacionamiento preferentes, tarifas de estacionamiento más bajas y acceso a estaciones de carga, fomentando que más personas utilicen vehículos ecológicos.
Section § 25723
Para el 31 de enero de 2003, una comisión tiene la tarea de crear un Programa Estatal de Neumáticos de Eficiencia de Combustible de California con la colaboración de otras agencias estatales relevantes. El programa incluye el desarrollo de una prueba para la eficiencia de combustible de los neumáticos, la compilación de una base de datos sobre la eficiencia de los neumáticos y la creación de un sistema de clasificación y difusión de información fácil de usar para el consumidor.
Además, implica estudiar la seguridad de promover neumáticos eficientes en el consumo de combustible, establecer un estándar de eficiencia obligatorio para los neumáticos de repuesto en California y proponer programas de incentivos para el consumidor, como reembolsos por la compra de neumáticos eficientes en el consumo de combustible.
Section § 25724
A partir del año fiscal 2024-25, al menos la mitad de los vehículos ligeros comprados para la flota vehicular del estado de California cada año deben ser vehículos de cero emisiones. Esto no se aplica a los vehículos que tienen necesidades específicas para la seguridad pública. Si cumplir con este requisito no es factible debido a las necesidades del estado o a costos excesivos, el Departamento de Servicios Generales puede celebrar una audiencia pública, informar al Secretario de Estado y suspender el requisito.
Section § 25724.4
Esta ley garantiza que cuando las agencias estatales de California instalen estaciones de carga o infraestructura de combustible para vehículos eléctricos o de hidrógeno como parte de las operaciones de la flota estatal, no se considere un uso inapropiado de fondos públicos. Además, estas agencias no están obligadas a retirar o recuperar el equipo de carga cuando un empleado estatal deja su puesto de trabajo. La ley también define el equipo de suministro para vehículos eléctricos (EVSE) como el dispositivo que gestiona el suministro de energía durante la carga del vehículo.