En la administración de los fondos del programa de investigación, desarrollo y demostración conforme a este capítulo, la comisión deberá desarrollar e implementar el programa de Cargo de Inversión del Programa Eléctrico (EPIC) para hacer todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(a) Otorgar fondos para proyectos que beneficien a los usuarios de electricidad y que conduzcan a cualquiera de los siguientes resultados:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(a)(1) Avances tecnológicos y descubrimientos para superar las barreras que impiden el logro de los objetivos energéticos legales del estado y que resulten en una cartera de proyectos estratégicamente enfocada y suficientemente específica para avanzar en los desafíos tecnológicos más significativos que incluirán, entre otros, el almacenamiento de energía, la energía renovable y su integración en la red eléctrica, la eficiencia energética, la integración de vehículos eléctricos en la red eléctrica y la previsión precisa de la disponibilidad de energía renovable para su integración en la red eléctrica.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(a)(2) Avances tecnológicos para reducir los costos de la electrificación de edificios, incluyendo la reducción o evitación de los costos de expansión del servicio eléctrico y las mejoras de paneles eléctricos para edificios existentes.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(b) En consulta con el Tesorero, establecer términos que se impondrán como condición para la recepción de fondos para que el estado acumule cualquier interés de propiedad intelectual o regalías que puedan derivarse de proyectos financiados por el programa EPIC. La comisión, al determinar si la imposición de los términos propuestos es apropiada, deberá equilibrar el beneficio potencial para el estado de dichos términos y el efecto que dichos términos puedan tener en el logro de los objetivos energéticos legales del estado. La comisión exigirá a cada beneficiario de la subvención, como condición para recibir fondos conforme a este capítulo, que acepte cualquier término que la comisión determine apropiado para que el estado acumule cualquier interés de propiedad intelectual o regalías que puedan derivarse de proyectos financiados por el programa EPIC.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(c) Exigir a cada solicitante que informe cómo el proyecto propuesto puede conducir a avances tecnológicos y posibles descubrimientos para superar las barreras que impiden el logro de los objetivos energéticos legales del estado.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(d) Tener en cuenta, cuando sea aplicable, los impactos adversos localizados en la salud de los proyectos propuestos en la mayor medida posible.
(e)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(e) Establecer un proceso para el seguimiento del progreso y los resultados de cada proyecto financiado, incluyendo una contabilidad de la cantidad de fondos gastados por los administradores del programa y los beneficiarios individuales de subvenciones en costos administrativos y generales, y si el proyecto resultó en algún avance tecnológico o descubrimiento para superar las barreras que impiden el logro de los objetivos energéticos legales del estado.
(f)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f) No obstante la Sección 10231.5 del Código de Gobierno, preparar y presentar a la Legislatura a más tardar el 30 de abril de cada año un informe anual en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno que deberá incluir todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(1) Una breve descripción de cada proyecto para el cual se otorgaron fondos en el año calendario inmediatamente anterior, incluyendo el nombre del beneficiario y el monto de la subvención, una descripción de cómo se cree que el proyecto conducirá a avances tecnológicos o descubrimientos para superar las barreras que impiden el logro de los objetivos energéticos legales del estado, y una descripción de por qué se seleccionó el proyecto.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(2) Una breve descripción de cada proyecto financiado por el programa EPIC que se completó en el año calendario inmediatamente anterior, incluyendo el nombre del beneficiario, el monto de la subvención y los resultados del proyecto financiado.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(3) Una breve descripción de cada proyecto financiado por el programa EPIC para el cual se otorgó una subvención en años anteriores pero que no está completado, incluyendo el nombre del beneficiario y el monto de la subvención, y una descripción de cómo el proyecto conducirá a avances tecnológicos o descubrimientos para superar las barreras que impiden el logro de los objetivos energéticos legales del estado.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(4) Identificación de los beneficiarios de las subvenciones que son entidades con sede en California, pequeñas empresas o empresas propiedad de mujeres, minorías o veteranos discapacitados.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(5) Identificación de qué subvenciones se otorgaron mediante licitación competitiva, acuerdo interinstitucional o método de fuente única, y la acción del Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo conforme al párrafo (2) de la subdivisión (h) para cada subvención otorgada mediante un acuerdo interinstitucional o método de fuente única.
(6)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(6) Identificación del monto total de los costos administrativos y generales incurridos para cada proyecto.
(7)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(7) Una breve descripción del impacto en la administración del programa de las asignaciones que deben realizarse conforme a la antigua Sección 25711.6, incluyendo cualquier información que ayude a la Legislatura a determinar si se deben reautorizar esas asignaciones más allá del 30 de junio de 2023.
(8)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(f)(8) Una breve descripción de cada proyecto para el cual se otorgó financiación de seguimiento en el año calendario inmediatamente anterior, incluyendo el monto de la financiación de seguimiento otorgada para el proyecto y el método y los criterios utilizados para seleccionar dicho proyecto.
(g)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(g) Establecer requisitos para minimizar los costos de administración y generales del programa, incluyendo los costos incurridos por los administradores del programa y los beneficiarios individuales de subvenciones. Se exigirá a cada administrador del programa y beneficiario de la subvención, incluyendo una entidad pública, que justifique los costos reales de administración y generales incurridos, incluso si los costos totales incurridos no exceden un límite máximo de esos costos que la comisión pueda adoptar.
(h)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(1) Utilizar una licitación competitiva como método preferido para solicitar solicitudes de proyectos y otorgar fondos conforme al programa EPIC, excepto según lo especificado en los párrafos (2) y (4).
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(2)(A) La comisión podrá utilizar un método de fuente única o de acuerdo interinstitucional para otorgar fondos de manera no competitiva para un proyecto si el proyecto tiene un costo razonable, el proyecto cumple uno o más de los criterios descritos en la subdivisión (f) de la Sección 25620.5, y se cumplen ambas de las siguientes condiciones:
(i)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(2)(A)(i) La comisión, al menos 60 días antes de otorgar una subvención conforme a esta subdivisión, notifica por escrito al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo y a los comités de política pertinentes de ambas cámaras de la Legislatura su intención de tomar la acción propuesta.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(2)(A)(ii) El Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo aprueba o no desaprueba la acción propuesta dentro de los 60 días siguientes a la fecha de notificación requerida por la cláusula (i).
(B)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(2)(A)(B) Es la intención de la Legislatura promulgar este párrafo para asegurar la supervisión legislativa de las subvenciones otorgadas por fuente única o mediante un acuerdo interinstitucional.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(3) No obstante cualquier otra ley, los términos y condiciones estándar que generalmente se aplican a los contratos entre la comisión y cualquier entidad, incluidas las entidades estatales, no impiden automáticamente la adjudicación de fondos del programa mediante el método de licitación competitiva.
(4)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A) No obstante cualquier otra ley, la comisión podrá otorgar, mediante un método no competitivo, financiación de seguimiento para proyectos que cumplan todos los siguientes requisitos:
(i)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(i) El proyecto es elegible para recibir una subvención de fondos del programa EPIC.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(ii) El proyecto ha sido financiado, al menos en parte, a través del programa EPIC.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(iii) El proyecto tiene un beneficiario principal que está ubicado en California.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(iv) El proyecto gastará un mínimo del 80 por ciento de sus fondos del programa en California.
(v)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(v) El proyecto ha recibido financiación para el proyecto o tecnología original a través de un proceso de licitación competitiva de una agencia estatal o federal.
(vi)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(vi) El proyecto ha demostrado resultados significativos bajo su subvención anterior.
(vii)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(vii) El proyecto tiene un potencial de avance tecnológico que puede permitir al estado alcanzar sus objetivos de política energética legales en o antes de lo previsto.
(viii)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(viii) El proyecto puede abordar prioridades a corto plazo que afectan al sector eléctrico y a sus usuarios, como la mitigación de incendios forestales y la reducción de la ocurrencia de eventos de desenergización.
(ix)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(ix) Sin financiación de seguimiento, el proyecto experimentaría una brecha en la financiación que probablemente impediría que la tecnología lograra un avance significativo, afectaría negativamente la capacidad del proyecto para atraer suficiente inversión privada o impediría la comercialización del proyecto y los ingresos por ventas asociados.
(x)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(x) El proyecto no ha recibido previamente financiación de seguimiento a través de un método no competitivo.
(B)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(B) La comisión deberá aprobar cualquier otorgamiento de financiación de seguimiento en una reunión de negocios.
(C)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(C) La financiación de seguimiento no está sujeta a los requisitos del párrafo (2).
(D)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(D) La financiación de seguimiento de un proyecto no deberá exceder la subvención más reciente del proyecto obtenida mediante licitación competitiva a través del programa EPIC.
(E)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(E) La comisión podrá adoptar directrices para las subvenciones de financiación de seguimiento. La Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno) no se aplica a la adopción de estas directrices.
(F)CA Recursos Públicos Code § 25711.5(h)(4)(A)(F) Este párrafo quedará inoperante el 1 de enero de 2028.
(Amended by Stats. 2025, Ch. 15, Sec. 6. (SB 127) Effective June 27, 2025.)