Section § 25620

Explanation

Esta sección destaca los objetivos de California para mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, asegurando que los servicios energéticos sean ecológicos, seguros, confiables y asequibles. Subraya la importancia de que el estado participe en proyectos de investigación y desarrollo que el mercado energético actual no cubre completamente. Estos proyectos deben impulsar la ciencia y la tecnología energética que beneficie a los californianos y se alinee con las políticas del estado. Además, la comisión estatal también debe ayudar a impulsar la economía de California, apoyando especialmente a las empresas locales.

La Legislatura por la presente encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 25620(a) Redunda en el mejor interés del pueblo de este estado que la calidad de vida de sus ciudadanos se mejore mediante la provisión de servicios y productos energéticos ambientalmente racionales, seguros, confiables y asequibles.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620(b) Para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de este estado, es propio y apropiado que el estado emprenda proyectos de investigación, desarrollo y demostración de energía de interés público que no son adecuadamente provistos por los mercados energéticos competitivos y regulados.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620(c) Los proyectos de investigación, demostración y desarrollo de energía de interés público deben promover la ciencia o tecnologías energéticas de valor para los ciudadanos de California y deben ser consistentes con las políticas de este capítulo.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25620(d) Redunda en el mejor interés del pueblo de California que la comisión contribuya positivamente al clima económico general del estado dentro de las funciones y responsabilidades de la comisión según lo definido por estatuto, regulación y otra autoridad gubernamental oficial, incluyendo, entre otros, la provisión de beneficios económicos a entidades con sede en California.

Section § 25620.1

Explanation

Esta ley establece el Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público, gestionado por la comisión para promover tecnologías energéticas que mejoren los beneficios ambientales, la fiabilidad del sistema y reduzcan los costos. El objetivo principal es introducir tecnologías avanzadas que beneficien a los clientes de servicios eléctricos.

El programa se centra en varias áreas, como tecnologías de transporte de vanguardia para reducir las emisiones, aumentar la eficiencia energética y desarrollar una generación de electricidad innovadora que disminuya las emisiones de gases de efecto invernadero. También enfatiza el uso de energía renovable y la mejora de la distribución y el almacenamiento de energía.

Para lograr estos objetivos, el programa adopta un enfoque de cartera que equilibra riesgos y beneficios y busca un amplio espectro de proyectos. Incluye un proceso abierto para la selección de proyectos y fomenta la participación diversa tanto del sector público como del privado.

La financiación puede otorgarse a través de diversos acuerdos financieros, incluidos contratos, subvenciones o préstamos, para apoyar estos proyectos de investigación.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(a) La comisión desarrollará, implementará y administrará el Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público que por la presente se crea. El programa incluirá una gama completa de actividades de investigación, desarrollo y demostración que, según lo determine la comisión, no son adecuadamente provistas por los mercados competitivos y regulados. La comisión administrará el programa de manera consistente con las políticas de este capítulo.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(b) El objetivo general del programa es desarrollar, y ayudar a llevar al mercado, tecnologías energéticas que proporcionen mayores beneficios ambientales, mayor fiabilidad del sistema y menores costos del sistema, y que brinden beneficios tangibles a los clientes de servicios eléctricos a través de las siguientes inversiones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(b)(1) Tecnologías de transporte avanzadas que reduzcan la contaminación del aire y las emisiones de gases de efecto invernadero más allá de los estándares aplicables, y que beneficien a los contribuyentes de tarifas de electricidad y gas natural.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(b)(2) Mayor eficiencia energética en edificios, electrodomésticos, iluminación y otras aplicaciones más allá de los estándares aplicables, y que beneficien a los clientes de servicios eléctricos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(b)(3) Tecnologías avanzadas de generación de electricidad que superen los estándares aplicables para aumentar las reducciones en las emisiones de gases de efecto invernadero de la generación de electricidad, y que beneficien a los clientes de servicios eléctricos.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(b)(4) Tecnologías eléctricas avanzadas que reduzcan o eliminen el consumo de agua u otros recursos finitos, aumenten el uso de recursos de energía renovable o mejoren la transmisión o distribución de electricidad generada a partir de recursos de energía renovable.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c) Para lograr los objetivos establecidos en la subdivisión (b), la comisión adoptará un enfoque de cartera para el programa que haga todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(1) Equilibre eficazmente los riesgos, beneficios y horizontes temporales para diversas actividades e inversiones que proporcionarán beneficios energéticos o ambientales tangibles para los clientes de electricidad de California.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(2) Enfatice las tecnologías innovadoras de suministro de energía y uso final, centrándose en su fiabilidad, asequibilidad y atributos ambientales.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(3) Incluya proyectos que tengan el potencial de mejorar las capacidades de transmisión y distribución.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(4) Incluya proyectos que tengan el potencial de mejorar la fiabilidad, la potencia máxima y las capacidades de almacenamiento de la energía renovable.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(5) Demuestre un equilibrio de beneficios para todos los sectores que contribuyen a la financiación bajo la Sección 399.8 del Código de Servicios Públicos.
(6)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(6) Aborde las barreras técnicas y científicas clave.
(7)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(7) Demuestre un equilibrio entre el potencial a corto, mediano y largo plazo.
(8)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(8) Asegure que la investigación anterior, actual y futura no se duplique innecesariamente.
(9)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(9) Prevea la futura utilización en el mercado de los proyectos financiados a través del programa.
(10)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(10) Asegure un proceso abierto de selección de proyectos y fomente la concesión de financiación para investigación de un tipo diverso, así como una base diversa de beneficiarios de premios, y considere por igual las propuestas de investigación de los sectores público y privado.
(11)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(c)(11) Coordine con otros programas de investigación relacionados.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25620.1(d) El término “premio”, tal como se utiliza en este capítulo, puede incluir, entre otros, contratos, subvenciones, acuerdos interinstitucionales, préstamos y otros acuerdos financieros diseñados para financiar proyectos o programas de investigación, demostración y desarrollo de interés público.

Section § 25620.11

Explanation

Esta ley exige que una comisión convoque regularmente una junta asesora para dar recomendaciones sobre qué proyectos y programas deben recibir financiación. La junta asesora debe incluir representantes de organizaciones relevantes como grupos de consumidores y ambientales, así como empresas eléctricas. Además, tres miembros del Senado y tres de la Asamblea pueden unirse a las actividades de la junta asesora, siempre y cuando su participación sea compatible con sus funciones legislativas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.11(a) La comisión deberá convocar regularmente una junta asesora que hará recomendaciones para guiar la selección de programas y proyectos de la comisión a ser financiados bajo este capítulo. La junta asesora deberá incluir, según corresponda, pero sin limitarse a, representantes de la Comisión de Servicios Públicos, organizaciones de consumidores, organizaciones ambientales y corporaciones eléctricas sujetas a los requisitos de financiación de la Sección 381 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.11(b) Tres miembros del Senado, designados por el Presidente Pro Tempore del Senado, y tres miembros de la Asamblea, designados por el Presidente de la Asamblea, podrán reunirse con la junta asesora y participar en sus actividades en la medida en que dicha participación no sea incompatible con sus respectivas posiciones como Miembros de la Legislatura.

Section § 25620.15

Explanation

Esta ley de California busca asegurar que las inversiones continuas en investigación y desarrollo de tecnología energéticamente eficiente aporten beneficios económicos y ambientales. Establece una política estatal para el uso de fondos destinados a apoyar avances en ciencia o tecnología no cubiertos por los mercados. El dinero recaudado para investigación energética entre 2007 y 2012 debe transferirse a un fondo especial para estos fines. En lugar de que la Comisión de Servicios Públicos retenga todos los fondos, hasta el 10% puede destinarse a empresas eléctricas para proyectos relacionados con la transmisión y distribución de energía.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.15(a) Con el fin de asegurar que las inversiones prudentes en investigación, desarrollo y demostración de tecnologías energéticamente eficientes continúen produciendo beneficios sustanciales económicos, ambientales, de salud pública y de fiabilidad, es política del estado y la intención de la Legislatura que los fondos disponibles, previa asignación presupuestaria, para programas de investigación, desarrollo y demostración de interés público relacionados con la energía se utilicen para avanzar la ciencia o la tecnología que no es adecuadamente provista por los mercados competitivos y regulados.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.15(b) No obstante cualquier otra disposición legal, el dinero recaudado para investigación, desarrollo y demostración de interés público conforme a la Sección 399.8 del Código de Servicios Públicos será transferido al Fondo de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público. El dinero recaudado entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de enero de 2012 se utilizará para los fines especificados en este capítulo.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620.15(c) En lugar de que la Comisión de Servicios Públicos retenga los fondos autorizados conforme a la Sección 381 del Código de Servicios Públicos para inversiones realizadas por corporaciones eléctricas en proyectos de investigación, desarrollo y demostración de interés público para funciones de transmisión y distribución, hasta el 10 por ciento de los fondos transferidos a la comisión conforme al inciso (b) se otorgará a las corporaciones eléctricas para proyectos de investigación, desarrollo y demostración de interés público para funciones de transmisión y distribución, de acuerdo con las políticas y sujeto a los requisitos de este capítulo.

Section § 25620.2

Explanation

Esta ley explica cómo la comisión debe gestionar el Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público. Deben crear procedimientos para solicitar financiación de proyectos y seleccionar proyectos basándose en el mérito. Además, la comisión debe establecer reglamentos para operar el programa, redactando textos preliminares, notificando al público y permitiendo comentarios. Hay un período de 30 días para comentarios escritos, los cuales deben ser leídos y registrados para garantizar la transparencia. Si es necesario, se pueden solicitar y realizar audiencias públicas. Los reglamentos adoptados deben ponerse a disposición del público, incluyendo una versión en línea, y enviarse a la Oficina de Derecho Administrativo. El proceso detallado descrito es temporal hasta el 1 de enero de 2012, o más tiempo si se modifica.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(a) Para asegurar la implementación y administración eficientes del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público, la comisión deberá hacer lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(a)(1) Desarrollar procedimientos para la convocatoria de solicitudes de subvención para la financiación de proyectos o programas, y para asegurar una gestión eficiente del programa.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(a)(2) Evaluar y seleccionar programas y proyectos, basándose en el mérito, que serán financiados bajo el programa.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b) La comisión adoptará reglamentos para implementar el programa, de acuerdo con los siguientes procedimientos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(1) Preparar un texto preliminar del reglamento propuesto y proporcionar una copia del texto preliminar a cualquier persona que solicite una copia.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(2) Proporcionar aviso público del reglamento propuesto a cualquier persona que haya solicitado aviso de los reglamentos preparados por la comisión. El aviso deberá contener todo lo siguiente:
(A)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(2)(A) Una descripción general clara que explique el reglamento propuesto.
(B)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(2)(B) Instrucciones sobre cómo obtener una copia de los reglamentos propuestos.
(C)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(2)(C) Una declaración de que si no se programa una audiencia pública con el propósito de revisar un reglamento propuesto, cualquier persona podrá solicitar, a más tardar 15 días antes del cierre del período de comentarios escritos, una audiencia pública llevada a cabo de acuerdo con los procedimientos de la comisión.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(3) Aceptar comentarios públicos por escrito durante 30 días naturales después de proporcionar el aviso requerido en el párrafo (2).
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(4) Certificar que todos los comentarios escritos fueron leídos y considerados por la comisión.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(5) Incluir todos los comentarios escritos en un expediente que incluya copias de cualquier apoyo fáctico escrito utilizado en el desarrollo del reglamento propuesto, incluyendo informes escritos y copias de cualquier transcripción o acta en relación con cualquier audiencia pública sobre la adopción del reglamento. El expediente estará abierto a la inspección pública y a disposición de los tribunales.
(6)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(6) Proporcionar aviso público de cualquier revisión sustancial del reglamento propuesto al menos 15 días antes del vencimiento del plazo para comentarios públicos y del período de comentarios utilizando los procedimientos establecidos en el párrafo (2).
(7)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(7) Realizar audiencias públicas, si una parte interesada solicita una audiencia, que se llevarán a cabo de acuerdo con los procedimientos de la comisión.
(8)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(8) Adoptar cualquier reglamento propuesto en una reunión de la comisión programada y notificada regularmente. El reglamento entrará en vigor inmediatamente a menos que la comisión disponga lo contrario.
(9)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(9) Publicar cualquier reglamento adoptado de manera que las copias del reglamento estén fácilmente disponibles para el público. Cualquier reglamento adoptado también deberá estar disponible en Internet. La comisión deberá transmitir una copia de un reglamento adoptado a la Oficina de Derecho Administrativo para su publicación o, si la comisión determina que la impresión del reglamento no es práctica, una referencia adecuada sobre dónde se puede obtener una copia del reglamento.
(10)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(10) No obstante cualquier otra disposición legal, esta subdivisión establece una excepción provisional de los requisitos del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno para los reglamentos necesarios para implementar las Secciones 25620.1 y 25620.2 que se adopten bajo los procedimientos especificados en esta subdivisión.
(11)CA Recursos Públicos Code § 25620.2(b)(11) Esta subdivisión quedará inoperante el 1 de enero de 2012, a menos que una ley posterior elimine o extienda esa fecha. Sin embargo, después del 1 de enero de 2012, la comisión no estará obligada a repetir ningún paso procesal en la adopción de un reglamento que se haya completado antes del 1 de enero de 2012, utilizando los procedimientos especificados en esta subdivisión.

Section § 25620.3

Explanation

Esta sección de la ley explica cómo la comisión puede otorgar fondos para proyectos o programas. Estos fondos pueden destinarse a individuos o grupos para planificar, ejecutar y administrar proyectos. La comisión también puede otorgar fondos a proyectos que beneficien a varios proyectos relacionados o a grupos de partes.

La comisión puede establecer acuerdos con varias partes, donde múltiples entidades colaboran en la financiación y la investigación. La ley permite hacer pagos adelantados a contratistas y subcontratistas, siempre que existan contratos exigibles con metas claras. También se pueden otorgar fondos donde las tareas se asignan según una autorización de trabajo. Antes de otorgar cualquier fondo, la comisión debe evaluar los costos y beneficios esperados del proyecto.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(a) La comisión podrá, de conformidad con los requisitos de este capítulo, otorgar subvenciones a cualquier persona o entidad para la planificación, implementación y administración de proyectos o programas seleccionados conforme a la Sección 25620.5.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(b) La comisión podrá otorgar una subvención a un proyecto o programa que incluya un grupo de proyectos relacionados, o a una parte que agrupe proyectos que se beneficien directamente de la subvención.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(c) La comisión podrá establecer acuerdos multipartitos. En un acuerdo multipartito, la comisión podrá ser signataria de un acuerdo común entre dos o más partes. Estos acuerdos incluyen, entre otros, la cofinanciación, la investigación apalancada, las colaboraciones y los acuerdos de membresía. Si la comisión celebra estos acuerdos, será parte de los mismos y podrá compartir los roles, responsabilidades, riesgos, inversiones y resultados.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(d) La comisión podrá emitir subvenciones que incluyan la capacidad de realizar pagos anticipados a contratistas principales, para permitirles realizar pagos anticipados a un subcontratista que sea una agencia federal, un laboratorio nacional o una entidad estatal, con la condición de que el subcontrato sea vinculante y exigible e incluya hitos de rendimiento específicos.
(e)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(e) La comisión podrá emitir subvenciones que incluyan la capacidad de asignar tareas sobre la base de una autorización de trabajo.
(f)CA Recursos Públicos Code § 25620.3(f) Antes de otorgar cualquier subvención conforme a este capítulo para un programa o proyecto de investigación, desarrollo o demostración, la comisión deberá identificar los costos esperados y cualquier beneficio cualitativo o cuantitativo del programa o proyecto propuesto.

Section § 25620.4

Explanation

Esta ley establece que cada vez que se desarrolle propiedad intelectual (como inventos u obras creativas) bajo este capítulo, el Estado de California debe recibir una parte justa de los derechos o beneficios de la misma. La comisión estatal a cargo puede decidir cuánto, si es que algo, debe ir a California. Tienen la autoridad para negociar con quienes reciben premios para compartir los derechos o beneficios.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.4(a) En la medida en que se desarrolle propiedad intelectual bajo este capítulo, una parte equitativa de los derechos sobre la propiedad intelectual o de los beneficios derivados de la misma corresponderá al Estado de California.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.4(b) La comisión podrá determinar qué parte, si alguna, de la propiedad intelectual, o de los beneficios derivados de la misma, corresponderá al estado. La comisión podrá negociar mecanismos de reparto de la propiedad intelectual o de los beneficios con los beneficiarios de los premios.

Section § 25620.5

Explanation

Esta sección describe los diversos métodos que la comisión puede utilizar para solicitar solicitudes de adjudicaciones, los cuales pueden incluir licitaciones selladas, negociaciones competitivas, acuerdos marco y métodos de fuente única o exclusiva. Los equipos de evaluación que revisan las propuestas deben estar compuestos mayoritariamente por empleados estatales y estar libres de conflictos de intereses.

El método de licitación sellada es adecuado cuando las especificaciones son claras, mientras que la negociación competitiva es apropiada cuando los detalles no están fijados o cuando las discusiones mejoran los resultados. Las adjudicaciones pueden otorgarse sobre la base de una fuente única o exclusiva si redunda en el mejor interés del estado, con ciertas condiciones como demostrar singularidad o una necesidad urgente.

La comisión debe notificar a los comités legislativos 60 días antes de tomar medidas bajo una base de fuente exclusiva, y las adjudicaciones deben dar prioridad a las entidades con sede en California. La sección es separable, lo que significa que si una parte es inválida, otras aún pueden aplicarse.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(a) La comisión podrá solicitar solicitudes de adjudicaciones, utilizando una licitación competitiva sellada, un proceso de negociación competitiva, un acuerdo marco intradepartamental emitido por la comisión, los métodos para la selección de empresas de servicios profesionales establecidos en el Capítulo 10 (que comienza con la Sección 4525) de la División 5 del Título 1 del Código de Gobierno, un acuerdo interinstitucional, un método de fuente única o de fuente exclusiva. Cuando se convoquen equipos de evaluación para revisar y calificar propuestas, los equipos de evaluación podrán incluir personas no empleadas por la comisión, siempre que los empleados del estado constituyan no menos del 50 por ciento de los miembros del equipo de evaluación. Una persona que participe en un equipo de evaluación no podrá tener ningún conflicto de intereses con respecto a la propuesta ante el equipo de evaluación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(b) Se podrá utilizar un método de licitación sellada cuando los bienes y servicios a adquirir puedan describirse con suficiente especificidad de modo que las ofertas puedan evaluarse según las especificaciones y criterios establecidos en la solicitud de ofertas.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c) La comisión podrá utilizar un proceso de negociación competitiva en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(1) Siempre que la adjudicación deseada no sea por un precio fijo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(2) Siempre que las especificaciones del proyecto no puedan redactarse con suficiente detalle como para ser aplicables a una licitación competitiva sellada.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(3) Siempre que sea necesario comparar los diferentes factores de precio, calidad y estructurales de las ofertas presentadas.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(4) Siempre que sea necesario ofrecer a los licitadores la oportunidad de revisar sus propuestas.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(5) Siempre que las discusiones orales o escritas con los licitadores relativas a los aspectos técnicos y de precio de sus propuestas proporcionen mejores resultados al estado.
(6)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(c)(6) Siempre que el precio de la adjudicación no sea el factor determinante.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(d) La comisión podrá establecer acuerdos interinstitucionales.
(e)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(e) La comisión podrá otorgar adjudicaciones sobre la base de una fuente única eligiendo entre dos o más partes o solicitando múltiples solicitudes de partes capaces de suministrar o proporcionar bienes o servicios similares. El costo para el estado será razonable y la comisión solo podrá celebrar un acuerdo de fuente única con una parte en particular si la comisión determina que redunda en el mejor interés del estado.
(f)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f) La comisión, de conformidad con el apartado (g) y en consulta con el Departamento de Servicios Generales, podrá otorgar adjudicaciones sobre la base de una fuente exclusiva cuando el costo para el estado sea razonable y la comisión realice cualquiera de las siguientes determinaciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f)(1) La propuesta no fue solicitada y cumple con los criterios de evaluación de este capítulo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f)(2) La experiencia, el servicio o el producto es único.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f)(3) Una solicitud competitiva frustraría la obtención de información, bienes o servicios necesarios de manera oportuna.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f)(4) La adjudicación financia la siguiente fase de una propuesta multifásica y el acuerdo existente se está ejecutando satisfactoriamente.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(f)(5) Cuando la comisión determine que redunda en el mejor interés del estado.
(g)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(g) La comisión no podrá utilizar una base de fuente exclusiva para una adjudicación de conformidad con el apartado (f), a menos que se cumplan ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(g)(1) La comisión, al menos 60 días antes de tomar una medida de conformidad con el apartado (f), notifica por escrito al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo y a los comités de política pertinentes de ambas cámaras de la Legislatura su intención de tomar la medida propuesta.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(g)(2) El Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo aprueba o no desaprueba la medida propuesta dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la notificación requerida por el párrafo (1).
(h)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(h) La comisión dará prioridad a las entidades con sede en California al realizar adjudicaciones de conformidad con este capítulo.
(i)CA Recursos Públicos Code § 25620.5(i) Las disposiciones de esta sección son separables. Si alguna disposición de esta sección o su aplicación se considera inválida, esa invalidez no afecta a otras disposiciones o aplicaciones que puedan tener efecto sin la disposición o aplicación inválida.
A los efectos de esta Sección y la Sección 25620, "entidad con sede en California" significa cualquiera de las siguientes:
Una corporación u otra forma de negocio organizada para la transacción de negocios que tiene su sede en California y fabrica en California el producto que califica para el incentivo o la adjudicación, o una corporación u otra forma de negocio organizada para la transacción de negocios que tiene una oficina para la transacción de negocios en California y fabrica sustancialmente en California el producto que califica para el incentivo o la adjudicación, o desarrolla sustancialmente dentro de California la investigación que califica para el incentivo o la adjudicación, según lo determine la agencia que emite el incentivo o la adjudicación.

Section § 25620.6

Explanation
Esta ley permite a la comisión, en colaboración con el Departamento de Servicios Generales, comprar el seguro necesario para llevar a cabo una adjudicación. El dinero para pagar este seguro puede provenir del Fondo de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público, el cual está relacionado con la Sección 384 del Código de Servicios Públicos.

Section § 25620.7

Explanation

Esta sección permite a la comisión contratar o colaborar con diferentes organizaciones que proporcionan conocimientos o servicios especializados para apoyar sus programas. Pueden utilizar fondos de un fondo específico llamado Fondo de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público para pagar estos servicios.

La comisión puede elegir estos servicios basándose en cualificaciones específicas, como el tipo de experiencia necesaria o la disponibilidad de recursos únicos que ayudarán a completar el trabajo de manera eficiente. Pueden seleccionar entre varias entidades que ya han sido contratadas o tienen acuerdos vigentes para proporcionar experiencia similar.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.7(a) La comisión podrá contratar o, mediante acuerdo interinstitucional, obtener servicios o experiencia técnica, científica o administrativa de una o más entidades, para apoyar el programa. La financiación para este propósito se realizará con fondos del Fondo de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.7(b) La comisión podrá seleccionar los servicios o la experiencia descritos en la subdivisión (a), de conformidad con la Sección 25620.5. En caso de que se hayan celebrado contratos o acuerdos interinstitucionales con múltiples entidades y sus subcontratistas para propósitos similares, la comisión podrá seleccionar de entre esas entidades la experiencia particular necesaria para un tipo de trabajo específico. La selección de la experiencia particular podrá basarse únicamente en una revisión de las cualificaciones, incluyendo la experiencia específica requerida, la disponibilidad de la experiencia, o el acceso a un recurso de especial relevancia para el trabajo, incluyendo, entre otros, una base de datos, un modelo, una instalación técnica, o una afiliación colaborativa o institucional que agilice la calidad y el rendimiento del trabajo.

Section § 25620.8

Explanation

Esta ley exige que la comisión prepare un informe anual antes del 31 de octubre de cada año sobre su Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público. El informe debe incluir recomendaciones para mejorar el programa, un resumen de sus impactos y beneficios, información detallada sobre la asignación de fondos y proyectos exitosos en áreas de inversión en gas natural, planes de financiación futuros, y presupuestos y resultados de proyectos. Además, el informe debe describir cualquier cambio en las directrices de gasto del programa. La comisión puede incluir información de informes presentados previamente a la Comisión de Servicios Públicos, y debe establecer criterios para proteger la información confidencial. El formato para la presentación del informe debe cumplir con una sección específica del Código de Gobierno.

(a)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a) La comisión preparará y presentará a los comités de políticas pertinentes de la Legislatura y al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo un informe anual, a más tardar el 31 de octubre de cada año, que incluirá, entre otra, toda la siguiente información:
(1)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(1) Recomendaciones para mejoras en el programa.
(2)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(2) Un resumen de los impactos y beneficios del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público.
(3)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(3) Un resumen de cómo se asignan los fondos a cada una de las áreas de inversión en gas natural del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público.
(4)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(4) Una descripción de los proyectos exitosos o prometedores financiados en cada una de las áreas de inversión en gas natural del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público.
(5)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(5) Un resumen de las iniciativas y actividades de financiación esperadas del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público durante el próximo año.
(6)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(6) Información sobre los presupuestos y beneficios de los proyectos aprobados por el Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público, todos los proyectos activos y los proyectos recientemente completados.
(7)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(a)(7) Una descripción de cualquier cambio reciente en las directrices de gasto del Programa de Investigación, Desarrollo y Demostración de Interés Público o en los proyectos elegibles.
(b)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(b) Como parte de cada informe anual presentado de conformidad con esta sección, la comisión podrá incluir información que haya sido proporcionada previamente en informes presentados a la Comisión de Servicios Públicos.
(c)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(c) La comisión establecerá procedimientos para proteger la información confidencial o propietaria y consultará con todas las partes interesadas en la preparación de cada informe anual presentado de conformidad con esta sección.
(d)CA Recursos Públicos Code § 25620.8(d) Un informe que deba presentarse de conformidad con esta sección se presentará en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.

Section § 25620.9

Explanation
Si recibes financiación bajo este capítulo para un proyecto de microrred, no puedes usar el dinero para comprar generadores diésel o generadores diésel de respaldo.