Section § 21165

Explanation

Si un proyecto involucra a más de una agencia pública, la agencia principal determinará si el proyecto podría afectar significativamente el medio ambiente y, si es necesario, preparará un informe de impacto ambiental. Si hay un desacuerdo entre las agencias sobre quién es la principal, la Oficina de Planificación e Investigación puede decidirlo en un plazo de 21 días.

Una disputa ocurre cuando varias agencias discuten sobre quién debe preparar el documento ambiental, con algunas diciendo que deberían hacerlo y otras diciendo que no. La Oficina de Planificación e Investigación solo interviene para designar una agencia principal si existe una disputa activa.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21165(a) Cuando un proyecto deba ser ejecutado o aprobado por dos o más agencias públicas, la agencia principal determinará si el proyecto puede tener un efecto significativo en el medio ambiente, y esa agencia preparará, o hará que se prepare por contrato, el informe de impacto ambiental para el proyecto, si esta división requiere un informe. En caso de que surja una disputa sobre cuál es la agencia principal, cualquiera de las agencias públicas en disputa, o en el caso de un proyecto descrito en la subdivisión (c) de la Sección 21065 el solicitante de dicho proyecto, podrá someter la cuestión a la Oficina de Planificación e Investigación, y la Oficina de Planificación e Investigación designará, dentro de los 21 días siguientes a la recepción de la solicitud, la agencia principal, prestando la debida consideración a la capacidad de esa agencia para cumplir adecuadamente los requisitos de esta división.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21165(b) Para los fines de esta sección, una “disputa” significa una diferencia de opinión activa y controvertida entre dos o más agencias públicas sobre cuál de esas agencias deberá preparar cualquier documento ambiental necesario. Existe una disputa cuando cada una de esas agencias afirma que tiene o no tiene la obligación de preparar ese documento ambiental. La Oficina de Planificación e Investigación no designará una agencia principal en ausencia de dicha disputa.

Section § 21166

Explanation

Una vez que se completa un informe de impacto ambiental (EIA) para un proyecto, no se necesitan informes adicionales a menos que surjan cambios específicos o nueva información. Si hay cambios importantes en el proyecto, cambios significativos en las circunstancias del proyecto, o nueva información que no estaba disponible cuando se finalizó el EIA, podría requerirse un informe nuevo o suplementario.

Cuando se haya preparado un informe de impacto ambiental para un proyecto de conformidad con esta división, la agencia principal o cualquier agencia responsable no requerirá ningún informe de impacto ambiental subsiguiente o suplementario, a menos que ocurra uno o más de los siguientes eventos:
(a)CA Recursos Públicos Code § 21166(a) Se proponen cambios sustanciales en el proyecto que requerirán revisiones importantes del informe de impacto ambiental.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21166(b) Ocurren cambios sustanciales con respecto a las circunstancias bajo las cuales se está llevando a cabo el proyecto que requerirán revisiones importantes en el informe de impacto ambiental.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21166(c) Se dispone de nueva información que no se conocía y no pudo haberse conocido en el momento en que el informe de impacto ambiental fue certificado como completo.

Section § 21166.1

Explanation

Si una agencia principal decide elaborar un informe de impacto ambiental para un área específica o múltiples proyectos, esto no significa que los documentos ambientales para un solo proyecto en esa área o entre esos proyectos se consideren automáticamente insuficientes o deficientes.

La decisión de una agencia principal de preparar un informe de impacto ambiental con respecto a los impactos ambientales dentro de un área geográfica o para un grupo de proyectos no será una base para determinar que un documento ambiental preparado para un proyecto individual dentro de esa área o grupo es inadecuado.

Section § 21166.2

Explanation

Esta ley establece que un proceso particular de revisión ambiental utilizado para el Proyecto del Río Klamath en California se considera suficiente para cumplir con las regulaciones ambientales para la remoción de represas hidroeléctricas y actividades relacionadas. Esto es válido si se cumplen tres condiciones: las represas removidas están río arriba de segmentos de río designados como salvajes, escénicos o recreativos; no hay represas significativas río abajo que impidan la migración de peces; y la revisión ambiental fue certificada, aprobada más de 180 días antes de la fecha de entrada en vigor de la ley, y no fue impugnada legalmente dentro del plazo requerido.

No obstante la Sección 21166, la revisión ambiental establecida en el Informe Final de Impacto Ambiental para la Entrega de Licencia del Proyecto Lower Klamath (State Clearinghouse No. 2016122047) emitido en abril de 2020 en combinación con otros documentos de revisión ambiental relacionados con la remoción de instalaciones en el Río Klamath preparados y adoptados por la Comisión Federal Reguladora de Energía de conformidad con la Ley Federal de Política Ambiental de 1969 (42 U.S.C. Sec. 321 et seq.) se presumirá de manera concluyente que satisface los requisitos de esta división para cualquier proyecto de remoción de represas hidroeléctricas e instalaciones asociadas, junto con la restauración asociada de tierras anteriormente inundadas, modificaciones de criaderos e implementación de medidas de mitigación en la Cuenca del Río Klamath, emprendido o aprobado por una agencia pública si se cumplen todas las condiciones siguientes:
(a)CA Recursos Públicos Code § 21166.2(a) Las represas cuya remoción se propone están río arriba de un segmento de río designado como río salvaje, río escénico o río recreativo de conformidad con la Ley de Ríos Salvajes y Escénicos de California (Capítulo 1.4 (que comienza con la Sección 5093.50) de la División 5).
(b)CA Recursos Públicos Code § 21166.2(b) No hay represas río abajo en el mismo río, aparte de las represas cuya remoción se propone como parte del mismo proyecto, que constituyan barreras significativas para el paso de peces.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21166.2(c) La agencia principal certificó o adoptó el documento de revisión ambiental preparado bajo esta división y aprobó el proyecto al menos 180 días antes de la fecha de entrada en vigor de esta sección y no se inició ninguna acción o procedimiento que impugnara la aprobación de la agencia principal dentro del plazo de prescripción aplicable.

Section § 21166.3

Explanation

Esta ley establece que, para cualquier proyecto público cuyo objetivo sea proporcionar acceso público a la costa de Hollister Ranch, la revisión ambiental descrita en el informe ambiental final se considerará suficiente y definitiva. Esto significa que no se necesitarán revisiones ambientales adicionales, siempre que el proyecto esté relacionado con el acceso público o instalaciones relacionadas y sea ejecutado o aprobado por una agencia pública.

No obstante la Sección 21166, la revisión ambiental establecida en el Informe Final de Impacto Ambiental Programático para el Programa de Acceso Costero de Hollister Ranch, en combinación con otros documentos de revisión ambiental relacionados con la provisión de acceso público a, y a lo largo de la costa de, Hollister Ranch en el Condado de Santa Bárbara según lo requerido por la Sección 30610.81, se presumirá de manera concluyente que satisface esta división para cualquier proyecto destinado a hacer efectivo el acceso público y las instalaciones asociadas emprendido o aprobado por una agencia pública.

Section § 21167

Explanation

Esta sección describe los plazos para iniciar acciones legales contra agencias públicas en California relacionadas con decisiones ambientales. Si se cree que una agencia pública no determinó o determinó incorrectamente el impacto ambiental de un proyecto, se debe presentar una demanda dentro de límites de tiempo específicos. Para las aprobaciones generales de proyectos, tienes 180 días para actuar. Si se trata de un informe de impacto ambiental o se requieren otros avisos específicos, las acciones deben presentarse dentro de los 30 o 35 días posteriores a la presentación de dichos avisos. Además, si alguien solicitó un aviso de la decisión del proyecto, la agencia debe enviárselo por correo dentro de los cinco días, aunque esto no cambia los plazos legales para presentar impugnaciones.

Una acción o procedimiento para impugnar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto los siguientes actos o decisiones de una agencia pública por motivos de incumplimiento de esta división se iniciará de la siguiente manera:
(a)CA Recursos Públicos Code § 21167(a) Una acción o procedimiento que alegue que una agencia pública está llevando a cabo o ha aprobado un proyecto que puede tener un efecto significativo en el medio ambiente sin haber determinado si el proyecto puede tener un efecto significativo en el medio ambiente se iniciará dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la decisión de la agencia pública de llevar a cabo o aprobar el proyecto, o, si un proyecto se emprende sin una decisión formal de la agencia pública, dentro de los 180 días siguientes a la fecha de inicio del proyecto.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167(b) Una acción o procedimiento que alegue que una agencia pública ha determinado indebidamente si un proyecto puede tener un efecto significativo en el medio ambiente se iniciará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) del Artículo 21108 o la subdivisión (a) del Artículo 21152.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167(c) Una acción o procedimiento que alegue que un informe de impacto ambiental no cumple con esta división se iniciará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) del Artículo 21108 o la subdivisión (a) del Artículo 21152 por la agencia principal.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167(d) Una acción o procedimiento que alegue que una agencia pública ha determinado indebidamente que un proyecto no está sujeto a esta división de conformidad con la subdivisión (b) del Artículo 21080 se iniciará dentro de los 35 días siguientes a la fecha de la presentación por la agencia pública, o la persona especificada en la subdivisión (b) o (c) del Artículo 21065, del aviso autorizado por la subdivisión (b) del Artículo 21108 o la subdivisión (b) del Artículo 21152. Si el aviso no ha sido presentado, la acción o procedimiento se iniciará dentro de los 180 días siguientes a la fecha de la decisión de la agencia pública de llevar a cabo o aprobar el proyecto, o, si un proyecto se emprende sin una decisión formal de la agencia pública, dentro de los 180 días siguientes a la fecha de inicio del proyecto.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21167(e) Una acción o procedimiento que alegue que otro acto u omisión de una agencia pública no cumple con esta división se iniciará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) del Artículo 21108 o la subdivisión (a) del Artículo 21152.
(f)CA Recursos Públicos Code § 21167(f) Si una persona ha solicitado por escrito a la agencia pública una copia del aviso especificado en el Artículo 21108 o 21152 antes de la fecha en que la agencia aprueba o decide llevar a cabo el proyecto, entonces, a más tardar cinco días después de la fecha de la acción de la agencia, la agencia pública depositará una copia por escrito del aviso dirigida a esa persona en el correo de los Estados Unidos, con franqueo de primera clase pagado. La fecha en que se envíe este aviso por correo no afectará los plazos especificados en las subdivisiones (b), (c), (d) y (e).

Section § 21167.1

Explanation

Esta sección de la ley garantiza que ciertos casos de derecho ambiental tengan prioridad sobre otros casos civiles en los tribunales de California. Exige que estos casos se escuchen y resuelvan rápidamente, idealmente comenzando las audiencias de apelación dentro de un año desde la presentación. Los tribunales superiores en condados con más de 200,000 habitantes deben contar con jueces especializados en estos temas para facilitar resoluciones rápidas. Además, si un caso bajo esta ley se combina con otros asuntos legales, un tribunal puede decidir si separar los casos basándose en consideraciones como la eficiencia y la equidad para las partes involucradas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.1(a) En todas las acciones o procedimientos iniciados de conformidad con las Secciones 21167, 21168 y 21168.5, incluida la audiencia de una acción o procedimiento en apelación de una decisión de un tribunal inferior, todos los tribunales en los que la acción o procedimiento esté pendiente darán preferencia a dicha acción o procedimiento sobre todas las demás acciones civiles, en lo que respecta a la fijación de la acción o procedimiento para audiencia o juicio, y en la audiencia o el enjuiciamiento de la acción o procedimiento, de modo que la acción o procedimiento sea rápidamente oído y resuelto. El tribunal regulará el calendario de presentación de escritos de modo que, en la medida de lo posible, el tribunal inicie las audiencias de una apelación dentro de un año a partir de la fecha de presentación de la apelación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.1(b) Para asegurar que las acciones o procedimientos iniciados de conformidad con las Secciones 21167, 21168 y 21168.5 puedan ser rápidamente oídos y resueltos en los tribunales inferiores, los tribunales superiores de todos los condados con una población superior a 200,000 designarán a uno o más jueces para que desarrollen experiencia en esta división y en las leyes ambientales y de uso de la tierra relacionadas, de modo que esos jueces estén disponibles para conocer y resolver rápidamente las acciones o procedimientos iniciados de conformidad con las Secciones 21167, 21168 y 21168.5.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.1(c) En una acción o procedimiento presentado de conformidad con este capítulo que se acumule con cualquier otra causa de acción, el tribunal, a petición de cualquiera de las partes, podrá conceder la separación de las acciones. Al determinar si concede la separación, el tribunal considerará cuestiones como la economía judicial, la economía administrativa y el perjuicio para cualquiera de las partes.

Section § 21167.2

Explanation

Si nadie impugna un informe de impacto ambiental durante el plazo específico establecido por la ley, entonces se asume que cumple con todos los requisitos legales para su uso por otras agencias. Esta presunción se mantiene a menos que se apliquen reglas diferentes en otra sección.

Si no se inicia ninguna acción o procedimiento alegando que un informe de impacto ambiental no cumple con las disposiciones de esta división durante el período prescrito en la subdivisión (c) de la Sección 21167, el informe de impacto ambiental se presumirá de manera concluyente que cumple con las disposiciones de esta división a efectos de su uso por parte de las agencias responsables, a menos que sean aplicables las disposiciones de la Sección 21166.

Section § 21167.3

Explanation

Esta sección de la ley aborda qué sucede cuando hay una impugnación legal sobre si un informe de impacto ambiental o una declaración negativa cumple con ciertos estándares legales. Si se presenta un caso durante el período especificado y una orden judicial detiene el proyecto, las agencias deben aprobar o desaprobar el proyecto de forma condicional. Esto significa que el proyecto solo puede avanzar si el tribunal decide que el informe o la declaración es legalmente válido.

Si el caso no resulta en una orden judicial para detener el proyecto, las agencias deben decidir aprobar o desaprobar el proyecto basándose en la suposición de que el informe o la declaración es legal. Esta aprobación permite que el proyecto continúe, pero bajo el propio riesgo del solicitante mientras el caso legal no se resuelve.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.3(a) Si se inicia una acción o procedimiento alegando que un informe de impacto ambiental o una declaración negativa no cumple con las disposiciones de esta división durante el período descrito en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 21167, y si se emite una orden judicial o suspensión que prohíbe que el proyecto se lleve a cabo o se apruebe pendiente la determinación final de la cuestión de dicho cumplimiento, las agencias responsables asumirán que el informe de impacto ambiental o la declaración negativa para el proyecto sí cumple con las disposiciones de esta división y emitirán una aprobación o desaprobación condicional de dicho proyecto de acuerdo con el calendario para la acción de la agencia en el Artículo 5 (que comienza con la Sección 65950) del Capítulo 4.5 de la División 1 del Título 7 del Código de Gobierno. Una aprobación condicional constituirá permiso para proceder con un proyecto cuando y solo cuando dicha acción o procedimiento resulte en una determinación final de que el informe de impacto ambiental o la declaración negativa sí cumple con las disposiciones de esta división.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.3(b) En el caso de que se inicie una acción o procedimiento como se describe en la subdivisión (a) pero no se solicite ni se conceda ninguna orden judicial o medida cautelar similar, las agencias responsables asumirán que el informe de impacto ambiental o la declaración negativa para el proyecto sí cumple con las disposiciones de esta división y aprobarán o desaprobarán el proyecto de acuerdo con el calendario para la acción de la agencia en el Artículo 5 (que comienza con la Sección 65950) del Capítulo 4.5 de la División 1 del Título 7 del Código de Gobierno. Dicha aprobación constituirá permiso para proceder con el proyecto bajo el riesgo del solicitante pendiente la determinación final de dicha acción o procedimiento.

Section § 21167.4

Explanation

Si presentas una demanda alegando que alguien no cumplió con esta normativa ambiental, debes solicitar una audiencia judicial en un plazo de 90 días, o tu caso podría ser desestimado. También debes notificar a todas las partes involucradas cuando solicites la audiencia.

Una vez que solicites una audiencia, el tribunal fijará fechas para la presentación de argumentos escritos y para la audiencia en sí. Normalmente, todos los argumentos deben presentarse en un plazo de 90 días, y la audiencia debería celebrarse dentro de los 30 días siguientes, si es posible. Sin embargo, si hay una buena razón, como la necesidad de más información o si el caso es complejo, este plazo podría cambiar. Todas las partes pueden acordar un plazo diferente si el tribunal lo aprueba. Esta norma está en vigor desde el 1 de enero de 2016.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.4(a) En cualquier acción o procedimiento que alegue incumplimiento de esta división, el peticionario deberá solicitar una audiencia dentro de los 90 días siguientes a la fecha de presentación de la petición o estará sujeto a desestimación por iniciativa propia del tribunal o a moción de cualquier parte interesada en la acción o procedimiento.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.4(b) El peticionario deberá notificar la solicitud de audiencia a todas las partes en el momento en que presente la solicitud de audiencia.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.4(c) Tras la presentación de una solicitud de audiencia por parte del peticionario y previa solicitud de cualquier parte, el tribunal establecerá un calendario de presentación de escritos y una fecha de audiencia. A falta de causa justificada, la presentación de escritos deberá completarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de audiencia, y la audiencia, en la medida de lo posible, se celebrará dentro de los 30 días siguientes. La causa justificada podrá incluir, entre otros, la realización de diligencias de descubrimiento de pruebas, la determinación de la exhaustividad del expediente del procedimiento, la complejidad de las cuestiones y la extensión del expediente del procedimiento y la puntualidad de su presentación. Las partes podrán estipular un calendario de presentación de escritos o una fecha de audiencia que difiera del calendario establecido en esta subdivisión si la estipulación es aprobada por el tribunal.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167.4(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Section § 21167.5

Explanation
Cuando inicie una acción legal contra una agencia pública con respecto a un proyecto en el que estén involucrados o que hayan aprobado, debe enviarles un aviso por correo. También debe probar que ha hecho esto presentando esa prueba junto con sus primeros documentos legales oficiales en el caso.

Section § 21167.6

Explanation

Esta ley describe los pasos y las reglas para preparar el expediente oficial de un caso legal cuando alguien impugna las decisiones ambientales de una agencia pública. La persona que presenta la demanda debe solicitar a la agencia que prepare los registros justo cuando se presenta el caso y notificar a la agencia dentro de los 10 días hábiles. La agencia tiene 60 días para certificar y proporcionar estos registros, o puede acordar con los demandantes quién los prepara.

Si la agencia no puede cumplir con el plazo debido al tamaño o la complejidad del expediente, puede solicitar una prórroga al tribunal, la cual generalmente se concede. Si aún así se incumplen los plazos, la persona que presenta la demanda puede pedir al tribunal que sancione a la agencia. Los registros deben incluir todos los documentos relevantes sobre el proyecto, excluyendo las comunicaciones privilegiadas.

Si hay una apelación, el tribunal superior proporciona las transcripciones en 60 días si se cubren los costos. Los escritos de apelación tienen días de prórroga limitados a menos que sea probable un acuerdo. El proceso tiene como objetivo mantener la transparencia con costos manejables.

No obstante cualquier otra ley, en todas las acciones o procedimientos iniciados conforme a la Sección 21167, excepto según lo dispuesto en la Sección 21167.6.2 o aquellos que involucren a la Comisión de Servicios Públicos, se aplicará todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(a) En el momento en que se presente la acción o el procedimiento, el demandante o peticionario presentará una solicitud para que la agencia pública demandada prepare el expediente del procedimiento relacionado con el objeto de la acción o el procedimiento. La solicitud, junto con la demanda o petición, se notificará personalmente a la agencia pública a más tardar 10 días hábiles a partir de la fecha en que se presentó la acción o el procedimiento.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(b)(1) (A) La agencia pública preparará y certificará el expediente del procedimiento a más tardar 60 días a partir de la fecha en que la solicitud especificada en la subdivisión (a) fue notificada a la agencia pública. Una vez certificado, la agencia pública depositará una copia electrónica del expediente del procedimiento ante el tribunal y notificará a las partes que el expediente del procedimiento ha sido certificado y depositado ante el tribunal. Las partes pagarán cualquier costo o tarifa razonable impuesta por la preparación del expediente del procedimiento de conformidad con cualquier ley o regla judicial.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(b)(1)(B) El tribunal programará una conferencia de gestión de casos dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la demanda o petición conforme a esta división para revisar el alcance, el cronograma y el costo del expediente del procedimiento. Las partes podrán estipular un expediente parcial del procedimiento que no contenga todos los documentos enumerados en la subdivisión (e) si el tribunal lo aprueba.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(b)(2) El demandante o peticionario podrá optar por preparar el expediente del procedimiento mediante la presentación de un aviso de dicha elección a la agencia pública, o las partes podrán acordar un método alternativo de preparación del expediente del procedimiento, sujeto a la certificación de su exactitud por parte de la agencia pública, dentro del plazo de 60 días especificado en esta subdivisión.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(b)(3) No obstante el párrafo (2), la agencia pública, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del aviso especificado en el párrafo (2), podrá denegar la solicitud del demandante o peticionario de preparar el expediente del procedimiento, en cuyo caso la agencia pública o la parte interesada real asumirá los costos de preparación y certificación del expediente del procedimiento, y dichos costos no serán recuperables del demandante o peticionario.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(c) El plazo establecido por la subdivisión (b) podrá prorrogarse únicamente mediante estipulación de todas las partes que hayan sido debidamente notificadas en la acción o el procedimiento o por orden del tribunal. El tribunal concederá prórrogas de forma liberal cuando el tamaño del expediente del procedimiento haga inviable el cumplimiento de dicho plazo. No hay límite en el número de prórrogas que pueda conceder el tribunal, pero ninguna prórroga individual excederá los 60 días a menos que el tribunal determine que una prórroga más larga redunda en el interés público.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(d) Si la agencia pública no prepara y certifica el expediente del procedimiento dentro del plazo establecido en el párrafo (1) de la subdivisión (b), o cualquier prórroga de dicho plazo, el demandante o peticionario podrá solicitar sanciones, y el tribunal podrá, a petición de este, conceder las sanciones apropiadas.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e) El expediente del procedimiento incluirá, entre otros, todos los siguientes elementos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(1) Todos los materiales de solicitud del proyecto.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(2) Todos los informes del personal y documentos relacionados preparados por la agencia pública demandada con respecto a su cumplimiento de los requisitos sustantivos y procesales de esta división y con respecto a la acción sobre el proyecto.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(3) Todos los informes del personal y documentos relacionados preparados por la agencia pública demandada y los testimonios o documentos escritos presentados por cualquier persona relevantes para cualquier hallazgo o declaración de consideraciones preponderantes adoptados por la agencia demandada conforme a esta división.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(4) Cualquier transcripción o acta de las actuaciones en las que el órgano decisorio de la agencia pública demandada escuchó testimonios o consideró cualquier documento ambiental sobre el proyecto, y cualquier transcripción o acta de las actuaciones ante cualquier órgano asesor de la agencia pública demandada que se presentaron al órgano decisorio antes de la acción sobre los documentos ambientales o sobre el proyecto.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(5) Todos los avisos emitidos por la agencia pública demandada para cumplir con esta división o con cualquier otra ley que rija el procesamiento y la aprobación del proyecto.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(6) Todos los comentarios escritos recibidos en respuesta a, o en relación con, documentos ambientales preparados para el proyecto, incluidas las respuestas al aviso de preparación.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(7) Todas las pruebas o correspondencia escritas presentadas a, o transferidas desde, la agencia pública demandada con respecto al cumplimiento de esta división o con respecto al proyecto.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(8) Cualquier decisión o hallazgo propuesto presentado al órgano decisorio de la agencia pública demandada por su personal, o por el proponente del proyecto, los oponentes del proyecto u otras personas.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(9) La documentación de la decisión final de la agencia pública, incluido el informe final de impacto ambiental, la declaración negativa mitigada o la declaración negativa, y todos los documentos, además de los mencionados en el párrafo (3), citados o en los que se basaron los hallazgos o una declaración de consideraciones preponderantes adoptados conforme a esta división.
(10)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A) (i) Cualquier otro material escrito relevante para el cumplimiento de esta división por parte de la agencia pública demandada o para su decisión sobre el fondo del proyecto, incluido el estudio inicial, cualquier borrador de cualquier documento ambiental o porciones del estudio inicial o borradores que hayan sido publicados para revisión pública, y copias de estudios u otros documentos en los que se basó cualquier documento ambiental preparado para el proyecto y que se pusieron a disposición del público durante el período de revisión pública o se incluyeron en los archivos de la agencia pública demandada sobre el proyecto, y todas las comunicaciones internas de la agencia, incluidas las notas del personal y los memorandos relacionados con el proyecto o con el cumplimiento de esta división, pero sin incluir las comunicaciones de naturaleza logística, como invitaciones a reuniones y comunicaciones de programación, excepto que cualquier material que esté sujeto a privilegios contenidos en el Código de Evidencia, o exenciones contenidas en la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), no se incluirá en el expediente del procedimiento bajo este párrafo, de conformidad con la ley existente.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A)(ii) Esta subsección se aplica a un proyecto que incluye un centro de distribución o infraestructura de petróleo y gas.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A)(B)(i) Cualquier otro material escrito relevante para el cumplimiento de esta división por parte de la agencia pública demandada o para su decisión sobre el fondo del proyecto, incluido el estudio inicial, cualquier borrador de cualquier documento ambiental, o porciones del estudio inicial o borradores, que hayan sido publicados para revisión pública, y copias de estudios u otros documentos en los que se basó cualquier documento ambiental preparado para el proyecto y que se pusieron a disposición del público durante el período de revisión pública o se incluyeron en los archivos de la agencia pública demandada sobre el proyecto, y todas las comunicaciones internas de la agencia, incluidos los memorandos relacionados con el proyecto o con el cumplimiento de esta división, pero sin incluir las comunicaciones de naturaleza logística, como invitaciones a reuniones y comunicaciones de programación, excepto que cualquier material que esté sujeto a privilegios contenidos en el Código de Evidencia, o exenciones contenidas en la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), no se incluirá en el expediente del procedimiento bajo este párrafo, de conformidad con la ley existente.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A)(B)(i)(ii) Esta subsección se aplica a cualquier proyecto que no esté sujeto a la subsección (A).
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(10)(A)(B)(i)(iii) Para los fines de esta subsección, las comunicaciones internas de la agencia no incluyen las comunicaciones electrónicas internas de la agencia, incluidos los correos electrónicos, que no fueron presentadas al órgano decisorio final, aparte de aquellas comunicaciones y documentos consultados o revisados por el ejecutivo de la agencia principal o un ejecutivo de la agencia local, según se define en la subdivisión (d) de la Sección 3511.1, u otro funcionario administrativo en un rol de supervisión que esté revisando el proyecto. La agencia pública puede, pero no está obligada a, incluir en el expediente del procedimiento cualquier documento que no esté específicamente establecido en esta subsección.
(11)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(e)(11) El expediente escrito completo ante cualquier órgano decisorio administrativo inferior cuya decisión fue apelada ante un órgano decisorio administrativo superior antes de la presentación del litigio.
(f)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(f) Al preparar el expediente del procedimiento, la parte que lo prepare se esforzará por hacerlo a un costo razonable en vista del alcance del expediente del procedimiento.
(g)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(g) El secretario del tribunal superior preparará y certificará la transcripción del secretario en apelación a más tardar 60 días a partir de la fecha en que se presentó ante el tribunal superior el aviso que designa los documentos o registros que se incluirán en la transcripción del secretario, si la parte o las partes pagan los costos o tarifas por la preparación de la transcripción del secretario impuestos de conformidad con cualquier ley o reglas judiciales. Nada en esta subdivisión impide la elección de proceder mediante apéndice, según lo dispuesto en la Regla 8.124 de las Reglas de la Corte de California.
(h)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(h) Las prórrogas del plazo para la presentación de cualquier escrito de apelación solo podrán concederse mediante estipulación de las partes o por orden del tribunal por causa justificada. Las prórrogas para la presentación de un escrito de apelación se limitarán a una prórroga de 30 días para la preparación de un escrito inicial y una prórroga de 30 días para la preparación de un escrito de respuesta, excepto que el tribunal podrá conceder una prórroga más larga o prórrogas adicionales si determina que existe una probabilidad sustancial de acuerdo que evitaría la necesidad de completar la apelación.
(i)CA Recursos Públicos Code § 21167.6(i) Al finalizar la presentación de los escritos de apelación, el apelante notificará al tribunal la finalización de la presentación de los escritos, momento en el cual el secretario del tribunal de revisión fijará la apelación para audiencia en la primera fecha disponible del calendario.

Section § 21167.7

Explanation
Si usted presenta una demanda bajo la Sección 21167, debe seguir las reglas establecidas en la Sección 388 del Código de Procedimiento Civil. Esto incluye enviar copias de cualquier cambio en sus documentos legales, como enmiendas o suplementos, al Fiscal General. No podrá obtener ninguna orden o decisión judicial, ya sea temporal o permanente, hasta que haya enviado estos documentos al Fiscal General.

Section § 21167.8

Explanation

Si usted está involucrado en una disputa legal con una agencia pública en California bajo la Sección 21167, la agencia tiene 20 días para notificar a todas las partes sobre una reunión para intentar resolver el caso. Esta reunión debe programarse dentro de los 45 días siguientes a la recepción de su demanda. Enviarán por correo el aviso de la reunión a todas las partes o a sus abogados.

Durante la reunión, todos deben discutir los problemas e intentar resolver la disputa. Esta conversación debe cubrir todos los asuntos legales relacionados con el caso. La reunión puede continuar en varias sesiones, pero no retrasará otros plazos legales.

Si el caso no se resuelve, el tribunal podría programar otra conferencia de conciliación con un juez diferente, a menos que sea un condado con un solo juez.

Si alguna parte no participa en las conversaciones de conciliación sin una buena razón, podría enfrentar sanciones por parte del tribunal.

Finalmente, tanto la persona que presenta la demanda como las demás partes involucradas deben compartir qué asuntos discutirán en el juicio o en los escritos en momentos específicos durante el proceso.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(a) A más tardar 20 días a partir de la fecha de notificación a una agencia pública de una petición o demanda presentada conforme a la Sección 21167, la agencia pública deberá presentar ante el tribunal un aviso que establezca la hora y el lugar en que todas las partes se reunirán e intentarán resolver el litigio. La reunión deberá programarse y celebrarse a más tardar 45 días a partir de la fecha de notificación de la petición o demanda a la agencia pública. El aviso de la reunión de conciliación se notificará por correo al abogado de cada parte. Si la agencia pública desconoce la identidad del abogado de alguna parte, el aviso se notificará por correo a la parte cuyo abogado se desconoce.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(b) En la hora y lugar especificados en el aviso presentado ante el tribunal, las partes se reunirán y deliberarán sobre las cuestiones previstas que se plantearán en el litigio e intentarán de buena fe resolver el litigio y la controversia que constituye la base del mismo. Las discusiones de la reunión de conciliación serán de naturaleza exhaustiva y se centrarán en las cuestiones legales planteadas por las partes en relación con el proyecto que es objeto del litigio.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(c) La reunión de conciliación podrá aplazarse de vez en cuando sin posponer o retrasar de otro modo otros plazos aplicables en el litigio. La reunión de conciliación tiene por objeto llevarse a cabo simultáneamente con cualquier procedimiento judicial.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(d) Si el litigio no se resuelve, el tribunal, a su discreción, podrá, o a solicitud de cualquiera de las partes, deberá, programar una conferencia de conciliación adicional ante un juez del tribunal superior. Si la petición o demanda se conoce posteriormente en cuanto a su fondo, el juez que conozca del asunto no será el mismo juez que dirija la conferencia de conciliación, excepto en los condados que tengan un solo juez del tribunal superior.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(e) La falta de participación de cualquier parte, que fue notificada conforme al apartado (a), en el proceso de resolución de litigios, sin causa justificada, podrá dar lugar a la imposición de sanciones por parte del tribunal.
(f)CA Recursos Públicos Code § 21167.8(f) A más tardar 30 días a partir de la fecha en que se presentó y notificó el aviso de certificación del expediente de los procedimientos de conformidad con la Sección 21167.6, el peticionario o demandante deberá presentar y notificar a todas las demás partes una declaración de los asuntos que el peticionario o demandante tiene la intención de plantear en cualquier escrito o en cualquier audiencia o juicio. A más tardar 10 días a partir de la fecha en que el demandado o la parte realmente interesada haya recibido la declaración de asuntos del peticionario o demandante, cada demandado y parte realmente interesada deberá presentar y notificar a todas las demás partes una declaración de los asuntos que dicha parte tiene la intención de plantear en cualquier escrito o en cualquier audiencia o juicio.

Section § 21167.9

Explanation

Si presentas un caso ante el tribunal superior bajo esta división, podría ser necesario que pase por mediación. Esta mediación sigue las reglas establecidas en una parte específica del Código de Gobierno, comenzando con la Sección 66030.

Cualquier acción presentada ante el tribunal superior relacionada con esta división puede estar sujeta a un procedimiento de mediación llevado a cabo de conformidad con el Capítulo 9.3 (que comienza con la Sección 66030) de la División 1 del Título 7 del Código de Gobierno.

Section § 21168

Explanation

Si desea impugnar una decisión tomada por una agencia pública —como anularla o cuestionar su legalidad— porque cree que hubo un problema con el proceso legal requerido (como una audiencia o la determinación de hechos), debe seguir ciertos procedimientos legales descritos en otra ley (Sección 1094.5).

Cuando el tribunal revise un caso así, no volverá a evaluar la evidencia por sí mismo. En cambio, verificará si hay suficiente evidencia para respaldar la decisión de la agencia en su conjunto.

Cualquier acción o procedimiento para impugnar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto una determinación, hallazgo o decisión de una agencia pública, tomada como resultado de un procedimiento en el que por ley se requiere una audiencia, se requiere la presentación de pruebas y la discreción en la determinación de los hechos recae en una agencia pública, por motivos de incumplimiento de las disposiciones de esta división, se regirá por las disposiciones de la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.
En cualquier acción de este tipo, el tribunal no ejercerá su juicio independiente sobre la prueba, sino que solo determinará si el acto o la decisión está respaldado por pruebas sustanciales a la luz de todo el expediente.

Section § 21168.5

Explanation
Esta sección de la ley explica que si alguien quiere impugnar o anular una decisión tomada por una agencia pública (excepto en casos específicos bajo la Sección 21168), la investigación se centrará en si hubo un abuso significativo de criterio por parte de la agencia. Se considera que una agencia abusó de su discreción si no siguió los procedimientos legales requeridos o si no hay pruebas sustanciales que respalden sus decisiones.

Section § 21168.6

Explanation

Esta ley establece que si alguien desea impugnar una decisión de la Comisión de Servicios Públicos de California conforme a las secciones legales específicas mencionadas, debe recurrir a la Corte Suprema para solicitar un auto de mandamus. Un auto de mandamus es una orden de un tribunal que le indica a una agencia gubernamental que cumpla correctamente la ley.

En cualquier acción o procedimiento conforme a las Secciones 21168 o 21168.5 contra la Comisión de Servicios Públicos, el auto de mandamus procederá únicamente de la Corte Suprema a dicha comisión.

Section § 21168.7

Explanation
Esta sección establece que las Secciones 21168 y 21168.5 aclaran las leyes existentes sobre cómo los tribunales pueden revisar las decisiones tomadas por los organismos públicos conforme a esta división. Básicamente, reafirma el marco legal para la revisión judicial de dichas decisiones.

Section § 21168.9

Explanation

Esta sección explica qué puede hacer un tribunal si una agencia pública no sigue las reglas de esta división. Si el tribunal encuentra un problema con la decisión de la agencia, puede ordenar acciones como anular la decisión o detener ciertas actividades del proyecto hasta que cumplan con los requisitos legales.

El tribunal solo emitirá órdenes necesarias para corregir los problemas específicos y asegurar que la agencia cumpla con la ley. El tribunal puede optar por corregir solo partes de una decisión si estas pueden separarse y no afectan el cumplimiento general. El tribunal sigue supervisando los esfuerzos de la agencia para asegurar que las cosas se corrijan adecuadamente.

Sin embargo, el tribunal no puede decirle a la agencia exactamente cómo tomar sus decisiones, excepto según lo especificado. El poder del tribunal no está limitado por esta sección, lo que significa que aún puede usar su criterio de otras maneras equitativas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(a) Si un tribunal determina, como resultado de un juicio, audiencia o reenvío de un tribunal de apelación, que cualquier determinación, hallazgo o decisión de una agencia pública se ha realizado sin cumplir con esta división, el tribunal dictará una orden que incluya una o más de las siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(a)(1) Una orden judicial para que la determinación, el hallazgo o la decisión sea anulada por la agencia pública, en su totalidad o en parte.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(a)(2) Si el tribunal determina que una actividad o actividades específicas del proyecto perjudicarán la consideración o implementación de medidas de mitigación particulares o alternativas al proyecto, una orden judicial para que la agencia pública y cualquier parte interesada real suspendan cualquier o todas las actividades específicas del proyecto, de conformidad con la determinación, el hallazgo o la decisión, que podrían resultar en un cambio o alteración adversa al medio ambiente físico, hasta que la agencia pública haya tomado las acciones que sean necesarias para que la determinación, el hallazgo o la decisión cumplan con esta división.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(a)(3) Una orden judicial para que la agencia pública tome medidas específicas según sea necesario para que la determinación, el hallazgo o la decisión cumplan con esta división.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(b) Cualquier orden de conformidad con el apartado (a) incluirá solo aquellas órdenes judiciales que sean necesarias para lograr el cumplimiento de esta división y solo aquellas actividades específicas del proyecto que no cumplan con esta división. La orden se dictará mediante la emisión de un auto perentorio de mandamus especificando qué acción por parte de la agencia pública es necesaria para cumplir con esta división. Sin embargo, la orden se limitará a aquella porción de una determinación, hallazgo o decisión o a la actividad o actividades específicas del proyecto que se encuentren en incumplimiento solo si un tribunal determina que (1) la porción o la actividad o actividades específicas del proyecto son separables, (2) la separación no perjudicará el cumplimiento completo y total de esta división, y (3) el tribunal no ha encontrado que el resto del proyecto incumpla con esta división. El tribunal de primera instancia retendrá jurisdicción sobre los procedimientos de la agencia pública mediante un retorno al auto perentorio hasta que el tribunal haya determinado que la agencia pública ha cumplido con esta división.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21168.9(c) Nada en esta sección autoriza a un tribunal a dirigir a ninguna agencia pública a ejercer su discreción de una manera particular. Excepto según lo expresamente dispuesto en esta sección, nada en esta sección tiene la intención de limitar las facultades equitativas del tribunal.

Section § 21169

Explanation
Esta sección establece que ciertos proyectos, según lo definido por otra ley, que fueron iniciados o aprobados por autoridades públicas antes de una fecha específica, se consideran legalmente válidos incluso si no cumplieron completamente con las leyes ambientales, siempre y cuando sean lícitos de otra manera. También se aplica a proyectos apoyados por contratos de agencias públicas antes de esa fecha, asegurando su legalidad independientemente de cualquier omisión en el cumplimiento ambiental.

Section § 21173

Explanation
Esta ley establece que si una parte de esta división legal se considera inválida o inaplicable para alguna persona o situación, no afecta el resto de la ley. Las otras partes pueden seguir funcionando sin la sección problemática, y esa es la intención. En esencia, cada parte de esta división legal puede mantenerse por sí misma.

Section § 21174

Explanation

Esta sección aclara que nada en esta división restringe la autoridad de las agencias públicas para hacer cumplir las leyes de las que son responsables. Incluso cuando haya un conflicto entre las leyes de esta división y la Ley Costera de California, la Ley Costera tendrá prioridad.

Ninguna disposición de esta división constituye una limitación o restricción del poder o la autoridad de ninguna agencia pública en la aplicación o administración de cualquier disposición legal que esté específicamente autorizada o requerida para aplicar o administrar, incluyendo, entre otros, los poderes y la autoridad otorgados a la Comisión Costera de California conforme a la División 20 (que comienza con la Sección 30000). En caso de cualquier inconsistencia o conflicto entre las disposiciones de la Ley Costera de California de 1976 (División 20 (que comienza con la Sección 30000)) y las disposiciones de esta división, prevalecerán las disposiciones de la División 20 (que comienza con la Sección 30000).

Section § 21177

Explanation

Esta ley establece las condiciones bajo las cuales una persona o grupo puede impugnar un proyecto por no cumplir con las regulaciones ambientales. Para iniciar una acción legal, las objeciones deben haberse presentado a la agencia pública durante el período de comentarios públicos o antes de que se aprobara el proyecto. Si no presentaste objeciones durante ese tiempo, generalmente no podrás demandar más tarde, a menos que se apliquen ciertas excepciones. Una excepción permite que las organizaciones recién formadas demanden si uno de sus miembros se opuso previamente. El Fiscal General no está limitado por estas reglas. Además, estos límites no se aplican si no hubo oportunidad para objeciones públicas o si la agencia no dio el aviso adecuado.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21177(a) No se podrá iniciar una acción o procedimiento conforme a la Sección 21167 a menos que los supuestos motivos de incumplimiento de esta división hayan sido presentados a la agencia pública oralmente o por escrito por cualquier persona durante el período de comentarios públicos previsto por esta división o antes del cierre de la audiencia pública sobre el proyecto, previo a la emisión del aviso de determinación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21177(b) Ninguna persona podrá mantener una acción o procedimiento a menos que esa persona se haya opuesto a la aprobación del proyecto oralmente o por escrito durante el período de comentarios públicos previsto por esta división o antes del cierre de la audiencia pública sobre el proyecto, previo a la presentación del aviso de determinación conforme a las Secciones 21108 y 21152.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21177(c) Esta sección no impide que ninguna organización formada después de la aprobación de un proyecto mantenga una acción conforme a la Sección 21167 si un miembro de esa organización ha cumplido con la subdivisión (b).
(d)CA Recursos Públicos Code § 21177(d) Esta sección no se aplica al Fiscal General.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21177(e) Esta sección no se aplica a ningún supuesto motivo de incumplimiento de esta división para el cual no hubo audiencia pública u otra oportunidad para que los miembros del público presentaran esas objeciones oralmente o por escrito antes de la aprobación del proyecto, o si la agencia pública no dio el aviso requerido por la ley.

Section § 21167.6.2

Explanation

Esta ley describe el proceso para preparar el expediente de actuaciones de ciertos proyectos sujetos a revisión ambiental. Si un solicitante de proyecto lo pide por escrito y la agencia principal está de acuerdo, la agencia debe preparar este expediente junto con el proceso administrativo del proyecto.

Los expedientes, incluidos los borradores de documentos ambientales y las presentaciones posteriores, deben estar disponibles en línea para el acceso público. Los comentarios también deben presentarse y ponerse a disposición de forma electrónica. En pocos días, cualquier comentario no digital recibido debe convertirse a un formato electrónico.

El documento final debe incluir un aviso que mencione estos requisitos. Cualquier disputa sobre los expedientes se resuelve en los tribunales, y el solicitante debe cubrir los costos de la agencia por la gestión de los mismos.

Las solicitudes se consideran denegadas si la agencia principal no las atiende dentro de un plazo específico. Cierta información, como secretos comerciales y ubicaciones de sitios arqueológicos, está exenta de ser divulgada.

(a)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1) No obstante la Sección 21167.6, previa solicitud por escrito de un solicitante de proyecto recibida a más tardar 30 días después de la fecha en que la agencia principal emita una determinación conforme a la subdivisión (a) de la Sección 21080.1, la Sección 21094.5, o el Capítulo 4.2 (que comienza con la Sección 21155) y con el consentimiento de la agencia principal según lo dispuesto en la subdivisión (e), la agencia principal preparará y certificará el expediente del procedimiento de la siguiente manera:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(A) La agencia principal para el proyecto preparará el expediente del procedimiento conforme a esta división simultáneamente con el proceso administrativo.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(B) Todos los documentos y otros materiales incluidos en el expediente del procedimiento se publicarán y podrán descargarse de un sitio web de internet mantenido por la agencia principal a partir de la fecha de publicación del documento ambiental preliminar para el proyecto. Si la agencia principal no puede mantener un sitio web de internet con la información requerida conforme a esta sección, la agencia principal proporcionará un enlace en el sitio web de internet de la agencia a dicha información.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(C) La agencia principal pondrá a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso el documento ambiental preliminar para el proyecto, y todos los demás documentos presentados, citados o en los que se haya basado la agencia principal, en la preparación del documento ambiental preliminar para el proyecto.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(D) Un documento preparado por la agencia principal o presentado por el solicitante después de la fecha de publicación del documento ambiental preliminar para el proyecto que forme parte del expediente del procedimiento se pondrá a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación o recepción del documento por parte de la agencia principal.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(E) La agencia principal fomentará que los comentarios por escrito sobre el proyecto se presenten en un formato electrónico de fácil acceso, y pondrá cualquier comentario a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción.
(F)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(F) Dentro de los siete días hábiles siguientes a la recepción de cualquier comentario que no esté en formato electrónico, la agencia principal convertirá dicho comentario a un formato electrónico de fácil acceso y lo pondrá a disposición del público en ese formato.
(G)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(1)(G) La agencia principal certificará el expediente del procedimiento dentro de los 30 días siguientes a la presentación del aviso requerido conforme a la Sección 21108 o 21152.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(a)(2) Esta subdivisión no exige la divulgación o publicación de ningún secreto comercial según se define en la Sección 7924.510 del Código de Gobierno, información sobre la ubicación de sitios arqueológicos o tierras sagradas, o cualquier otra información que esté sujeta a las restricciones de divulgación de cualquier disposición enumerada en la Sección 7920.505 del Código de Gobierno.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(b) Cualquier controversia relativa al expediente del procedimiento preparado conforme a esta sección será resuelta por el tribunal en una acción o procedimiento iniciado conforme a la subdivisión (b) o (c) de la Sección 21167.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(c) El contenido del expediente del procedimiento será el especificado en la subdivisión (e) de la Sección 21167.6.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(d) La declaración negativa, la declaración negativa mitigada, el informe de impacto ambiental preliminar y final, u otro documento ambiental incluirá un aviso en un tipo de letra no inferior a 12 puntos que indique lo siguiente:
“ESTE DOCUMENTO ESTÁ SUJETO A LA SECCIÓN 21167.6.2 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS, QUE REQUIERE QUE EL EXPEDIENTE DEL PROCEDIMIENTO PARA ESTE PROYECTO SE PREPARE SIMULTÁNEAMENTE CON EL PROCESO ADMINISTRATIVO; QUE LOS DOCUMENTOS PREPARADOS POR, O PRESENTADOS A, LA AGENCIA PRINCIPAL SE PUBLIQUEN EN EL SITIO WEB DE INTERNET DE LA AGENCIA PRINCIPAL, Y QUE LA AGENCIA PRINCIPAL FOMENTE QUE LOS COMENTARIOS POR ESCRITO SOBRE EL PROYECTO SE PRESENTEN A LA AGENCIA PRINCIPAL EN UN FORMATO ELECTRÓNICO DE FÁCIL ACCESO.”
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(e)(1) La agencia principal responderá a una solicitud del solicitante del proyecto dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que la agencia principal reciba la solicitud conforme a la subdivisión (a).
(2)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(e)(2) Un solicitante de proyecto y la agencia principal podrán acordar mutuamente, por escrito, extender el plazo para que la agencia principal responda conforme al párrafo (1), pero no extenderán ese plazo más allá del inicio del período de revisión pública para la declaración negativa propuesta, la declaración negativa mitigada, el informe de impacto ambiental preliminar, u otro documento ambiental.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(e)(3) La solicitud para preparar un expediente del procedimiento conforme a esta sección se considerará denegada si la agencia principal no responde dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud o dentro del plazo acordado conforme al párrafo (2), lo que ocurra más tarde.
(f)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(f) La solicitud por escrito del solicitante presentada conforme a la subdivisión (a) incluirá un acuerdo para pagar todos los costos de la agencia principal de preparación y certificación del expediente del procedimiento conforme a esta sección y de cumplimiento de los requisitos de esta sección, de la manera especificada por la agencia principal.
(g)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(g) Los costos de preparación del expediente del procedimiento conforme a esta sección y de cumplimiento de los requisitos de esta sección no son costos recuperables conforme a la Sección 1032 del Código de Procedimiento Civil.
(h)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.2(h) Conforme a la subdivisión (f) y la Sección 21089, la agencia principal podrá cobrar y recaudar una tarifa razonable de la persona que realice la solicitud conforme a la subdivisión (a) para recuperar los costos incurridos por la agencia principal en la preparación del expediente del procedimiento conforme a esta sección.

Section § 21167.6.5

Explanation

Esta sección de la ley explica las responsabilidades de un peticionario o demandante al iniciar acciones legales relacionadas con proyectos ambientales. Deben nombrar y notificar a ciertas partes involucradas, llamadas partes realmente interesadas, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación de la demanda a la agencia pública. La agencia pública tiene entonces 10 días hábiles para proporcionar una lista de otras agencias responsables del proyecto. El peticionario debe informar a estas agencias dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la lista. Si no se nombra a otras partes interesadas, esto no dará lugar a la desestimación del caso. Además, esta ley no afecta el derecho existente de nadie a unirse al caso como interviniente.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.5(a) El peticionario o demandante deberá nombrar, como parte realmente interesada, a la persona o personas identificadas por la agencia pública en su aviso presentado conforme a la subdivisión (a) o (b) de la Sección 21108 o la Sección 21152 o, si no se presenta ningún aviso, a la persona o personas en la subdivisión (b) o (c) de la Sección 21065, según conste en el registro de actuaciones de la agencia para el proyecto que sea objeto de una acción o procedimiento iniciado conforme a la Sección 21167, 21168 o 21168.5, y deberá notificar la petición o demanda a dicha parte realmente interesada, mediante notificación personal, correo, facsímil o cualquier otro método permitido por la ley, a más tardar 20 días hábiles después de la notificación de la petición o demanda a la agencia pública.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.5(b) La agencia pública deberá proporcionar al peticionario o demandante, a más tardar 10 días hábiles después de la notificación de la petición o demanda a la agencia pública, una lista de agencias responsables y una agencia pública con jurisdicción sobre un recurso natural afectado por el proyecto.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.5(c) El peticionario o demandante deberá notificar a las agencias responsables y a una agencia pública con jurisdicción sobre un recurso natural afectado por el proyecto, la acción o procedimiento dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la lista descrita en la subdivisión (b).
(d)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.5(d) La omisión de nombrar a personas potenciales, distintas de las partes realmente interesadas descritas en la subdivisión (a), no constituye motivo de desestimación conforme a la Sección 389 del Código de Procedimiento Civil.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21167.6.5(e) Esta sección no tiene la intención de afectar un derecho existente de una parte a intervenir en la acción.

Section § 21168.6.6

Explanation

Esta ley establece las condiciones para certificar y agilizar proyectos de construcción en campus de medios en Los Ángeles. Los proyectos deben invertir al menos mil millones de dólares, cumplir con estándares ambientales como LEED Oro y no generar emisiones adicionales de gases de efecto invernadero. También deben beneficiar a comunidades desfavorecidas y crear muchos empleos bien remunerados. El proyecto debe minimizar el uso de vehículos y cumplir con las leyes de residuos. Los costos de los procedimientos judiciales y la preparación de expedientes deben ser cubiertos por el solicitante.

El proceso implica la preparación de un informe de impacto ambiental, la celebración de períodos de comentarios públicos y, potencialmente, la participación en mediación. La agencia principal es responsable de hacer accesibles todos los documentos, gestionar los comentarios y resolver disputas a través de procesos definidos por los tribunales. Cualquier medida de mitigación requerida debe beneficiar a las comunidades afectadas y adherirse a las directrices especificadas. Además, las normas deben garantizar que todos los procedimientos se realicen rápidamente, idealmente en un año.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(a) Para los fines de esta sección, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(a)(1) “Comunidad desfavorecida” significa un área identificada por la Agencia de Protección Ambiental de California conforme a la Sección 39711 del Código de Salud y Seguridad o un área que es una comunidad no incorporada desfavorecida conforme a la Sección 65302.10 del Código de Gobierno.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(a)(2) “Proyecto de campus de medios de liderazgo ambiental” o “proyecto” significa un proyecto de construcción o renovación en un campus de medios de cine y televisión en el Condado de Los Ángeles.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)  Una ciudad dentro del Condado de Los Ángeles que sea la agencia principal para el proyecto certificará un proyecto de campus de medios de liderazgo ambiental para su agilización conforme a esta sección si la agencia principal determina que se cumplirán todas las siguientes condiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(1) El proyecto resultará en una inversión de al menos mil millones de dólares ($1,000,000,000) en California al finalizar la construcción.
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(2)(A) El proyecto obtendrá la certificación estándar oro o superior de Liderazgo en Energía y Diseño Ambiental (LEED) del Consejo de Construcción Ecológica de los Estados Unidos para toda nueva construcción que sea elegible para la certificación LEED.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(2)(A)(B) Cualquier nueva construcción o renovación importante de edificios existentes que no sea elegible para la certificación LEED logrará estándares comparables de eficiencia energética e hídrica, incluyendo, entre otros, el cumplimiento de los estándares de eficiencia energética de Nivel 1.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(3) El proyecto logrará una reducción en las millas recorridas por vehículo per cápita de al menos el 15 por ciento en comparación con el desarrollo existente, de acuerdo con el aviso técnico de la Oficina de Planificación e Investigación sobre la evaluación de los impactos del transporte en CEQA, y al menos el 50 por ciento de cualquier reducción de emisiones de gases de efecto invernadero necesaria para lograr cero emisiones netas adicionales de gases de efecto invernadero según lo requerido por el párrafo (4) provendrá de medidas de reducción in situ y locales.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(4) El proyecto no resultará en ninguna emisión neta adicional de gases de efecto invernadero, incluyendo, entre otros, las provenientes del transporte de empleados. Se considera que un proyecto cumple con los requisitos de este párrafo si el solicitante del proyecto demuestra a la agencia principal que tiene un compromiso vinculante de que mitigará los impactos resultantes de las emisiones de gases de efecto invernadero, si las hubiera, de acuerdo con la Sección 21183.6.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(5) Si se requieren medidas para mitigar impactos ambientales significativos en una comunidad desfavorecida, esos impactos se mitigarán de manera consistente con esta división, incluyendo la Sección 21002, y las medidas de mitigación requeridas bajo esta subdivisión se llevarán a cabo en la comunidad afectada y la beneficiarán directamente.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(6) El proyecto generará al menos 1,000 empleos durante la construcción.
(7)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A) (i) El proyecto crea empleos de altos salarios y altamente calificados que pagan salarios prevalecientes y salarios dignos, emplea una fuerza laboral calificada y capacitada, según se define en la subdivisión (d) de la Sección 2601 del Código de Contratos Públicos, proporciona empleos de construcción y empleos permanentes para los californianos, y ayuda a reducir el desempleo. Para los fines de esta subdivisión, “empleos que pagan salarios prevalecientes” significa que todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto recibirán al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día para el tipo de trabajo y área geográfica, según lo determine el Director de Relaciones Industriales conforme a las Secciones 1773 y 1773.9 del Código Laboral. Si el proyecto se certifica para agilización, el solicitante del proyecto deberá incluir este requisito en todos los contratos para la ejecución del trabajo.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A)(ii) La cláusula (i) no se aplica a un contratista o subcontratista que realice el trabajo en el proyecto que esté sujeto a un acuerdo laboral de proyecto que requiera el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y que prevea la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje. Para los fines de esta cláusula, “acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A)(B)(i) Si el proyecto se certifica conforme a esta subdivisión, los contratistas y subcontratistas deberán pagar a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A)(B)(i)(ii) Salvo lo dispuesto en la cláusula (iii), la obligación de los contratistas y subcontratistas de pagar salarios prevalecientes conforme a la subsección (A) podrá ser exigida por el Comisionado Laboral mediante la emisión de una evaluación civil de salarios y multas conforme a la Sección 1741 del Código Laboral, la cual podrá ser revisada conforme a la Sección 1742 del Código Laboral, dentro de los 18 meses posteriores a la finalización del proyecto, o por un trabajador mal pagado a través de una queja administrativa o acción civil. Si se emite una evaluación civil de salarios y multas, el contratista, subcontratista y la fianza o fianzas emitidas para garantizar el pago de los salarios cubiertos por la evaluación serán responsables de los daños liquidados conforme a la Sección 1742.1 del Código Laboral.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(7)(A)(B)(i)(iii) La cláusula (ii) no se aplica si todos los contratistas y subcontratistas que realizan trabajos en el proyecto están sujetos a un acuerdo laboral de proyecto que requiere el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y prevé la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje. Para los fines de esta subsección, “acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(8) El solicitante del proyecto demuestra el cumplimiento de los requisitos de los Capítulos 12.8 (que comienzan con la Sección 42649) y 12.9 (que comienzan con la Sección 42649.8) de la Parte 3 de la División 30, según corresponda.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(9) El solicitante del proyecto acepta que todas las medidas de mitigación requeridas conforme a esta división y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección para certificar el proyecto bajo esta sección serán condiciones de aprobación del proyecto, y esas condiciones serán totalmente exigibles por la agencia principal o por otra agencia designada por la agencia principal. En el caso de las medidas de mitigación ambiental y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección, el solicitante del proyecto acepta, como una obligación continua, que esas medidas serán monitoreadas y aplicadas por la agencia principal durante la vigencia de la obligación. El solicitante del proyecto deberá presentar a la agencia principal un informe anual de estado sobre la implementación de las medidas de mitigación ambiental y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección.
(10)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(10) El solicitante del proyecto acepta pagar cualquier costo adicional incurrido por los tribunales al conocer y decidir cualquier caso sujeto a esta sección, incluyendo el pago de los costos por el nombramiento de un perito judicial si el tribunal lo considera apropiado, en la forma y manera especificadas por el Consejo Judicial, según lo dispuesto en las Reglas de la Corte de California adoptadas por el Consejo Judicial.
(11)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(b)(11) El solicitante del proyecto acepta pagar los costos de preparación del expediente del procedimiento para el proyecto concurrentemente con la revisión y consideración del proyecto conforme a esta división, en la forma y manera especificadas por la agencia principal para el proyecto.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(c) A más tardar el 1 de julio de 2025, el Consejo Judicial adoptará reglas de la corte que se aplicarán a cualquier acción o procedimiento presentado para impugnar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto la certificación de un informe de impacto ambiental para un proyecto de campus de medios de liderazgo ambiental o la concesión de cualquier aprobación de proyecto que requiera que la acción o procedimiento, incluyendo cualquier posible apelación ante el tribunal de apelación o la Corte Suprema, se resuelva, en la medida de lo posible, dentro de los 365 días calendario siguientes a la presentación del expediente certificado del procedimiento ante el tribunal.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(d)(1)  El borrador y el informe final de impacto ambiental para un proyecto de campus de medios de liderazgo ambiental deberán incluir un aviso en letra no menor de 12 puntos que indique lo siguiente:
ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL ESTÁ SUJETO A LA SECCIÓN 21168.6.6 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS, LA CUAL ESTABLECE, ENTRE OTRAS COSAS, QUE LA AGENCIA PRINCIPAL NO NECESITA CONSIDERAR CIERTOS COMENTARIOS PRESENTADOS DESPUÉS DEL CIERRE DEL PERÍODO DE COMENTARIOS PÚBLICOS, SI LO HUBIERA, PARA EL BORRADOR DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL. CUALQUIER ACCIÓN JUDICIAL QUE IMPUGNE LA CERTIFICACIÓN O ADOPCIÓN DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL O LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DESCRITO EN LA SECCIÓN 21168.6.6 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS ESTÁ SUJETA A LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN DICHA SECCIÓN. UNA COPIA DE LA SECCIÓN 21168.6.6 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS SE INCLUYE EN EL APÉNDICE DE ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(2) El borrador del informe de impacto ambiental y el informe final de impacto ambiental deberán contener, como apéndice, el texto completo de esta sección.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(3) Dentro de los 10 días calendario siguientes a la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá llevar a cabo un taller informativo para informar al público sobre los análisis y conclusiones clave de dicho documento, según corresponda.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(4) Dentro de los 10 días calendario anteriores al cierre del período de comentarios públicos, la agencia principal deberá celebrar una audiencia pública para recibir testimonios sobre el borrador del informe de impacto ambiental. Una transcripción de la audiencia se incluirá como apéndice del informe final de impacto ambiental, según corresponda.
(5)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)(A) Dentro de los cinco días calendario siguientes al cierre del período de comentarios públicos, un comentarista sobre el borrador del informe de impacto ambiental podrá presentar a la agencia principal una solicitud por escrito de mediación no vinculante, según corresponda. La agencia principal deberá participar en una mediación no vinculante con todos los comentaristas que presentaron comentarios a tiempo sobre el borrador del informe de impacto ambiental y que solicitaron la mediación. La mediación realizada conforme a este párrafo finalizará a más tardar 35 días calendario después del cierre del período de comentarios públicos.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)(A)(B) Una solicitud de mediación deberá identificar todas las áreas de disputa planteadas en el comentario presentado por el comentarista que serán objeto de mediación.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)(A)(C) La agencia principal seleccionará uno o más mediadores que serán jueces jubilados o expertos reconocidos con al menos cinco años de experiencia en derecho o ciencia del uso del suelo y ambiental, o mediación. La agencia principal asumirá los costos de la mediación.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)(A)(D) Se llevará a cabo una sesión de mediación sobre cada área de disputa con las partes que soliciten mediación sobre esa área de disputa.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(5)(A)(E) La agencia principal adoptará, como condición de aprobación, cualquier medida acordada por la agencia principal y cualquier comentarista que haya solicitado la mediación. Un comentarista que acepte una medida conforme a esta subsección no podrá plantear el problema abordado por esa medida como base para una acción o procedimiento que impugne la decisión de la agencia principal de certificar el informe de impacto ambiental o de conceder la aprobación del proyecto.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6) La agencia principal no necesita considerar los comentarios escritos sobre el borrador del informe de impacto ambiental presentados después del cierre del período de comentarios públicos, a menos que esos comentarios aborden cualquiera de los siguientes puntos:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6)(A) Nuevas cuestiones planteadas en la respuesta a los comentarios por parte de la agencia principal.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6)(B) Nueva información publicada por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, como nueva información establecida o incorporada en un informe del personal, permiso propuesto, resolución propuesta, ordenanza o documentos similares.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6)(C) Cambios realizados al proyecto después del cierre del período de comentarios públicos.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6)(D) Condiciones propuestas para la aprobación, medidas de mitigación o hallazgos propuestos requeridos por la Sección 21081 o un programa de informes o monitoreo propuesto requerido por el párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 21081.6, si la agencia principal publica esos documentos después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(6)(E) Nueva información que no era razonablemente conocida y no pudo haber sido razonablemente conocida durante el período de comentarios públicos.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(7) La agencia principal deberá presentar el aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152 dentro de los cinco días calendario siguientes a la última aprobación inicial del proyecto.
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(1) La agencia principal deberá preparar y certificar el expediente del procedimiento de acuerdo con esta subdivisión y de acuerdo con la Regla 3.2205 de las Reglas de la Corte de California.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(2) A más tardar tres días hábiles después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá poner a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso el borrador del informe de impacto ambiental y todos los demás documentos en los que se basó la agencia principal para la preparación del borrador del informe de impacto ambiental. Un documento preparado por la agencia principal después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental que forme parte del expediente del procedimiento deberá ponerse a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles siguientes a la preparación del documento por parte de la agencia principal.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(3) No obstante el párrafo (2), los documentos en los que se basó la agencia principal que no fueron preparados específicamente para el proyecto y que están protegidos por derechos de autor no tienen que ser de fácil acceso en formato electrónico. Para esos documentos protegidos por derechos de autor, la agencia principal deberá poner a disposición un índice de los documentos en formato electrónico a más tardar en la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, o dentro de los cinco días hábiles si el documento es recibido o utilizado por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental. El índice deberá especificar las bibliotecas u oficinas de la agencia principal donde las copias impresas de los materiales protegidos por derechos de autor están disponibles para revisión pública.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(4) La agencia principal deberá fomentar que los comentarios escritos sobre el proyecto se presenten en un formato electrónico de fácil acceso, y deberá poner dichos comentarios a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días calendario siguientes a su recepción.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(5) Dentro de los siete días hábiles siguientes a la recepción de cualquier comentario que no esté en formato electrónico, la agencia principal deberá convertir ese comentario a un formato electrónico de fácil acceso y ponerlo a disposición del público en dicho formato.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(6) La agencia principal deberá indicar en el expediente del procedimiento los comentarios recibidos que no fueron considerados por la agencia principal y no necesita incluir el contenido de los comentarios como parte del expediente del procedimiento.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(7) Dentro de los cinco días calendario siguientes a la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152, la agencia principal deberá certificar el expediente del procedimiento para la aprobación o determinación y deberá proporcionar una copia electrónica del expediente del procedimiento a una parte que haya presentado una solicitud por escrito de una copia. La agencia principal podrá cobrar y recaudar una tarifa razonable de una parte que solicite una copia del expediente del procedimiento para la copia electrónica, la cual no excederá el costo razonable de reproducción de dicha copia.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(8) Dentro de los 10 días calendario siguientes a la notificación de una demanda o una petición de auto de mandamus, la agencia principal deberá presentar una copia del expediente certificado del procedimiento ante el tribunal superior.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(9) Cualquier disputa sobre el contenido del expediente del procedimiento será resuelta por el tribunal superior. A menos que el tribunal superior disponga lo contrario, una parte que dispute el contenido del expediente del procedimiento deberá presentar una moción para aumentar el expediente del procedimiento en el momento en que presente su escrito inicial.
(10)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.6(e)(10) El contenido del expediente del procedimiento será el establecido en la subdivisión (e) de la Sección 21167.6.

Section § 21168.6.7

Explanation

Esta ley describe las regulaciones y condiciones para el desarrollo de un centro deportivo y un proyecto de uso mixto en Oakland, específicamente en el sitio de Howard Terminal, para convertirse en el nuevo hogar de los Oakland Athletics. Incluye criterios como estándares de sostenibilidad ambiental, como la certificación LEED Oro, medidas de reducción de gases de efecto invernadero y un plan de gestión del transporte para reducir los viajes en vehículo en un 20%.

El proyecto también debe cumplir con medidas de seguridad para aves y ofrecer beneficios comunitarios como empleo local y vivienda asequible. Una parte clave del proceso es la preparación y revisión de un informe de impacto ambiental con participación pública a través de talleres y audiencias, y oportunidades de mediación.

Los contratistas y subcontratistas que trabajen en el proyecto deben pagar salarios prevalecientes, y el proyecto debe crear empleos bien remunerados para los residentes locales. El Gobernador puede certificar el proyecto para una tramitación acelerada si se cumplen estas condiciones. Además, el informe ambiental debe seguir procedimientos específicos para agilizar cualquier impugnación legal relacionada con los impactos ambientales del proyecto.

En caso de disputas sobre la documentación ambiental o los registros del proyecto, la ley establece procesos para resolverlas a través de los tribunales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(1) “Solicitante” significa una entidad pública o privada o sus afiliadas que propone el proyecto y sus sucesores, herederos y cesionarios.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(2) “Medidas de Seguridad para Aves de la Ciudad de Oakland” significa las directrices de la ordenanza de seguridad para aves añadidas en junio de 2013 por el personal de planificación de la Ciudad de Oakland a los requisitos estándar de permisos de construcción de la ciudad para reducir las colisiones de aves y otros impactos negativos en la vida silvestre.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(3) “Proyecto de Uso Mixto y Deportivo de Oakland” o “proyecto” significa los siguientes componentes de un centro deportivo y proyecto de uso mixto ubicado en el sitio de Howard Terminal en la Ciudad de Oakland, desde la demolición y preparación del sitio hasta la operación:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(3)(A) Un parque de béisbol que se convertirá en el nuevo hogar de los Oakland Athletics y usos residenciales, minoristas, comerciales, culturales, de entretenimiento o recreativos adyacentes desarrollados por los Oakland Athletics, y que cumple con todo lo siguiente:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(3)(A)(i) El parque de béisbol recibe la certificación Oro de Liderazgo en Energía y Diseño Ambiental (LEED) para nuevas construcciones dentro de un año después de la finalización de la primera temporada de béisbol y cada nuevo edificio no residencial recibe la certificación Oro LEED para nuevas construcciones dentro de un año después de la finalización del edificio no residencial aplicable. Cualquier edificio residencial deberá alcanzar estándares de sostenibilidad de al menos un nivel Oro LEED o la calificación GreenPoint comparable, incluyendo el cumplimiento de los estándares de sostenibilidad para el acceso a un tránsito de calidad.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(3)(A)(ii) El proyecto no resulta en ninguna emisión neta adicional de gases de efecto invernadero, incluyendo las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte de empleados, según lo determine la Junta Estatal de Recursos del Aire de conformidad con la División 25.5 (que comienza con la Sección 38500) del Código de Salud y Seguridad. Para maximizar los beneficios para la salud pública, el medio ambiente y el empleo, la agencia principal exigirá medidas que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero en el área del proyecto y en las comunidades vecinas del parque de béisbol. No menos del 50 por ciento de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero necesarias para cumplir con los requisitos de esta cláusula, excluyendo las emisiones de gases de efecto invernadero de los usos residenciales del proyecto, provendrán de medidas locales y directas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que consideren las reducciones de contaminantes atmosféricos criterio y contaminantes atmosféricos tóxicos, incluyendo, entre otros, cualquiera de los siguientes:
(I)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(a)(3)(A)(ii)(I) Características de diseño del proyecto o medidas de reducción in situ, o ambas características de diseño y medidas de reducción in situ.
(II) Medidas de reducción fuera del sitio en las comunidades vecinas.
El solicitante podrá obtener créditos de compensación por hasta el 50 por ciento de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero necesarias para cumplir con el requisito de esta cláusula. El solicitante deberá, en la medida de lo posible, dar la máxima prioridad a la compra de créditos de compensación que produzcan reducciones de emisiones dentro de la Ciudad de Oakland o los límites del Distrito de Gestión de la Calidad del Aire del Área de la Bahía. Cualquier crédito de compensación deberá ser verificado por un tercero acreditado por la Junta Estatal de Recursos del Aire. En ningún caso se utilizarán créditos de compensación de un proyecto ubicado fuera de los Estados Unidos.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(iii)   El proyecto cuenta con un plan de gestión del transporte o un programa de gestión de la demanda de transporte, o ambos, que logra una reducción del 20 por ciento en el número de viajes en vehículo colectivamente por asistentes, empleados, visitantes y clientes en comparación con las operaciones sin el plan de gestión del transporte o el programa de gestión de la demanda de transporte, o ambos. El plan o programa para el parque de béisbol deberá lograr la reducción del 20 por ciento dentro de un año después de la finalización de la primera temporada de béisbol. El plan o programa para la porción del proyecto que no es el parque de béisbol deberá lograr la reducción del 20 por ciento dentro de un año después de la finalización de esa porción. El plan de gestión del transporte o el programa de demanda de transporte deberá incluir un menú de opciones diseñadas para reducir el número de viajes en vehículo, incluyendo la expansión temporal de la capacidad de una línea de transporte público, según corresponda, para atender los eventos del parque de béisbol, y la participación en una asociación de gestión del transporte que determinará una gama de servicios y programas diseñados para cumplir con la reducción del 20 por ciento, incluyendo la provisión de incentivos para el uso del transporte público y los viajes compartidos, estacionamiento y soporte para bicicletas, señalización e información de tránsito en tiempo real.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(iv) El proyecto está ubicado dentro de un área de desarrollo prioritario identificada en la estrategia de comunidades sostenibles Plan Bay Area 2040 adoptada por la Comisión Metropolitana de Transporte y la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía.
(v)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(v) El proyecto está sujeto a un paquete integral de beneficios comunitarios aprobado por el Puerto de Oakland o el Concejo Municipal de la Ciudad de Oakland, según corresponda, que puede incluir programas de empleo local y capacitación laboral, políticas para empresas locales y pequeñas empresas, acceso público y espacios abiertos, vivienda asequible, infraestructura de transporte, mayor frecuencia de transporte público, y accesibilidad al transporte y medidas de desarrollo sostenible y saludable para la comunidad circundante.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(B) Espacios públicos asociados.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(C) Instalaciones e infraestructura para el ingreso, egreso y uso del parque de béisbol y el desarrollo de uso mixto.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(b) Como condición para la aprobación del proyecto, la agencia principal exigirá al solicitante, con respecto a cualquier medida específica para la operación del parque de béisbol, que implemente medidas que cumplan con los requisitos de esta división al final de la primera temporada de béisbol.
(c)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(c) Las Reglas 3.2220 a 3.2237, ambas inclusive, de las Reglas de la Corte de California, según puedan ser modificadas por el Consejo Judicial, se aplicarán a cualquier acción o procedimiento iniciado para impugnar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto la certificación o adopción de cualquier informe de impacto ambiental para el proyecto que sea certificado de conformidad con la subdivisión (d) o la concesión de cualquier aprobación del proyecto, para exigir que la acción o procedimiento, incluyendo cualquier posible apelación, se resuelva, en la medida de lo posible, dentro de los 270 días siguientes a la presentación del registro certificado de los procedimientos ante el tribunal. El Consejo Judicial deberá, a más tardar el 1 de septiembre de 2019, modificar las Reglas de la Corte de California, según sea necesario, para implementar esta subdivisión.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d) El Gobernador podrá certificar el proyecto para su agilización de conformidad con esta sección si cumple con todas las siguientes condiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(1) El proyecto crea empleos de altos salarios y altamente calificados que pagan salarios prevalecientes y salarios dignos, proporciona empleos de construcción y empleos permanentes para los californianos, y ayuda a reducir el desempleo. Para los fines de esta subdivisión, “empleos que pagan salarios prevalecientes” significa que todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto recibirán al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día para el tipo de trabajo y área geográfica, según lo determine el Director de Relaciones Industriales de conformidad con las Secciones 1773 y 1773.9 del Código Laboral. Si el proyecto es certificado para su agilización, el solicitante del proyecto deberá incluir este requisito en todos los contratos para la ejecución del trabajo.
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(2)(A) Si el proyecto es certificado de conformidad con esta sección, los contratistas y subcontratistas deberán pagar a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(2)(A)(B) Excepto según lo dispuesto en el subpárrafo (C), la obligación de los contratistas y subcontratistas de pagar salarios prevalecientes de conformidad con el subpárrafo (A) podrá ser exigida por el Comisionado Laboral mediante la emisión de una evaluación civil de salarios y multas de conformidad con la Sección 1741 del Código Laboral, la cual podrá ser revisada de conformidad con la Sección 1742 del Código Laboral dentro de los 18 meses posteriores a la finalización del proyecto, o por un trabajador mal pagado a través de una queja administrativa o acción civil. Si se emite una evaluación civil de salarios y multas, el contratista, subcontratista y la fianza o fianzas emitidas para asegurar el pago de los salarios cubiertos por la evaluación serán responsables por daños liquidados de conformidad con la Sección 1742.1 del Código Laboral.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(2)(A)(C) El subpárrafo (B) no se aplica si todos los contratistas y subcontratistas que realizan trabajos en el proyecto están sujetos a un acuerdo laboral de proyecto que requiere el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y prevé la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje. Para los fines de este subpárrafo, “acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(3) El solicitante del proyecto demuestra el cumplimiento de las cláusulas (i) a (iii), ambas inclusive, del subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (a) y las medidas de mitigación, en la medida de lo posible, para reducir cualquier emisión adicional de gases de efecto invernadero del proyecto, incluyendo las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte de empleados.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(4) El solicitante del proyecto demuestra el cumplimiento de los requisitos del Capítulo 12.8 (que comienza con la Sección 42649) y el Capítulo 12.9 (que comienza con la Sección 42649.8) de la Parte 3 de la División 30, según corresponda.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(5) El solicitante del proyecto ha celebrado un acuerdo vinculante y exigible de que todas las medidas de mitigación requeridas de conformidad con esta división y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección para certificar el proyecto bajo este capítulo serán condiciones de aprobación del proyecto, y esas condiciones serán totalmente exigibles por la agencia principal o por otra agencia designada por la agencia principal. En el caso de las medidas de mitigación ambiental y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección, el solicitante acepta, como obligación continua, que esas medidas serán monitoreadas y aplicadas por la agencia principal durante la vida de la obligación.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(6) El solicitante del proyecto acepta pagar cualquier costo adicional incurrido por los tribunales al conocer y decidir cualquier caso presentado de conformidad con esta sección, incluyendo el pago de los costos por el nombramiento de un perito judicial si el tribunal lo considera apropiado, en la forma y manera especificadas por el Consejo Judicial, según lo dispuesto en las reglas de la corte adoptadas por el Consejo Judicial.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(7) El solicitante del proyecto acepta pagar los costos de preparación del registro de los procedimientos del proyecto concurrentemente con la revisión y consideración del proyecto de conformidad con esta división, en la forma y manera especificadas por la agencia principal para el proyecto.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(8) El diseño e implementación del proyecto cumplirán con las Medidas de Seguridad para Aves de la Ciudad de Oakland, adoptadas en 2013. La programación nocturna aplicará estrategias de mejores prácticas de gestión para evitar y reducir posibles riesgos de colisión para aves migratorias y residentes, en la medida de lo posible.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(d)(9) El proyecto cumple con los requisitos de las cláusulas (iv) y (v) del subpárrafo (A) del párrafo (3) de la subdivisión (a).
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(e)(1) Antes de certificar el proyecto, el Gobernador deberá determinar que se ha cumplido cada una de las condiciones especificadas en la subdivisión (d). Estas conclusiones no están sujetas a revisión judicial.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(e)(2) Las directrices emitidas de conformidad con el Capítulo 6.5 (que comienza con la Sección 21178) se aplican a la implementación de esta sección, en la medida en que esas directrices sean aplicables y no entren en conflicto con los requisitos específicos de esta sección.
(f)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(f)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(f)(1) El borrador y el informe final de impacto ambiental deberán incluir un aviso en letra no menor de 12 puntos que indique lo siguiente:
ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL ESTÁ SUJETO A LA SECCIÓN 21168.6.7 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS, LA CUAL ESTABLECE, ENTRE OTRAS COSAS, QUE LA AGENCIA PRINCIPAL NO NECESITA CONSIDERAR CIERTOS COMENTARIOS PRESENTADOS DESPUÉS DEL CIERRE DEL PERÍODO DE COMENTARIOS PÚBLICOS, SI LO HUBIERE, PARA EL BORRADOR DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL. CUALQUIER ACCIÓN JUDICIAL QUE IMPUGNE LA CERTIFICACIÓN O ADOPCIÓN DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL O LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DESCRITO EN LA SECCIÓN 21168.6.7 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS ESTÁ SUJETA A LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN ESA SECCIÓN. UNA COPIA DE LA SECCIÓN 21168.6.7 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS SE INCLUYE EN EL APÉNDICE DE ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(2) El borrador del informe de impacto ambiental y el informe final de impacto ambiental deberán contener, como apéndice, el texto completo de esta sección.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(3) Dentro de los 10 días posteriores a la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá realizar un taller informativo para informar al público sobre los análisis y conclusiones clave de dicho documento.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(4) Dentro de los 10 días anteriores al cierre del período de comentarios públicos, la agencia principal deberá celebrar una audiencia pública para recibir testimonios sobre el borrador del informe de impacto ambiental. Una transcripción de la audiencia deberá incluirse como apéndice del informe final de impacto ambiental.
(5)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)(A) Dentro de los cinco días siguientes al cierre del período de comentarios públicos, un comentarista sobre el borrador del informe de impacto ambiental podrá presentar a la agencia principal una solicitud por escrito de mediación no vinculante. La agencia principal y el solicitante deberán participar en una mediación no vinculante con todos los comentaristas que presentaron comentarios a tiempo sobre el borrador del informe de impacto ambiental y que solicitaron la mediación. La mediación realizada de conformidad con este párrafo deberá finalizar a más tardar 35 días después del cierre del período de comentarios públicos.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)(A)(B) Una solicitud de mediación deberá identificar todas las áreas de disputa planteadas en el comentario presentado por el comentarista que serán objeto de mediación.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)(A)(C) La agencia principal seleccionará uno o más mediadores que serán jueces jubilados o expertos reconocidos con al menos cinco años de experiencia en derecho o ciencia del uso del suelo y ambiental, o mediación. El solicitante asumirá los costos de la mediación.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)(A)(D) Se llevará a cabo una sesión de mediación sobre cada área de disputa con las partes que soliciten mediación sobre esa área de disputa.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(5)(A)(E) La agencia principal adoptará, como condición de aprobación, cualquier medida acordada por la agencia principal, el solicitante y cualquier comentarista que haya solicitado la mediación. Un comentarista que acepte una medida de conformidad con este subpárrafo no podrá plantear el problema abordado por esa medida como base para una acción o procedimiento que impugne la decisión de la agencia principal de certificar o adoptar el informe de impacto ambiental o de conceder la aprobación del proyecto.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6) La agencia principal no necesita considerar los comentarios escritos presentados después del cierre del período de comentarios públicos, a menos que esos comentarios aborden cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6)(A) Nuevas cuestiones planteadas en la respuesta a los comentarios por parte de la agencia principal.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6)(B) Nueva información publicada por la agencia pública después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, como nueva información establecida o incorporada en un informe del personal, permiso propuesto, resolución propuesta, ordenanza o documentos similares.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6)(C) Cambios realizados en el proyecto después del cierre del período de comentarios públicos.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6)(D) Condiciones propuestas para la aprobación, medidas de mitigación o hallazgos propuestos requeridos por la Sección 21081 o un programa de informes y monitoreo propuesto requerido por el párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 21081.6, si la agencia principal publica esos documentos después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(6)(E) Nueva información que no era razonablemente conocida y no pudo haber sido razonablemente conocida durante el período de comentarios públicos.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(7) La agencia principal deberá presentar el aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152 dentro de los cinco días posteriores a la última aprobación inicial del proyecto.
(g)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(1) La agencia principal deberá preparar y certificar el registro de los procedimientos de conformidad con esta subdivisión y de conformidad con la Regla 3.1365 de las Reglas de la Corte de California. El solicitante deberá pagar a la agencia principal todos los costos de preparación y certificación del registro de los procedimientos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(2) A más tardar tres días hábiles después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá poner a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso el borrador del informe de impacto ambiental y todos los demás documentos presentados o utilizados por la agencia principal en la preparación del borrador del informe de impacto ambiental. Un documento preparado por la agencia principal o presentado por el solicitante después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental que forme parte del registro de los procedimientos deberá ponerse a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles posteriores a la preparación o recepción del documento por parte de la agencia principal.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(3) No obstante el párrafo (2), los documentos presentados o utilizados por la agencia principal que no fueron preparados específicamente para el proyecto y están protegidos por derechos de autor no están obligados a ser de fácil acceso en formato electrónico. Para esos documentos protegidos por derechos de autor, la agencia principal deberá poner a disposición un índice de los documentos en formato electrónico a más tardar en la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, o dentro de los cinco días hábiles si el documento es recibido o utilizado por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental. El índice deberá especificar las bibliotecas u oficinas de la agencia principal donde las copias impresas de los materiales protegidos por derechos de autor están disponibles para revisión pública.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(4) La agencia principal deberá fomentar que los comentarios escritos sobre el proyecto se presenten en un formato electrónico de fácil acceso, y deberá poner dichos comentarios a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días siguientes a su recepción.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(5) Dentro de los siete días hábiles siguientes a la recepción de cualquier comentario que no esté en formato electrónico, la agencia principal deberá convertir ese comentario a un formato electrónico de fácil acceso y ponerlo a disposición del público en ese formato.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(6) La agencia principal deberá indicar en el registro de los procedimientos los comentarios recibidos que no fueron considerados por la agencia principal de conformidad con el párrafo (6) de la subdivisión (f) y no necesita incluir el contenido de los comentarios como parte del registro.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(7) Dentro de los cinco días siguientes a la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152, la agencia principal deberá certificar el registro de los procedimientos para la aprobación o determinación y deberá proporcionar una copia electrónica del registro a una parte que haya presentado una solicitud por escrito de una copia. La agencia principal podrá cobrar y recaudar una tarifa razonable de una parte que solicite una copia del registro para la copia electrónica, la cual no excederá el costo razonable de reproducción de esa copia.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(8) Dentro de los 10 días siguientes a la notificación de una demanda o una petición de auto de mandamus, la agencia principal deberá presentar una copia del registro certificado de los procedimientos ante el tribunal superior.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(9) Cualquier disputa sobre el contenido del registro de los procedimientos será resuelta por el tribunal superior. A menos que el tribunal superior disponga lo contrario, una parte que dispute el contenido del registro deberá presentar una moción para aumentar el registro en el momento en que presente su escrito inicial.
(10)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.7(g)(10) El contenido del registro de los procedimientos será el establecido en la subdivisión (e) de la Sección 21167.6.

Section § 21168.6.8

Explanation

Esta ley describe los requisitos para un proyecto de arena de 18,000 a 20,000 asientos en Inglewood, diseñado para partidos de la NBA y otros eventos. El proyecto debe cumplir con estándares ambientales, de construcción y laborales, incluyendo la obtención de la certificación oro LEED y la implementación de un plan de gestión de transporte para reducir los viajes en vehículo en un 15% para 2030. También exige que los proyectos contribuyan con al menos $100 millones a la economía de California, creen empleos bien remunerados y aseguren que no haya un aumento en las emisiones de gases de efecto invernadero.

El Gobernador puede certificar el proyecto para una aprobación agilizada si se cumplen estas condiciones. Esto incluye la presentación continua de informes de impacto ambiental, la reducción de emisiones locales y el uso de medidas de mitigación específicas. Es necesario un acuerdo vinculante para cumplir con estos requisitos para la aprobación del proyecto, y existen reglas específicas para el procesamiento rápido en los tribunales de cualquier impugnación legal relacionada con los informes ambientales o las aprobaciones del proyecto. Este estatuto también prohíbe nuevos establecimientos de juegos de azar.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(1) “Solicitante” se refiere a una entidad privada o pública o sus filiales que propone implementar y operar la totalidad o cualquier parte del proyecto y sus sucesores, herederos y cesionarios.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(2) “Arena” se refiere a una arena de 18,000 a 20,000 asientos construida como parte del proyecto para partidos de baloncesto de la National Basketball Association (NBA) y otros eventos para espectadores.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3) “Proyecto” se refiere a un proyecto ubicado dentro del área del proyecto que consiste en la arena más una instalación de práctica y entrenamiento atlético, y estacionamiento y acceso relacionados, construcción o reubicación de infraestructura, y paisajismo, hasta aproximadamente 75,000 pies cuadrados de espacio de oficina asociado, hasta aproximadamente 30,000 pies cuadrados de espacio de clínica de medicina deportiva, hasta aproximadamente 70,000 pies cuadrados de espacio comercial, de restaurante, comunitario y usos similares auxiliares, y un hotel, siempre que el proyecto cumpla con todo lo siguiente:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(A) Reciba la certificación oro de Liderazgo en Energía y Diseño Ambiental (LEED) para nuevas construcciones dentro de un año de la finalización de la primera temporada de la NBA.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(B)(i) Requiera un programa de gestión de la demanda de transporte que, una vez implementado por completo, logrará y mantendrá una reducción del 15 por ciento en el número de viajes en vehículo, colectivamente, por parte de asistentes, empleados, visitantes y clientes en comparación con las operaciones sin el programa de gestión de la demanda de transporte.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(B)(i)(ii) Para acelerar y maximizar la reducción de viajes en vehículo, cada medida del programa de gestión de la demanda de transporte se implementará tan pronto como sea factible, de modo que se logre y mantenga una reducción no menor al 7.5 por ciento en los viajes en vehículo al final de la primera temporada de la NBA durante la cual un equipo de la NBA haya jugado en la arena.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(B)(i)(iii) Se logrará y mantendrá una reducción del 15 por ciento en los viajes en vehículo tan pronto como sea factible, pero a más tardar el 1 de enero de 2030. El solicitante verificará el cumplimiento ante la agencia principal y la Oficina de Planificación e Investigación.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(B)(i)(iv) Si el solicitante no verifica el cumplimiento de la reducción requerida por la cláusula (iii), la agencia principal impondrá medidas factibles adicionales para reducir los viajes en vehículo en un 17 por ciento, o, si hay una línea de tránsito ferroviario con una parada a un cuarto de milla de la arena, en un 20 por ciento, antes del 1 de enero de 2035.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(C) Esté ubicado en un sitio de relleno urbano.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(3)(D) Sea consistente con la designación de uso general, la densidad, la intensidad de construcción y las políticas aplicables especificadas para el área del proyecto en una estrategia de comunidades sostenibles o una estrategia de planificación alternativa para la cual la Junta Estatal de Recursos del Aire, de conformidad con el subpárrafo (H) del párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 65080 del Código de Gobierno, haya aceptado la determinación de una organización de planificación metropolitana de que la estrategia de comunidades sostenibles o la estrategia de planificación alternativa, si se implementaran, lograrían los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(4) “Aprobación del proyecto” se refiere a cualquier acción, actividad, ordenanza, resolución, acuerdo, aprobación, determinación, hallazgo o decisión tomada, adoptada o aprobada por la agencia principal requerida para permitir que el solicitante comience la construcción del proyecto, según lo determine la agencia principal.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(5) “Área del proyecto” se refiere a bienes inmuebles en la Ciudad de Inglewood que consisten en aproximadamente 35 acres, incluyendo sin limitación las áreas generalmente descritas de la siguiente manera:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(5)(A) Números de identificación del tasador 4032-001-005, 4032-001-006, 4032-001-033, 4032-001-035, 4032-001-039, 4032-001-048, 4032-001-049, 4032-001-900 a 4032-001-913, ambos inclusive, 4032-002-913 a 4032-002-917, ambos inclusive, 4032-003-912, 4032-003-914, 4032-003-915, 4032-004-913, 4032-004-914, 4032-007-035, 4032-007-900 a 4032-007-905, ambos inclusive, 4032-008-001, 4032-008-002, 4032-008-006, 4032-008-034, 4032-008-035, 4032-008-900 a 4032-008-905, ambos inclusive, 4032-008-907, 4032-008-908, 4034-004-026, 4034-004-900 a 4034-004-913, ambos inclusive, y 4034-005-900 a 4034-005-912, ambos inclusive.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(5)(B)  West 101st Street desde su intersección con South Prairie Avenue hacia el oeste hasta una línea aproximadamente 488 pies al oeste del límite occidental de South Prairie Avenue, y West 102nd Street desde su intersección con South Prairie Avenue hacia el este hasta una línea aproximadamente 883 pies al este del límite oriental de South Prairie Avenue.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(5)(C) Áreas adyacentes o espacio aéreo a utilizar para el acceso.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6) “Programa de gestión de la demanda de transporte” se refiere a un programa específico de estrategias, incentivos y herramientas a implementar, con obligaciones específicas de informe de estado anual de acuerdo con el párrafo (5) de la subdivisión (b), para reducir los viajes en vehículo al proporcionar oportunidades para que los asistentes a eventos y empleados elijan opciones de viaje sostenibles como el transporte público, el ciclismo o caminar. Un programa específico de estrategias, incentivos y herramientas incluye, entre otros, lo siguiente:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6)(A) Provisión de lanzaderas, autobuses chárter o servicios similares desde una parada de tránsito principal para atender eventos de la arena.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6)(B) Provisión de estaciones de carga de vehículos eléctricos en el lugar que excedan los requisitos aplicables.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6)(C) Provisión de estacionamiento dedicado para vehículos compartidos o vehículos de cero emisiones, o ambos tipos de vehículos, que exceda los requisitos aplicables.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6)(D) Provisión de estacionamiento para bicicletas que exceda los requisitos aplicables.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(a)(6)(E) Inclusión de una instalación de tránsito con área dedicada a la organización de autobuses lanzadera, viajes compartidos, estacionamiento de bicicletas y otras modalidades destinadas a reducir el uso de vehículos de un solo ocupante.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b) El Gobernador podrá certificar el proyecto para su agilización de conformidad con esta sección si se cumplen todas las condiciones siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(1) El proyecto resultará en una inversión mínima de cien millones de dólares ($100,000,000) en California una vez finalizada la construcción.
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A) (i) El proyecto crea empleos de altos salarios y altamente calificados que pagan salarios prevalecientes y salarios dignos, emplea una fuerza laboral calificada y capacitada, según se define en la subdivisión (d) de la Sección 2601 del Código de Contratos Públicos, proporciona empleos de construcción y empleos permanentes para los californianos, y ayuda a reducir el desempleo. Para los fines de esta subdivisión, “empleos que pagan salarios prevalecientes” significa que todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto recibirán al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día para el tipo de trabajo y área geográfica, según lo determine el Director de Relaciones Industriales de conformidad con las Secciones 1773 y 1773.9 del Código Laboral. Si el proyecto es certificado para su agilización, el solicitante del proyecto deberá incluir este requisito en todos los contratos para la realización del trabajo.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A)(ii) La cláusula (i) no se aplica a un contratista o subcontratista que realice el trabajo en el proyecto que esté sujeto a un acuerdo laboral de proyecto que requiera el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y que prevea la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje. Para los fines de esta cláusula, “acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A)(B)(i) Si el proyecto es certificado de conformidad con esta subdivisión, los contratistas y subcontratistas deberán pagar a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A)(B)(i)(ii) Excepto según lo dispuesto en la cláusula (iii), la obligación de los contratistas y subcontratistas de pagar salarios prevalecientes de conformidad con el subpárrafo (A) podrá ser exigida por el Comisionado Laboral mediante la emisión de una evaluación civil de salarios y multas de conformidad con la Sección 1741 del Código Laboral, la cual podrá ser revisada de conformidad con la Sección 1742 del Código Laboral, dentro de los 18 meses posteriores a la finalización del proyecto, o por un trabajador mal pagado a través de una queja administrativa o acción civil. Si se emite una evaluación civil de salarios y multas, el contratista, subcontratista y la fianza o fianzas emitidas para garantizar el pago de los salarios cubiertos por la evaluación serán responsables de los daños liquidados de conformidad con la Sección 1742.1 del Código Laboral.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(2)(A)(B)(i)(iii) La cláusula (ii) no se aplica si todos los contratistas y subcontratistas que realizan trabajos en el proyecto están sujetos a un acuerdo laboral de proyecto que requiere el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y prevé la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje. Para los fines de este subpárrafo, “acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(3) El proyecto no resulta en ninguna emisión neta adicional de gases de efecto invernadero, incluidas las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte de empleados, según lo determine la Junta Estatal de Recursos del Aire de conformidad con la División 25.5 (que comienza con la Sección 38500) del Código de Salud y Seguridad. Se alienta a la Junta Estatal de Recursos del Aire a emitir su determinación a más tardar 120 días calendario después de recibir una solicitud para la revisión de la metodología y los cálculos de las emisiones de gases de efecto invernadero del proyecto.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(4) El solicitante del proyecto demuestra el cumplimiento de los requisitos de los Capítulos 12.8 (que comienzan con la Sección 42649) y 12.9 (que comienzan con la Sección 42649.8) de la Parte 3 de la División 30, según corresponda.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(5) El solicitante del proyecto ha celebrado un acuerdo vinculante y exigible de que todas las medidas de mitigación requeridas de conformidad con esta división y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección para certificar el proyecto bajo esta sección serán condiciones de aprobación del proyecto, y esas condiciones serán plenamente exigibles por la agencia principal u otra agencia designada por la agencia principal. En el caso de las medidas de mitigación ambiental y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección, el solicitante acepta, como obligación continua, que esas medidas serán monitoreadas y aplicadas por la agencia principal durante la vigencia de la obligación. El solicitante del proyecto deberá presentar a la agencia principal un informe de estado anual sobre la implementación de las medidas de mitigación ambiental y cualquier otra medida ambiental requerida por esta sección.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(6) El solicitante del proyecto acepta pagar cualquier costo adicional incurrido por los tribunales al conocer y decidir cualquier caso sujeto a esta sección, incluido el pago de los costos por el nombramiento de un perito judicial si el tribunal lo considera apropiado, en la forma y manera especificadas por el Consejo Judicial, según lo dispuesto en las Reglas de la Corte adoptadas por el Consejo Judicial.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(b)(7) El solicitante del proyecto acepta pagar los costos de preparación del expediente del procedimiento para el proyecto concurrentemente con la revisión y consideración del proyecto de conformidad con esta división, en la forma y manera especificadas por la agencia principal para el proyecto.
(c)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(1) El Gobernador podrá certificar el proyecto para su agilización de conformidad con esta sección si cumple con las condiciones especificadas en la subdivisión (b).
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)(A) Antes de certificar el proyecto, el Gobernador deberá determinar que se ha cumplido cada una de las condiciones especificadas en la subdivisión (b). Estas conclusiones no están sujetas a revisión judicial.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)(A)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)(A)(B)(i) Si el Gobernador determina que el proyecto es elegible para la agilización de conformidad con esta sección, deberá presentar esa determinación, y cualquier información de apoyo, al Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo para su revisión y concurrencia o no concurrencia.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)(A)(B)(i)(ii) Dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la determinación, el Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo deberá concurrir o no concurrir por escrito con la determinación.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(2)(A)(B)(i)(iii) Si el Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo no concurre o no concurre con una determinación del Gobernador dentro de los 30 días siguientes a la presentación, el proyecto se considerará certificado.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(c)(3) Las directrices emitidas de conformidad con el Capítulo 6.5 (que comienza con la Sección 21178) se aplican para la implementación de esta sección en la medida en que las directrices sean aplicables y no entren en conflicto con los requisitos específicos de esta sección, incluido el programa de gestión de la demanda de transporte especificado en el subpárrafo (B) del párrafo (3) de la subdivisión (a).
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(d)(1) Dentro de los 10 días siguientes a la certificación del proyecto por parte del Gobernador de conformidad con esta sección, la agencia principal deberá, a expensas del solicitante, emitir un aviso público en un tamaño de letra no inferior a 12 puntos que indique lo siguiente:

“EL SOLICITANTE HA OPTADO POR PROCEDER BAJO LA SECCIÓN 21168.6.8 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS, LA CUAL ESTABLECE, ENTRE OTRAS COSAS, QUE CUALQUIER ACCIÓN JUDICIAL QUE IMPUGNE LA CERTIFICACIÓN DEL EIR O LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DESCRITO EN EL EIR ESTÁ SUJETA A LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA SECCIÓN 21186.6.8 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS. SE INCLUYE A CONTINUACIÓN UNA COPIA DE LA SECCIÓN 21168.6.8 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(2) El aviso público deberá ser distribuido por la agencia principal según lo requerido para los avisos públicos emitidos de conformidad con el párrafo (3) de la subdivisión (b) de la Sección 21092.
(e)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(e) No obstante cualquier otra ley, los procedimientos establecidos en la subdivisión (f) se aplicarán a cualquier acción o procedimiento iniciado para atacar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto la certificación de cualquier informe de impacto ambiental para el proyecto que sea certificado de conformidad con esta sección o la concesión de cualquier aprobación de proyecto.
(f)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(f) Las Reglas 3.2220 a 3.2237, ambos inclusive, de las Reglas de la Corte de California, según puedan ser modificadas por el Consejo Judicial, se aplicarán a cualquier acción o procedimiento iniciado para atacar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto la certificación de cualquier informe de impacto ambiental para el proyecto o la concesión de cualquier aprobación de proyecto para requerir que las acciones o procedimientos, incluidas las posibles apelaciones de los mismos, se resuelvan, en la medida de lo posible, dentro de los 270 días siguientes a la presentación del expediente certificado del procedimiento ante el tribunal. El Consejo Judicial deberá, a más tardar el 1 de julio de 2019, modificar las Reglas de la Corte de California, según sea necesario, para implementar esta subdivisión.
(g)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g) No obstante cualquier otra ley, la preparación y certificación del expediente del procedimiento para el proyecto certificado se realizará de la siguiente manera:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(1) La agencia principal para el proyecto preparará el expediente del procedimiento de conformidad con esta división concurrentemente con el proceso administrativo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(2) Todos los documentos y otros materiales incluidos en el expediente del procedimiento deberán publicarse y poder descargarse desde un sitio web de Internet mantenido por la agencia principal a partir de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(3) La agencia principal pondrá a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso el borrador del informe de impacto ambiental y todos los demás documentos presentados o utilizados por la agencia principal en la preparación del borrador del informe de impacto ambiental.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(4) Un documento preparado por la agencia principal o presentado por el solicitante después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental que forme parte del expediente del procedimiento deberá ponerse a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación o recepción del documento por parte de la agencia principal.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(5) La agencia principal fomentará que los comentarios escritos sobre el proyecto se presenten en un formato electrónico de fácil acceso, y pondrá cualquier comentario a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días siguientes a su recepción.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(6) Dentro de los 14 días hábiles siguientes a la recepción de cualquier comentario que no esté en formato electrónico, la agencia principal deberá convertir ese comentario a un formato electrónico de fácil acceso y ponerlo a disposición del público en ese formato.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(7) No obstante los párrafos (2) a (6), ambos inclusive, los documentos presentados o utilizados por la agencia principal que no fueron preparados específicamente para el proyecto y están protegidos por derechos de autor no están obligados a ser accesibles en formato electrónico. Para esos documentos protegidos por derechos de autor, la agencia principal deberá poner a disposición un índice de estos documentos en formato electrónico a más tardar en la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, o dentro de los cinco días hábiles si el documento es recibido o utilizado por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental. El índice deberá especificar las bibliotecas u oficinas de la agencia principal donde las copias impresas de los materiales protegidos por derechos de autor están disponibles para revisión pública.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(8) La agencia principal certificará el expediente final del procedimiento dentro de los cinco días siguientes a la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(9) Cualquier disputa que surja del expediente del procedimiento será resuelta por el tribunal superior. A menos que el tribunal superior disponga lo contrario, una parte que dispute el contenido del expediente deberá presentar una moción para aumentar el expediente en el momento en que presente su escrito inicial.
(10)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(g)(10) El contenido del expediente del procedimiento será el establecido en la subdivisión (e) de la Sección 21167.6.
(h)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(h) Las disposiciones de esta sección son separables. Si alguna disposición de esta sección o su aplicación se declara inválida, esa invalidez no afectará a otras disposiciones o aplicaciones que puedan surtir efecto sin la disposición o aplicación inválida.
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(i)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(i)(1) Si la agencia principal no certifica un informe de impacto ambiental para el proyecto antes del 1 de enero de 2025, esta sección quedará inoperante y será derogada a partir de esa fecha.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(i)(2) La agencia principal deberá notificar al Secretario de Estado si no certifica el informe de impacto ambiental para el proyecto antes del 1 de enero de 2025.
(j)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(1) Como condición para la aprobación del proyecto, la agencia principal deberá exigir al solicitante, con respecto a cualquier medida específica para la operación de la arena, que implemente medidas que cumplan con los requisitos de esta división al final de la primera temporada regular de la NBA o en junio de la primera temporada regular de la NBA, lo que ocurra más tarde, durante la cual un equipo de la NBA haya jugado en la arena.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(2) Para maximizar los beneficios para la salud pública, el medio ambiente y el empleo, la agencia principal deberá exigir medidas que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero en el área del proyecto y en las comunidades vecinas de la arena.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3) No menos del 50 por ciento de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero necesarias para cumplir el requisito del párrafo (3) de la subdivisión (b) provendrán de medidas locales y directas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, incluyendo, entre otras, cualquiera de las siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A) Características de diseño del proyecto o medidas de reducción in situ, o ambas, que incluyen, entre otras, cualquiera de las siguientes:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A)(i) Implementar características de diseño del proyecto que permitan a la arena superar los estándares de eficiencia energética de edificios establecidos en la Parte 6 del Título 24 del Código de Regulaciones de California, excepto el 50 por ciento de las reducciones de emisiones atribuibles a las características de diseño necesarias para cumplir el requisito de certificación oro LEED.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A)(ii) Requerir un programa de gestión de la demanda de transporte para reducir los viajes en vehículos de un solo ocupante y los kilómetros recorridos por vehículos.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A)(iii) Proporcionar generación de energía renovable in situ, incluyendo un techo solar en la arena con una capacidad de generación pico mínima de 500 kilovatios.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A)(iv) Proporcionar techos preparados para energía solar.
(v)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(A)(v) Proporcionar techos fríos y “estacionamiento frío” que promuevan el tratamiento de superficies frías para nuevas instalaciones de estacionamiento.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B) Medidas de reducción fuera del sitio en las comunidades vecinas, incluyendo, entre otras, cualquiera de las siguientes:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(i) Expandir temporalmente la capacidad de una línea de transporte público, según corresponda, para atender eventos de la arena.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(ii) Pagar su parte justa del costo de las medidas que expandan la capacidad del transporte público, si es apropiado, que sea utilizado por los espectadores que asisten a eventos de la arena.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(iii) Proporcionar financiación a un proyecto de mitigación fuera del sitio que consista en reemplazar autobuses, trolebuses u otros vehículos de tránsito con vehículos de cero emisiones.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(iv) Proporcionar mejoras de seguridad u otras mejoras fuera del sitio para bicicletas, peatones y conexiones de tránsito.
(v)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(v) Proporcionar autobuses de tránsito de cero emisiones para atender eventos de la arena y satisfacer otras necesidades de tránsito locales, incluidos los servicios de transporte para personas mayores y escuelas públicas.
(vi)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(3)(B)(vi) Realizar o financiar rehabilitaciones de edificios para mejorar la eficiencia energética de los edificios existentes.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(j)(4) El solicitante podrá obtener créditos de compensación por hasta el 50 por ciento de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero necesarias para cumplir los requisitos del párrafo (3) de la subdivisión (b). El solicitante deberá, en la medida de lo posible, dar la máxima prioridad a la compra de créditos de compensación que produzcan reducciones de emisiones dentro de la Ciudad de Inglewood o los límites del Distrito de Gestión de la Calidad del Aire de la Costa Sur. Cualquier crédito de compensación deberá ser verificado por un tercero acreditado por la Junta Estatal de Recursos del Aire. Los créditos de compensación generados por un proyecto ubicado fuera de los Estados Unidos no se utilizarán de conformidad con este párrafo.
(k)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(k) Como condición para la aprobación del proyecto, la agencia principal deberá exigir al solicitante, en consulta con el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire de la Costa Sur, que implemente medidas que logren reducciones de contaminantes criterio y contaminantes tóxicos del aire por encima de cualquier reducción de emisiones requerida por otras leyes o regulaciones en las comunidades circundantes al proyecto, de manera consistente con las medidas de reducción de emisiones que puedan identificarse para esas comunidades de conformidad con la Sección 44391.2 del Código de Salud y Seguridad.
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(k)(1) Como mínimo, estas medidas deberán lograr reducciones de un mínimo de 400 toneladas de óxidos de nitrógeno y 10 toneladas de PM2.5, según se define en la Sección 39047.2 del Código de Salud y Seguridad, durante los 10 años siguientes al inicio de la construcción del proyecto. De estas cantidades, se lograrán reducciones de un mínimo de 130 toneladas de óxidos de nitrógeno y 3 toneladas de PM2.5 dentro del primer año siguiente al inicio de la construcción del proyecto. Las reducciones requeridas de conformidad con este párrafo son adicionales a cualquier otro requisito impuesto por otras leyes.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(k)(2) Si el solicitante del proyecto puede demostrar y verificar ante el Distrito de Gestión de la Calidad del Aire de la Costa Sur que ha invertido al menos treinta millones de dólares ($30,000,000) para cumplir los requisitos de esta subdivisión, los requisitos de esta subdivisión se considerarán cumplidos, siempre que se cumpla la mitad de las reducciones establecidas en el párrafo (1).
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(k)(3) Las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero logradas de conformidad con esta subdivisión se contabilizarán para las obligaciones del solicitante en virtud del párrafo (3) de la subdivisión (j).
(l)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.8(l) Esta sección no se aplica a un proyecto que proponga la construcción de un nuevo establecimiento de juegos de azar, según se define en la Sección 19805 del Código de Negocios y Profesiones o la Sección 337 del Código Penal.

Section § 21168.6.9

Explanation

La ley define un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental como aquel que incluye vías guiadas fijas de cero emisiones y cumple con ciertos criterios ambientales y de sostenibilidad, como la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de millas recorridas por vehículos. Los proyectos deben alinearse con planes sostenibles y regionales y estar ubicados en el Condado de Los Ángeles. Además, el proyecto debe utilizar prácticas de infraestructura sostenible guiadas por estándares reconocidos.

Los solicitantes de proyectos deben cumplir con códigos ambientales específicos, aceptar medidas de mitigación ambiental exigibles, cubrir posibles costos legales y asegurar una mano de obra calificada y capacitada, especialmente si no están regidos por un acuerdo laboral de proyecto. Las agencias públicas involucradas deben obligar contractualmente a todos los trabajadores a cumplir con estos estándares.

Las entidades privadas deben certificar el cumplimiento de las leyes de salarios prevalecientes y asegurar una mano de obra calificada. El proceso de planificación implica talleres públicos, audiencias y un cronograma estricto para la revisión judicial. Los borradores y los informes finales de impacto ambiental deben ser accesibles electrónicamente; existen directrices sobre comentarios públicos y mediación obligatoria para disputas.

La ley tiene un plazo limitado, aplicándose solo a los primeros siete proyectos que califiquen y sean aprobados antes del 1 de enero de 2025, y será derogada el 1 de enero de 2026.

(a)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1) “Proyecto de tránsito de liderazgo ambiental” o “proyecto” significa un proyecto para construir una vía guiada fija e instalaciones fijas relacionadas que cumple con todas las siguientes condiciones:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(A) La vía guiada fija opera con cero emisiones.
(B)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(B)
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(B)(i) Si el proyecto tiene una longitud superior a dos millas, el proyecto reduce las emisiones en no menos de 400,000 toneladas métricas de gases de efecto invernadero directamente en el corredor del proyecto definido en el documento ambiental aplicable durante la vida útil del proyecto, sin utilizar compensaciones.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(B)(i)(ii) Si el proyecto no tiene una longitud superior a dos millas, el proyecto reduce las emisiones en no menos de 50,000 toneladas métricas de gases de efecto invernadero directamente en el corredor del proyecto definido en el documento ambiental aplicable durante la vida útil del proyecto, sin utilizar compensaciones.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(C) El proyecto reduce no menos de 30,000,000 de millas recorridas por vehículos en el corredor del proyecto definido en el documento ambiental aplicable durante la vida útil del proyecto.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(D) El proyecto es consistente con la estrategia de comunidades sostenibles o la estrategia de planificación alternativa aplicable.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(E) El proyecto es consistente con el plan de transporte regional aplicable.
(F)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(F) El solicitante del proyecto demuestra cómo ha incorporado prácticas de infraestructura sostenible para lograr objetivos de sostenibilidad, resiliencia y mitigación y adaptación al cambio climático en el proyecto, incluyendo principios, marcos o directrices según lo recomendado por uno o más de los siguientes:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(F)(i) Las políticas y estándares de sostenibilidad, resiliencia y cambio climático de la Sociedad Americana de Ingenieros Civiles.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(F)(ii) El Sistema de Calificación Envision del Instituto para Infraestructura Sostenible.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(F)(iii) El sistema de calificación Leadership in Energy and Environment Design (LEED) del Consejo de Construcción Ecológica de los Estados Unidos.
(G)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(G) El proyecto de tránsito de liderazgo ambiental está ubicado completamente dentro del Condado de Los Ángeles o se conecta a un proyecto de tránsito existente ubicado completamente en el Condado de Los Ángeles.
(H)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(1)(H) Para un proyecto que cumple con los requisitos de los subpárrafos (A) a (G), ambos inclusive, para el cual la revisión ambiental conforme a esta división ha comenzado antes del 1 de enero de 2022, el solicitante del proyecto demuestra que el expediente del procedimiento se está preparando, o se ha preparado, de acuerdo con la subdivisión (f).
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(2) “Vía guiada fija” tiene el mismo significado que se define en la Sección 5302 del Título 49 del Código de los Estados Unidos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(3) “Solicitante del proyecto” significa una entidad pública o privada o sus afiliadas que propone un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental, y sus sucesores, herederos y cesionarios.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(4) “Acuerdo laboral de proyecto” tiene el mismo significado que en el párrafo (1) de la subdivisión (b) de la Sección 2500 del Código de Contratos Públicos.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(a)(5) “Mano de obra calificada y capacitada” tiene el mismo significado que se establece en el Capítulo 2.9 (que comienza con la Sección 2600) de la Parte 1 de la División 2 del Código de Contratos Públicos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b) Esta sección se aplica a un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental si el solicitante del proyecto hace todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(1) El solicitante del proyecto demuestra el cumplimiento de los requisitos del Capítulo 12.8 (que comienza con la Sección 42649) y el Capítulo 12.9 (que comienza con la Sección 42649.8) de la Parte 3 de la División 30, según corresponda.
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(2)(A) Salvo lo dispuesto en el subpárrafo (B), el solicitante del proyecto ha celebrado un acuerdo vinculante y exigible de que todas las medidas de mitigación requeridas bajo esta división serán condiciones de aprobación del proyecto, y esas condiciones serán totalmente exigibles por la agencia principal u otra agencia designada por la agencia principal. En el caso de las medidas de mitigación ambiental, el solicitante del proyecto acepta, como una obligación continua, que esas medidas serán monitoreadas y aplicadas por la agencia principal durante la vida de la obligación.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(2)(A)(B) Para un solicitante de proyecto que es una agencia pública y también es la agencia principal, la agencia pública condiciona la aprobación del proyecto de tránsito de liderazgo ambiental a, y ejecuta, todas las medidas de mitigación requeridas bajo esta división. En el caso de las medidas de mitigación ambiental, la agencia pública, como una obligación continua, monitoreará esas medidas durante la vida de la obligación.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(3) El solicitante del proyecto acepta pagar los costos del tribunal de primera instancia y del tribunal de apelación al conocer y decidir cualquier caso que impugne la acción de una agencia principal sobre un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental bajo esta división, incluyendo el pago de los costos para el nombramiento de un perito judicial si el tribunal lo considera apropiado, en la forma y manera especificadas por el Consejo Judicial, según lo dispuesto en las Reglas de la Corte de California adoptadas por el Consejo Judicial bajo la subdivisión (d).
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(b)(4) El solicitante del proyecto acepta asumir los costos de preparación del expediente del procedimiento para el proyecto concurrentemente con la revisión y consideración del proyecto bajo esta división, en la forma y manera especificadas por la agencia principal para el proyecto.
(c)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(1) (A) Si el solicitante del proyecto es una agencia pública, el solicitante del proyecto de un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental deberá obtener un compromiso exigible de que cualquier licitador, contratista u otra entidad que realice el proyecto utilizará una mano de obra calificada y capacitada para completar el proyecto.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(1)(B) El subpárrafo (A) no se aplica si se cumple cualquiera de los siguientes:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(1)(B)(i) El solicitante del proyecto ha celebrado un acuerdo laboral de proyecto que obligará a todos los contratistas y subcontratistas que realicen trabajos en el proyecto a utilizar una mano de obra calificada y capacitada.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(1)(B)(ii) El licitador, contratista u otra entidad ha celebrado un acuerdo laboral de proyecto que obligará a todos los contratistas y subcontratistas en cada nivel que realicen trabajos en el proyecto a utilizar una mano de obra calificada y capacitada.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2) Si el solicitante del proyecto es una entidad privada, el solicitante del proyecto de un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental deberá hacer ambas cosas:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(A) Certificar a la agencia principal que cualquiera de los siguientes es cierto:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(A)(i) La totalidad del proyecto es una obra pública para los fines del Capítulo 1 (que comienza con la Sección 1720) de la Parte 7 de la División 2 del Código Laboral.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(A)(ii) Si el proyecto no es en su totalidad una obra pública y no se requiere que el solicitante del proyecto pague salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción bajo el Artículo 2 (que comienza con la Sección 1770) del Capítulo 1 de la Parte 7 de la División 2 del Código Laboral, a todos los trabajadores de la construcción empleados en la construcción del proyecto se les pagará al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día para el tipo de trabajo y área geográfica, según lo determine el Director de Relaciones Industriales de conformidad con las Secciones 1773 y 1773.9 del Código Laboral, excepto que a los aprendices registrados en programas aprobados por el Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje se les puede pagar al menos la tarifa prevaleciente de aprendiz aplicable. Si el proyecto está sujeto a esta cláusula, entonces para aquellas porciones del proyecto que no son una obra pública se aplicará todo lo siguiente:
(I)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(A)(ii)(I) El solicitante del proyecto deberá asegurar que el requisito de salario prevaleciente se incluya en todos los contratos para la realización de todo el trabajo de construcción.
(II) Todos los contratistas y subcontratistas en cada nivel deberán pagar a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del trabajo al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día, excepto que a los aprendices registrados en programas aprobados por el Jefe de la División de Estándares de Aprendizaje se les puede pagar al menos la tarifa prevaleciente de aprendiz aplicable.
(III) Salvo lo dispuesto en la subcláusula (V), todos los contratistas y subcontratistas en cada nivel deberán mantener y verificar los registros de nómina de conformidad con la Sección 1776 del Código Laboral y poner esos registros a disposición para inspección y copia según lo dispuesto por esa sección.
(IV) Salvo lo dispuesto en la subcláusula (V), la obligación de los contratistas y subcontratistas en cada nivel de pagar salarios prevalecientes puede ser exigida por el Comisionado Laboral mediante la emisión de una evaluación civil de salarios y multas de conformidad con la Sección 1741 del Código Laboral, que puede ser revisada de conformidad con la Sección 1742 del Código Laboral, dentro de los 18 meses posteriores a la finalización del proyecto, o por un trabajador mal pagado a través de una queja administrativa o acción civil, o por un comité conjunto laboral-administrativo a través de una acción civil bajo la Sección 1771.2 del Código Laboral. Si se emite una evaluación civil de salarios y multas, el contratista, subcontratista y la fianza o fianzas emitidas para garantizar el pago de los salarios cubiertos por la evaluación serán responsables de los daños liquidados de conformidad con la Sección 1742.1 del Código Laboral.
(V)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(A)(ii)(V) Las subcláusulas (III) y (IV) no se aplican si todos los contratistas y subcontratistas en cada nivel que realizan trabajos en el proyecto están sujetos a un acuerdo laboral de proyecto que requiere el pago de salarios prevalecientes a todos los trabajadores de la construcción empleados en la ejecución del proyecto y prevé la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje.
(VI) No obstante la subdivisión (c) de la Sección 1773.1 del Código Laboral, el requisito de que los pagos del empleador no reduzcan la obligación de pagar los salarios por hora normal o por horas extras que se consideren prevalecientes no se aplicará si se establece lo contrario en un acuerdo de negociación colectiva de buena fe que cubra al trabajador. El requisito de pagar al menos la tarifa general prevaleciente de salarios por día no impide el uso de un horario de semana laboral alternativa adoptado de conformidad con la Sección 511 o 514 del Código Laboral.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(B) Certificar a la agencia principal que se utilizará una mano de obra calificada y capacitada para realizar todo el trabajo de construcción en el proyecto. Todos los siguientes requisitos se aplicarán al proyecto:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(B)(i) El solicitante del proyecto deberá exigir en todos los contratos para la realización del trabajo que cada contratista y subcontratista en cada nivel utilizará individualmente una mano de obra calificada y capacitada para construir el proyecto.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(B)(ii) Cada contratista y subcontratista en cada nivel deberá utilizar una mano de obra calificada y capacitada para construir el proyecto.
(iii)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(B)(iii)
(I)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(c)(2)(B)(iii)(I) Salvo lo dispuesto en la subcláusula (II), el solicitante del proyecto deberá proporcionar a la agencia principal, mensualmente mientras se esté ejecutando el proyecto o contrato, un informe que demuestre el cumplimiento del Capítulo 2.9 (que comienza con la Sección 2600) de la Parte 1 de la División 2 del Código de Contratos Públicos. Un informe mensual proporcionado a la agencia principal de conformidad con esta subcláusula será un registro público bajo la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno) y estará abierto a inspección pública. Un solicitante de proyecto que no proporcione un informe mensual que demuestre el cumplimiento del Capítulo 2.9 (que comienza con la Sección 2600) de la Parte 1 de la División 2 del Código de Contratos Públicos estará sujeto a una multa civil de diez mil dólares ($10,000) por mes por cada mes en que no se haya proporcionado el informe. Cualquier contratista o subcontratista que no utilice una mano de obra calificada y capacitada estará sujeto a una multa civil de doscientos dólares ($200) por día calendario por cada trabajador empleado en contravención del requisito de mano de obra calificada y capacitada. Las multas pueden ser evaluadas por el Comisionado Laboral dentro de los 18 meses posteriores a la finalización del proyecto utilizando los mismos procedimientos para la emisión de evaluaciones civiles de salarios y multas de conformidad con la Sección 1741 del Código Laboral, y pueden ser revisadas de conformidad con los mismos procedimientos de la Sección 1742 del Código Laboral. Las multas se pagarán al Fondo Estatal de Aplicación de Obras Públicas.
(II) La subcláusula (I) no se aplicará si todos los contratistas y subcontratistas en cada nivel que realizan trabajos en el proyecto están sujetos a un acuerdo laboral de proyecto que requiere el cumplimiento del requisito de mano de obra calificada y capacitada y prevé la aplicación de esa obligación a través de un procedimiento de arbitraje.
(d)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(d) A más tardar el 1 de enero de 2023, el Consejo Judicial adoptará reglas de la corte que se aplicarán a cualquier acción o procedimiento presentado para impugnar, revisar, anular, invalidar o dejar sin efecto la certificación de un informe de impacto ambiental para un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental o la concesión de cualquier aprobación de proyecto que requiera que la acción o procedimiento, incluyendo cualquier posible apelación ante el tribunal de apelación o la Corte Suprema, se resuelva, en la medida de lo posible, dentro de los 365 días calendario siguientes a la presentación del expediente certificado del procedimiento ante el tribunal.
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(e)(1) (A) El borrador y el informe final de impacto ambiental para un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental deberán incluir un aviso en un tamaño de letra no inferior a 12 puntos que indique lo siguiente:
ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL ESTÁ SUJETO A LA SECCIÓN 21168.6.9 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS, QUE ESTABLECE, ENTRE OTRAS COSAS, QUE LA AGENCIA PRINCIPAL NO NECESITA CONSIDERAR CIERTOS COMENTARIOS PRESENTADOS DESPUÉS DEL CIERRE DEL PERÍODO DE COMENTARIOS PÚBLICOS, SI LO HUBIERA, PARA EL BORRADOR DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL. CUALQUIER ACCIÓN JUDICIAL QUE IMPUGNE LA CERTIFICACIÓN O ADOPCIÓN DEL INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL O LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DESCRITO EN LA SECCIÓN 21168.6.9 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS ESTÁ SUJETA A LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN ESA SECCIÓN. SE INCLUYE UNA COPIA DE LA SECCIÓN 21168.6.9 DEL CÓDIGO DE RECURSOS PÚBLICOS EN EL ANEXO DE ESTE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(B) Para un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental para el cual se emitió un borrador de informe de impacto ambiental antes del 1 de enero de 2022, la agencia principal deberá, antes del 1 de febrero de 2022, o antes de la audiencia pública sobre la certificación del informe de impacto ambiental, lo que ocurra primero, proporcionar el aviso especificado en el subpárrafo (A), por escrito, a todas las partes que hayan solicitado notificación con respecto al proyecto. La agencia principal deberá incluir ese aviso y el anexo requerido de conformidad con el párrafo (2) en el informe final de impacto ambiental para el proyecto.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(C) Para un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental para el cual se emitió un informe final de impacto ambiental antes del 1 de enero de 2022, la agencia principal deberá, antes del 1 de febrero de 2022, o antes de la emisión del aviso de determinación, lo que ocurra primero, hacer ambas cosas:
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(C)(i) Emitir un anexo al informe final de impacto ambiental que contenga el aviso especificado en el subpárrafo (A) y el anexo requerido de conformidad con el párrafo (2).
(ii)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(C)(ii) Proporcionar aviso, por escrito, del anexo a todas las partes que hayan solicitado notificación con respecto al proyecto.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(2) El borrador del informe de impacto ambiental y el informe final de impacto ambiental deberán contener, como anexo, el texto completo de esta sección.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(3) Dentro de los 10 días calendario posteriores a la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá llevar a cabo un taller informativo para informar al público sobre los análisis y conclusiones clave de dicho documento, según corresponda.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(4) Dentro de los 10 días calendario anteriores al cierre del período de comentarios públicos, la agencia principal deberá celebrar una audiencia pública para recibir testimonios sobre el borrador del informe de impacto ambiental. Una transcripción de la audiencia se incluirá como anexo al informe final de impacto ambiental, según corresponda.
(5)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)(A) Dentro de los cinco días calendario siguientes al cierre del período de comentarios públicos, un comentarista sobre el borrador del informe de impacto ambiental podrá presentar a la agencia principal una solicitud por escrito de mediación no vinculante, según corresponda. La agencia principal deberá participar en una mediación no vinculante con todos los comentaristas que presentaron comentarios a tiempo sobre el borrador del informe de impacto ambiental y que solicitaron la mediación. La mediación realizada de conformidad con este párrafo finalizará a más tardar 35 días calendario después del cierre del período de comentarios públicos.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)(A)(B) Una solicitud de mediación deberá identificar todas las áreas de disputa planteadas en el comentario presentado por el comentarista que serán objeto de mediación.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)(A)(C) La agencia principal seleccionará uno o más mediadores que serán jueces jubilados o expertos reconocidos con al menos cinco años de experiencia en derecho o ciencia del uso del suelo y ambiental, o mediación. La agencia principal asumirá los costos de la mediación.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)(A)(D) Se llevará a cabo una sesión de mediación sobre cada área de disputa con las partes que soliciten mediación sobre esa área de disputa.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(5)(A)(E) La agencia principal adoptará, como condición de aprobación, cualquier medida acordada por la agencia principal y cualquier comentarista que solicitó la mediación. Un comentarista que acepte una medida de conformidad con este subpárrafo no podrá plantear el problema abordado por esa medida como base para una acción o procedimiento que impugne la decisión de la agencia principal de certificar el informe de impacto ambiental o de otorgar la aprobación del proyecto.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6) La agencia principal no necesita considerar los comentarios escritos sobre el borrador del informe de impacto ambiental presentados después del cierre del período de comentarios públicos, a menos que esos comentarios aborden cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6)(A) Nuevas cuestiones planteadas en la respuesta a los comentarios por la agencia principal.
(B)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6)(B) Nueva información publicada por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental, como nueva información establecida o incorporada en un informe del personal, permiso propuesto, resolución propuesta, ordenanza o documentos similares.
(C)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6)(C) Cambios realizados en el proyecto después del cierre del período de comentarios públicos.
(D)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6)(D) Condiciones propuestas para la aprobación, medidas de mitigación o hallazgos propuestos requeridos por la Sección 21081 o un programa de informes o monitoreo propuesto requerido por el párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 21081.6, si la agencia principal publica esos documentos después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental.
(E)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(6)(E) Nueva información que no era razonablemente conocida y no pudo haber sido razonablemente conocida durante el período de comentarios públicos.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(7) La agencia principal deberá presentar el aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152 dentro de los cinco días calendario posteriores a la última aprobación inicial del proyecto.
(f)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(1) La agencia principal deberá preparar y certificar el expediente del procedimiento de conformidad con esta subdivisión y de conformidad con la Regla 3.2205 de las Reglas de la Corte de California.
(2)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(2) A más tardar tres días hábiles después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, la agencia principal deberá poner a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso el borrador del informe de impacto ambiental y todos los demás documentos en los que se basó la agencia principal para la preparación del borrador del informe de impacto ambiental. Un documento preparado por la agencia principal después de la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental que forme parte del expediente del procedimiento deberá ponerse a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días hábiles posteriores a la preparación del documento por parte de la agencia principal.
(3)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(3) No obstante el párrafo (2), los documentos en los que se basó la agencia principal que no fueron preparados específicamente para el proyecto y están protegidos por derechos de autor no están obligados a ser de fácil acceso en formato electrónico. Para esos documentos protegidos por derechos de autor, la agencia principal deberá poner a disposición un índice de los documentos en formato electrónico a más tardar en la fecha de publicación del borrador del informe de impacto ambiental, o dentro de los cinco días hábiles si el documento es recibido o utilizado por la agencia principal después de la publicación del borrador del informe de impacto ambiental. El índice deberá especificar las bibliotecas u oficinas de la agencia principal en las que las copias impresas de los materiales protegidos por derechos de autor están disponibles para revisión pública.
(4)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(4) La agencia principal deberá fomentar que los comentarios escritos sobre el proyecto se presenten en un formato electrónico de fácil acceso, y deberá poner dichos comentarios a disposición del público en un formato electrónico de fácil acceso dentro de los cinco días calendario siguientes a su recepción.
(5)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(5) Dentro de los siete días hábiles posteriores a la recepción de cualquier comentario que no esté en formato electrónico, la agencia principal deberá convertir ese comentario a un formato electrónico de fácil acceso y ponerlo a disposición del público en ese formato.
(6)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(6) La agencia principal deberá indicar en el expediente del procedimiento los comentarios recibidos que no fueron considerados por la agencia principal de conformidad con el párrafo (6) de la subdivisión (e) y no necesita incluir el contenido de los comentarios como parte del expediente del procedimiento.
(7)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(7) Dentro de los cinco días calendario posteriores a la presentación del aviso requerido por la subdivisión (a) de la Sección 21152, la agencia principal deberá certificar el expediente del procedimiento para la aprobación o determinación y deberá proporcionar una copia electrónica del expediente del procedimiento a una parte que haya presentado una solicitud por escrito de una copia. La agencia principal podrá cobrar y recaudar una tarifa razonable de una parte que solicite una copia del expediente del procedimiento para la copia electrónica, la cual no excederá el costo razonable de reproducción de dicha copia.
(8)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(8) Dentro de los 10 días calendario posteriores a la notificación de una demanda o una petición de auto de mandamus, la agencia principal deberá presentar una copia del expediente certificado del procedimiento ante el tribunal superior.
(9)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(9) Cualquier disputa sobre el contenido del expediente del procedimiento será resuelta por el tribunal superior. A menos que el tribunal superior indique lo contrario, una parte que dispute el contenido del expediente del procedimiento deberá presentar una moción para aumentar el expediente del procedimiento en el momento en que presente su escrito inicial.
(10)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(f)(10) El contenido del expediente del procedimiento será el establecido en la subdivisión (e) de la Sección 21167.6.
(g)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(g) Esta sección se aplica únicamente a un proyecto de tránsito de liderazgo ambiental que sea aprobado por la agencia principal a más tardar el 1 de enero de 2025.
(h)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(h) Esta sección solo se aplicará a los primeros siete proyectos que obtengan un informe de impacto ambiental certificado y cumplan con los requisitos de esta sección.
(i)CA Recursos Públicos Code § 21168.6.9(i) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha quedará derogada.