Chapter 4
Section § 21150
Esta sección exige que las agencias, juntas y comisiones estatales, antes de otorgar fondos a agencias locales para proyectos que podrían impactar significativamente el medio ambiente, primero deben obtener un informe detallado de la agencia local sobre los posibles efectos ambientales. Esta regla no se aplica si los fondos son solo para estudios de viabilidad o planificación para acciones futuras que aún no han sido aprobadas o financiadas.
Section § 21151
Esta ley exige a las agencias locales en California preparar un informe de impacto ambiental (EIR) para proyectos que podrían afectar significativamente el medio ambiente. Este informe evalúa los posibles cambios negativos en las condiciones físicas del área del proyecto.
Si una agencia no electa certifica el EIR o decide que el proyecto no necesita este informe, la decisión puede ser apelada ante un órgano electo de la agencia, si existe.
Section § 21151.1
Esta ley exige una revisión ambiental detallada para proyectos específicos antes de que puedan avanzar. Estos proyectos incluyen la construcción o expansión de instalaciones que queman residuos municipales, la emisión de permisos para instalaciones de residuos peligrosos y la creación de planes de reutilización de bases.
Los informes ambientales son obligatorios para las instalaciones nuevas o aquellas que aumentan significativamente su capacidad, excepto para ciertos tipos de residuos, como los residuos animales o forestales, que están exentos. Además, los proyectos bajo la jurisdicción de la Comisión Estatal de Energía o que gestionan ciertos residuos peligrosos pueden estar exentos. La ley garantiza que estos proyectos cumplan con la normativa ambiental al tiempo que ofrece exenciones y aclaraciones específicas.
Section § 21151.2
Antes de que un distrito escolar compre terreno para una escuela nueva o una ampliación de una escuela actual, debe informar por escrito a la comisión de planificación local. La comisión de planificación tiene entonces 30 días para inspeccionar el lugar y presentar un informe con recomendaciones. El distrito escolar no puede finalizar la compra hasta que reciba este informe.
Si el informe de la comisión de planificación desaconseja la compra de la propiedad, el distrito escolar debe esperar otros 30 días después de recibir el informe antes de proceder con la compra.
Section § 21151.4
Esta ley garantiza que, antes de que se apruebe un proyecto que implique la construcción o alteración de una instalación cerca de una escuela, este debe cumplir ciertas condiciones. Si la instalación pudiera liberar emisiones de aire dañinas o manejar sustancias altamente peligrosas, la agencia responsable debe consultar con el distrito escolar para evaluar el impacto potencial del proyecto en la escuela. Además, el distrito escolar debe recibir una notificación por escrito sobre el proyecto con al menos 30 días de antelación. Esto es para garantizar la seguridad de los estudiantes y el personal de la escuela cercana.
Section § 21151.5
Esta ley exige que las agencias locales establezcan límites de tiempo, mediante ordenanza o resolución, para completar las revisiones ambientales de ciertos proyectos. Las agencias tienen un año para completar los informes de impacto ambiental y 180 días para las declaraciones negativas, a partir de la fecha en que se acepta la solicitud de un proyecto. Estos plazos se aplican solo si la agencia es la principal responsable del proyecto y pueden variar según el tipo de proyecto. Es importante destacar que la solicitud de un proyecto no puede considerarse incompleta solo por la falta de una exención de plazo. Las prórrogas son posibles si son necesarias y el solicitante del proyecto las acepta.
Si un informe ambiental se contrata externamente, el contrato debe finalizarse dentro de los 45 días posteriores a que la agencia envíe un aviso de preparación, a menos que tanto la agencia como el solicitante acuerden más tiempo.
Section § 21151.7
Section § 21151.8
Si un distrito escolar desea comprar un terreno o construir una nueva escuela, debe asegurarse de que el sitio esté a salvo de peligros ambientales antes de poder finalizar sus planes. Esto implica varios pasos:
Primero, deben identificar si el terreno fue utilizado previamente para la eliminación de residuos peligrosos, si está catalogado como un sitio peligroso, si tiene tuberías peligrosas cerca (excepto las líneas de gas locales), o si está cerca de carreteras con mucho tráfico.
Segundo, el distrito debe contactar a las agencias locales para averiguar si hay operaciones cercanas que puedan liberar emisiones dañinas, incluyendo sitios agrícolas, autopistas y vías férreas. Estas agencias deben responder en un plazo de 30 días, o su silencio se tomará como acuerdo.
Finalmente, basándose en estos hallazgos, la junta escolar debe documentar si el sitio está libre de fuentes importantes de contaminación, si los riesgos pueden gestionarse o reducirse de manera segura, o si no hay mejores opciones debido a la falta de sitios alternativos. Si el sitio presenta riesgos inevitables, deben explicar por qué proceden a pesar de esos riesgos.
Section § 21151.9
Si una ciudad o condado decide que un proyecto en particular requiere una revisión ambiental, debe seguir procedimientos específicos en el Código del Agua para evaluar las necesidades de suministro de agua del proyecto.
Section § 21152
Esta ley describe el procedimiento para las agencias locales cuando aprueban o deciden llevar a cabo proyectos sujetos a las leyes de revisión ambiental. Cuando un proyecto recibe la aprobación, la agencia local debe presentar un aviso de determinación dentro de los cinco días hábiles tanto ante el secretario del condado como ante el Centro de Compensación Estatal (State Clearinghouse), detallando si el proyecto impacta significativamente el medio ambiente y si se realizó un informe de impacto ambiental. Si se considera que el proyecto no está sujeto a revisión ambiental, se puede presentar un aviso de exención en su lugar, también dentro de los cinco días, incluyendo un certificado de determinación. Además, estos avisos deben publicarse públicamente durante 30 días tanto en línea como en la oficina del secretario del condado. Finalmente, estos avisos deben presentarse electrónicamente cuando sea posible.
Section § 21152.1
Si una agencia local decide que un proyecto no está sujeto a ciertos procedimientos ambientales bajo secciones específicas, debe presentar un 'aviso de exención' ante la Oficina de Planificación e Investigación. Estos avisos deben ser accesibles al público y publicarse semanalmente durante 30 días.
No presentar este aviso no invalidará el proyecto, y esta sección no cambia ningún límite de tiempo existente para acciones legales relacionadas con el proyecto.
Section § 21153
Esta ley exige que, antes de finalizar un informe de impacto ambiental, una agencia principal local debe consultar y recopilar comentarios de las agencias y jurisdicciones relacionadas sobre los efectos ambientales del proyecto. La agencia debe considerar una consulta temprana para explorar posibles acciones, alternativas y medidas de mitigación si lo solicita el promotor del proyecto. La consulta debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a una determinación específica sobre el proyecto, y se pueden cobrar tarifas por estas consultas. Además, se puede iniciar una consulta temprana para tipos de proyectos más amplios, con la coordinación facilitada por la Oficina de Planificación e Investigación.
Cuando las agencias emiten comentarios, estos deben ser específicos de su área de especialización o responsabilidad legal, y deben estar respaldados por documentación detallada.