Chapter 2.6
Section § 21080
Esta ley describe cuándo se requiere una revisión ambiental para proyectos de agencias públicas en California. En general, si un proyecto es discrecional, como cambiar leyes de zonificación o emitir permisos condicionales, necesita una revisión ambiental a menos que haya una exención. Las exenciones incluyen mantenimiento rutinario, emergencias, proyectos rechazados y ciertos proyectos relacionados con los Juegos Olímpicos y mejoras de transporte que no tienen impactos ambientales significativos. Si un proyecto no causa un daño ambiental importante, las agencias pueden emitir una 'declaración negativa', lo que significa que no se necesita una revisión detallada. Sin embargo, si hay impactos significativos potenciales, se requiere un informe de impacto ambiental detallado. Durante las revisiones públicas, las medidas de mitigación pueden modificarse si son equivalentes o mejores para reducir los impactos. Las impugnaciones legales a las condiciones del proyecto pueden requerir una reevaluación si la condición eliminada era necesaria para reducir los impactos ambientales.
Section § 21080.01
Section § 21080.02
Esta ley establece que ciertas normas y regulaciones no se aplican a las actividades relacionadas con la construcción y operación de una nueva prisión cerca de Corcoran en el Condado de Kings.
Estas actividades incluyen aspectos como la planificación, el diseño, la selección del sitio, la construcción y el mantenimiento de la prisión.
Section § 21080.03
Section § 21080.04
Esta sección establece que la ley ambiental de California (CEQA) se aplica al proyecto de servicio ferroviario de pasajeros a lo largo de la Carretera Estatal 29, desde Rocktram hasta Krug, en el Valle de Napa. La Comisión de Servicios Públicos es la agencia principal para este proyecto.
La ley fue promulgada para anular una decisión de la Corte Suprema de California que previamente había eximido el proyecto del Wine Train de los requisitos de CEQA. Sin embargo, esta sección se limita a este proyecto específico y no otorga a la Comisión de Servicios Públicos ninguna nueva autoridad sobre otros proyectos de servicio ferroviario.
Section § 21080.05
Section § 21080.07
Section § 21080.085
Esta ley establece que ciertas acciones de rezonificación relacionadas con la vivienda no están sujetas a las normas de revisión ambiental si forman parte de un plan de elemento de vivienda aprobado bajo códigos gubernamentales específicos.
Sin embargo, existen excepciones en las que las normas habituales aún se aplican, como cuando la rezonificación permitiría la construcción de centros de distribución, infraestructura de petróleo y gas, o cuando involucra terrenos naturales y protegidos. Si los terrenos protegidos están involucrados en una rezonificación pero se excluyen de ella, la exención aún puede aplicarse.
En tales casos, cualquier parcela excluida se trata por separado y debe seguir los procesos estándar de revisión ambiental.
Section § 21080.09
Esta sección trata sobre cómo los campus de educación superior pública en California deben considerar los impactos ambientales al planificar y expandirse. Siempre que un campus o centro médico tenga la intención de desarrollar o cambiar el uso de su suelo, debe preparar un informe de impacto ambiental para evaluar los efectos. Esto incluye los planes de desarrollo a largo plazo de los campus o centros médicos. Aunque los cambios en la matrícula de estudiantes por sí solos no califican como un 'proyecto', si los cambios exceden las expectativas establecidas en sus planes y causan problemas ambientales significativos, un tribunal puede requerir una revisión ambiental adicional. Cabe destacar que cualquier orden judicial existente que limite la matrícula no será aplicable, y los nuevos requisitos establecidos por el Proyecto de Ley del Senado 118 se aplican incluso a decisiones de matrícula pasadas.
Section § 21080.1
Esta sección de la ley explica las responsabilidades de una agencia principal al decidir si un proyecto está exento de las regulaciones ambientales bajo esta división y si se necesitan informes ambientales. Si un proyecto de vivienda podría estar exento salvo por una condición, solo se revisan los efectos debidos a esa condición. El informe no necesita discutir alternativas o efectos de crecimiento.
Sin embargo, los proyectos con ciertas características, como tener más de cuatro acres, presentar múltiples problemas o involucrar infraestructura petrolera, no califican para esta revisión limitada. La ley también define términos como 'condición' y 'proyecto de desarrollo de vivienda' para mayor claridad. Finalmente, permite la consulta temprana sobre los impactos ambientales antes de las solicitudes de proyectos para casos específicos.
Section § 21080.10
Esta ley establece que ciertas acciones están exentas de regulaciones ambientales específicas. En primer lugar, extender el plazo para adoptar elementos del plan general de una ciudad o condado no se considera bajo esta división. En segundo lugar, no se aplica a la ayuda financiera o de seguro para proyectos de vivienda de ingresos bajos o moderados que son revisados por otras agencias. Por último, la ley exime los contratos de agencias locales para servicios que ayudan a personas sin hogar, como la gestión de casos o el asesoramiento.
Section § 21080.11
Section § 21080.12
Esta sección de la ley establece que cuando la Oficina de Planificación e Investigación proporciona ayuda financiera para proyectos relacionados con el uso del suelo o esfuerzos climáticos, no necesitan seguir ciertos procesos de revisión exhaustivos si otra agencia pública o tribu se encargará de la revisión ambiental. Esta excepción se reconoce porque la Oficina de Planificación e Investigación tiene un papel especial en estos asuntos.
Section § 21080.13
Esta ley establece que ciertos proyectos ferroviarios no están sujetos a la revisión ambiental habitual si eliminan un cruce existente donde las vías se encuentran con la carretera o reconstruyen una separación existente donde las vías pasan por encima o por debajo de la carretera. Sin embargo, si una agencia estatal decide que un proyecto entra en esta categoría y decide seguir adelante, debe informar a la Oficina de Planificación e Investigación siguiendo un proceso específico. De manera similar, si una agencia local toma tal determinación, debe notificar tanto a la Oficina de Planificación e Investigación como al secretario del condado donde se esté realizando el proyecto.
Section § 21080.17
Section § 21080.18
Section § 21080.19
Section § 21080.2
Section § 21080.20
Esta ley establece que ciertos planes de transporte centrados en caminar, andar en bicicleta y desplazarse en ruedas (como en patineta) no tienen que pasar por el proceso habitual de revisión ambiental. Estos planes pueden incluir cosas como cambiar las líneas de las calles, añadir estacionamiento para bicicletas, mejorar la sincronización de los semáforos y añadir señales para peatones y ciclistas.
Sin embargo, cada proyecto dentro de estos planes debe seguir considerando los factores ambientales, y se deben celebrar audiencias públicas para discutirlos. Si un proyecto no está cubierto por la revisión ambiental regular, se debe notificar a la Oficina de Planificación e Investigación y al secretario del condado local. Esta exención particular es válida hasta el 1 de enero de 2030. La ley fomenta opciones de transporte seguras y accesibles y tiene como objetivo reducir la dependencia de los automóviles.
Section § 21080.21
Esta ley establece que ciertos proyectos pequeños de tuberías no necesitan seguir las regulaciones habituales. Específicamente, si un proyecto implica la instalación o el trabajo en una tubería que tiene menos de una milla de longitud y está ubicada en calles públicas o derechos de vía, está exento de algunas reglas. Esto se aplica ya sea que el trabajo sea una nueva instalación o el mantenimiento de una tubería existente. Sin embargo, la ley no cubre ninguna instalación sobre la superficie asociada con estas tuberías subterráneas.
Section § 21080.22
Esta ley establece que, normalmente, las actividades que los gobiernos locales realizan al preparar enmiendas a los planes generales no están sujetas a las reglas de esta división. Sin embargo, si la Comisión de Protección del Delta aprueba enmiendas a los planes generales, entonces sí se aplican las reglas de la división.
Además, en lo que respecta a un proceso regulatorio particular, una enmienda al plan general se considera un plan requerido por la Comisión de Protección del Delta.
Section § 21080.23
Esta ley establece que proyectos específicos de tuberías están exentos de ciertas regulaciones ambientales. Estos proyectos incluyen actividades como la inspección, el mantenimiento o el reemplazo de tuberías o equipos conectados si cumplen con ciertos criterios.
El proyecto debe tener menos de ocho millas de largo, con el trabajo activo realizándose en no más de media milla a la vez. Debe estar al menos a ocho millas de distancia de cualquier proyecto similar exento en el último año. El trabajo no es solo para limpiar suelo peligroso, y cualquier suelo de este tipo encontrado debe ser reportado.
El proyecto necesita un plan para notificaciones de seguridad pública, debe permanecer dentro de los derechos de paso existentes que deben ser restaurados posteriormente. Debe cumplir con todas las leyes locales, estatales y federales relacionadas con humedales y especies en peligro de extinción.
Además, quienes realicen el proyecto deben notificar a las agencias pertinentes y al público, especialmente cuando el trabajo afecte propiedades privadas, y deben obtener el permiso del propietario de la propiedad cuando sea necesario. La ley no cubre aumentos en el diámetro de las tuberías ni proyectos dentro de refinerías de petróleo.
Section § 21080.24
Esta sección de la ley establece que las reglas de esta división no se aplican cuando los distritos de control de la contaminación del aire o de gestión de la calidad del aire emiten, modifican o renuevan permisos bajo el Título V del Código de Salud y Seguridad. Sin embargo, si el permiso implica un cambio físico u operativo en una instalación o fuente, entonces las reglas sí se aplican.
Section § 21080.25
Esta sección describe las exenciones para ciertos proyectos, como mejoras para peatones, bicicletas y transporte público, de los procedimientos habituales de revisión ambiental. La sección define términos clave como 'vivienda asequible', 'instalaciones para bicicletas' y 'proyectos de priorización del tránsito', y especifica qué proyectos pueden calificar para la exención, incluyendo la conversión de carriles de tránsito y la infraestructura de servicio de tránsito sin emisiones.
Los proyectos exentos no deben expandir carriles de carretera ni demoler viviendas asequibles, y deben ser ejecutados por agencias locales. Para proyectos de más de $50 millones o $100 millones, se establecen requisitos adicionales, incluyendo reuniones públicas y análisis de equidad racial e impactos de desplazamiento residencial.
Los proyectos deben utilizar mano de obra calificada y capacitada, a menos que se apliquen excepciones. Este estatuto permanece vigente hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.26
Section § 21080.27
Esta ley define y describe los procedimientos para proyectos de vivienda asequible y relacionados en Los Ángeles. Establece que proyectos de vivienda específicos, incluyendo vivienda asequible, vivienda de apoyo y vivienda de transición para jóvenes, están exentos de las regulaciones ambientales normales en ciertas partes de Los Ángeles. Un proyecto califica como vivienda asequible si todas las unidades (excluyendo las unidades de administrador) están designadas para hogares de bajos ingresos, con una porción posiblemente para familias de ingresos moderados, y debe permanecer asequible por un número determinado de años mediante restricciones de escritura. La ley detalla las condiciones necesarias para los sitios de los proyectos, las fuentes de financiación, los requisitos salariales para los trabajadores y las necesidades de certificación para proyectos que implican una construcción significativa. Los desarrolladores deben pagar salarios prevalecientes y posiblemente incluir acuerdos laborales de proyecto. Una agencia principal debe presentar un aviso de exención si las actividades califican para este estatuto, que estará en vigor hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.28
Esta sección de la ley establece que ciertas transacciones de terrenos realizadas por agencias públicas no están sujetas a las regulaciones ambientales habituales si tienen como fin la preservación de condiciones naturales, la restauración de hábitats, el uso agrícola continuo, la prevención del desarrollo en llanuras aluviales, la preservación de recursos históricos o el mantenimiento de espacios abiertos y parques.
Incluso si estas operaciones pudieran generar cambios ambientales o en el uso del suelo, pueden llevarse a cabo sin las restricciones estándar, siempre y cuando se realice una revisión ambiental previa antes de otorgar cualquier aprobación de proyecto. Si una agencia pública determina que una actividad terrestre no está sujeta a estas normas, debe notificar a las autoridades estatales y locales mediante presentaciones específicas.
Section § 21080.29
Esta ley establece que si un proyecto en el Condado de Los Ángeles fue aprobado antes de la entrada en vigor de esta ley, no tiene que cumplir con ciertos requisitos de construcción de carreteras y puentes si el promotor renunció al derecho de construirlos. Esto es aceptable si los derechos de servidumbre se cedieron porque el estado quería proteger un área de humedales costeros de al menos 400 acres. Las normativas municipales locales tampoco pueden exigir estos requisitos de construcción. Además, si la Junta de Conservación de la Vida Silvestre adquiere propiedades dentro de esta zona costera, el fideicomiso que controla esta tierra puede transferirla al estado para fines de conservación o recreación, eludiendo ciertas obligaciones bajo otros códigos fiscales o reglas de sucesiones.
Section § 21080.3
Antes de decidir si un proyecto necesita una declaración negativa o un informe de impacto ambiental, la agencia principal debe hablar con todas las agencias involucradas. Pueden empezar contactando informalmente. Para agilizar esto, la Oficina de Planificación e Investigación puede ayudar a la agencia principal a determinar qué agencias deben participar. Si se trata de un tipo específico de proyecto, el solicitante del proyecto también puede pedir esta ayuda.
Section § 21080.30
Esta sección de la ley define una 'transacción inmobiliaria' como la compra o venta de cualquier interés en bienes inmuebles. También establece que ciertas acciones, aprobaciones o autorizaciones relacionadas con la emisión de bonos, proyectos de capital o transacciones inmobiliarias por parte de la Junta de Obras Públicas del Estado o el Departamento de Finanzas no están sujetas a esta división.
Section § 21080.31
Esta ley de California define términos relacionados con el suministro de agua, como 'suministro adecuado', 'pozo doméstico', 'agua potable segura' y 'sistema de agua'. Establece condiciones específicas para que un proyecto de pozo esté exento de ciertas regulaciones estatales. Estas incluyen clasificaciones como pozos de alto riesgo que necesitan reparación para asegurar un suministro adecuado de agua potable segura, y criterios como no afectar humedales o no estar ubicados en un sitio histórico. La ley también exige notificar al estado si la exención podría afectar la financiación.
Las agencias principales deben presentar un aviso de exención si determinan que un proyecto de pozo está exento, y esta ley será derogada el 1 de enero de 2028.
Section § 21080.32
Esta ley se aplica a las agencias de transporte público de propiedad pública en California, excluyendo aquellas creadas bajo una sección específica del Código de Servicios Públicos. A partir del 1 de julio de 1995, estas agencias están exentas de ciertos procesos de revisión ambiental cuando reducen sus presupuestos debido a ingresos insuficientes, a menos que las reducciones afecten servicios de tránsito designados como medidas de mitigación ambiental. Antes de realizar tales recortes, la agencia debe declarar una emergencia fiscal, celebrar una audiencia pública y responder a los comentarios del público en un plazo de 30 días. Las emergencias fiscales se definen como cuando se proyecta que el efectivo no restringido y los fondos a corto plazo de una agencia serán insuficientes en el plazo de un año. Los fondos de jubilación de empleados y ciertas reservas no se incluyen en este cálculo.
Section § 21080.33
Esta ley establece que los proyectos de emergencia para reparar carreteras existentes después de desastres naturales no tienen que seguir ciertas normas ambientales, a menos que se trate de una carretera escénica.
Estas reparaciones deben realizarse dentro de un año del daño y dentro del espacio existente de la carretera. Sin embargo, esta ley no cubre ningún proyecto que busque ensanchar o expandir la carretera.
Section § 21080.34
Esta ley aclara que cuando un organismo gubernamental planifica o aprueba un proyecto para expandir un aeropuerto de propiedad pública, se considera como “llevar a cabo o aprobar un proyecto”. Esto se relaciona específicamente con planes que amplían aeropuertos existentes propiedad de una subdivisión gubernamental, como se señala en otra parte de la ley.
Básicamente, si alguna entidad del gobierno local participa en la expansión de un aeropuerto público, esto se incluye dentro del ámbito de ciertas regulaciones de gestión de proyectos.
Section § 21080.35
Esta sección de la ley establece que la instalación de sistemas de energía solar en el techo de un edificio o en estacionamientos existentes generalmente está exenta de regulaciones ambientales, con algunas excepciones. Un 'estacionamiento existente' se define como uno ya en uso para el estacionamiento de vehículos durante al menos dos años. Un 'sistema de energía solar' incluye todos los materiales necesarios para generar y conectar la energía solar al sistema eléctrico o de agua de un edificio, pero excluye las subestaciones.
El equipo solar debe ubicarse principalmente en la misma parcela que el edificio, no debe exceder los 500 pies cuadrados y debe evitar las plantas protegidas. Las excepciones a la exención se aplican si se requieren permisos federales o estatales debido a posibles impactos en la calidad del agua, especies en peligro de extinción o lechos de arroyos. Además, la exención no se aplica si la instalación solar requiere la remoción de ciertos árboles nativos protegidos o viejos, o si afecta las instalaciones de transmisión o distribución.
Section § 21080.4
Esta ley describe el proceso de comunicación cuando se necesita un informe de impacto ambiental para un proyecto. La agencia principal debe notificar inmediatamente a las agencias responsables y a otras entidades sobre la necesidad de este informe. Una vez notificadas, estas agencias tienen 30 días para especificar qué información ambiental necesitan que se incluya en el informe.
Para agilizar el proceso, se pueden solicitar reuniones entre la agencia principal y otras entidades para determinar la información ambiental necesaria. La Oficina de Planificación e Investigación ayuda a identificar las agencias pertinentes y asegura que la comunicación fluya sin problemas, especialmente en lo que respecta a las reuniones con plazos.
Section § 21080.40
Esta ley define qué califica como un 'proyecto de vivienda asequible' en California. Para ser considerado como tal, el proyecto debe ser principalmente para uso residencial y estar dedicado a hogares de bajos ingresos. También debe cumplir con ciertos estándares laborales y de ubicación, como estar cerca del transporte público o de servicios como parques y bibliotecas.
La ley exime ciertas acciones gubernamentales relacionadas con estos proyectos de la revisión ambiental si cumplen con criterios específicos, como no representar una exposición a riesgos significativos para la salud o no estar demasiado cerca de autopistas y zonas activas de extracción de petróleo. Si un proyecto califica para esta exención, se debe presentar un aviso a las autoridades correspondientes. Esta ley es válida hasta el 1 de enero de 2033.
Section § 21080.42
Esta ley enumera proyectos de transporte específicos que están exentos de ciertas regulaciones en California. Estos proyectos incluyen modificaciones y ampliaciones en varias autopistas como la U.S. Highway 101, la I-805, la State Route 99, la State Route 12 y la State Route 91 en diferentes condados como Santa Clara, San Diego, Tehama, Fresno, San Joaquín, Orange y San Luis Obispo. Las exenciones se aplican a menos que el alcance de un proyecto cambie de lo descrito después del 1 de febrero de 2009.
Section § 21080.43
Esta ley reafirma los requisitos de la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA) para que los proyectos incluyan medidas de mitigación que aborden eficazmente los impactos ambientales. Las medidas deben ser factibles, proporcionales al impacto y estar respaldadas por pruebas que demuestren su eficacia. La ley también aclara que las directrices deben respaldar estos principios, incluyendo métodos actualizados para analizar los impactos del transporte, especialmente en entornos rurales, para el año 2026.
La Legislatura enfatiza la importancia de enfoques equilibrados para mitigar los impactos de las millas recorridas por vehículos (VMT) y apoya estrategias como las viviendas asequibles eficientes en VMT. El programa busca simplificar y fomentar estos esfuerzos, ofreciendo a los solicitantes de proyectos una forma más sencilla de contribuir a proyectos de mitigación elegibles, mejorando las prácticas en todo el estado.
Section § 21080.44
Esta ley trata principalmente sobre cómo los impactos de transporte de los proyectos de desarrollo pueden mitigarse financiando viviendas asequibles o infraestructuras relacionadas que sean eficientes en millas recorridas por vehículos. Explica que si un proyecto crea problemas de transporte significativos, la agencia responsable puede reducir estos problemas contribuyendo a un fondo especial destinado a apoyar el desarrollo orientado al tránsito.
El dinero de este fondo se utilizará para financiar proyectos que creen viviendas asequibles cerca de opciones de transporte público, con el objetivo de reducir las distancias de viaje y la dependencia de los automóviles. La ley establece prioridades para qué proyectos reciben financiación, favoreciendo aquellos que ofrecen beneficios similares en áreas cercanas.
Se establecerán directrices para las contribuciones y las prioridades de los proyectos, y la oficina consultará al público antes de emitir las normas finales. No afecta el derecho de las agencias locales a imponer sus tarifas relacionadas con los impactos del tráfico.
Section § 21080.45
Esta ley explica que ciertos nuevos proyectos de vivienda para empleados agrícolas están exentos de las reglas de esta división si cumplen con criterios específicos. El proyecto debe alinearse con ciertos requisitos del Código de Salud y Seguridad y puede calificar si es financiado a través de programas o entidades específicas, como la Subvención para Viviendas de Trabajadores Agrícolas Joe Serna, Jr., la Oficina de Servicios para Migrantes, el gobierno local u otra financiación pública o sin fines de lucro. Además, los proyectos de vivienda para trabajadores agrícolas existentes que están siendo reparados o mantenidos también están exentos.
Section § 21080.46
Esta ley establece que las ciudades y los condados de California pueden adoptar ordenanzas para limitar o prohibir la perforación de nuevos pozos de agua subterránea, o restringir las extracciones de pozos existentes. Esto se puede lograr haciendo más estrictas las condiciones de los permisos de pozos, especialmente donde los cambios en el uso del suelo podrían aumentar la demanda de agua subterránea.
La sección es válida hasta el 1 de julio de 2017, o mientras esté activa la emergencia por sequía declarada en enero de 2014, lo que ocurra más tarde. Una vez inoperativa, la sección se deroga oficialmente el 1 de enero siguiente.
Sin embargo, la ley no se aplica a la emisión de permisos para pozos nuevos o más profundos ni a la adopción de ordenanzas relacionadas con nuevos proyectos residenciales, comerciales, industriales o institucionales. Estos pueden requerir la perforación o una mayor extracción de pozos de agua subterránea incluso después de que esta ley sea derogada.
Section § 21080.47
Esta sección define términos relacionados con los sistemas de agua y alcantarillado, centrándose particularmente en ayudar a las comunidades desfavorecidas. Aclara qué califica como proyectos, como pozos de agua, tanques y sistemas que deben beneficiar a estas comunidades, detallando lo que se incluye y lo que se excluye. Los proyectos pueden eludir ciertos requisitos reglamentarios si cumplen condiciones específicas, como no afectar áreas sensibles ni aumentar los riesgos ambientales.
Los proyectos deben utilizar mano de obra calificada, y se aplican varias condiciones según si el proyecto es público o privado, como los requisitos de salario prevaleciente y el uso de una fuerza laboral calificada. Si un proyecto está exento de regulaciones, la entidad debe confirmar el cumplimiento de las normas laborales y salariales. También existen obligaciones de presentación de informes y sanciones por incumplimiento relacionadas con las prácticas laborales. Esta sección estará en vigor hasta el 1 de enero de 2032.
Section § 21080.48
Esta sección de la ley establece que ciertos proyectos de sistemas comunitarios de agua no tienen que seguir los procesos habituales de revisión ambiental si cumplen con criterios específicos. Estos proyectos deben ser financiados por la ley de bonos de 2024 o por el programa estatal de Financiamiento Seguro y Asequible para la Equidad y la Resiliencia, no deben implicar actividades de construcción y deben proporcionar beneficios a largo plazo para la resiliencia climática, la biodiversidad y la recuperación de especies sensibles. También deben contar con procedimientos para la protección del medio ambiente. Es importante destacar que, aunque estos proyectos están exentos de las regulaciones habituales, aún deben cumplir con otras leyes federales, estatales y locales pertinentes. Esta exención es temporal y expira el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.49
Esta ley establece que ciertos proyectos de reducción del riesgo de incendios forestales no tienen que seguir las leyes ambientales habituales de la división, siempre y cuando cumplan con otras leyes aplicables.
Los proyectos exentos de estas leyes incluyen incendios prescritos o reducciones de combustible de hasta 50 acres cerca de grandes subdivisiones, desbroces de espacio defendible alrededor de carreteras, mejoras en la resistencia al fuego de viviendas cerca de estructuras en zonas de alto riesgo de incendio, y fajas cortafuegos dentro de los 200 pies de las estructuras. Estos proyectos deben evitar áreas de hábitat sensible y seguir pautas para proteger la vida silvestre, la calidad del agua y los recursos culturales.
Section § 21080.5
Esta ley permite a ciertas agencias estatales en California utilizar un plan regulatorio detallado con información ambiental en lugar de un informe de impacto ambiental si su programa es certificado por el Secretario de la Agencia de Recursos. Esta certificación es solo para programas que emiten permisos de uso o establecen estándares relacionados con la protección ambiental.
Para obtener la certificación, el programa debe utilizar un enfoque interdisciplinario y proteger el medio ambiente como un objetivo clave. Debe incluir medidas para minimizar el daño ambiental, consultar a las agencias públicas y proporcionar avisos públicos sobre las decisiones.
La certificación asegura que el programa cumple con criterios ambientales específicos y puede ser retirada si el programa cambia y ya no cumple con estos estándares. Las impugnaciones legales a las aprobaciones o certificaciones deben realizarse dentro de los 30 días. Se describen roles y responsabilidades específicas para los condados y los distritos de gestión de la calidad del aire.
Section § 21080.50
Esta sección aclara las condiciones bajo las cuales un motel, hotel o estructura similar puede convertirse en vivienda de apoyo o transitoria en California. La conversión califica como un 'proyecto de vivienda provisional en motel' si no expande las unidades de vivienda individuales en más del 10% y no tiene un impacto significativo en el tráfico, el ruido, la calidad del aire o la calidad del agua. La ley define términos clave como 'hotel residencial', 'vivienda de apoyo' y 'vivienda transitoria', todos los cuales se centran en proporcionar vivienda y servicios de apoyo a personas de bajos ingresos, incluidas aquellas con discapacidades. La sección también establece que dichos proyectos están exentos de revisiones ambientales, y si se eximen, se debe presentar un aviso formal ante las autoridades pertinentes.
Section § 21080.51
Esta ley establece que ciertos proyectos de despliegue de banda ancha, realizados a lo largo de carreteras públicas y dentro de servidumbres de paso existentes, no están sujetos a algunos procesos de revisión ambiental siempre y cuando cumplan con condiciones específicas. Primero, el proyecto debe estar a menos de 30 pies de una carretera. Segundo, debe restaurar el área si se instala bajo tierra o utilizar postes de servicios públicos existentes si se hace por encima del suelo.
Tercero, debe incluir las medidas de protección ambiental necesarias, como monitorear la construcción para proteger los recursos culturales y biológicos. Cuarto, debe aceptar cumplir con las leyes locales, estatales y federales relacionadas con la protección ambiental, como las relativas a humedales y especies en peligro de extinción.
Además, el proyecto debe notificar a las agencias públicas afectadas, informar al público local, obtener permiso del propietario si se utiliza terreno privado y adherirse a las regulaciones locales para mitigar cualquier posible impacto negativo.
Section § 21080.55
Section § 21080.56
Esta ley establece que ciertos proyectos destinados a conservar, restaurar, proteger o mejorar los peces, la vida silvestre nativa de California y sus hábitats están exentos de las regulaciones habituales. Estos proyectos deben ofrecer beneficios a largo plazo para la resiliencia climática, la biodiversidad y la recuperación de especies, e incluir procedimientos de protección ambiental. La construcción solo se permite si está directamente relacionada con la restauración del hábitat. El Director de Pesca y Vida Silvestre debe estar de acuerdo con estas evaluaciones, respaldado por pruebas sólidas y ciencia. Los proyectos aún deben cumplir con otras leyes y mantener los estándares ambientales y de salud pública.
Además, una vez que un proyecto se considera exento, se debe presentar un aviso ante las agencias correspondientes en un plazo de 48 horas. El Departamento de Pesca y Vida Silvestre comparte la información en línea, y se presentan informes anuales a la Legislatura. Esta sección solo está en vigor hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.57
Esta sección establece que ciertas regulaciones ambientales no se aplican a las actividades relacionadas con la creación o gestión de parques públicos o senderos no motorizados si están financiadas por la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio de 2024. Esto incluye diversas tareas como la planificación, el diseño, la adquisición de terrenos, la construcción, la operación y el mantenimiento asociados con estos proyectos.
Section § 21080.58
Esta sección establece pautas específicas para la construcción de proyectos de vivienda universitaria para profesores, personal y estudiantes en California. Define qué se considera un proyecto de vivienda para profesores, personal y estudiantes, y describe ciertas ubicaciones donde estos proyectos no pueden construirse, como tierras de cultivo, humedales, zonas de alto riesgo de incendio y hábitats de animales protegidos. La ley permite exenciones de ciertos requisitos si se cumplen las condiciones, como la obtención de la certificación LEED Platino para eficiencia energética, la limitación de las millas recorridas por vehículos, el uso de energía renovable y el empleo de una mano de obra calificada y capacitada. Los proyectos de vivienda no pueden exceder porcentajes específicos de espacio para ciertos usos, como comedor o estacionamiento, y deben ubicarse predominantemente cerca de paradas de tránsito importantes. Los proyectos también deben evitar el desplazamiento de viviendas de inquilinos, estructuras históricas y no pueden exceder ciertos límites de tamaño. La ley fomenta la transparencia al exigir audiencias públicas y avisos de proyectos, y exige que los proyectos no aumenten las emisiones de gases de efecto invernadero. Esta ley estará vigente hasta el 1 de enero de 2032.
Section § 21080.61
Esta sección establece que ciertos proyectos de mantenimiento rutinario en instalaciones públicas de aguas pluviales están exentos de esta división si cumplen condiciones específicas. Estas condiciones incluyen no aumentar la capacidad de diseño de la instalación y ser aprobados por una agencia pública con procedimientos para minimizar la contaminación. Además, el proyecto no debe afectar negativamente los recursos culturales tribales.
Los proyectos aprobados por un órgano no electo de una ciudad en ciudades con poblaciones superiores a un millón no pueden ser apelados. Si el proyecto se determina como exento, se debe presentar un aviso formal ante las oficinas estatales y locales pertinentes. Esta exención solo es válida hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.62
Esta ley establece que las regulaciones ambientales de California no se aplican al desarrollo del Cementerio de Veteranos de Gypsum Canyon en el Condado de Orange si se cumplen dos condiciones: primero, el cementerio es un uso del suelo menos intensivo de lo que se había planeado originalmente en un informe ambiental de 2005, y segundo, un anexo específico de 2020 evaluó los impactos ambientales del cementerio. Esta exención solo es válida hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21080.66
Este estatuto de California describe cuándo ciertos proyectos de desarrollo de vivienda están exentos de las regulaciones ambientales. Para calificar, los proyectos deben cumplir condiciones específicas, como estar en sitios no mayores de 20 acres o 4 acres en algunos casos, y generalmente deben estar ubicados en áreas urbanas. El sitio debe haber tenido desarrollo urbano previo, o estar rodeado de usos urbanos.
Los proyectos deben alinearse con las leyes locales de planificación y zonificación, y no pueden implicar la demolición de estructuras históricas. Los desarrollos de vivienda deben incluir consultas con tribus nativas americanas si los recursos culturalmente relevantes pudieran verse afectados, y asegurar que se cumplan ciertos estándares ambientales y de salud.
Además, los trabajadores de la construcción deben recibir salarios prevalecientes. Finalmente, cualquier proyecto exento aún califica para ciertas bonificaciones e incentivos, y los gobiernos locales deben presentar un aviso de exención para los proyectos aprobados.
Section § 21080.69
Esta sección de la ley explica que ciertos tipos de proyectos están exentos de regulaciones ambientales específicas, excepto cuando se encuentran en terrenos naturales y protegidos. Estos proyectos incluyen centros de cuidado diurno no ubicados en áreas residenciales, pequeñas clínicas de salud rurales o centros de salud calificados federalmente, bancos de alimentos o despensas de alimentos sin fines de lucro en sitios industriales, y también instalaciones de manufactura avanzada en sitios industriales.
Section § 21080.70
Esta sección de la ley explica que ciertos proyectos de ferrocarril de alta velocidad en California están exentos de requisitos específicos de revisión ambiental. Estas exenciones se aplican a proyectos que implican el desarrollo o la modificación de instalaciones de mantenimiento o estaciones de ferrocarril de pasajeros para trenes eléctricos de alta velocidad. Para calificar, estos proyectos deben haber sido evaluados previamente en informes ambientales anteriores, incluir todas las medidas de mitigación requeridas y estar situados cerca de las líneas de ferrocarril de alta velocidad aprobadas. Sin embargo, los proyectos en tierras naturales protegidas no están exentos. Solo los proyectos mencionados específicamente en esta ley están exentos, y todos los demás proyectos deben cumplir con las regulaciones ambientales a menos que se aplique una exención separada.
Section § 21080.73
Esta ley establece que ciertos proyectos de desarrollo de vivienda deben ser tratados como proyectos discrecionales, lo que significa que están sujetos a una revisión ambiental más detallada. Esto se aplica cuando el proyecto está en una ciudad con una población entre 85,000 y 95,000, y en un condado con una población entre 440,000 y 455,000, según el Censo de 2020. Además, el sitio del proyecto debe incluir un humedal de agua dulce, estar dentro de un cauce de inundación regulado o ser adyacente a un monumento histórico de California.
Section § 21080.8
Section § 21080.9
Esta ley establece que ciertas actividades de los gobiernos locales o universidades estatales relacionadas con la creación de programas costeros locales o planes de uso de la tierra generalmente no están sujetas a requisitos específicos de revisión ambiental. Sin embargo, cuando estos planes son certificados por la Comisión Costera de California, deben cumplir con esos requisitos de revisión. Una vez certificados, estos planes se utilizan en el programa de gestión de la Comisión.
Section § 21081
Una agencia pública en California no puede aprobar un proyecto con impactos ambientales significativos a menos que se cumplan ciertas condiciones. Estas condiciones son: realizar cambios en el proyecto para reducir esos impactos, que otra agencia asuma la responsabilidad de esos cambios, o determinar que la mitigación no es práctica debido a razones económicas, sociales o de otro tipo específicas. Si la mitigación no es factible, la agencia debe concluir que los beneficios del proyecto superan sus impactos ambientales.
Section § 21081.2
Esta ley explica cuándo una ciudad o un condado no tiene que realizar nuevos estudios de tráfico para un proyecto residencial bajo ciertas condiciones. Para proyectos de hasta 100 unidades en un sitio cercano al transporte público, y si cumplen con los planes locales y ya se han abordado previamente las preocupaciones ambientales, pueden estar exentos de algunos hallazgos sobre el impacto del tráfico.
Sin embargo, la exención no se puede utilizar si la propuesta del proyecto se presenta más de cinco años después de la revisión ambiental original, si ha habido cambios significativos en el área, si revisiones anteriores tuvieron problemas de tráfico sin resolver, o si el proyecto ocupa más de cuatro acres. Además, las ciudades aún pueden implementar medidas de seguridad para peatones y ciclistas, y la ley insiste en analizar los impactos del tráfico y reconocer cualquier posible efecto significativo.
Section § 21081.3
Esta ley establece que cuando un proyecto implica la renovación, conversión, reorientación o reemplazo de un edificio existente que está abandonado, deteriorado o ha estado desocupado por más de un año, una agencia principal no tiene que evaluar los efectos estéticos, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen que el sitio esté cerca de áreas urbanas, que el proyecto incluya viviendas, que no aumente excesivamente la altura del edificio y que no cree luz o resplandor excesivos. Sin embargo, las evaluaciones estéticas aún deben realizarse si el proyecto pudiera afectar una carretera escénica estatal o sitios históricos. La ley también aclara la definición de 'deteriorado' y exige presentar un aviso si no se evalúan los efectos estéticos. Esta norma expira el 1 de enero de 2029.
Section § 21081.5
Section § 21081.6
Esta ley describe cómo las agencias públicas en California deben gestionar los impactos ambientales al aprobar proyectos. Requiere que establezcan un programa para monitorear e informar sobre cómo un proyecto mitigará o evitará efectos ambientales significativos. La agencia principal debe mantener registros de sus decisiones e indicar dónde se almacenan. Las medidas de mitigación deben ser exigibles a través de condiciones en permisos o acuerdos. Las agencias responsables de los recursos ambientales deben proporcionar orientación u objetivos para estas medidas antes de que finalice el período de revisión pública. Si presentan medidas, solo deben abordar los recursos bajo su autoridad. Las agencias aún conservan la facultad de aprobar o denegar proyectos basándose en las determinaciones de impacto ambiental.
Section § 21081.7
Cuando una agencia pública crea un informe o programa de monitoreo de transporte según los requisitos de otra ley, debe presentar esta información tanto a la agencia regional de planificación del transporte como al Departamento de Transporte. Esto se aplica si el proyecto es importante a gran escala, como a nivel estatal o regional. Tanto la agencia de transporte como el Departamento deben establecer directrices sobre cómo deben presentarse estos informes o programas.
Section § 21082
Esta ley exige que todas las agencias públicas creen normas y procesos para evaluar proyectos y elaborar informes de impacto ambiental, que valoran los posibles efectos de un proyecto en el medio ambiente. Los distritos escolares u otros distritos que comparten los mismos límites que una ciudad o un condado pueden optar por seguir los procedimientos establecidos por la ciudad o el condado en lugar de crear los suyos propios. Estos procedimientos deben estar en consonancia tanto con las normas de la división como con las directrices establecidas por el Secretario de la Agencia de Recursos. Las agencias deben establecer estos procedimientos en un plazo de 60 días después de que el Secretario publique las directrices pertinentes.
Section § 21082.1
Esta ley exige que los informes ambientales, como los Informes de Impacto Ambiental (IIA) o las declaraciones negativas, sean preparados por una agencia pública o bajo contrato con ella. Cualquier persona puede presentar información o comentarios a estas agencias, y dichas presentaciones deben ser consideradas y, posiblemente, incluidas en los informes. La agencia pública principal, conocida como la agencia líder, debe revisar estos documentos de forma independiente, asegurándose de que reflejen su propio criterio. Los borradores de documentos deben distribuirse, y las conclusiones deben mostrar un análisis independiente antes de su adopción o certificación. Finalmente, estos documentos deben ser publicados en línea por la agencia líder y enviados electrónicamente al Centro de Compensación Estatal.
Section § 21082.2
Esta ley explica cómo se toma una decisión sobre el impacto ambiental de un proyecto en California. La agencia principal debe basar su decisión en evidencia sólida de todo el expediente.
Si la gente no está de acuerdo sobre los posibles efectos ambientales, eso no significa que se necesite un informe de impacto ambiental a menos que haya evidencia sólida de un daño potencial.
La especulación o las suposiciones sin pruebas no son suficientes; la evidencia debe ser fáctica y estar respaldada por suposiciones razonables u opiniones de expertos. Si la evidencia sólida sugiere un impacto significativo, se requiere un informe.
Además, el hecho de que un informe o sus comentarios indiquen un impacto significativo no significa que el proyecto realmente lo tendrá.
Section § 21082.3
Esta sección trata sobre proyectos que pueden afectar recursos culturales tribales. Si un proyecto pudiera impactar estos recursos, los planificadores del proyecto y las tribus locales deben discutir formas de disminuir o prevenir el daño, y estas medidas deben incluirse en los documentos ambientales del proyecto. Todos los detalles sobre los recursos culturales tribales compartidos por las tribus durante este proceso permanecen confidenciales a menos que la tribu acepte divulgarlos. La agencia encargada del proyecto debe consultar con las tribus, y si no se llega a un acuerdo, debe considerar otras formas de reducir el daño. La información confidencial se compartirá solo entre las partes clave y se mantendrá fuera de los documentos públicos, excepto en términos generales. Esta ley también asegura que las consultas entre el estado y las tribus y las protecciones de confidencialidad continúen sin ser afectadas por estos requisitos.
Section § 21082.4
Section § 21083
Esta sección exige que la Oficina de Planificación e Investigación desarrolle directrices para que los organismos públicos evalúen los impactos ambientales de los proyectos. Estas directrices deben ayudar a los organismos a determinar si los proyectos afectan significativamente el medio ambiente, especialmente si degradan la calidad ambiental, tienen efectos acumulativos considerables o impactan negativamente a los seres humanos. También describen cómo establecer el organismo principal para los proyectos y cuándo presentar informes ambientales al State Clearinghouse. Las directrices deben revisarse cada dos años y adoptarse cumpliendo ciertos procedimientos gubernamentales.
Section § 21083.01
Esta ley exige que, después del 1 de enero de 2013, durante la próxima actualización de las directrices de revisión ambiental, la Oficina de Planificación e Investigación debe colaborar con el Departamento de Silvicultura y Protección contra Incendios para proponer cambios que incluyan preguntas sobre el impacto del riesgo de incendio para proyectos en áreas de alto riesgo de incendio. Estas propuestas se entregan al Secretario de la Agencia de Recursos Naturales. El Secretario tiene la tarea de revisar y aprobar estos cambios.
Section § 21083.03
Esta ley encarga a la Oficina de Uso de Suelo e Innovación Climática mapear los sitios de relleno urbano elegibles dentro de cada área urbana en California antes del 1 de julio de 2027. Estos sitios están designados para un desarrollo que se alinee con los planes locales y los estándares de certificación. El objetivo es promover un desarrollo compacto que ayude a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, conservar la tierra, apoyar el transporte sostenible y mejorar la vida comunitaria.
El proceso implica que los gobiernos locales revisen y comenten los borradores de los mapas antes de su finalización. También se considera la opinión pública a través de reuniones y períodos de comentarios. Existen disposiciones para actualizaciones periódicas basadas en cambios en las designaciones de uso de suelo.
La ley excluye los requisitos de cumplimiento con ciertos códigos de procedimiento gubernamentales al mapear o definir sitios elegibles, basándose en cambio en información localizada.
Section § 21083.05
Esta ley exige que la Oficina de Planificación e Investigación y la Agencia de Recursos Naturales actualicen regularmente las directrices relacionadas con la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Estas actualizaciones deben incorporar nueva información o estándares de la Junta Estatal de Recursos del Aire, especialmente sobre el uso del transporte y la energía.
Section § 21083.09
La ley exige que, a más tardar el 1 de julio de 2016, la Oficina de Planificación e Investigación de California, junto con el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales, actualicen directrices específicas en el proceso de revisión ambiental del estado. Las actualizaciones deben separar la evaluación de los recursos paleontológicos de los recursos culturales tribales e introducir preguntas específicamente diseñadas para abordar los recursos culturales tribales.
Section § 21083.1
Esta sección asegura que cuando los tribunales interpreten esta división de la ley o las directrices estatales vinculadas a ella, no deben añadir pasos o reglas adicionales más allá de lo que está claramente escrito. La intención es ceñirse estrictamente a lo que la ley y las directrices establecen específicamente sin ampliar sus requisitos.
Section § 21083.2
Esta ley describe cómo manejar los recursos arqueológicos al evaluar el impacto ambiental de un proyecto. La agencia principal debe evaluar el impacto potencial en los recursos arqueológicos únicos, que son aquellos con un valor científico o histórico significativo. Si un proyecto pudiera dañar dichos recursos, la agencia debería considerar formas de preservarlos, como diseñar la construcción para evitarlos o utilizando esfuerzos de conservación. Si la preservación no es posible, el solicitante del proyecto debe cubrir parte del costo de mitigar el daño. Los costos de mitigación tienen un límite de un porcentaje específico del costo del proyecto, dependiendo del tipo de proyecto. La excavación solo debe realizarse si es necesaria, y pueden aplicarse disposiciones especiales si se encuentran recursos significativos durante la construcción. Los costos incurridos por las agencias locales en este proceso deben ser pagados por el solicitante del proyecto. Esta ley no anula otros requisitos legales relevantes.
Section § 21083.3
Esta sección de la ley aborda cuándo se requieren evaluaciones ambientales para ciertos proyectos de desarrollo. Si una parcela ha sido zonificada o planificada para una densidad de construcción específica, y se certificó previamente una evaluación ambiental, las evaluaciones adicionales solo necesitan abordar los impactos ambientales nuevos o únicos del proyecto, a menos que haya nueva información que demuestre que los impactos son mayores de lo que se pensó originalmente. Las agencias locales deben abordar cualquier efecto ambiental significativo con medidas de mitigación identificadas en evaluaciones ambientales previas.
Un impacto de proyecto no se considera único si se han adoptado políticas consistentes destinadas a gestionar dichos efectos. Si un plan comunitario apoya cambios de zonificación y cumple con ciertos requisitos gubernamentales, los proyectos relacionados podrían estar exentos de evaluaciones detalladas. Solo las personas que participaron en audiencias públicas relacionadas pueden impugnar las evaluaciones de conformidad del proyecto, a menos que no se cumplieran los requisitos de notificación pública.
Finalmente, los planes comunitarios más antiguos que originalmente no cumplían los criterios pueden ser modificados para alinearse con los estándares actuales, siempre que sus evaluaciones ambientales sigan siendo válidas y no sean impugnadas legalmente.
Section § 21083.4
Esta ley busca proteger los bosques de robles de ser afectados significativamente por proyectos de desarrollo en un condado. Si un condado determina que un proyecto podría dañar los bosques de robles, debe implementar una o más estrategias para reducir ese impacto. Las opciones incluyen conservar los terrenos de robles mediante acuerdos de conservación (servidumbres), plantar y cuidar árboles nuevos, aportar dinero a un Fondo de Conservación de Bosques de Robles, o aplicar otras medidas desarrolladas por el condado.
Existen algunas excepciones donde estas reglas no se aplican, como en el caso de viviendas asequibles, proyectos con ciertos planes de conservación, el uso de tierras agrícolas o proyectos específicos mencionados en el Código de Recursos Públicos. Si se aplican las estrategias de mitigación, se considera que se cumple con la ley en lo que respecta a los efectos sobre los robles y sus bosques, pero esto no cambia otras obligaciones ambientales o legales. Finalmente, esta ley no restringe las facultades de las agencias públicas en relación con el cumplimiento ambiental.
Section § 21083.5
Esta sección de la ley explica que si se crea una declaración o informe de impacto ambiental bajo la Ley Nacional de Política Ambiental o el Pacto de Planificación Regional de Tahoe para un proyecto, puede utilizarse en lugar de crear un nuevo informe de impacto ambiental, siempre que cumpla ciertos requisitos. En resumen, permite usar documentos ambientales ya existentes para cumplir con los requisitos estatales cuando son adecuados.
Además, cuando una ciudad o condado adopta partes del plan de la Agencia de Planificación Regional de Tahoe en su plan general, pueden usar documentos ambientales existentes, pero aún necesitan analizar cualquier impacto ambiental no cubierto en esos documentos y seguir procedimientos específicos. Esto no elimina el requisito de revisión pública y notificación.
Section § 21083.6
Si un proyecto necesita tanto un informe de impacto ambiental estatal como una declaración de impacto ambiental federal, el solicitante del proyecto puede pedir a la agencia principal supervisora más tiempo para preparar un informe combinado. La agencia puede aceptar extender los plazos si esto hace que el proceso sea más rápido en general que crear los dos documentos por separado.
Section § 21083.7
Si un proyecto requiere tanto un informe de impacto ambiental estatal como una declaración de impacto ambiental federal, la agencia principal debe intentar usar el documento federal para cumplir con los requisitos estatales siempre que sea posible. Para lograr esto, la agencia principal necesita hacer dos cosas tan pronto como pueda: primero, debe consultar con la agencia federal responsable de la declaración de impacto ambiental. Segundo, debe notificar a la agencia federal sobre cualquier reunión para discutir el alcance del proyecto.
Section § 21083.9
Esta ley exige que una agencia principal celebre al menos una "reunión de alcance" para ciertos proyectos. Las reuniones de alcance son necesarias para proyectos que afecten carreteras si lo solicita el Departamento de Transporte, o para proyectos con impactos a nivel estatal, regional o de área significativa. La agencia debe notificar a los gobiernos locales pertinentes, a las agencias responsables y a aquellos que hayan solicitado la notificación. La notificación puede combinarse con los avisos de otras reuniones públicas. Si un proyecto tiene una reunión de alcance bajo leyes ambientales federales, esta puede contar para este requisito si se cumplen las reglas de notificación. Además, las discusiones sobre cambios en el plan general con ciudades o condados pueden tener lugar durante estas reuniones de alcance, permitiéndoles proporcionar comentarios al mismo tiempo.
Section § 21084
Esta ley explica qué tipos de proyectos están exentos de necesitar revisiones ambientales extensas bajo la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA), según lo definido por las directrices de la Sección 21083. Los proyectos que generalmente no dañan el medio ambiente pueden estar en esta lista de exenciones. Sin embargo, si un proyecto pudiera dañar recursos escénicos cerca de carreteras, se ubica en terrenos contaminados o afecta significativamente sitios históricos, no calificará para esta exención.
Además, las emisiones de gases de efecto invernadero por sí solas no hacen que un proyecto sea inelegible para la exención si cumple con todas las regulaciones ambientales y planes locales relevantes.
Section § 21084.1
Esta ley establece que si un proyecto pudiera alterar significativamente un recurso histórico, se considera que tiene un impacto ambiental importante. Un recurso histórico es aquel que está incluido o es elegible para ser incluido en el Registro de Recursos Históricos de California. Los recursos incluidos en registros locales o considerados significativos según criterios específicos se asumen como históricamente importantes, a menos que haya pruebas sólidas que demuestren lo contrario. Incluso si un recurso no está oficialmente incluido o considerado significativo, la agencia pertinente aún puede considerarlo un recurso histórico.
Section § 21084.2
Section § 21084.3
Esta sección exige a las agencias públicas que intenten evitar dañar los recursos culturales tribales cuando sea posible. Si un proyecto pudiera afectar significativamente estos recursos, y no se encuentran soluciones durante el proceso de consulta, las agencias deben considerar ciertas medidas de mitigación. Estas medidas incluyen planificar construcciones para evitar los recursos, incorporarlos en zonas verdes y tratarlos con respeto y dignidad cultural. La protección también puede implicar asegurar la integridad cultural y el uso tradicional de los recursos, mantener su confidencialidad y establecer servidumbres de conservación permanentes para gestionar y preservar estos sitios de manera adecuada.
Section § 21085
Esta ley establece que, para proyectos residenciales, cualquier ruido creado por las personas que viven o visitan el proyecto no se considera un impacto importante en el medio ambiente.
Section § 21085.2
Esta ley trata sobre proyectos de vivienda residencial o de uso mixto relacionados con la educación superior pública en California. Un 'plan de desarrollo a largo plazo' es un esquema o plan maestro para desarrollar un campus universitario o centro médico con el fin de cumplir objetivos académicos.
Las instituciones de educación superior pública no necesitan considerar otras ubicaciones para estos proyectos de vivienda en los informes ambientales si el terreno no supera las cinco acres y está mayormente rodeado por desarrollo urbano, y si el proyecto ya fue evaluado en el plan de desarrollo del campus.
Section § 21086
Esta ley permite a las agencias públicas solicitar cambios en la lista de tipos de proyectos que se consideran exentos de ciertas regulaciones ambientales. Pueden pedir añadir o eliminar un tipo de proyecto presentando una solicitud por escrito a la Oficina de Planificación e Investigación, incluyendo las razones de su solicitud en relación con el impacto ambiental.
La Oficina revisa la solicitud y recomienda al Secretario de la Agencia de Recursos si debe aprobar el cambio.
Si se aprueba, el cambio pasa a formar parte de las directrices para las exenciones de proyectos, de acuerdo con otros procedimientos relacionados.
Section § 21088
Section § 21089
Esta sección permite a las agencias principales cobrar tarifas a los proponentes de proyectos para cubrir los costos de preparación de documentos ambientales como declaraciones negativas o informes de impacto. Sin embargo, los costos relacionados con demandas por incumplimiento no pueden recuperarse. El Departamento de Pesca y Caza puede cobrar tarifas de presentación, y las aprobaciones no son definitivas hasta que se paguen estas tarifas. Las agencias públicas también pueden cobrar por copias de documentos ambientales, siempre que la tarifa no exceda el costo de reproducción, y pueden proporcionar estos documentos electrónicamente. El “documento ambiental” abarca una variedad de materiales como informes de impacto ambiental y documentos preparados según los estándares federales.
Section § 21090
Esta ley explica que cuando se propone un plan de reurbanización, se requiere un informe de impacto ambiental (EIR). Puede ser un EIR maestro, de programa o de proyecto, y el informe debe indicar de qué tipo es. Si es un EIR de proyecto, todas las actividades relacionadas con la reurbanización se consideran un solo proyecto.
Se necesitan revisiones ambientales adicionales si ocurren ciertos cambios o nuevos eventos, según lo descrito en otra sección de la ley (Sección 21166).
Section § 21090.1
Section § 21091
Esta sección de la ley explica los períodos de revisión pública obligatorios para los documentos ambientales relacionados con proyectos de desarrollo en California. Para los borradores de informes de impacto ambiental, el período de revisión es de al menos 30 días, extendiéndose a 45 días si una agencia estatal está involucrada. Las declaraciones negativas propuestas deben revisarse durante al menos 20 días, o 30 días si hay agencias estatales involucradas. Si el período de revisión del Centro de Compensación Estatal es más largo, el período de revisión pública debe coincidir con este. La ley también detalla los procesos para presentar comentarios y exige que la agencia principal responda a los problemas significativos planteados durante el período de revisión pública.
Los comentarios pueden enviarse por correo electrónico y se tratan como comentarios escritos. También se mencionan los posibles criterios para períodos de revisión más cortos, que no pueden ser inferiores a 30 días para los informes de impacto o 20 días para las declaraciones negativas. Dichas reducciones deben ser solicitadas por la agencia principal y no pueden aplicarse a proyectos con una importancia ambiental significativa.
Section § 21091.5
Section § 21092
Esta sección de la ley describe los requisitos para que una agencia principal notifique al público sobre los próximos informes ambientales relacionados con proyectos. Si la agencia está preparando un informe de impacto ambiental o una declaración negativa, debe informar al público con antelación. El aviso debe incluir un período para comentarios y detalles sobre reuniones públicas, la ubicación del proyecto, los posibles impactos ambientales y cómo acceder a los documentos relevantes. Es importante destacar que el aviso debe cumplir sustancialmente con los requisitos, lo que significa que problemas menores no lo invalidarán.
El aviso debe enviarse a quienes lo hayan solicitado y publicarse en línea. También puede publicarse en un periódico, exhibirse en el lugar del proyecto o enviarse por correo directamente a los propietarios de propiedades cercanas. Se aplican reglas especiales si el proyecto implica la quema de ciertos residuos, lo que requiere una notificación adicional dentro de un radio de un cuarto de milla. Las agencias pueden proporcionar avisos adicionales si lo desean y combinar las notificaciones con otros requisitos legales para mayor eficiencia.
Section § 21092.1
Antes de que se finalice un informe de impacto ambiental, si se añade información nueva importante, la agencia debe informar al público y consultar de nuevo para asegurar que todos estén al tanto de estos cambios. Este paso adicional es necesario para mantener la transparencia y una comunicación adecuada antes de que se certifique el informe.
Section § 21092.2
Esta ley exige que ciertos avisos ambientales se envíen a las personas que los hayan solicitado a la agencia gubernamental correspondiente. Las personas pueden solicitar recibir estos avisos por correo postal o electrónico. Los interesados deben presentar una solicitud, que podría necesitar ser renovada anualmente, y es posible que deban pagar una tarifa a menos que provengan de otra agencia pública.
Incluso si alguien no recibe un aviso que solicitó, una acción no será invalidada siempre que la agencia cumpla en gran medida con estas reglas. Además, los legisladores pueden solicitar información sobre proyectos que afecten a sus distritos, y estos avisos también deben estar disponibles en el sitio web de la agencia.
Section § 21092.3
Esta ley establece que si hay un informe de impacto ambiental para un proyecto, se debe publicar un aviso en la oficina del secretario del condado y en su sitio web donde se esté llevando a cabo el proyecto. Este aviso debe permanecer publicado durante 30 días. Si hay una declaración negativa, lo que significa que es probable que el proyecto no tenga un impacto significativo en el medio ambiente, ese aviso debe publicarse durante 20 días. Sin embargo, la ley podría exigir que permanezca publicado durante 30 días en su lugar. El secretario del condado debe asegurarse de que estos avisos se publiquen dentro de las 24 horas posteriores a su recepción.
Section § 21092.4
Esta sección de la ley exige que, cuando un proyecto tenga un impacto significativo en un área amplia, la agencia principal debe consultar con las agencias de planificación del transporte y las agencias públicas que tengan instalaciones de transporte cercanas. Esta consulta tiene como objetivo recopilar información sobre cómo el proyecto podría afectar las carreteras, el transporte público, las autopistas y los servicios ferroviarios. Las agencias consultadas deben recibir los documentos ambientales relacionados con el proyecto.
Las instalaciones de transporte en este contexto se refieren a las carreteras principales y el transporte público dentro de un radio de cinco millas, y a las autopistas y servicios ferroviarios dentro de un radio de diez millas del proyecto.
Section § 21092.5
Esta ley de California exige que una agencia principal debe dar una respuesta escrita a los comentarios de una agencia pública sobre un informe de impacto ambiental (IIA) al menos 10 días antes de certificar el informe. Estas respuestas deben cumplir con estándares legales específicos.
Si una agencia pública comenta sobre una declaración negativa relacionada con un proyecto, la agencia principal debe informarles sobre cualquier audiencia pública relacionada. Esta notificación también debe cumplir con otros requisitos legales.
Es importante destacar que la ley no exige que la agencia responda a comentarios tardíos ni que retrase las decisiones si los comentarios están fuera de los períodos designados.
Section § 21092.6
Esta ley exige que una agencia principal revise listas gubernamentales específicas para ver si un proyecto o sus alternativas se encuentran en un sitio con posibles preocupaciones ambientales. La agencia debe señalar si un sitio está en una lista no identificada previamente por el solicitante del proyecto. Los detalles sobre las listas deben incluirse en los avisos e informes ambientales.
Si una agencia principal no informa con precisión esta información, la Agencia de Protección Ambiental de California (CalEPA) debe informar a la agencia sobre cualquier lista en la que se encuentre el sitio, una vez que reciba los documentos ambientales del proyecto. Sin embargo, CalEPA no es responsable si no notifica a la agencia.
Section § 21093
Esta ley fomenta el uso de la 'estratificación' para los informes de impacto ambiental (EIA) con el fin de facilitar y hacer más eficiente la construcción de viviendas y proyectos de desarrollo. La estratificación significa que, en lugar de repetir el mismo análisis en cada informe, los temas se discuten una sola vez y los informes posteriores se basan en ese análisis, centrándose en cuestiones nuevas y específicas del proyecto.
Ayuda a evitar la repetición de las mismas discusiones y se centra en las preocupaciones ambientales que pueden abordarse o prevenirse. Las agencias deben utilizar la estratificación siempre que sea posible para concentrarse mejor en los temas listos para la decisión y omitir el análisis duplicado ya cubierto en informes anteriores.
Section § 21094
Esta ley trata sobre el uso de un proceso llamado 'escalonamiento' para las evaluaciones ambientales. Si un proyecto se ajusta a un plan o política más amplio que ya obtuvo aprobación ambiental, el nuevo proyecto solo necesita su propio informe si existen nuevos impactos ambientales que no fueron cubiertos previamente. Esta norma se aplica cuando el nuevo proyecto encaja con los objetivos del plan inicial y las normas de zonificación locales.
El nuevo proyecto requiere un estudio básico inicial para asegurar que no tenga efectos ambientales inesperados. Las agencias públicas pueden basarse en el informe ambiental original y en el nuevo. Cualquier nuevo informe debe hacer referencia al informe original e indicar dónde se puede consultar. Este sistema entró en vigor el 1 de enero de 2016.
Section § 21094.5
Esta ley de California trata sobre cómo se aplican las revisiones ambientales a los proyectos de relleno urbano, que son desarrollos dentro de áreas ya urbanizadas. Si se realizó un informe de impacto ambiental (IIA) para planes de ciudad o condado, la revisión adicional para nuevos proyectos se limita a abordar solo los efectos ambientales nuevos o aumentados que no fueron cubiertos en el informe previo. Los proyectos de relleno urbano necesitan una consideración especial para asegurar que sean consistentes con los planes urbanos y las directrices ambientales, especialmente en cuanto a emisiones y otros estándares.
Los proyectos de relleno urbano pueden incluir usos residenciales, minoristas, comerciales, estaciones de tránsito, escuelas u oficinas públicas en sitios urbanos previamente desarrollados. Cuando un proyecto de este tipo podría causar efectos ambientales significativos no reconocidos anteriormente, el informe requerido no necesita considerar ubicaciones alternativas o impactos de crecimiento, simplificando el proceso. Esta regulación solo entra en vigor cuando se han establecido ciertas directrices estatales para proyectos de relleno urbano.
Section § 21095
Esta sección trata sobre cómo California busca analizar mejor el impacto ambiental cuando las tierras agrícolas se convierten a otros usos. La Agencia de Recursos, en colaboración con la Oficina de Planificación e Investigación, actualizará las directrices estatales para asegurar que estos impactos se evalúen de manera exhaustiva y precisa.
El Departamento de Conservación, junto con el USDA, creará un sistema modelo para la evaluación de tierras y sitios, pero necesitan encontrar financiación de fuentes distintas al presupuesto general del estado. Si encuentran financiación y crean este modelo, la Agencia de Recursos podría usarlo en lugar de elaborar nuevas directrices.
Section § 21096
Esta ley establece que si se requiere un informe de impacto ambiental para un proyecto ubicado cerca de un aeropuerto, ya sea dentro de los límites de un plan de compatibilidad del uso del suelo aeroportuario, o a menos de dos millas náuticas de un aeropuerto público si no existe tal plan, el informe debe utilizar recursos como el Manual de Planificación del Uso del Suelo Aeroportuario para abordar las preocupaciones de seguridad y ruido relacionadas con el aeropuerto.
Además, la agencia principal no puede simplemente determinar que el proyecto no tendrá efectos ambientales significativos (una declaración negativa) sin antes considerar los posibles riesgos de seguridad o problemas de ruido para quienes usan el aeropuerto o para los residentes y trabajadores cercanos.
Section § 21097
Section § 21098
Esta sección de la ley explica cómo se definen ciertas áreas y qué procedimientos deben seguirse cuando un proyecto afecta zonas militares en California. Una "ruta de vuelo a baja altura" es un camino por debajo de los 1,500 pies donde pueden volar aeronaves militares, y una "zona de impacto militar" es un área cercana a instalaciones militares. El "espacio aéreo de uso especial" está reservado para actividades militares específicas. Si un proyecto se encuentra dentro de estas áreas e implica cambios importantes, como una modificación del plan general o se considera significativo para una zona amplia, se debe notificar a los militares. Sin embargo, existen excepciones en las que no se requiere notificación, como ciertas acciones de respuesta bajo los códigos de salud y seguridad. Los proyectos que afectan las actividades militares no equivalen automáticamente a un daño ambiental, a menos que existan otros efectos ambientales adversos.
Section § 21080.3.1
Esta ley describe el proceso para consultar con las tribus nativas americanas de California sobre proyectos de desarrollo que puedan afectar sus recursos culturales. Antes de publicar informes sobre el impacto ambiental de un proyecto, las agencias deben consultar con las tribus si estas han solicitado ser informadas sobre proyectos en sus áreas tradicionales. Esta solicitud de consulta debe hacerse por escrito en un plazo de 30 días. La Comisión del Patrimonio Nativo Americano ayudará a identificar qué tribus deben ser consultadas. Las tribus tienen 30 días para responder a las notificaciones sobre nuevos proyectos, y las agencias deben iniciar la consulta dentro de los 30 días siguientes a la solicitud de una tribu.
Section § 21080.3.2
Esta sección describe el proceso de California para consultar con las tribus nativas americanas para abordar los posibles impactos de los proyectos en los recursos culturales tribales. Establece que, durante las consultas, las partes pueden proponer medidas para disminuir los efectos negativos en estos recursos o sugerir proyectos alternativos. Si las tribus lo solicitan, las consultas deben incluir alternativas de proyecto y estrategias de mitigación. El proceso de consulta finaliza cuando las partes acuerdan formas de mitigar los impactos o cuando se determina que no se puede llegar a un acuerdo después de intentarlo de buena fe.
Además, esta sección permite que las tribus y el público proporcionen información sobre la importancia de estos recursos y los impactos sobre ellos. También permite que el proyecto sea modificado como resultado de estas consultas. Cualquier persona involucrada en la consulta debe adherirse a estos principios.
Section § 21080.27.5
Esta ley establece que ciertas actividades de una agencia local relacionadas con la creación o el apoyo de centros de navegación de baja barrera están exentas de requisitos regulatorios específicos. Estas actividades incluyen el arrendamiento de terrenos, la provisión de apoyo financiero, la construcción, la operación y la celebración de contratos de servicios para dichos centros. En esencia, esto facilita el establecimiento y la operación de centros de navegación de baja barrera al reducir los obstáculos burocráticos.
Además, el término 'centro de navegación de baja barrera' se define de acuerdo con otra sección del Código de Gobierno.
Section § 21080.28.5
Esta ley explica que se puede proporcionar acceso público a ciertas áreas dentro de parques o espacios abiertos sin necesidad de una revisión ambiental detallada, siempre y cuando no haya nuevos cambios físicos en el terreno. Esto se refiere principalmente al mantenimiento de senderos, caminos y vías para actividades como el senderismo o el ciclismo. La norma se aplica específicamente a las áreas gestionadas por distritos de parques o la Agencia del Gran Sendero Redwood.
Para que esta exención se aplique, deben cumplirse varias condiciones, como asegurar que el cambio no dañe especies culturales o sensibles y mantener las actividades de bajo impacto. Se requieren reuniones públicas para garantizar la transparencia antes de cualquier cambio. Además, deben presentarse avisos oficiales si se utiliza la exención, y la ley es válida hasta el 1 de enero de 2030.
Section § 21083.8.1
Esta sección trata sobre la planificación para la reutilización de bases militares cerradas o reestructuradas. Un «plan de reutilización» es creado por los gobiernos locales e incluye políticas de desarrollo, mapas y designaciones de uso del suelo para áreas como vivienda e industria. Al evaluar el impacto ambiental de estos planes, el análisis debe considerar la condición de la base cuando se finalizó el cierre federal y cómo podría afectar el medio ambiente no solo ahora, sino en el futuro previsible si los planes no avanzan.
La reutilización de bases se considera un proyecto único para la revisión ambiental, pero es necesaria una revisión adicional si ocurren cambios importantes. Las agencias deben celebrar audiencias públicas para discutir los impactos ambientales y consultar con otras agencias antes de completar un informe de impacto ambiental. Esta sección exige documentación que explique cómo los planes de reutilización se alinean con los estándares existentes y los beneficios sociales o económicos que aportan.
Aunque las sustancias peligrosas del pasado deben ser revisadas exhaustivamente, leyes ambientales específicas como las relativas al agua y los materiales peligrosos siguen siendo aplicables. El desarrollo posterior debe cumplir con todas las leyes ambientales federales, estatales y locales.
Section § 21094.5.5
Esta sección establece que la Oficina de Uso del Suelo e Innovación Climática es responsable de desarrollar directrices para apoyar proyectos de relleno urbano, que son áreas de nuevo desarrollo dentro de zonas urbanas existentes. Estas directrices serán certificadas por la Agencia de Recursos Naturales.
Su objetivo es promover políticas de uso del suelo y transporte, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y el uso del agua, crear áreas de tránsito eficientes y garantizar la protección de la salud pública.
Además, las directrices deben fomentar el crecimiento de viviendas inteligentes y asequibles y actualizarse cada dos años para abordar posibles problemas legales y de claridad. Estas actualizaciones tienen como objetivo ayudar a agilizar los procesos de desarrollo y reducir litigios innecesarios.