(a)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(a) A más tardar el 1 de enero de 2024, el departamento podrá proporcionar uno o más planes modelo de canje de cooperativas de distribuidores para que las cooperativas de distribuidores los adopten a fin de cumplir con el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 14578 y esta sección.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(b)(1) A más tardar el 1 de enero de 2024, el departamento adoptará reglamentos de emergencia que proporcionen acceso y conveniencia a los consumidores que sean comparables a la subdivisión (a) de la Sección 14571. Los reglamentos incluirán el proceso de registro para los distribuidores, el proceso de solicitud y registro para la cooperativa de distribuidores, y el proceso para actualizar la información después del registro según sea necesario, y otros reglamentos necesarios para la implementación y el cumplimiento de esta subdivisión.
(2)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(b)(2) Una vez que expiren los reglamentos de emergencia, no más de 180 días después de su adopción, el departamento adoptará reglamentos de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno para implementar esta sección.
(c)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c) Una cooperativa de distribuidores deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(1) Presentar un plan de canje al departamento para proporcionar el canje en una o más zonas de conveniencia no atendidas. Los programas de canje deberán incluir suficientes oportunidades de canje para los consumidores que tengan una conveniencia para el consumidor comparable a los requisitos de la Sección 14571 e incluirán, entre otros, los proyectos piloto descritos en la Sección 14571.9.
(2)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(2) Evaluar tarifas a los distribuidores en la zona o zonas cubiertas por el plan de canje necesarias para cubrir los costos operativos y la implementación del plan aprobado.
(3)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(3)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(3)(A) Canjear todos los tipos de materiales y ofrecer una o más ubicaciones de canje dentro de la zona de la cooperativa de distribuidores.
(B)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(3)(A)(B) La cooperativa de distribuidores podrá contratar para proporcionar las oportunidades de canje aprobadas en el plan.
(4)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(4) Estar operativa e implementar completamente el plan de canje aprobado.
(5)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(5) Registrarse como cooperativa de distribuidores ante el departamento.
(6)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(c)(6) Proporcionar informes según lo requiera el departamento, que pueden incluir, entre otros, la cantidad de envases de bebidas vacíos, por tipo de material y peso del envase o material, canjeados en el último mes y cualquier otra información relevante que el departamento solicite en la forma y manera que el departamento pueda prescribir.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 14578.5(d)(1) Las cooperativas de distribuidores podrán ser elegibles para el reembolso de los fondos del Valor de Canje de California pagados a los consumidores, pagos de procesamiento, tarifas de manejo y tarifas administrativas, a menos que un centro de reciclaje certificado opere en una zona de conveniencia en la que se encuentre un distribuidor que participe en la cooperativa de distribuidores.
(2)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(d)(2) Para recibir el pago de un procesador, la identificación de canje de la cooperativa de distribuidores deberá ser verificada.
(3)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(d)(3) El departamento podrá retrasar los pagos a una cooperativa de distribuidores por hasta siete días hasta que se realice la verificación del peso recibido frente al peso real de canje de los envases de bebidas.
(e)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(e) El departamento podrá revocar el registro de una cooperativa de distribuidores o el plan por no proporcionar el canje a los consumidores.
(f)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(f) El departamento auditará a cada cooperativa al menos una vez cada 24 meses para asegurar que se realicen los pagos correctos del programa a los consumidores y que las tarifas de la cooperativa se estén utilizando para la operación del modelo de canje aprobado.
(g)CA Recursos Públicos Code § 14578.5(g) El departamento podrá imponer sanciones civiles conforme a la Sección 14591.1 por infracciones de esta sección.
(Added by Stats. 2022, Ch. 610, Sec. 31. (SB 1013) Effective January 1, 2023.)