La Legislatura encuentra y declara lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 14501(a) La experiencia en este estado y en otros demuestra que los incentivos financieros y los sistemas de devolución convenientes aseguran el reciclaje eficiente y a gran escala de los envases de bebidas. En consecuencia, es la intención de la Legislatura fomentar mayores y más convenientes oportunidades de canje de envases de bebidas para todos los consumidores. Estas oportunidades de canje consistirán en ubicaciones de distribuidores y otros centros comerciales, centros de reciclaje operados por la industria e independientes, programas de recolección en la acera y otros sistemas de reciclaje que aseguren a todos los consumidores, en cada región del estado, la oportunidad de devolver los envases de bebidas de manera conveniente, eficiente y económica.
(b)CA Recursos Públicos Code § 14501(b) Grupos de supermercados, cerveza, refrescos, fabricación de envases, laborales, agrícolas, de consumidores, ambientales, gubernamentales, ciudadanos, recreativos, contribuyentes y de reciclaje de California se han unido para pedir un programa innovador que genere el canje y reciclaje a gran escala de envases de bebidas.
(c)CA Recursos Públicos Code § 14501(c) Esta división establece una meta de reciclaje de envases de bebidas del 80 por ciento.
(d)CA Recursos Públicos Code § 14501(d) Es la intención de la Legislatura asegurar que cada tipo de envase demuestre su propia reciclabilidad.
(e)CA Recursos Públicos Code § 14501(e) Es la intención de la Legislatura hacer que el canje y el reciclaje sean convenientes para los consumidores, y la Legislatura por la presente insta a las ciudades y condados, al ejercer su autoridad de zonificación, a actuar favorablemente en la ubicación de centros de reciclaje multimaterial, máquinas expendedoras inversas, unidades de reciclaje móviles u otros tipos de oportunidades de reciclaje, según sea necesario para la conveniencia del consumidor y el éxito general de la reducción de basura y el reciclaje de envases de bebidas en el estado.
(f)CA Recursos Públicos Code § 14501(f) El propósito de esta división es crear y mantener un mercado donde sea rentable establecer suficientes centros y ubicaciones de reciclaje para proporcionar a los consumidores oportunidades de reciclaje convenientes mediante el establecimiento de valores mínimos de reembolso y tarifas de procesamiento y, mediante la aplicación adecuada de estos elementos, mejorar la rentabilidad de los centros de reciclaje, las ubicaciones de reciclaje y otros programas de reciclaje de envases de bebidas.
(g)CA Recursos Públicos Code § 14501(g) La responsabilidad de proporcionar oportunidades de canje convenientes, eficientes y económicas recae conjuntamente en los fabricantes, distribuidores, comerciantes, recicladores, procesadores y el Departamento de Conservación.
(h)CA Recursos Públicos Code § 14501(h) Es la intención de la Legislatura, al promulgar esta división, que todos los envases de bebidas vacíos canjeados sean reciclados, y que las responsabilidades y regulaciones del departamento se determinen e implementen de una manera que favorezca el reciclaje de los envases canjeados, en lugar de su eliminación.
(i)CA Recursos Públicos Code § 14501(i) Nada en esta división se interpretará como que afecta las prácticas comerciales actuales de los comerciantes de chatarra o los centros de reciclaje, excepto que, en la medida en que funcionen como un centro de reciclaje o procesador, lo harán de acuerdo con esta división.
(j)CA Recursos Públicos Code § 14501(j) El programa establecido por esta división contribuirá significativamente a la reducción del componente de envases de bebidas de la basura en este estado.
(Amended by Stats. 2008, Ch. 696, Sec. 1. Effective September 30, 2008.)