Section § 13031

Explanation
Esta ley establece que la junta de supervisores se encarga de administrar el distrito. A menos que haya una regla diferente dentro de esta sección, los asuntos del distrito siguen las directrices establecidas por la Ley de Áreas de Servicio del Condado.

Section § 13032

Explanation
Esta sección permite a la junta de supervisores decidir si es conveniente establecer una junta directiva para un distrito.

Section § 13033

Explanation
Esta sección significa que la junta directiva de un distrito tiene facultades que le son asignadas por la junta de supervisores. Además, la junta de supervisores puede transferir cualquiera de sus facultades a la junta directiva si así lo decide.

Section § 13034

Explanation
Esta ley explica cómo se forma la junta directiva del distrito. La junta normalmente tiene cinco miembros: cuatro elegidos del distrito, y uno que es el supervisor actual del área. Alternativamente, si todos los directores actuales están de acuerdo por unanimidad, los cinco miembros pueden ser elegidos del distrito.

Section § 13034.5

Explanation

Si un distrito decide tener una junta directiva de cinco miembros, puede convocar una elección especial para reemplazar a un miembro de la junta que también es supervisor. Esta elección especial debe seguir reglas específicas que comienzan en la Sección 13050. La persona elegida ocupará el cargo hasta la próxima elección regular del distrito, después de lo cual cumplirá un mandato de cuatro años.

Si el distrito no convoca una elección especial, el reemplazo será elegido durante la próxima elección regular. Un supervisor actual permanece en su puesto hasta que su reemplazo sea elegido y calificado. El distrito debe cubrir los costos incurridos por los gobiernos locales para este proceso de elección especial.

Si un distrito elige, de conformidad con la Sección 13034, que la junta directiva del distrito esté compuesta por cinco miembros elegidos del distrito, la junta directiva del distrito podrá convocar una elección especial con el propósito de elegir a un miembro de la junta directiva del distrito para suceder al miembro supervisor de la junta directiva del distrito. Una elección especial convocada de conformidad con esta sección será convocada y llevada a cabo de acuerdo con las disposiciones del Capítulo 4 (que comienza con la Sección 13050) de esta división. Una persona elegida para una junta directiva de distrito en una elección especial de conformidad con esta sección ocupará el cargo hasta la próxima elección general del distrito y hasta la elección y calificación de su sucesor. Posteriormente, el mandato de dicho miembro de la junta elegido será de cuatro años.
Si no se convoca una elección especial, el sucesor del miembro supervisor será elegido en la próxima elección general del distrito.
Cualquier supervisor que sirva como miembro de la junta directiva del distrito cuando se celebre una elección de conformidad con esta sección permanecerá en el cargo hasta la elección y calificación de su sucesor.
Cualquier distrito que elija convocar una elección especial de conformidad con las disposiciones de esta sección reembolsará a cualquier gobierno local por los costos incurridos por dicho gobierno local en virtud de las disposiciones de esta sección.

Section § 13035

Explanation
Esta ley especifica que todos los directores, con la excepción del miembro supervisor, deben ser votantes que residan en el distrito.

Section § 13035.1

Explanation
Esta sección de la ley establece que, durante la primera elección general del distrito después del 1 de enero de 1998, los votantes elegirán el mismo número de directores que aquellos cuyos mandatos hayan terminado. Cualquier director que aún esté en su mandato para la fecha de la elección seguirá en el cargo hasta que su mandato finalice y se elijan a sus sucesores. La elección debe seguir las reglas establecidas por la Ley Uniforme de Elecciones de Distrito, asegurando el formato adecuado de la boleta y la correcta realización de las elecciones con voto de residentes.

Section § 13036

Explanation
Si el puesto de un director queda vacante, la junta de supervisores es responsable de nombrar a un nuevo director para cubrir la vacante.

Section § 13037

Explanation

Si se necesita elegir a alguien para ocupar un puesto de director vacante, esa persona servirá por el resto del mandato que dejó su predecesor, hasta que otra persona sea elegida o nombrada para asumir el cargo.

Un nombramiento para cubrir una vacante en el cargo de director será por el término no vencido del cargo en el que existe la vacante, y hasta la elección o nombramiento de su sucesor.

Section § 13038

Explanation
Cada año, la junta del distrito debe elegir a uno de sus miembros para ser el presidente y también nombrar a alguien como secretario, que puede ser cualquier persona de la junta.

Section § 13039

Explanation
Todas las reuniones de la junta directiva del distrito deben estar abiertas para que el público asista.

Section § 13040

Explanation
Esta sección requiere que la junta directiva del distrito decida cuándo y dónde se reunirá, cómo organizar reuniones especiales y que establezca reglas sobre cómo lleva a cabo sus asuntos.

Section § 13041

Explanation

Esta sección de la ley describe cómo los directores de una junta directiva de distrito en California pueden ser compensados. Los directores pueden ganar hasta $25 por cada reunión de la junta a la que asistan, hasta un máximo de dos reuniones al mes, además del reembolso por cualquier gasto necesario derivado del desempeño de sus funciones. También pueden recibir $25 por realizar otras funciones del distrito hasta por cinco días al mes, con la excepción del presidente de la junta. Además, la junta fija la compensación para el secretario, la cual reemplaza cualquier otra compensación por asistencia a reuniones.

(a)CA Recursos Públicos Code § 13041(a) Cualquier compensación provista conforme a esta sección deberá cumplir con los Artículos 2.3 (que comienzan con la Sección 53232) y 2.4 (que comienzan con la Sección 53234) del Capítulo 2 de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno.
(b)CA Recursos Públicos Code § 13041(b) La junta directiva del distrito podrá autorizar a cada director a recibir una compensación que no exceda de veinticinco dólares ($25) por cada reunión de la junta a la que asista el director dentro del Estado de California, sin exceder de dos reuniones en cualquier mes calendario, más el reembolso de los gastos reales y necesarios incurridos en el desempeño de estas funciones.
(c)CA Recursos Públicos Code § 13041(c) La junta directiva del distrito podrá autorizar a un director a recibir por el desempeño de funciones para el distrito que no sean asistir a las reuniones de la junta:
(1)CA Recursos Públicos Code § 13041(c)(1) No exceder de veinticinco dólares ($25) por cada día, pero el pago está limitado a cinco días en cualquier mes calendario para cada director que no sea el presidente.
(2)CA Recursos Públicos Code § 13041(c)(2) Gastos reales y necesarios incurridos en el desempeño de estas funciones.
(d)CA Recursos Públicos Code § 13041(d) El secretario recibirá una compensación fijada por la junta, cuya compensación sustituirá a cualquier otra compensación a la que el secretario pueda tener derecho por asistencia a reuniones conforme a esta sección.