Section § 800

Explanation

California busca que las centrales térmicas beneficien al público mientras protegen el medio ambiente y la vida silvestre. El estado fomenta el uso de fuentes de energía alternativas como la nuclear y la geotérmica para ahorrar combustibles fósiles y mantener el aire limpio.

La política de California apoya la planificación de las empresas eléctricas para lograr estos objetivos, ayudándolas a evaluar los impactos ambientales de los sitios de las centrales. Un comité especial coordina estos esfuerzos.

El estado también invierte en investigar la conservación de recursos y explorar nuevos métodos de ubicación de centrales eléctricas para beneficiar al público y minimizar el impacto ambiental.

Es política del Estado de California que la ubicación y operación de las centrales termoeléctricas mejorarán los beneficios públicos y protegerán o minimizarán los efectos adversos sobre el público, la ecología de la tierra y su vida silvestre, y la ecología de las aguas estatales y su vida acuática, y que la oportunidad del público de disfrutar los beneficios materiales, físicos y estéticos de sus recursos se preservará en la mayor medida posible.
La Legislatura declara que también es política del estado fomentar el uso de energía nuclear, recursos geotérmicos y otras fuentes de energía que actualmente están en desarrollo, siempre que sea factible, reconociendo que dicho uso tiene el potencial de proporcionar un beneficio económico directo al público, al tiempo que ayuda a conservar los recursos limitados de combustibles fósiles y promueve la limpieza del aire.
La Legislatura declara además que es política del estado fomentar la planificación por parte de las empresas de servicios eléctricos del estado hacia los objetivos antes mencionados y ayudar a las empresas de servicios públicos en sus evaluaciones de los efectos sobre el medio ambiente de los sitios propuestos para centrales termoeléctricas y, con ese fin, se ha establecido un Comité Estatal de Ubicación de Centrales Eléctricas para efectuar dicha coordinación con las empresas de servicios públicos y para cumplir con responsabilidades específicas según se definan en el Código de Servicios Públicos y el Código de Recursos Públicos.
La Legislatura considera que el estado debe realizar investigaciones relacionadas con la conservación, mejora y uso prudente de sus recursos, incluidos los asociados con la ubicación de centrales termoeléctricas.
La Legislatura considera que el estado también debe estimular, patrocinar y realizar investigaciones y estudios apropiados sobre nuevos métodos de ubicación de centrales eléctricas que ofrezcan potencial para mayores beneficios públicos en la ubicación, operación y protección del medio ambiente, incluyendo dichas investigaciones sitios subterráneos y submarinos, islas artificiales, parques de centrales eléctricas, la conveniencia de ubicaciones en o cerca de lagunas mareales, y otros conceptos que puedan parecer atractivos para minimizar el impacto ambiental del gran aumento proyectado en la capacidad de generación eléctrica de California.

Section § 801

Explanation

La ley encarga a la Agencia de Recursos la tarea de desarrollar mejores métodos para decidir dónde deben ubicarse las centrales eléctricas. Para evitar duplicar el trabajo, colaborarán con las compañías eléctricas y compartirán los resultados como información disponible públicamente. Esto también incluye el estudio de la ubicación de centrales eléctricas subterráneas, siguiendo una recomendación específica anterior.

De conformidad con la política estatal, será responsabilidad de la Agencia de Recursos establecer un programa de investigación sobre métodos mejorados de emplazamiento de centrales eléctricas. Reconociendo la considerable experiencia, conocimiento y esfuerzo de las empresas de servicios eléctricos del estado en este campo, la Agencia de Recursos coordinará sus programas de investigación con las empresas de servicios eléctricos para asegurar la mínima duplicación y el máximo intercambio de información, publicándose los resultados del programa de investigación del estado y poniéndose a disposición como información pública.
De acuerdo con la recomendación No. 3 hecha en el informe de la Agencia de Recursos a la Legislatura sobre el Emplazamiento de Centrales Termoeléctricas en California, con fecha del 15 de febrero de 1970, y con el acuerdo del Comité Ad Hoc de Servicios Públicos, la Agencia de Recursos está específicamente autorizada para llevar a cabo un estudio sobre el emplazamiento de centrales eléctricas subterráneas.