Nada de lo contenido en este capítulo limitará el derecho de un franquiciador y un franquiciado a acordar, antes o después de que haya surgido una disputa, someter a arbitraje vinculante las reclamaciones bajo este capítulo, siempre que:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 20040(a) Los estándares aplicados en dicho arbitraje no sean inferiores a los requisitos especificados en este capítulo; y
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 20040(b) El árbitro o los árbitros empleados en dicho arbitraje sean elegidos de una lista de árbitros imparciales proporcionada por la American Arbitration Association u otra persona imparcial.