Mobiliario del hogarReglamentos
Section § 19150
Esta ley prohíbe que cualquier persona mienta o haga afirmaciones engañosas sobre productos que están cubiertos por este capítulo. Esto incluye afirmaciones falsas hechas en cualquier forma de publicidad, en la etiqueta del producto o en los marbetes. Hacerlo constituye una violación de las normas establecidas en este capítulo.
Section § 19151
Section § 19152
Section § 19158
Siempre que alguien reciba muebles tapizados o ropa de cama para arreglar o renovar, debe adjuntar una etiqueta de inmediato que indique el nombre del propietario o del comerciante, la dirección y la fecha en que lo recibió. Esta etiqueta debe permanecer adjunta hasta que se esté trabajando en el artículo.
Section § 19160
Section § 19161
Esta ley exige que todos los colchones y ciertos muebles de cama y de asiento en California sean resistentes al fuego. Los colchones deben cumplir con los estándares de seguridad establecidos por la Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor de EE. UU. Otra ropa de cama que pueda representar un riesgo de incendio también debe fabricarse para resistir llamas abiertas. Los muebles de asiento vendidos en California, incluidos los artículos en espacios públicos como hoteles, deben ser resistentes al fuego y estar debidamente etiquetados, aunque esto no incluye los muebles de ejercicio. La ropa de cama en alojamientos con rociadores contra incendios aprobados no está cubierta por estas regulaciones.
Section § 19161.3
Section § 19161.5
Esta ley establece que el jefe de la oficina, con la aprobación del Director de Asuntos del Consumidor, puede decidir eximir ciertos muebles tapizados de las normas de seguridad contra incendios si considera que estos artículos no presentan un riesgo grave de incendiarse.
Section § 19162
Section § 19163
Section § 19164
Esta ley permite a la oficina establecer normas sobre la calidad y seguridad de los materiales aislantes vendidos o instalados en el estado. Las normas deben cubrir cómo funciona el aislamiento inicialmente y a lo largo del tiempo. Hasta que la oficina cree sus propias normas, se aplicarán las regulaciones existentes de la Comisión de Conservación y Desarrollo de Recursos Energéticos del Estado, pero las tareas que antes realizaba la comisión ahora serán responsabilidad de la oficina. Antes de establecer estas normas, la oficina debe celebrar al menos dos audiencias públicas y solicitar la opinión de diversas partes interesadas. Una vez establecidas las normas, se compartirán con las agencias estatales pertinentes y se deberá informar a los contratistas con licencia. Estas normas, una vez finalizadas, formarán parte de los Estándares de Construcción de California y necesitarán la aprobación de la Comisión de Estándares de Construcción de California.
Section § 19165
Si desea vender o instalar material aislante en California, este debe estar certificado por el fabricante de acuerdo con estándares de prueba específicos. Estos estándares son establecidos por la oficina estatal, y el material aislante debe tener una declaración que demuestre que cumple con dichos estándares. La oficina mantiene una lista de los tipos de aislamiento aprobados, incluyendo su valor R, y cobra a los fabricantes una tarifa anual por incluir sus productos. Además, los fabricantes deben iniciar un programa de garantía de calidad dentro de los 180 días posteriores al establecimiento de estos estándares y mantener los registros de las pruebas durante tres años.