Mobiliario del HogarProcedimientos Disciplinarios Contra No Residentes
Section § 19215
Esta sección aclara que, en este artículo, cuando se menciona "director", se refiere específicamente al Director de la Oficina de Audiencias Administrativas.
Section § 19215.1
Section § 19215.2
Section § 19215.3
Esta ley establece que para notificar oficialmente a un licenciatario de una acusación, se debe dejar una copia de la acusación, junto con un aviso de defensa y otras declaraciones requeridas, con el director o en su oficina en Sacramento. También menciona una tarifa de $2 por cada licenciatario notificado. Este método de notificación se considera una notificación adecuada, pero también debe cumplir con otra sección del código, la 19215.4.
Section § 19215.4
Esta ley explica que si hay una acusación contra un profesional con licencia, el director debe enviar un aviso y los documentos relacionados a la última dirección conocida de esa persona por correo certificado. Si el aviso y los documentos se entregan personalmente a la persona fuera del estado, se considera lo mismo que enviarlos por correo.
Section § 19215.5
Esta ley explica cómo probar que alguien fue notificado oficialmente sobre una queja legal en su contra. Si la notificación se envió por correo, la prueba incluye una declaración jurada del director o de un empleado autorizado que demuestre el envío, junto con un acuse de recibo firmado por el destinatario o su agente. Tanto la declaración jurada como el recibo deben adjuntarse a la queja original en el archivo de la oficina. Si la notificación se realizó en persona pero fuera del estado, el informe de un funcionario local, que demuestre que el servicio se completó, también debe adjuntarse a la queja original.
Section § 19215.6
Esta sección establece las normas de plazos para los procedimientos que involucran a un titular de licencia y su oportunidad de defenderse. Asegura que un titular de licencia tenga al menos 30 días para responder después de recibir un aviso de acusación. Además, cualquier aviso de audiencia debe enviarse al menos 20 días antes de la audiencia, y cualquier solicitud de contrainterrogatorio debe hacerse al menos 15 días antes de la audiencia.