Section § 19660

Explanation

Esta ley establece que si alguien desea organizar un evento de carreras de caballos donde la gente pueda apostar en la carrera, primero debe obtener una licencia especial. Si no tienen esta licencia y proceden con el evento y las apuestas, se considera un delito menor.

Cualquier persona que, sin haber obtenido previamente una licencia conforme al Artículo 4 de este capítulo, directa o indirectamente celebre o dirija cualquier reunión donde haya carreras de caballos y apuestas sobre sus resultados mediante el método de apuestas mutuas (parimutuel), o de otra manera, es culpable de un delito menor.

Section § 19661

Explanation

Si alguien incumple una norma de este capítulo y no hay un castigo específico establecido, se considera un delito menor. Además, la junta tiene la autoridad para multar con hasta $100,000 por cualquier infracción, a menos que se especifique una sanción diferente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 19661(a) Cualquier persona que infrinja cualquiera de las disposiciones de este capítulo para la cual no se establezca expresamente una sanción en el presente, es culpable de un delito menor.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 19661(b) A menos que se disponga expresamente lo contrario, la junta podrá imponer una sanción pecuniaria de no más de cien mil dólares ($100,000) por una infracción de cualquiera de las disposiciones de este capítulo.

Section § 19662

Explanation
En California, es ilegal que alguien apueste en carreras de caballos por cualquier método que no sea un sistema de apuestas parimutuel con licencia. Si lo haces, puedes enfrentar sanciones según lo establecido en el Código Penal.

Section § 19663

Explanation

Esta ley prohíbe que los jinetes o sus representantes obliguen al estado o a agencias relacionadas a pagar a fondos a los que no están legalmente obligados a contribuir durante eventos de carreras de caballos.

Es ilícito para un individuo que presta servicios como jinete, o cualquier persona que represente o pretenda representar a dicho individuo, obligar o intentar obligar al Estado, mientras lleva a cabo carreras de caballos, ya sea directamente o a través de una agencia estatal o una instrumentalidad estatal, a pagar dinero a cualquier fondo al cual no tiene obligación legal de contribuir.

Section § 19664

Explanation

Si quieres vender u ofrecer predicciones de carreras de caballos en California, debes informar a la Junta de Carreras de Caballos de California sobre tus predicciones al menos tres horas antes de la carrera, usando sus formularios. No puedes anunciar que has notificado a la junta, ni usar su nombre para promocionar tus servicios. 'Anunciar' abarca una amplia gama de métodos como periódicos, revistas y letreros. Ciertas publicaciones, como periódicos diarios y revistas de carreras, están exentas. Incumplir esta norma es un delito menor.

Es ilegal que cualquier persona, con el propósito de vender u ofrecer vender predicciones sobre carreras de caballos, anuncie que ha predicho el resultado de cualquier carrera de caballos que se haya corrido en este estado, a menos que dicha persona haya notificado por escrito a la Junta de Carreras de Caballos de California, en cualquiera de sus oficinas, sus predicciones al menos tres horas antes de la carrera involucrada en los formularios prescritos por la junta. Ninguna persona anunciará el hecho de haber notificado a la junta ni utilizará el nombre de la junta de ninguna manera para promover las actividades descritas en esta sección.
Para los fines de esta sección, el término “anunciar” incluye el uso de un periódico, revista u otra publicación, aviso de libro, circular, folleto, carta, volante, hoja de pronósticos, cartel, anuncio, letrero, pancarta, tarjeta, etiqueta, rótulo, escaparate, letrero de tienda, anuncio de radio o televisión, o cualquier otro medio o método empleado ahora o en el futuro para llevar a la atención del público información sobre el resultado de las carreras de caballos.
Nada de lo aquí contenido se aplicará a ningún periódico diario de circulación general que se envíe regularmente por correo de los Estados Unidos, ni a ninguna otra publicación diaria que contenga el historial completo de los caballos inscritos en las carreras, ni a ninguna revista o publicación periódica dedicada a noticias de carreras, que haya sido publicada durante al menos dos años.
La violación de esta sección es un delito menor.

Section § 19665

Explanation

Esta ley exige que la junta cree reglas para proteger a los caballos, a sus propietarios y al público durante las ventas de caballos, incluidas las subastas, específicamente para caballos de carreras o aquellos utilizados para la cría de caballos de carreras. Estas ventas deben seguir regulaciones relacionadas con el uso de medicamentos o drogas en los caballos.

La junta establecerá las reglas y regulaciones para las ventas de caballos o ventas de caballos en subasta de caballos de carreras o de ganado reproductor que se utiliza en la producción de caballos de carreras, que se celebren o realicen en las instalaciones de cualquier asociación de carreras bajo la jurisdicción de la junta, que sean razonablemente necesarias para proporcionar a los caballos, propietarios y al público en general una protección adecuada. Dichas reglas y regulaciones dispondrán la regulación de la medicación o el dopaje de los caballos de carreras vendidos en ventas de caballos o ventas de caballos en subasta según lo dispuesto en esta sección.

Section § 19666

Explanation
Esta ley prohíbe que cualquier persona altere, falsifique o intente alterar o falsificar un boleto de apuestas mutuas.

Section § 19667

Explanation
Esta ley prohíbe que cualquier persona retenga intencionalmente un boleto de apuestas mutuas que haya sido modificado, falsificado o manipulado.

Section § 19668

Explanation

Esta ley prohíbe correr caballos de menos de dos años en carreras donde se realizan apuestas. Si alguien incumple esta norma, puede ser acusado de un delito menor, y la autoridad competente puede suspender su licencia por un máximo de un año.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 19668(a) A partir del 1 de julio de 1995, será ilegal que cualquier persona inscriba o acepte la inscripción de un caballo en una carrera en la que haya apuestas mutuas hasta dos años después de la fecha de nacimiento del caballo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 19668(b) Toda persona que infrinja esta sección es culpable de un delito menor. La junta podrá suspender la licencia de cualquier persona que infrinja esta sección por un período no superior a un año.