TaquígrafosIngresos
Section § 8030
Cualquier dinero recaudado por la junta de tarifas u otras fuentes debe ser reportado rápidamente al Contralor Estatal y luego depositado en el Fondo de Taquígrafos Judiciales. Este fondo se encuentra en la Tesorería Estatal y puede ser utilizado, si lo aprueba la Legislatura, para los fines relacionados con este capítulo de la ley.
Section § 8030.1
Section § 8030.10
Para el 1 de julio de 2022, una junta debe informar a la Legislatura sobre la viabilidad de financiar el Fondo de Reembolso de Transcripciones mediante un cargo especial separado de las tarifas de los certificados. Este informe debe incluir: la cantidad de dinero transferida del Fondo de Taquígrafos Judiciales en los últimos dos años, el número de solicitudes de reembolso aprobadas y el monto total de reembolso otorgado, y el número de certificados emitidos o renovados que generaron tarifas. El informe debe seguir ciertos procedimientos gubernamentales y este requisito finalizará el 1 de enero de 2026.
Section § 8030.2
Esta ley crea un fondo llamado Fondo de Reembolso de Transcripciones para ayudar a personas de bajos ingresos en casos civiles, pagando por servicios de estenografía judicial. El fondo recibe dinero anualmente del Fondo de Estenógrafos Judiciales, a menos que esto reduzca demasiado el saldo de dicho fondo. Se puede añadir dinero adicional de otras fuentes sin límites. Si las personas son reembolsadas por estos servicios y luego reciben dinero de una concesión judicial o un acuerdo de conciliación, deben devolver el reembolso. Se espera que el fondo tenga suficiente dinero para cubrir todas las reclamaciones válidas. Si queda dinero sobrante para 2029, este se devolverá al Fondo de Estenógrafos Judiciales. Esta ley finaliza el 1 de enero de 2029.
Section § 8030.4
Esta sección describe las definiciones relacionadas con el acceso a fondos del Fondo de Reembolso de Transcripciones para servicios legales. Define quién califica como 'solicitante', lo que incluye a diversas entidades legales e individuos que se representan a sí mismos, especialmente si no pueden pagar los honorarios legales. 'Persona indigente' se refiere a individuos con bajos ingresos o que reciben ciertos beneficios. Un 'caso' abarca todo el proceso legal de principio a fin. Los términos también aclaran el significado de 'caso generador de honorarios', donde los abogados suelen esperar un pago, a menos que se apliquen condiciones específicas. 'Abogado pro bono' y 'proyecto calificado de servicios legales' se refieren a la representación legal ofrecida sin costo. El estatuto enfatiza el apoyo a las personas indigentes y los roles de las diferentes entidades de servicios legales. Esta sección está programada para expirar en 2029.
Section § 8030.6
Esta sección describe cómo el Fondo de Reembolso de Transcripciones ayuda a cubrir ciertos costos relacionados con las transcripciones judiciales y de declaraciones juradas en California. Especifica qué costos están cubiertos, como las transcripciones originales y las copias, y establece límites como un máximo de $30,000 por caso por año. Ciertas tarifas, como las de servicios notariales, no están cubiertas, pero los costos de envío sí. La junta debe actuar rápidamente, dentro de los 30 días, para aprobar o denegar los reembolsos basándose en la correcta presentación de la documentación. Los fondos se distribuyen por orden de llegada y cualquier solicitud no satisfecha tendrá prioridad en el próximo año fiscal. Los litigantes vejatorios no son elegibles a menos que ya no se les considere como tales. Esta sección expira el 1 de enero de 2029.
Section § 8030.8
Esta ley explica cómo obtener un reembolso del Fondo de Reembolso de Transcripciones si ha pagado por transcripciones judiciales. Para calificar, debe ser una persona indigente y proporcionar información completa en un formulario específico aprobado por la junta. Debe probar el número de caso, que cumple con los requisitos de elegibilidad y que no es un caso con fines de lucro. Es crucial demostrar que un taquígrafo judicial certificado creó la transcripción y proporcionar una declaración firmada que confirme que los cargos son correctos. Si posteriormente recibe costos otorgados por el tribunal, acepta reembolsar al fondo. Es posible que se necesiten cartas especiales para ciertos casos de elegibilidad, y existen requisitos de facturación detallados para los servicios de transcripción. Esta norma está programada para expirar el 1 de enero de 2029.
Section § 8031
Esta sección detalla las tarifas relacionadas con los exámenes y certificaciones para ciertas profesiones. Especifica las tarifas de solicitud y examen, que tienen un tope de $40 y $75, respectivamente. La tarifa inicial del certificado es igual a la tarifa de renovación, a menos que el certificado venza pronto, en cuyo caso podría reducirse. Las tarifas de renovación oscilan entre $10 y $250, con una exención para los taquígrafos judiciales empleados a tiempo completo por el estado. Las tarifas adicionales incluyen $10 por un duplicado de certificado y una multa de $50 por no actualizar la información personal ante la junta.