(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(a) A partir del 1 de julio de 2022, una entidad que no sea una corporación de taquigrafía judicial podrá, independientemente de dónde tenga su sede en los Estados Unidos, dedicarse a la conducta descrita en el apartado (b) de la Sección 8050 si es aprobada para su registro por la junta después de cumplir con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(a)(1) La entidad paga una cuota de registro anual inicial a la junta. Hasta el 1 de enero de 2025, la cuota será de quinientos dólares ($500). A partir del 1 de enero de 2025, la cuota no excederá de quinientos dólares ($500) o el costo de la junta para administrar esta sección, lo que sea menor.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(a)(2) La entidad ha designado a un reportero a cargo certificado por la junta que es un empleado a tiempo completo de la entidad registrada y residente de California, y que posee una licencia de California actualmente válida en todo momento como taquígrafo judicial certificado, donde el titular del certificado no tiene restricciones en su licencia y no está sujeto a una acusación o investigación pendiente de la junta en el momento de la solicitud de registro de la entidad. El reportero a cargo será responsable ante la junta del cumplimiento de la entidad con todas las leyes y reglamentos estatales relacionados con y dentro del ámbito de la práctica de la taquigrafía judicial certificada, y cualquier acto de la entidad relacionado con y dentro del ámbito de la práctica de un titular de certificado se considerará acto del reportero a cargo. Nada en este párrafo se interpretará como que permite a la junta restringir, suspender o revocar la licencia de un reportero a cargo por conducta cometida o dirigida por otra persona a menos que el reportero a cargo tuviera conocimiento o participara a sabiendas en dicha conducta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(a)(3) La entidad acepta en el registro cumplir con las leyes, reglamentos y normas de práctica aplicables a las empresas que prestan servicios de taquigrafía judicial de conformidad con la Sección 13401 del Código de Corporaciones, excepto por los requisitos de las Secciones 8040 y 8044.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(b) Una entidad proporcionará a la junta toda la siguiente información para la consideración del registro inicial de conformidad con el apartado (a):
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(b)(1) El nombre y número de certificado del reportero a cargo certificado de la entidad.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(b)(2) Si la entidad, un funcionario controlador o corporación matriz de la entidad, el reportero a cargo de la entidad, o cualquiera de sus funcionarios, empleados o contratistas independientes, ha sido sujeto a alguna acción de cumplimiento, relacionada con la prestación de servicios de taquigrafía judicial, por una agencia estatal o federal dentro de los cinco años anteriores a la presentación del registro inicial. En tal caso, la entidad proporcionará a la junta una copia de la demanda operativa con el registro inicial.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(b)(3) Si la entidad, dentro de los cinco años anteriores a la presentación del registro, ha llegado a un acuerdo, o se le ha declarado responsable, por una demanda civil alegando que la entidad o el reportero a cargo de la entidad incurrió en mala conducta relacionada con la prestación de servicios de taquigrafía judicial por más de cincuenta mil dólares ($50,000).
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(b)(4) Cualquier documentación adicional que la junta considere razonablemente necesaria para su consideración en el proceso de registro inicial.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(c) Dentro de los 90 días siguientes a la recepción de una solicitud completa de registro inicial, incluidas las divulgaciones realizadas de conformidad con el apartado (b), la junta aprobará el registro de la entidad o denegará la solicitud al determinar que se plantearía un riesgo sustancial para el público, lo que posteriormente se proporcionará al solicitante por escrito con especificidad en cuanto a la base de dicha determinación.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(d) Un registro emitido por la junta de conformidad con esta sección tendrá una validez de un año, momento en el cual podrá ser aprobado para su renovación por la junta al cumplir con los requisitos del apartado (a).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(e) Una entidad registrada notificará a la junta por escrito dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que un reportero a cargo deje de actuar como tal y propondrá a otro titular de certificado para que asuma el cargo de reportero a cargo. El reportero a cargo de reemplazo propuesto estará sujeto a la aprobación de la junta. Si es desaprobado, la entidad propondrá otro reemplazo dentro de los 15 días siguientes a la fecha de desaprobación y continuará nombrando reemplazos propuestos hasta que la junta apruebe a un reportero a cargo.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(f) La junta revocará el registro de una entidad si la junta determina que la entidad:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(f)(1) Participó, en todo o en parte, a través de funcionarios, empleados o contratistas independientes que no son titulares de certificados, en actos que están dentro del ámbito de práctica de un titular de certificado, a menos que la ley lo permita de otra manera.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(f)(2) Dirigió o autorizó al reportero a cargo a violar leyes o reglamentos estatales relacionados con la taquigrafía judicial u ofreció incentivos financieros al reportero a cargo por participar en actos que violan la ley estatal.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(g) Además de revocar el registro de una entidad según lo exige el apartado (f), un registro emitido bajo esta sección podrá ser revocado, suspendido, denegado, restringido o sujeto a otras acciones disciplinarias que la junta considere apropiadas por violaciones de las leyes o reglamentos relacionados con la taquigrafía judicial por parte de los funcionarios, empleados o contratistas independientes de la entidad, incluida la emisión de citaciones y multas.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(h) La junta considerará suspender el registro de una entidad por un mínimo de un año si la licencia de su reportero a cargo es suspendida o revocada por violar esta sección más de dos veces en un período consecutivo de cinco años.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(i) Una entidad tendrá derecho a una notificación razonable y oportunidad de presentar comentarios ante la junta con respecto a cualquier determinación de denegar o revocar el registro antes de que dicha determinación sea definitiva. Una entidad podrá solicitar la revisión de una decisión de la junta de denegar o revocar el registro bajo esta sección ya sea en una audiencia administrativa bajo el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno o mediante una acción presentada de conformidad con la Sección 1085 del Código de Procedimiento Civil.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(j) Un titular de certificado no ejercerá la práctica de la taquigrafía judicial en nombre de una entidad que el reportero sabe o debería saber que no está registrada ante la junta y verificará si una persona o entidad está registrada ante la junta antes de ejercer la práctica de la taquigrafía judicial en nombre de esa persona o entidad.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(k) La junta creará y pondrá a disposición en su sitio web de internet un directorio de entidades registradas. La junta no tomará medidas contra un titular de certificado únicamente por una violación del apartado (j) si el titular de certificado se basó razonablemente en el directorio de la junta que indicaba que la entidad estaba registrada en ese momento.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(l) La junta podrá adoptar reglamentos para implementar esta sección, incluidos reglamentos de emergencia durante los años 2022 y 2023. Las funciones ejecutivas delegadas a la junta de conformidad con la Sección 8005 incluyen la discreción de informar al público sobre la información que sería o es un registro público con respecto a las corporaciones de taquigrafía judicial que operan en este estado.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 8051(m) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha queda derogado.