Servicios de Seguridad PropietariosGeneral
Section § 7574
Section § 7574.01
Esta sección define términos importantes utilizados en leyes relacionadas con servicios de seguridad e investigación. La «Oficina» se refiere a la Oficina de Servicios de Seguridad e Investigación, mientras que el «Jefe» es el director de esa oficina. El «Director» suele ser el Director de Asuntos del Consumidor. Una «tribu reconocida federalmente» es una tribu en California que figura en una lista según la ley federal. «Persona» puede significar un individuo o una organización. Un «empleador de seguridad privada propia» contrata personal de seguridad para su propio uso, no para subcontratar. Estos oficiales de seguridad deben usar un uniforme y suelen interactuar con el público. «Registrante» se refiere a cualquier persona registrada bajo estas leyes.
Section § 7574.02
Esta sección de la ley establece que el director es responsable de asegurarse de que todo lo establecido en este capítulo se cumpla y se aplique correctamente.
Section § 7574.03
Esta ley establece que cualquier autoridad o tarea asignada al director del Departamento de Asuntos del Consumidor también puede ser gestionada por otros funcionarios o empleados del departamento, siempre y cuando el director lo autorice. Sin embargo, la responsabilidad y la supervisión finales de estas tareas siguen recayendo en el director.
Section § 7574.04
Esta ley permite al director contratar y pagar a inspectores, investigadores y otro personal necesario para hacer cumplir las normas de este capítulo, siguiendo ciertas leyes y reglamentos del servicio civil estatal.
Section § 7574.05
Section § 7574.06
Esta ley establece que todas las tarifas y multas recaudadas por servicios relacionados con la seguridad privada propietaria deben depositarse en un fondo especial llamado Fondo de Servicios de Seguridad Privada. El dinero de este fondo se utiliza únicamente para la gestión y regulación de los oficiales de seguridad privada propietarios y sus empleadores.
Section § 7574.08
Section § 7574.09
Esta sección trata sobre cómo una oficina debe manejar la cantidad de dinero que tiene disponible. La ley establece que la oficina no debe guardar más dinero del que necesita para sus gastos. Además, la oficina debe revisar periódicamente si las tarifas que cobra son justas y si corresponden a los costos de regular las actividades bajo su supervisión.