Servicios de Seguridad PropietariosConducta de Negocios
Section § 7574.20
Section § 7574.21
Si usted es dueño de una empresa de seguridad privada en California, debe mantener registros detallados sobre sus oficiales de seguridad, incluyendo su información personal, fechas de inicio y fin de empleo, y prueba de que han completado una capacitación específica. Estos registros deben estar actualizados y listos para ser inspeccionados por la oficina estatal en cualquier momento.
Section § 7574.22
Si trabajas como oficial de seguridad privada propietaria, debes llevar contigo tu tarjeta de registro mientras estés de servicio. También puedes llevar una copia impresa que muestre la aprobación de la oficina desde su sitio web. Además, debes llevar contigo una licencia de conducir válida o una tarjeta de identificación. Si te lo pide un oficial de policía o un representante de la oficina, debes mostrar estos documentos.