Reparación AutomotrizLicencias
Section § 9887.1
Esta ley otorga al director la facultad de emitir y regular licencias para estaciones y ajustadores de luces y frenos. Las licencias deben renovarse antes de que venzan, específicamente dentro de los 30 días anteriores a su fecha de vencimiento. Si se le pasa este plazo, aún puede renovar dentro de los 30 días posteriores al vencimiento pagando una nueva tarifa de licencia. Sin embargo, si espera más de 30 días después de que la licencia expire, ya no podrá renovarla. Los términos de las licencias varían de uno a cuatro años.
Section § 9887.2
Si desea solicitar o renovar una licencia como ajustador de luces o frenos, tendrá que pagar una tarifa: $10 por una licencia nueva o $5 por una renovación. También deberá usar un formulario específico proporcionado por el director e incluir detalles sobre sus antecedentes y experiencia. Antes de obtener su licencia, debe demostrar que tiene las habilidades y la experiencia adecuadas cumpliendo con los estándares y aprobando cualquier examen que el director exija.
Section § 9887.3
Esta sección de la ley establece las reglas sobre las licencias expedidas por el director. Las licencias no se pueden transferir a otra persona. Si un titular de licencia cambia su nombre sin cambiar de propietario o se muda de dirección, debe devolver la licencia antigua para obtener una nueva sin costo. Si un titular de licencia desea cambiar a una licencia con más o menos permisos, debe pagar $10 por una nueva licencia. Si una licencia se pierde, destruye o daña, se puede obtener un duplicado por $2 presentando una prueba. Si la licencia perdida se encuentra más tarde, debe ser devuelta al director.
Section § 9887.4
Esta ley explica que si el director ha establecido alguna normativa bajo los Artículos 5, 6 y 7 de este capítulo, incumplir esas normativas es ilegal.