RecobradoresProcedimientos Disciplinarios
Section § 7510
Esta ley establece que, a menos que se especifique lo contrario, cualquier procedimiento bajo este artículo debe seguir reglas específicas establecidas en otra parte de la ley. Estas reglas se detallan en una sección del Código de Gobierno. El director que supervisa estos procedimientos tiene todas las facultades que le otorgan esas reglas.
Section § 7510.1
Esta ley describe las razones por las cuales el director puede suspender o revocar la licencia, el certificado o el registro de una agencia de recuperación de bienes o su personal. Estas razones incluyen hacer declaraciones falsas en las solicitudes, violar normas o leyes, y ser condenado por delitos graves relacionados con el negocio de recuperación de bienes. También cubre cometer actos como usar violencia, ayudar a violar órdenes judiciales o participar en prácticas comerciales deshonestas o fraudulentas. Además, la declaración falsa de las ubicaciones de los negocios puede llevar a acciones sobre la licencia.
Section § 7510.2
Esta ley establece que si alguien relacionado con una agencia de recuperación de bienes pierde su licencia por infringir ciertas normas, debe vender cualquier participación de propiedad o interés financiero que tenga en negocios similares en un plazo de 90 días. Podrían obtener una prórroga de hasta 180 días si se aprueba. No pueden adquirir nuevas participaciones mientras su licencia esté suspendida. Estas normas se aplican a sus familiares si estos ayudaron a gestionar el negocio. Si un interés financiero se transfiere solo para eludir estas normas, sigue considerándose propiedad de la persona que lo transfirió. "Interés financiero" incluye cosas como la propiedad, préstamos o pagos. "Familia inmediata" significa parientes cercanos como cónyuge, hijos o hermanos.
Section § 7510.3
Si tienes un negocio como corporación o LLC en California y no estás debidamente registrado y al día con la Secretaría de Estado y la Junta de Impuestos de Franquicia, tu licencia de negocio puede ser suspendida automáticamente. Si recibes un aviso sobre este problema de parte de la oficina, tienes 30 días para solucionarlo y presentar pruebas, o tu licencia será suspendida. Puedes recuperar tu licencia en cualquier momento después de la suspensión demostrando que estás al día y pagando una tarifa de reactivación.
Section § 7510.4
Esta ley establece que una condena penal, o una copia certificada de la misma, es prueba innegable de esa condena. Si alguien se declara culpable o no se opone (nolo contendere), se considera una condena. El director encargado de las licencias puede suspender o revocar una licencia, o negarse a emitirla, si la condena se mantiene y el plazo de apelación ha transcurrido. Esto se mantiene incluso si acciones legales posteriores permiten a la persona cambiar su declaración a no culpable o desestimar los cargos.