Section § 7510

Explanation

Esta ley establece que, a menos que se especifique lo contrario, cualquier procedimiento bajo este artículo debe seguir reglas específicas establecidas en otra parte de la ley. Estas reglas se detallan en una sección del Código de Gobierno. El director que supervisa estos procedimientos tiene todas las facultades que le otorgan esas reglas.

Salvo que se requiera lo contrario para cumplir con las disposiciones de este capítulo, los procedimientos conforme a este artículo se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y el director tendrá todas las facultades otorgadas en el mismo.

Section § 7510.1

Explanation

Esta ley describe las razones por las cuales el director puede suspender o revocar la licencia, el certificado o el registro de una agencia de recuperación de bienes o su personal. Estas razones incluyen hacer declaraciones falsas en las solicitudes, violar normas o leyes, y ser condenado por delitos graves relacionados con el negocio de recuperación de bienes. También cubre cometer actos como usar violencia, ayudar a violar órdenes judiciales o participar en prácticas comerciales deshonestas o fraudulentas. Además, la declaración falsa de las ubicaciones de los negocios puede llevar a acciones sobre la licencia.

Además de cualquier otro recurso autorizado por este capítulo, el director podrá suspender o revocar una licencia de agencia de recuperación de bienes, un certificado de cualificación o un registro emitido bajo este capítulo si el director determina que el titular de la licencia o el gerente del titular de la licencia, si es una persona física, o si el titular de la licencia es una persona jurídica, que cualquiera de sus funcionarios, socios, personas registradas, empleados o su gerente, ha:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(a) Hecho cualquier declaración falsa o proporcionado cualquier información falsa en relación con una solicitud de licencia, certificado de cualificación o registro, o una renovación o restablecimiento de los mismos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(b) Violado cualquier disposición de este capítulo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(c) Violado cualquier norma del director adoptada de conformidad con la autoridad contenida en este capítulo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(d) Sido condenado por un delito grave (felonía) o cualquier delito sustancialmente relacionado con el negocio de agencia de recuperación de bienes, incluyendo el uso, porte o posesión ilegal de un arma mortal.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(e) Cometido o permitido que cualquier persona registrada o empleado cometa cualquier acto mientras la licencia estaba vencida que sería causa para la suspensión o revocación de una licencia, o motivos para la denegación de una solicitud de licencia.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(f) Cometido ilegalmente agresión, agresión con lesiones (battery) o secuestro, o usado fuerza o violencia contra cualquier persona.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(g) Violado a sabiendas, o aconsejado, alentado o asistido en la violación de cualquier orden judicial o interdicto en el curso de su negocio como titular de una licencia.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(h) Sido condenado por una violación de la Sección 148 del Código Penal, resistencia u obstrucción a un funcionario público.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(i) Cometido cualquier acto que sea motivo para la denegación de una solicitud de licencia bajo este capítulo.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(j) Cometido cualquier acto prohibido por el Capítulo 1.5 (que comienza con la Sección 630) del Título 15 de la Parte 1 del Código Penal.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(k) Cometido cualquier acto en el curso del negocio del titular de la licencia que constituya deshonestidad o fraude, incluyendo, entre otros:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(k)(1) Hacer a sabiendas una declaración falsa relacionada con pruebas o información obtenida en el curso del empleo o bajo contrato, o publicar a sabiendas una calumnia o difamación en el curso del negocio.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(k)(2) Usar medios ilegales en el cobro o intento de cobro de una deuda u obligación.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.1(l) Haber declarado que el titular de la licencia tiene una oficina y realiza negocios en una dirección específica cuando ese no es el caso.

Section § 7510.2

Explanation

Esta ley establece que si alguien relacionado con una agencia de recuperación de bienes pierde su licencia por infringir ciertas normas, debe vender cualquier participación de propiedad o interés financiero que tenga en negocios similares en un plazo de 90 días. Podrían obtener una prórroga de hasta 180 días si se aprueba. No pueden adquirir nuevas participaciones mientras su licencia esté suspendida. Estas normas se aplican a sus familiares si estos ayudaron a gestionar el negocio. Si un interés financiero se transfiere solo para eludir estas normas, sigue considerándose propiedad de la persona que lo transfirió. "Interés financiero" incluye cosas como la propiedad, préstamos o pagos. "Familia inmediata" significa parientes cercanos como cónyuge, hijos o hermanos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(a) Cualquier licenciatario, o cualquier funcionario, socio, registrado, empleado o gerente de un licenciatario, que el director determine que ha cometido actos prohibidos por la Sección 7510.1, que resulten en la revocación de una licencia, deberá deshacerse de cualquier interés financiero en cualquier agencia de recuperación de bienes que requiera una licencia conforme a esta ley dentro de los 90 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de la revocación, o en una fecha posterior, aprobada por escrito por el director, que no exceda los 180 días.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(b) Ningún licenciatario, o cualquier funcionario, socio, registrado, empleado o gerente de un licenciatario, que el director determine que ha cometido actos prohibidos por la Sección 7510.1, podrá, durante el período de suspensión o revocación, adquirir ningún interés financiero en ninguna agencia de recuperación de bienes que requiera una licencia conforme a esta ley.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(c) Los requisitos y prohibiciones de esta sección también se aplicarán a cualquier miembro de la familia inmediata de un licenciatario, o funcionario, socio, registrado, empleado o gerente de un licenciatario, si el miembro de la familia participó activamente en la gestión u operación de la agencia de recuperación de bienes cuya licencia fue revocada.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(d) Cualquier miembro de la familia inmediata de un licenciatario, o funcionario, socio, registrado, empleado o gerente de un licenciatario, que no esté sujeto a la subdivisión (c), deberá deshacerse de todo interés financiero en la agencia de recuperación de bienes del licenciatario cuya licencia fue revocada, dentro del plazo requerido en la subdivisión (a).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(e) Cualquier interés financiero transferido con el propósito de eludir las prohibiciones de esta sección se considerará un interés financiero del cedente.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(f) Tal como se utiliza en esta sección, "interés financiero" incluye, entre otros, cualquier tipo de participación en la propiedad, deuda, préstamo, arrendamiento, compensación, remuneración, descuento, reembolso, devolución, dividendo, distribución, subsidio u otra forma de pago directo o indirecto, ya sea en dinero o de otra manera.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 7510.2(g) Tal como se utiliza en esta sección, "familia inmediata" incluye al cónyuge, hijos, padres, hermanos y cónyuges de los hijos o hermanos.

Section § 7510.3

Explanation

Si tienes un negocio como corporación o LLC en California y no estás debidamente registrado y al día con la Secretaría de Estado y la Junta de Impuestos de Franquicia, tu licencia de negocio puede ser suspendida automáticamente. Si recibes un aviso sobre este problema de parte de la oficina, tienes 30 días para solucionarlo y presentar pruebas, o tu licencia será suspendida. Puedes recuperar tu licencia en cualquier momento después de la suspensión demostrando que estás al día y pagando una tarifa de reactivación.

No obstante cualquier otra ley, el incumplimiento de cualquier persona con licencia para operar como corporación o sociedad de responsabilidad limitada en este estado de estar registrada y en regla ante la Secretaría de Estado y la Junta de Impuestos de Franquicia, después de recibir una notificación de la oficina, resultará en la suspensión automática del licenciatario por ministerio de la ley. La oficina notificará por escrito al licenciatario sobre su incumplimiento de estar registrado y en regla ante la Secretaría de Estado o la Junta de Impuestos de Franquicia, o ambas, y que el licenciatario será suspendido 30 días a partir de la fecha de la notificación si el licenciatario no proporciona prueba satisfactoria a la oficina de que está debidamente registrado y en regla ante la Secretaría de Estado o la Junta de Impuestos de Franquicia, o ambas. La rehabilitación podrá realizarse en cualquier momento después de la suspensión al proporcionar prueba satisfactoria a la oficina de que la licencia está debidamente registrada y en regla y el pago de la tarifa de rehabilitación según lo prescrito por este capítulo.

Section § 7510.4

Explanation

Esta ley establece que una condena penal, o una copia certificada de la misma, es prueba innegable de esa condena. Si alguien se declara culpable o no se opone (nolo contendere), se considera una condena. El director encargado de las licencias puede suspender o revocar una licencia, o negarse a emitirla, si la condena se mantiene y el plazo de apelación ha transcurrido. Esto se mantiene incluso si acciones legales posteriores permiten a la persona cambiar su declaración a no culpable o desestimar los cargos.

El registro de condena, o una copia certificada del mismo, será prueba concluyente de dicha condena.
Una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena posterior a una declaración de nolo contendere se considera una condena a los efectos de este artículo. El director podrá ordenar la suspensión o revocación de la licencia, o podrá denegar la expedición de una licencia, cuando el plazo para apelar haya transcurrido, o la sentencia condenatoria haya sido confirmada en apelación o cuando se dicte una orden de libertad condicional que suspenda la imposición de la pena, independientemente de una orden posterior bajo las disposiciones de la Sección 1203.4 del Código Penal que permita a dicha persona retirar su declaración de culpabilidad y presentar una declaración de no culpabilidad, o anular el veredicto de culpabilidad o desestimar la acusación, la denuncia o la imputación.