RecobradoresOficinas
Section § 7505
Si alguien con un negocio de recuperación de bienes quiere operar desde otra ubicación o usar diferentes nombres comerciales, necesita obtener una licencia separada para cada ubicación o nombre. No pueden anunciarse ni figurar bajo ningún nombre o dirección para los que no tengan licencia oficial. El proceso para solicitar estas licencias adicionales es el mismo que para obtener la licencia inicial.
Section § 7505.1
Esta ley establece que toda oficina de agencia de recuperación de bienes debe ser gestionada por alguien que tenga las cualificaciones adecuadas, conocido como titular de certificado. Además, una oficina puede tener más de una de estas personas cualificadas a cargo si así lo desean.
Section § 7505.3
Si la persona responsable de una agencia de recuperación de bienes se va, la agencia debe avisar a la oficina en un plazo de 30 días, o su licencia será suspendida automáticamente. Después de avisar, la licencia sigue vigente por 90 días más, a menos que una nueva persona se haga cargo durante ese tiempo. Si un individuo con licencia fallece, su familia inmediata puede seguir con el negocio durante 120 días, o más tiempo si solicitan y cumplen los requisitos. En el caso de los socios, se debe notificar la salida de un socio en un plazo de 30 días, o la licencia será cancelada después de ese período. Un miembro de la familia inmediata, como un cónyuge o un hijo, puede continuar con la licencia si demuestra su parentesco y presenta la documentación a tiempo.
Section § 7505.4
Section § 7505.5
Esta ley establece que la persona responsable de dirigir una oficina en una agencia de recuperación de bienes debe tener un certificado de cualificación especial y exhibirlo de forma destacada junto con la licencia de la agencia. Solo pueden gestionar hasta dos ubicaciones y comparten la responsabilidad de las operaciones y el personal con el titular de la licencia. Si un titular de licencia no está operando pero desea mantener su licencia, debe notificarlo a la oficina por escrito. Si reanudan la actividad comercial, deben informar a la oficina en un plazo de 30 días.