Operadores de Control de Plagas EstructuralesRenovación de Licencias
Section § 8590
Esta ley explica el proceso de renovación y las fechas de vencimiento para ciertas licencias profesionales, como las de operador y aplicador. Estas licencias vencen a la medianoche del 30 de junio, tres años después de su emisión. Si alguien posee varias licencias, puede elegir que todas venzan en la fecha más temprana. Los titulares de licencias deben pagar una tarifa de renovación, y la junta enviará un aviso antes del 1 de junio de cada año recordándoles que deben pagar antes del 30 de junio para evitar una multa, la cual no puede ser condonada. Una vez pagada la tarifa, la junta emite un certificado de renovación.
Section § 8591
Section § 8592
Section § 8593
Si va a renovar una licencia de operador o representante de campo de control de plagas en California, debe demostrar que se ha mantenido al día con las últimas novedades en control de plagas. Esto se puede hacer completando cursos de educación continua aprobados o actividades similares. La junta también planea crear cursos por correspondencia en asociación con instituciones educativas, los cuales pueden cumplir con este requisito. Las instituciones pueden cobrar una tarifa por estos cursos.
Section § 8593.1
Section § 8593.2
A partir del 1 de julio de 2016, si alguien desea aplicar pesticidas en una escuela, debe seguir los requisitos de capacitación establecidos por la Ley de Escuelas Saludables de 2000. Esta capacitación también se contará para sus requisitos de educación continua en el manejo de plagas.