Geólogos y GeofísicosDelitos Contra el Capítulo
Section § 7870
Esta ley le da a la junta la autoridad para investigar cualquier incumplimiento de las reglas establecidas en este capítulo.
Section § 7871
Esta ley establece que los funcionarios responsables de hacer cumplir las leyes deben procesar a cualquier persona que infrinja las normas de este capítulo. El director ejecutivo de la junta también tiene la obligación de ayudar a estos funcionarios a hacer cumplir las normas.
Section § 7872
Esta ley establece como delito menor que alguien practique geología o geofísica de manera indebida sin una licencia. Cubre actos como pretender tener la licencia de otra persona, proporcionar información falsa para obtener una licencia, usar una licencia vencida o reclamar títulos reservados para profesionales con licencia. También se aplica a la gestión de un negocio que ofrece servicios geológicos o geofísicos sin la debida autorización. En esencia, se trata de prevenir la práctica no autorizada y la tergiversación en estos campos.
Section § 7873
Si alguien está haciendo, o está a punto de hacer, algo que infringe las normas cubiertas por esta sección, la junta puede pedir a un tribunal local que los detenga con un interdicto o una orden similar. Este proceso sigue reglas específicas detalladas en otra parte de la ley.
Section § 7874
Esta ley establece que si un geólogo o geofísico con licencia, actuando como perito, firma un acuerdo de confidencialidad, eso no le impide denunciar posibles infracciones de sus estándares profesionales a la junta correspondiente. Además, esta norma no afecta la protección de las comunicaciones confidenciales entre un abogado y su cliente, ni los materiales confidenciales preparados por o para un abogado.