Section § 7810.1

Explanation

Esta ley subraya que el deber principal de la junta es proteger al público cuando emite licencias, regula o impone medidas disciplinarias conforme a este capítulo. La seguridad pública siempre debe ser lo primero, incluso si entra en conflicto con otros objetivos.

La protección del público será la máxima prioridad para la junta al ejercer sus funciones de concesión de licencias, regulación y disciplina conforme a este capítulo. Siempre que la protección del público sea incompatible con otros intereses que se busquen promover, la protección del público será primordial.

Section § 7818

Explanation

Esta sección permite a la junta crear, cambiar o eliminar reglas para aplicar el capítulo, siguiendo ciertos procedimientos detallados en otra parte del código de gobierno.

La junta, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, podrá adoptar, modificar o derogar normas y reglamentos para llevar a cabo este capítulo.

Section § 7819

Explanation
Esta ley establece que, en general, las personas tienen derecho a examinar los registros de la junta durante el horario de oficina normal, a menos que exista una ley que diga lo contrario.

Section § 7820

Explanation
Esta sección establece que la Junta de Ingenieros Profesionales, Agrimensores y Geólogos debe tener un sello oficial con su nombre.

Section § 7821

Explanation
Esta sección de la ley exige que la junta mantenga, o encargue a otra persona que mantenga, una lista detallada de todos sus titulares de licencias. Esta lista debe incluir el nombre, la dirección, el tipo de licencia, el número de licencia, la fecha de emisión y la fecha de vencimiento de cada titular de licencia.

Section § 7822

Explanation

Esta sección explica que la junta tiene la autoridad para crear diferentes categorías especializadas para la certificación, como petróleo, minería y aguas subterráneas. Pueden emitir certificados a los solicitantes que demuestren ser hábiles en una o más de estas áreas específicas, y deben emitir un certificado para aquellos competentes en geología de ingeniería.

La junta podrá, mediante reglamento, establecer la división de la certificación de registro en diferentes especialidades, incluyendo, entre otras, petróleo, minería y aguas subterráneas, y podrá emitir certificados en una o más de las especialidades en las que el solicitante haya demostrado competencia. La junta deberá expedir dicho certificado a aquellos calificados en geología de ingeniería.

Section § 7825

Explanation

Esta ley exige que la junta colabore con otros organismos reguladores, tanto en EE. UU. como en el extranjero, que supervisan la práctica y el registro de geólogos y geofísicos. El objetivo es alcanzar altos estándares profesionales y que se reconozcan mutuamente las credenciales.

La junta establecerá relaciones con organismos que regulan la práctica de la geología y la geofísica, o disciplinas geológicas y geofísicas estrechamente relacionadas, o que registran a geólogos y geofísicos en los otros estados, y podrá establecer relaciones con dichos organismos en otros países, con el propósito de trabajar hacia (1) estándares profesionales uniformemente altos y (2) el reconocimiento mutuo del registro.