Empresas de AlarmasProcedimientos Disciplinarios
Section § 7599.60
Esta ley establece que, a menos que exista un requisito específico en este capítulo, cualquier acción o proceso formal bajo este artículo debe seguir las reglas establecidas en la Sección 7591.19.
Section § 7599.61
Esta sección permite al director suspender o revocar licencias para operadores de compañías de alarmas, gerentes, agentes o permisos relacionados si están involucrados en ciertas acciones graves. Estas incluyen proporcionar información falsa durante los procesos de solicitud, violar las leyes que rigen sus licencias, ser condenados por delitos como delitos menores o graves, participar en violencia o uso ilegal de armas, ignorar órdenes judiciales o cometer actos deshonestos o fraudulentos.
Section § 7599.62
Si una empresa con licencia como corporación o LLC en California no está al día con el Secretario de Estado o la Junta de Impuestos de Franquicia, su licencia será suspendida automáticamente después de que la oficina les notifique. Tienen 30 días desde la recepción de la notificación para solucionar el problema o presentar prueba de que todo está en orden. Si no cumplen el plazo, su licencia se suspende. Pueden levantar la suspensión demostrando que están de nuevo al día y pagando una tarifa de rehabilitación.
Section § 7599.63
Esta ley establece que si alguien ha sido condenado por un delito, el registro oficial o una copia certificada de esa condena demuestra que efectivamente ha sido condenado. Esta prueba es definitiva y no puede ser cuestionada en el contexto de ciertas discusiones o acciones legales.