Empresas de AlarmasAplicación del Capítulo
Section § 7592
En California, no puedes trabajar como operador de una empresa de alarmas a menos que tengas la licencia correspondiente o cumplas con los requisitos para una exención, según lo establecido por la ley.
Section § 7592.2
Section § 7592.3
Section § 7592.5
Section § 7592.6
Si alguien altera o falsifica intencionalmente huellas dactilares o fotos que se requieren según las disposiciones de este capítulo, está cometiendo un delito grave.
Section § 7592.8
Esta ley permite a los gobiernos locales de California exigir a las compañías de alarmas y a sus agentes que obtengan permisos y se registren, pero no pueden cobrar tarifas adicionales más allá de los permisos comerciales. Las autoridades locales también pueden establecer ordenanzas que aborden las alarmas falsas, pero no pueden sancionar a las compañías de alarmas por alarmas falsas que no causaron. Además, las personas con sistemas de alarma pueden necesitar permisos municipales para usarlos. Finalmente, este estatuto no exige investigaciones estatales sobre disputas entre compañías de alarmas y gobiernos locales con respecto a multas.
Section § 7592.9
Esta ley establece que si una ciudad o condado exige que alguien con un sistema de alarma tenga un permiso local, no pueden multar a la compañía de alarmas por enviar servicios a un cliente sin un permiso vigente en dos situaciones: si la compañía de alarmas no es responsable de obtener o renovar el permiso, o si no se le informó a la compañía que el permiso había vencido. Además, no exige una investigación estatal sobre disputas relacionadas con multas entre compañías de alarmas y gobiernos locales.