Section § 7000

Explanation
Esta sección básicamente establece que las leyes contenidas en este capítulo se conocen como la Ley de Licencias Estatales para Contratistas.

Section § 7000.2

Explanation

Esta ley permite a los gobiernos locales exigir a los contratistas que demuestren haber pagado cualquier impuesto comercial local antes de obtener permisos. Si un contratista no ha pagado estos impuestos, el gobierno puede denegar su permiso. Sin embargo, cualquier impuesto cobrado no puede exceder lo permitido por secciones específicas de otras leyes.

Nada en este código se interpretará como una prohibición a las ciudades, condados y ciudades y condados de exigir a los contratistas que demuestren que cumplen con los requisitos de impuestos comerciales locales de la entidad antes de emitir cualquier permiso de ciudad, condado o ciudad y condado. Nada en este código se interpretará como una prohibición a las ciudades, condados y ciudades y condados de negar la emisión de un permiso a un contratista con licencia que no cumpla con los requisitos de impuestos comerciales locales.
Cualquier impuesto comercial requerido o recaudado como parte de este proceso no excederá el monto del impuesto de licencia o la tarifa de licencia autorizado por la Sección 37101 del Código de Gobierno o la Sección 16000 del Código de Negocios y Profesiones.

Section § 7000.5

Explanation

Esta ley establece la Junta Estatal de Licencias para Contratistas dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, compuesta por 15 miembros. Está sujeta a revisión por parte de los comités de política legislativos una vez que esta sección sea derogada. La ley está programada para expirar el 1 de enero de 2029.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7000.5(a) Existe en el Departamento de Asuntos del Consumidor una Junta Estatal de Licencias para Contratistas, la cual consta de 15 miembros.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7000.5(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, la derogación de esta sección somete a la junta a revisión por parte de los comités de política apropiados de la Legislatura.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7000.5(c) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 7000.6

Explanation

Esta sección de la ley subraya que la tarea principal de la Junta Estatal de Licencias de Contratistas es proteger al público. Si alguna vez hay un conflicto entre la seguridad pública y cualquier otro interés, la protección del público tiene prioridad.

La protección del público será la máxima prioridad para la Junta Estatal de Licencias de Contratistas al ejercer sus funciones de licenciamiento, regulación y disciplina. Siempre que la protección del público sea inconsistente con otros intereses que se busquen promover, la protección del público será primordial.

Section § 7001

Explanation

Excepto por los miembros públicos, todos los miembros de la junta deben ser contratistas y haber trabajado en el negocio de la contratación por al menos cinco años antes de su nombramiento. También deben seguir trabajando como contratistas durante su período en la junta. Los contratistas deben tener una licencia válida y activa para ser nombrados. Los miembros públicos, por otro lado, no pueden tener licencia de la junta.

Todos los miembros de la junta, excepto los miembros públicos, deberán ser contratistas activamente dedicados al negocio de la contratación, haber estado así dedicados por un período no menor de cinco años antes de la fecha de su nombramiento y deberán continuar así en el negocio de la contratación durante el término de su cargo. Nadie, excepto un miembro público, será elegible para nombramiento si en ese momento no posee una licencia vigente para operar como contratista.
Los miembros públicos no deberán ser licenciados de la junta.

Section § 7002

Explanation

Esta sección describe quién puede formar parte de una junta específica relacionada con los contratistas en California. La junta incluye contratistas, miembros públicos, un representante de una organización laboral y un funcionario local de construcción. Los miembros públicos no pueden tener vínculos actuales o pasados con la industria de la construcción ni intereses financieros en ella. Los miembros contratistas de la junta deben tener experiencia y estar activos en su campo. Todos los miembros de la junta deben tener buen carácter, tener al menos 30 años y haber vivido en California durante al menos cinco años. Los términos para los diferentes tipos de contratistas se definen en otra sección de la ley.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7002(a) Un miembro de la junta será un contratista general de ingeniería, dos miembros serán contratistas generales de edificación, dos miembros serán contratistas especializados, un miembro será un miembro de una organización laboral que represente los oficios de la construcción, un miembro será un funcionario local de construcción activo, y ocho miembros serán miembros públicos, uno de los cuales provendrá de una organización estatal de personas mayores.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7002(b) Ningún miembro público será un titular de licencia actual o anterior de la junta, ni un familiar cercano de un titular de licencia, ni estará o habrá estado conectado con la industria de la construcción, ni tendrá ningún interés financiero en el negocio de un titular de licencia de la junta. Cada miembro público deberá cumplir con todos los requisitos para la membresía pública en una junta, según lo establecido en el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 450) de la División 1. No obstante las disposiciones de esta subdivisión y las de la Sección 450, un representante de una organización laboral será elegible para ser nombrado como miembro público de la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7002(c) Cada miembro contratista de la junta deberá tener un prestigio reconocido en su rama del negocio de la contratación y poseer una licencia vigente para operar como contratista. Además, cada miembro contratista deberá, a la fecha de su nombramiento, estar activamente dedicado al negocio de la contratación y haberlo estado por un período no menor de cinco años. Cada miembro contratista deberá permanecer activamente dedicado al negocio de la contratación durante todo el término de su membresía en la junta.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7002(d) Cada miembro de la junta deberá tener al menos 30 años de edad y ser de buen carácter. Además, cada miembro deberá haber sido ciudadano y residente del Estado de California durante al menos cinco años inmediatamente anteriores a su nombramiento.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 7002(e) Para los fines de interpretar este artículo, los términos “contratista general de ingeniería”, “contratista general de edificación” y “contratista especializado” tendrán los significados establecidos en el Artículo 4 (que comienza con la Sección 7055) de este capítulo.

Section § 7003

Explanation

Esta ley explica cómo se cubren las vacantes en una junta. Cuando el mandato de un miembro de la junta termina, una nueva persona del mismo tipo de negocio de contratación asume el cargo por cuatro años, excepto si el miembro era un representante público, en cuyo caso se elige a otro miembro público. El Gobernador, el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea son responsables de algunos nombramientos, incluyendo roles específicos como un defensor de personas mayores, un funcionario local de construcción y un miembro de una organización laboral. Los miembros no pueden servir por más de dos mandatos consecutivos, y cualquier vacante que ocurra a mitad de mandato se cubre por el resto del período.

Salvo que se disponga lo contrario, un nombramiento para cubrir una vacante causada por la expiración del mandato será por un período de cuatro años y se cubrirá, excepto en el caso de una vacante en el mandato de un miembro público, por un miembro de la misma rama del negocio de la contratación a la que pertenecía el miembro cuyo mandato ha expirado. Una vacante en el mandato de un miembro público será cubierta por otro miembro público. Cada miembro ocupará el cargo hasta el nombramiento y la calificación de su sucesor o hasta que el cargo se considere vacante de conformidad con la Sección 1774 del Código de Gobierno, lo que ocurra primero.
Las vacantes que se produzcan en la composición de la junta por cualquier causa se cubrirán mediante nombramiento por el resto del mandato no vencido.
Ninguna persona podrá servir como miembro de la junta por más de dos mandatos consecutivos.
El Gobernador nombrará a cuatro de los miembros públicos, incluido el miembro público que proviene de una organización estatal de personas mayores, el funcionario local de construcción, el miembro de una organización laboral que represente los oficios de la construcción, y a los cinco miembros contratistas calificados según lo dispuesto en la Sección 7002. El Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombrarán cada uno a dos miembros públicos.

Section § 7005

Explanation

El Gobernador tiene la autoridad para destituir a los miembros de la junta si se comportan mal, no son capaces o no cumplen con sus responsabilidades.

El Gobernador puede destituir a cualquier miembro de la junta por mala conducta, incompetencia o negligencia en el cumplimiento del deber.

Section § 7006

Explanation

Esta ley exige que la junta se reúna al menos una vez cada tres meses para gestionar sus asuntos, y tiene como objetivo transmitir estas reuniones por internet si es posible. Las reuniones especiales pueden organizarse según las normas de la junta, y cuatro miembros de la junta pueden convocar una reunión especial en cualquier momento.

La junta se reunirá al menos una vez cada trimestre natural con el propósito de tramitar los asuntos que se presenten debidamente ante ella. La junta hará todo lo posible para que todas las reuniones trimestrales programadas regularmente de la junta estén disponibles como una transmisión web cuando los recursos apropiados estén disponibles.
Las reuniones especiales de la junta podrán celebrarse en los momentos que la junta disponga en sus estatutos. Cuatro miembros de la junta podrán convocar una reunión especial en cualquier momento.

Section § 7007

Explanation

Esta sección de la ley establece que, en las reuniones de la junta, se necesitan ocho miembros para tomar decisiones oficiales. Además, se debe informar a cada miembro de la junta sobre cuándo y dónde se llevarán a cabo las reuniones, siguiendo las reglas establecidas en los estatutos.

Ocho miembros constituyen un quorum en una reunión de la junta.
Se dará aviso debido de cada reunión, así como de la hora y el lugar de la misma, a cada miembro de la manera estipulada en los estatutos.

Section § 7008

Explanation

Esta sección permite a la junta crear comités y establecer las normas necesarias para implementar las disposiciones de este capítulo, siguiendo los procedimientos descritos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

La junta podrá nombrar los comités y dictar las normas y reglamentos que sean razonablemente necesarios para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo. Dichas normas y reglamentos se adoptarán de conformidad con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Section § 7009

Explanation
Esta ley permite que cualquier miembro de la junta o su comité tome juramento a los testigos y recopile pruebas o testimonios para asuntos relacionados con la autoridad de la junta.
Cualquier miembro o comité de la junta puede administrar juramentos y recibir testimonios y pruebas sobre todos los asuntos dentro de la jurisdicción de la junta.

Section § 7010

Explanation
Esta ley establece que la junta es responsable de gestionar todo lo relacionado con este capítulo, excepto las tareas asignadas al director según la División I del código.

Section § 7011

Explanation

Esta sección describe el nombramiento y las funciones del registrador de contratistas por parte de la junta, requiriendo la aprobación del director, y aborda los roles del personal de apoyo que pueden ser nombrados para ayudar con las funciones administrativas. El registrador actúa como director ejecutivo y secretario. Los nombramientos deben seguir las leyes de la función pública y están sujetos a la expiración el 1 de enero de 2029.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011(a) La junta, con la aprobación del director, nombrará un registrador de contratistas y fijará la remuneración del registrador.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011(b) El registrador será el director ejecutivo y secretario de la junta y desempeñará todas las funciones administrativas según lo dispuesto en este capítulo y según le sean delegadas por la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011(c) Para los fines de la administración de este capítulo, se podrá nombrar un registrador adjunto, un oficial principal de revisión y audiencias, y, sujeto a la Sección 159.5, otros asistentes y subordinados que sean necesarios.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011(d) Los nombramientos se harán de conformidad con las disposiciones de las leyes de la función pública.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011(e) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 7011.3

Explanation

Esta ley significa que si un contratista con licencia ya ha sido multado por el Comisionado Laboral por una infracción específica, el registrador no puede multarlo de nuevo por el mismo asunto.

El registrador no impondrá una sanción civil a un contratista con licencia a quien el Comisionado Laboral ya le haya impuesto una sanción civil específica conforme a la Sección 1020 o 1022 del Código Laboral por la misma infracción.

Section § 7011.4

Explanation

Esta sección establece una división especial de cumplimiento dentro de la Junta Estatal de Licencias para Contratistas en California. Su función principal es combatir a los contratistas sin licencia y asegurar que tengan el seguro de compensación para trabajadores adecuado. Los investigadores especiales empleados aquí pueden emitir citaciones judiciales, pero no son agentes de policía y no pueden realizar arrestos. Cuando colaboran con el Grupo de Trabajo Conjunto de Cumplimiento, pueden acceder libremente a cualquier lugar de trabajo para desempeñar sus funciones.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.4(a) No obstante la Sección 7011, existe en la Junta Estatal de Licencias para Contratistas una división de cumplimiento separada que hará cumplir rigurosamente este capítulo que prohíbe todas las formas de actividad sin licencia y hará cumplir la obligación de asegurar el pago de un seguro de compensación para trabajadores válido y vigente de conformidad con la Sección 3700.5 del Código Laboral.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.4(b) Las personas empleadas como investigadores especiales de la Junta Estatal de Licencias para Contratistas y designadas por el Director de Asuntos del Consumidor tendrán la autoridad para emitir una notificación escrita para comparecer ante el tribunal de conformidad con el Capítulo 5C (que comienza con la Sección 853.5) del Título 3 de la Parte 2 del Código Penal. Un empleado así designado no es un oficial de paz y no tiene el poder de arresto.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.4(c) Al participar en las actividades del Grupo de Trabajo Conjunto de Cumplimiento sobre la Economía Sumergida de conformidad con la Sección 329 del Código de Seguro de Desempleo, la división de cumplimiento tendrá libre acceso a todos los lugares de trabajo.

Section § 7011.5

Explanation

Los investigadores que trabajan para la Unidad de Investigaciones Especiales de la Junta Estatal de Licencias para Contratistas en California tienen la autoridad de agentes del orden público cuando están realizando sus tareas. Esto significa que pueden hacer cumplir las leyes e iniciar casos penales relacionados con sus investigaciones. Todas sus acciones, tal como se describen, se consideran parte de su trabajo.

Las personas empleadas como investigadores de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Junta Estatal de Licencias para Contratistas y designadas por el Director de Asuntos del Consumidor tienen la autoridad de agentes del orden público mientras ejercen las facultades concedidas o desempeñan los deberes impuestos sobre ellos al investigar las leyes administradas por la Junta Estatal de Licencias para Contratistas o al iniciar directa o indirectamente cualquier proceso penal derivado de cualquier investigación realizada bajo estas leyes. Todas las personas aquí mencionadas se considerarán que actúan dentro del ámbito de su empleo con respecto a todos los actos y asuntos establecidos en esta sección.

Section § 7011.7

Explanation

Esta sección explica cómo el registrador debe revisar e investigar las quejas. La intención es que las quejas se resuelvan rápidamente, idealmente en seis meses. Sin embargo, en casos de fraude complejo o problemas contractuales complicados, la junta se propone terminar en un año, reconociendo que estos pueden llevar más tiempo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.7(a) El registrador revisará e investigará las quejas presentadas de manera consistente con este capítulo y la Ley de Presupuesto. Es la intención de la Legislatura que las quejas sean revisadas e investigadas tan pronto como los recursos lo permitan.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.7(b) La junta establecerá como meta la mejora de su sistema disciplinario para que, en promedio, no transcurran más de seis meses desde la recepción de una queja hasta la finalización de una investigación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.7(c) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), el objetivo para completar la revisión e investigación de las quejas que, a juicio de la junta, impliquen cuestiones de fraude complejas o acuerdos contractuales complejos, no deberá exceder de un año.

Section § 7011.8

Explanation

Si alguien que necesita una licencia de contratista presenta una queja falsa contra otro contratista con licencia, sabiendo que es mentira, puede recibir una citación de la Junta Estatal de Licencias de Contratistas. La junta también puede informar a los fiscales locales si cree que la queja es intencionalmente falsa.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.8(a) Cualquier persona sujeta a licencia bajo este capítulo que denuncie o haga que se presente una queja ante la Junta Estatal de Licencias de Contratistas, alegando que una persona con licencia de dicha entidad ha incurrido en mala conducta profesional, sabiendo que la denuncia o queja es falsa, podrá ser objeto de una citación por parte del registrador.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7011.8(b) La junta podrá notificar al fiscal de distrito o al fiscal de la ciudad correspondiente que una persona sujeta a licencia bajo este capítulo ha presentado o interpuesto lo que la entidad considera una denuncia o queja falsa contra un titular de licencia.

Section § 7012

Explanation
Esta ley permite que un registrador, con la aprobación necesaria, colabore en la aplicación de las leyes relacionadas con la construcción cuando haya fondos. El registrador también puede contratar a los asistentes que necesite para llevar a cabo este trabajo.

Section § 7013

Explanation

Esta ley permite a la junta revisar y, posiblemente, modificar cualquier decisión tomada por el registrador si la mayoría está de acuerdo. Se aplica a las acciones que siguen procedimientos gubernamentales específicos.

La junta podrá, a su discreción, revisar y confirmar o revocar por mayoría de votos cualquier acción o decisión del registrador.
Esta sección se aplicará a cualquier acción, decisión, orden o procedimiento del registrador llevado a cabo de conformidad con las disposiciones del Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 7013.5

Explanation

Esta ley establece que, durante ciertos procedimientos legales relacionados con licencias de negocios, el testimonio de casos judiciales o audiencias anteriores puede ser utilizado como prueba, incluso si el testigo no puede volver a testificar. Sin embargo, el testimonio debe ser pertinente, y la persona a cargo de la audiencia puede decidir solicitar que el testigo testifique en persona en su lugar, o rechazar el testimonio si no se dio en un entorno que permitiera un interrogatorio adecuado del testigo.

En todos los procedimientos de solicitud, citación o disciplinarios conforme a este capítulo y llevados a cabo de conformidad con las disposiciones del Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, el testimonio de un testigo dado en cualquier acción civil o penal contenciosa o procedimiento especial, en cualquier estado o ante cualquier organismo o agencia gubernamental, en el que el licenciatario o la persona contra la que se presenta la queja sea parte, o en cuyo nombre se procesa o defiende la acción o el procedimiento, podrá ser recibido como prueba, en la medida en que sea pertinente y relevante para las cuestiones en los procedimientos, por medio de una transcripción debidamente autenticada de dicho testimonio y sin prueba de la indisponibilidad del testigo; siempre que el registrador pueda ordenar la comparecencia y el testimonio de dicho testigo, en lugar de o además de recibir una transcripción de su testimonio, y podrá negarse a admitir como prueba la transcripción del testimonio, en su totalidad o en parte, cuando parezca que el testimonio fue dado bajo circunstancias que no exigieron o permitieron una oportunidad para un contrainterrogatorio completo.

Section § 7014

Explanation

Esta ley establece que la junta tiene la facultad de comprar las herramientas y los registros que necesita para realizar su trabajo adecuadamente conforme a este capítulo.

La junta puede adquirir el equipo y los registros necesarios para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo.

Section § 7015

Explanation
Esta ley exige que la Junta Estatal de Licencias para Contratistas cree un sello oficial para su uso. El sello incluirá un texto específico sobre la identidad de la junta, y el registrador será responsable de su cuidado.

Section § 7016

Explanation
Esta ley establece que cada miembro de la junta tiene derecho a recibir un pago diario y el reembolso de los gastos, tal como se detalla en otra sección, la Sección 103.

Section § 7017.3

Explanation

Esta ley exige que la Junta Estatal de Licencias para Contratistas presente un informe anual a la Legislatura antes del 1 de octubre de cada año. El informe incluye información estadística detallada sobre las quejas relacionadas con contratistas con licencia, vendedores registrados de mejoras para el hogar y personas sin licencia que actúan como tales. El informe debe categorizar las quejas por su origen, tipo y método de resolución, como acuerdo o arbitraje. También rastrea el número de citaciones emitidas, las quejas remitidas para investigación y las acciones tomadas por la junta. El informe debe proporcionar datos sobre la duración y los resultados de los casos, incluyendo acciones disciplinarias, órdenes de restricción temporal y recuperaciones de costos. Cubre todo el proceso de quejas, desde la recepción hasta las decisiones finales y cualquier acción legal, garantizando la transparencia y la rendición de cuentas en las actividades de la junta.

La Junta Estatal de Licencias para Contratistas informará anualmente a la Legislatura, a más tardar el 1 de octubre de cada año, la siguiente información estadística correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Los siguientes datos se informarán sobre las quejas presentadas ante la junta contra contratistas con licencia, vendedores registrados de mejoras para el hogar y personas sin licencia que actúan como licenciatarios o registrados:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(a) El número de quejas recibidas por la junta categorizadas por fuente, como público, comercio, profesión, agencia gubernamental o iniciadas por la junta, y por tipo de queja, como licenciatario o no licenciatario.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(b) El número de quejas cerradas antes de la remisión para investigación de campo, categorizadas por el motivo del cierre, como resueltas, remitidas a arbitraje obligatorio o remitidas a arbitraje voluntario.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(c) El número de quejas remitidas para investigación de campo categorizadas por el tipo de queja, como licenciatario o no licenciatario.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(d) El número de quejas cerradas después de la remisión para investigación de campo categorizadas por el motivo del cierre, como resueltas, remitidas a arbitraje obligatorio o remitidas a arbitraje voluntario.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(e) Para los cierres del Centro de Recepción/Mediación de la junta y del Centro de Investigación de la junta, respectivamente, el número total de quejas cerradas antes de una investigación de campo por representante de servicios al consumidor, y el número total de quejas cerradas después de la remisión para una investigación de campo por investigador e investigador especial. Además, la junta informará el número total de quejas cerradas por otro personal de la junta durante el año.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(f) El número de quejas pendientes al final del ejercicio fiscal agrupadas en incrementos de 90 días, y el porcentaje del total de quejas pendientes, representado por el número de quejas en cada agrupación.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(g) El número de citaciones emitidas a licenciatarios categorizadas por el tipo de citación, como orden de corrección solamente u orden de corrección y multa, y el número de citaciones emitidas a licenciatarios que fueron anuladas o retiradas.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(h) El número de citaciones emitidas a no licenciatarios y el número de estas citaciones que fueron anuladas o retiradas.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(i) El número de quejas remitidas a un fiscal local para investigación o enjuiciamiento penal, el número de quejas remitidas al Fiscal General para la presentación de una acusación, y el número de quejas remitidas tanto a un fiscal local como al Fiscal General, categorizadas por tipo de queja, como licenciatario y no licenciatario.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(j) Acciones tomadas por la junta, incluyendo, entre otras, las siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(j)(1) El número de acciones disciplinarias categorizadas por tipo, como revocaciones o suspensiones, categorizadas según si la acción disciplinaria resultó de una acusación, el incumplimiento de una citación o el incumplimiento de un laudo arbitral.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(j)(2) El número de acusaciones desestimadas o retiradas.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(k) Para las subdivisiones (g) y (j), el número de casos que contienen violaciones de las Secciones 7121 y 7121.5, y el párrafo (5) de la subdivisión (a) de la Sección 7159.5, categorizados por sección.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(l) El número de órdenes de suspensión provisional solicitadas, el número de órdenes de suspensión provisional concedidas, el número de órdenes de restricción temporal solicitadas y el número de órdenes de restricción temporal concedidas.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(m) La cantidad de recuperación de costos ordenada y la cantidad recaudada.
(n)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n) Datos de antigüedad de casos, incluyendo datos para cada etapa principal del proceso de aplicación de la ley, incluyendo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(1) El número promedio de días desde la presentación de una queja hasta su cierre por el Centro de Recepción/Mediación de la junta antes de la remisión para una investigación categorizado por el tipo de queja, como licenciatario o no licenciatario.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(2) El número promedio de días desde la remisión de una queja para una investigación hasta su cierre por el Centro de Investigación categorizado por el tipo de queja, como licenciatario o no licenciatario.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(3) El número promedio de días desde la presentación de una queja hasta la remisión de la investigación completada al Fiscal General.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(4) El número promedio de días desde la remisión de una investigación completada al Fiscal General hasta la presentación de una acusación por el Fiscal General.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(5) El número promedio de días desde la presentación de una acusación hasta la primera fecha de audiencia o fecha de un acuerdo estipulado.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.3(n)(6) El número promedio de días desde la recepción de la decisión propuesta del juez de derecho administrativo hasta la decisión final del registrador.

Section § 7017.5

Explanation

Cada lunes, la junta debe actualizar su sitio web con información sobre las solicitudes de vendedores de mejoras para el hogar. Tienen que listar la fecha más temprana de las solicitudes no procesadas, así como la fecha más temprana de las solicitudes procesadas que recibieron un número de registro.

Al cierre del primer día hábil de cada semana, la junta deberá publicar la siguiente información de registro de vendedores de mejoras para el hogar en su sitio web:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.5(a) La fecha de inscripción más temprana de las solicitudes no procesadas en archivo al cierre del día hábil anterior.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7017.5(b) La fecha de inscripción más temprana de una solicitud para la cual se ha emitido un número de registro en el momento de la publicación requerida por esta sección.

Section § 7018

Explanation

Esta ley exige a la junta mantener actualizada una herramienta de búsqueda en línea en su sitio web, permitiendo a las personas encontrar contratistas con licencia basándose en el código postal o el área.

La junta deberá mantener la función actual de búsqueda de verificación de licencias de contratistas en su sitio web de internet que permita a los consumidores buscar un contratista con licencia ya sea por código postal o ubicación geográfica.

Section § 7019

Explanation

Esta sección explica que, si hay fondos suficientes, la junta puede contratar a ciertos profesionales, como ingenieros o contadores, para ayudar a investigar las quejas de los consumidores. También pueden contratar a otros expertos, como intérpretes, si es necesario para ayudar en casos relacionados con licencias o registros. El registrador decide cuánto se les paga a estos ayudantes y proporciona formularios específicos para informar sobre su trabajo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 7019(a) Si se dispone de fondos para tal fin, la junta podrá contratar con profesionales con licencia, según corresponda, para la investigación in situ de quejas de consumidores.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 7019(b) La junta podrá contratar con otros profesionales, incluyendo, entre otros, intérpretes y representantes de fabricantes, cuyas habilidades o experiencia sean necesarias para ayudar en la investigación o el enjuiciamiento de un titular de licencia, un registrado, un solicitante de licencia o registro, o aquellos sujetos a licencia o registro por parte de la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 7019(c) El registrador determinará la tarifa de reembolso para aquellas personas que presten asistencia a la junta de conformidad con esta sección. Todos los informes deberán completarse en un formulario prescrito por el registrador.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 7019(d) Tal como se utiliza en esta sección, "profesionales con licencia" significa, pero no se limita a, ingenieros, arquitectos, arquitectos paisajistas, geólogos y contadores con licencia, certificación o registro de conformidad con esta división.

Section § 7020

Explanation
Esta ley exige que la junta mantenga un sistema computarizado para las quejas de los consumidores, con el fin de facilitar el seguimiento de las acciones de aplicación.

Section § 7021

Explanation

Esta ley permite a la junta colaborar con otras agencias estatales o locales que tengan información importante para su misión de proteger al público. La junta puede establecer acuerdos formales para compartir esta información y garantizar la seguridad pública.

La junta podrá celebrar un acuerdo interinstitucional con cualquier otra agencia estatal o local que la junta estime que posee información relevante para su prioridad de proteger al público, según se describe en la Sección 7000.6.