ContadoresSolicitudes, Registros, Permisos en General
Section § 5070
Si desea ejercer como Contador Público Certificado (CPA) o tiene una firma que ofrece servicios de contaduría en California, necesita un permiso de la junta estatal. Este permiso se otorga solo a quienes tienen un certificado de CPA y a entidades registradas como sociedades o corporaciones. La junta también podría registrar firmas de otros estados si cumplen con criterios específicos, principalmente para cumplir con las reglas de práctica para fuera del estado. Para registrarse, debe presentar pruebas de elegibilidad y pagar ciertas tarifas. Los solicitantes también deben proporcionar una dirección de correo electrónico si tienen una. Después de obtener un permiso, recibirá un certificado para demostrar que está registrado.
Section § 5070.1
Esta ley permite a los contadores públicos certificados y contadores públicos en California poner sus licencias en estado de jubilación si ya no están ejerciendo. Si una licencia está en estado de jubilación, el contador no puede realizar ninguna actividad que requiera un permiso. La junta no permitirá que una licencia sea jubilada si hay problemas pendientes como acciones disciplinarias. Si alguien tiene una orden de práctica restringida permanente pero ha completado su período de prueba, esto no le impedirá jubilar su licencia. Sin embargo, si restauran su licencia de estado de jubilación a estado activo, las restricciones anteriores se aplicarán a menos que la junta las modifique. La ley cubre cómo solicitar el estado de jubilación, los requisitos necesarios y las condiciones si alguien desea volver al estado activo. Algunas renovaciones pueden estar exentas, pero una tarifa y educación continua podrían ser necesarias para la restauración. Si una licencia fue cancelada y puesta en estado de jubilación, generalmente no puede ser simplemente reactivada, y la persona podría necesitar solicitar una nueva licencia en su lugar. Los solicitantes deben proporcionar su dirección de correo electrónico a la junta al presentar la solicitud.
Section § 5070.2
Si tiene un permiso profesional y es llamado a servicio militar activo, puede solicitar que su permiso sea puesto en pausa, lo que se conoce como 'estado inactivo militar'. Sin embargo, si su permiso ha sido revocado o restringido por cualquier motivo, no podrá solicitar esto. Mientras su permiso esté inactivo, no podrá ejercer su profesión, pero estará exento de las cuotas de renovación, la educación continua y las revisiones por pares. Una vez que termine su servicio militar, tendrá un año para reactivar su permiso presentando sus documentos de baja, pagando las cuotas y poniéndose al día con los requisitos. La junta puede establecer reglas para gestionar este proceso.
Section § 5070.5
Esta sección explica cuándo y cómo los contadores públicos certificados o contadores públicos deben renovar sus permisos. Los permisos vencen en el mes del cumpleaños del titular de la licencia al final del segundo año, a menos que se renueven. Los contadores deben solicitar la renovación, pagar una tarifa y demostrar que cumplen con los requisitos de educación continua. Las sociedades o corporaciones también deben renovar los permisos al final de su mes de emisión inicial en el segundo año, solicitando la renovación, pagando y demostrando cumplimiento. Los titulares de permisos deben informar y actualizar sus direcciones de correo electrónico ante la junta, y cualquier cambio debe comunicarse dentro de los 30 días.
Section § 5070.6
Si tienes un permiso que ha vencido, puedes renovarlo en cualquier momento dentro de los cinco años presentando un formulario de renovación, pagando las tarifas pendientes y demostrando que cumples con ciertos requisitos. También deberás pagar una tarifa por retraso si renuevas después de la fecha de vencimiento del permiso. Al solicitar, asegúrate de proporcionar una dirección de correo electrónico válida si tienes una. La renovación se hace oficial cuando hayas completado todos estos pasos, y el permiso será válido hasta su próxima fecha límite de renovación.
Section § 5070.7
Si un permiso profesional no se renueva dentro de los cinco años posteriores a su vencimiento, no puede ser renovado ni restablecido, y el certificado del titular será cancelado, salvo en ciertos casos. Las sociedades o corporaciones con certificados cancelados solo pueden obtener uno nuevo si cumplen nuevamente los requisitos de registro y pagan las cuotas. Los contadores públicos certificados (CPA) con certificados cancelados pueden solicitar uno nuevo si son elegibles, pagan las cuotas necesarias y aprueban el examen requerido, el cual puede ser eximido si demuestran sus cualificaciones. La junta puede prever exenciones de cuotas en algunos casos. Los permisos que han sido revocados no pueden ser renovados, pero podrían ser restablecidos con ciertas condiciones.
Section § 5070.8
Si su licencia de contabilidad está suspendida, aún necesita renovarla, pero no puede ejercer la contabilidad hasta que esté nuevamente en regla. Si su licencia es revocada, no puede renovarse, pero si logra que se la restituyan, tendrá que pagar ciertas tarifas que incluyen la última tarifa de renovación más cualquier cargo atrasado desde el momento en que fue revocada.
Section § 5072
Si desea operar un negocio de contabilidad como sociedad en California, debe registrarse ante la junta. El negocio solo puede registrarse si al menos un socio general tiene una licencia de contador válida o está solicitando una, y todos los socios que trabajan en California también deben tener la licencia adecuada o estar solicitándola. Cualquier socio que trabaje en otro lugar debe ser un contador certificado en buen estado en algún estado de EE. UU. Además, la persona a cargo de cualquier oficina en California debe ser un contador con licencia o estar buscando una.
Section § 5073
Esta ley explica cómo las sociedades pueden registrarse en California si desean usar ciertos títulos como 'Contadores Públicos Certificados' o 'Contadores Públicos' en sus nombres. La sociedad debe completar un formulario de solicitud y proporcionar una dirección de correo electrónico. Para aquellos que usan 'C.P.A.' o 'C.P.A.s', la sociedad debe tener un socio general que sea contador público certificado y otra persona con licencia. De manera similar, los títulos 'P.A.' o 'P.A.s' requieren al menos un contador público y una persona adicional con licencia. Si hay algún cambio en los socios, la sociedad debe informar a la junta dentro de un mes. Finalmente, los registros que dependen de secciones específicas del código terminarán si la junta deniega ciertas solicitudes relacionadas con la sociedad.
Section § 5076
Esta ley exige que las firmas de contabilidad en California hagan revisar su trabajo de contabilidad y auditoría por un programa de revisión por pares independiente y reconocido por la junta, al menos cada tres años, para mantener su registro activo. La revisión por pares debe ser realizada por un individuo con licencia y no afiliado a la firma. Si una firma recibe una calificación de 'insatisfactorio', debe informar esto a la junta dentro de los 60 días. La junta puede usar estos informes para investigaciones. Las firmas no están obligadas a unirse a ninguna organización profesional, y el revisor por pares debe mantener la confidencialidad de la información del cliente, a menos que la ley lo permita. Además, se utiliza una aplicación web segura para gestionar los datos de la revisión por pares.
Section § 5076.1
Esta ley exige que la junta nombre a un grupo de contadores públicos certificados, llamado comité de supervisión de revisión por pares, para ayudar a asegurar que las revisiones por pares obligatorias sean efectivas. Estos contadores deben tener licencia y estar en buen estado en California. El comité puede solicitar información de ciertos programas de revisión por pares designados para asegurar que sigan los estándares de la junta. Si estos programas no cooperan, podrían enfrentar acciones por parte de la junta. Cualquier dato recopilado durante estas revisiones no es público a menos que esté relacionado con procedimientos legales o disciplinarios, o cuando lo exija la ley. Los miembros de este comité son nombrados por períodos de dos años y pueden servir hasta cuatro períodos consecutivos. La junta también puede establecer reglas adicionales sobre quién puede unirse al comité y cómo opera.
Section § 5078
Si una oficina de contabilidad certificada o pública en este estado no es dirigida por el propio contador, entonces el trabajo en esa oficina debe ser supervisado por otro contador público certificado o contador público.
Section § 5079
En California, las firmas de contabilidad pueden tener propietarios que no son contadores públicos certificados (CPA) bajo ciertas condiciones. Estos propietarios no licenciados deben participar activamente en el negocio y no pueden presentarse como CPA. La mayoría de los propietarios de la firma y el poder de toma de decisiones deben permanecer en manos de los CPA licenciados. Los propietarios no licenciados deben informar sobre cualquier problema legal o investigación que enfrenten. Esta información no es pública, excepto en contextos legales específicos. Todas las firmas deben confirmar su cumplimiento con estas reglas al registrarse o renovar su estatus, y la junta creará reglamentos para hacer cumplir estas disposiciones.