Section § 5130

Explanation

Si desea convertirse en contador público certificado (CPA) en California, debe presentar una solicitud en un formulario específico de la junta y pagar una cuota junto con esa solicitud.

La junta cobrará y recaudará una cuota de cada solicitante para el certificado de contador público certificado. La cuota deberá acompañar la solicitud, la cual debe presentarse en un formulario proporcionado por la junta.

Section § 5131

Explanation

Esta sección de la ley explica que una junta puede cobrar tarifas de solicitud y de examen a los solicitantes. Estas tarifas deben presentarse con la solicitud en un formulario proporcionado por la junta. Además, la junta puede permitir que una organización designada reciba los pagos de las tarifas de examen directamente de los solicitantes por sus materiales y servicios.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5131(a) La junta podrá cobrar y recaudar una tarifa de solicitud y una tarifa de examen de cada solicitante. Las tarifas aplicables deberán acompañar la solicitud, la cual deberá presentarse en un formulario proporcionado por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5131(b) No obstante cualquier otra disposición de este capítulo, la junta podrá autorizar a una organización especificada por la junta conforme a la Sección 5082.1 para recibir directamente de los solicitantes el pago de las tarifas de examen cobradas por dicha organización como pago por materiales y servicios de examen.

Section § 5132

Explanation

Esta sección describe cómo se manejan los fondos recibidos por la Junta de Contabilidad. Todos los fondos, incluidos los de licencias temporales, deben ser informados mensualmente al Contralor y enviados a la Tesorería del Estado para el Fondo de Contabilidad. El tesorero de la junta debe elaborar un informe financiero anual para el fondo, detallando los ingresos y costos relacionados con exámenes, licencias, multas y acciones de cumplimiento, el cual luego se publica.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5132(a) Todos los fondos recibidos por la junta conforme a este capítulo de cualquier fuente y para cualquier propósito, y de una licencia temporal emitida conforme a la Sección 115.6, serán contabilizados e informados mensualmente por la junta al Contralor y, al mismo tiempo, los fondos serán remitidos a la Tesorería del Estado para abono al Fondo de Contabilidad.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5132(b) El secretario-tesorero de la junta preparará o hará preparar en su nombre, de vez en cuando, pero no menos de una vez por cada año fiscal, un informe financiero del Fondo de Contabilidad que contenga la información que la junta determine necesaria para los fines para los que fue establecida la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5132(c) El informe del Fondo de Contabilidad, que se publicará conforme a la Sección 5008, incluirá los ingresos y los costos relacionados con los exámenes, la expedición inicial de licencias, la renovación de licencias, la autoridad para citar y multar, y la recuperación de costos de las acciones de cumplimiento y los acuerdos de casos.

Section § 5133

Explanation

Esta ley establece que todo el dinero del Fondo de Contaduría está destinado a la Junta de Contaduría de California para usarlo en sus actividades. Además, los miembros de la junta y de los comités tienen derecho a recibir asignaciones diarias y reembolsos de gastos conforme a una norma específica establecida en la Sección 103.

Todo el dinero en el Fondo de Contaduría queda por la presente asignado a la Junta de Contaduría de California para llevar a cabo las disposiciones de este capítulo. Cada miembro de la junta y cada miembro de un comité recibirá una dieta y gastos según lo dispuesto en la Sección 103.

Section § 5134

Explanation

Esta sección describe las diversas tarifas asociadas con la obtención y el mantenimiento del estatus de Contador Público Certificado (CPC) en California. Las tarifas iniciales de solicitud y examen tienen límites máximos establecidos por la junta. Las tarifas de renovación para las licencias de CPC y para las sociedades o corporaciones profesionales dependen de cuándo expire el permiso. Si la junta tiene fondos excedentes, puede reducir estas tarifas. También hay tarifas específicas para licencias de estatus de jubilado, la restauración a un estatus activo y la certificación de resultados de exámenes. La junta puede ajustar estas tarifas, pero los cambios deben seguir los reglamentos. La Legislatura busca mantener los costos manejables para ingresar a la profesión contable, sugiriendo que cualquier costo administrativo adicional debe ser mitigado por las tarifas de renovación.

El monto de las tarifas prescritas por este capítulo es el siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(a) La tarifa que se cobrará a cada solicitante para el examen de contador público certificado será fijada por la junta en una cantidad que no exceda los seiscientos dólares ($600). La junta podrá cobrar una tarifa de reexamen que no exceda los setenta y cinco dólares ($75) por cada parte sujeta a reexamen.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(b) La tarifa de solicitud que se cobrará a cada solicitante para la emisión de un certificado de contador público certificado será fijada por la junta en una cantidad que no exceda los setecientos dólares ($700).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(c) Después del 30 de junio de 2024, la tarifa que se cobrará a cada solicitante para el registro como sociedad o corporación profesional no será inferior a doscientos cincuenta dólares ($250) y no excederá los dos mil dólares ($2,000).
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(d)(1) La tarifa de renovación bienal para que un contador público certificado ejerza la contaduría pública, según lo especificado en la Sección 5070, será de trescientos cuarenta dólares ($340) para los permisos que expiren después del 30 de junio de 2024.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(d)(2) La tarifa de renovación bienal para que un contador público certificado ejerza la contaduría pública, según lo especificado en la Sección 5070, será de cuatrocientos dólares ($400) para los permisos que expiren después del 30 de junio de 2026.
(e)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(e)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(e)(1) La tarifa de renovación bienal para una sociedad o corporación profesional será de cuatrocientos dólares ($400) para los permisos que expiren después del 30 de junio de 2024.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(e)(2) La tarifa de renovación bienal para una sociedad o corporación profesional será de quinientos veinte dólares ($520) para los permisos que expiren después del 30 de junio de 2026.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(f) Si la junta tiene fondos no comprometidos en una cantidad que sea igual o superior al presupuesto operativo de la junta para los próximos dos años fiscales, la junta podrá fijar las tarifas de renovación bienales mediante reglamento en una cantidad inferior a las identificadas en la subdivisión (d) para contadores públicos certificados y en la subdivisión (e) para sociedades y corporaciones profesionales.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(g) La tarifa de solicitud que se cobrará a cada solicitante para una licencia de estatus de jubilado, según se describe en la Sección 5070.1, será fijada por la junta en una cantidad que no exceda los doscientos cincuenta dólares ($250).
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(h) La tarifa de solicitud que se cobrará a cada solicitante para la restauración de una licencia de estatus de jubilado a estatus activo conforme a la subdivisión (f) de la Sección 5070.1 será fijada por la junta en una cantidad que no exceda los mil dólares ($1,000).
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(i) La tarifa por mora será el 50 por ciento de la tarifa de renovación acumulada.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(j) La tarifa inicial del permiso es una cantidad igual a la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular antes de la fecha en que se emite el permiso, excepto que, si el permiso se emite un año o menos antes de su vencimiento, entonces la tarifa inicial del permiso es una cantidad igual al 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular antes de la fecha en que se emite el permiso. La junta podrá, mediante reglamento, prever la exención o el reembolso de la tarifa inicial del permiso cuando este se emita menos de 45 días antes de la fecha de su vencimiento.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(k) La tarifa que se cobrará por la certificación de documentos que acrediten la aprobación del examen de contador público certificado, la certificación de documentos que acrediten las calificaciones obtenidas en el examen de contador público certificado, o la certificación de documentos que acrediten la licencia será de veinticinco dólares ($25).
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(l) La junta fijará las tarifas de acuerdo con los límites de esta sección y cualquier aumento en una tarifa fijada por la junta se realizará conforme a un reglamento debidamente adoptado por la junta de acuerdo con los límites de esta sección.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 5134(m) Es la intención de la Legislatura que, para facilitar el acceso a la profesión de contaduría pública en California, cualquier costo administrativo para la junta relacionado con el examen de contador público certificado o la emisión del certificado de contador público certificado que exceda las tarifas máximas autorizadas por esta sección sea cubierto por las tarifas cobradas por la renovación bienal del permiso para ejercer.