Section § 6980.71

Explanation

Esta ley permite al director denegar una licencia si el solicitante ha mentido en su solicitud, ha sido condenado por un delito, ha cometido actos deshonestos, se le ha denegado o revocado una licencia anteriormente, o ha estado involucrado en tales acciones a través de su rol en un negocio. Sin embargo, la denegación solo puede ocurrir si estos problemas están estrechamente relacionados con las funciones del puesto. Si se deniega, el solicitante recibirá una explicación por escrito y tendrá 30 días para solicitar una audiencia. Es importante destacar que a una persona con una condena por delito grave que tenga un certificado de rehabilitación, o con una condena por delito menor que cumpla ciertos criterios de rehabilitación, no se le puede denegar una licencia únicamente por estas condenas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a) El director podrá denegar una licencia o registro regulado por este capítulo basándose en que el solicitante haya realizado cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(1) Haber hecho a sabiendas una declaración falsa de hecho que debía revelarse en la solicitud de licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(2) Haber sido condenado por un delito. Una condena, en el sentido de esta sección, significa una declaración o veredicto de culpabilidad o una condena posterior a una declaración de nolo contendere. Cualquier acción que la oficina esté autorizada a tomar tras el establecimiento de una condena podrá tomarse cuando haya transcurrido el plazo para apelar, o cuando la sentencia condenatoria haya sido confirmada en apelación, o cuando se dicte una orden de libertad condicional que suspenda la imposición de la pena, independientemente de una orden posterior conforme a la Sección 1203.4 del Código Penal.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(3) Haber cometido cualquier acto que implique deshonestidad, fraude o engaño, con la intención de beneficiarse sustancialmente a sí mismo, a sí misma o a otra persona, o de perjudicar sustancialmente a otra persona.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(4) Haber cometido cualquier acto que, si fuera realizado por un titular de licencia, sería motivo de suspensión o revocación de una licencia.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(5) Haberle sido denegada una licencia conforme a este capítulo o haberle sido revocada una licencia.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(a)(6) Haber sido funcionario, socio o gerente de cualquier persona a quien se le haya denegado una licencia conforme a este capítulo o cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(b) La oficina podrá denegar una licencia o registro conforme a esta sección solo si el delito o acto está sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de la licencia o registro para el cual se ha presentado la solicitud.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(c) La denegación de una licencia o registro deberá constar por escrito y deberá describir el fundamento de la denegación. La denegación deberá informar al solicitante que, si desea una audiencia de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, la revisión deberá solicitarse dentro de los 30 días siguientes a la emisión de la denegación.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.71(d) No obstante cualquier otra disposición de este capítulo, a ninguna persona se le denegará una licencia o registro únicamente por el hecho de haber sido condenada por un delito grave, si ha obtenido un certificado de rehabilitación conforme al Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 4852.01) del Título 6 de la Parte 3 del Código Penal, o únicamente por el hecho de haber sido condenada por un delito menor, si ha cumplido con todos los requisitos aplicables de los criterios de rehabilitación según lo dispuesto en la Sección 6980.72.

Section § 6980.72

Explanation

Esta ley explica cómo el jefe evalúa si a alguien se le debe otorgar, denegar, suspender o revocar una licencia o registro. Considera factores como la naturaleza del delito del solicitante, su historial delictivo completo, cualquier nueva infracción, cuánto tiempo ha pasado desde el delito y si ha cumplido con condiciones como la libertad condicional o la libertad vigilada. También implica revisar cualquier prueba de rehabilitación que presente el solicitante. Estos mismos criterios se utilizan cuando alguien solicita el restablecimiento de una licencia o registro.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a) Cuando se considere la denegación, suspensión o revocación de una licencia o registro para el cual se ha presentado una solicitud bajo este capítulo, el jefe, al evaluar la rehabilitación del solicitante y su elegibilidad actual para una licencia o registro, deberá considerar todos los siguientes criterios:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(1) La naturaleza y gravedad del acto o delito considerado como motivo de denegación.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(2) El historial delictivo total del solicitante.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(3) Evidencia de cualquier acto cometido con posterioridad al acto o delito considerado como motivo de denegación, suspensión o revocación que también pudiera considerarse como motivo de denegación conforme a la Sección 6980.71.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(4) El tiempo transcurrido desde la comisión del acto o delito mencionado en el párrafo (1) o (2).
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(5) El grado en que el solicitante ha cumplido con los términos de libertad condicional, libertad vigilada, restitución o cualquier otra sanción impuesta legalmente contra el solicitante.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(a)(6) Evidencia, si la hubiere, de rehabilitación presentada por el solicitante.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.72(b) Al considerar una petición de restablecimiento de una licencia o registro, el jefe evaluará la evidencia de rehabilitación, considerando los criterios de rehabilitación enumerados en el inciso (a).

Section § 6980.73

Explanation

Si un cerrajero es condenado por un delito que está estrechamente relacionado con sus funciones laborales, su licencia se suspende automáticamente. Esto ocurre cuando la oficina de licencias le envía un aviso de condena y suspensión a su dirección registrada. El aviso explicará que el delito está relacionado con sus responsabilidades profesionales. Esta ley tiene como objetivo suspender rápidamente dichas licencias para proteger la seguridad pública.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.73(a) La licencia o registro de un cerrajero será suspendida automáticamente si el cerrajero es condenado por cualquier delito que esté sustancialmente relacionado con las funciones, deberes y responsabilidades de un cerrajero. La suspensión automática se hará efectiva mediante el envío por correo de un aviso de condena y suspensión de licencia que será enviado por la oficina al titular de la licencia a su dirección registrada.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.73(b) El aviso deberá contener una declaración de determinación preliminar por parte del director o su designado de que el delito indicado está razonablemente relacionado con las funciones, deberes y responsabilidades de un cerrajero.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.73(c) Al promulgar esta sección, la Legislatura encuentra y declara que los cerrajeros condenados por delitos razonablemente relacionados con las funciones, deberes y responsabilidades de un cerrajero estarán sujetos a la suspensión automática de su licencia y que la suspensión sumaria se justifica por intereses estatales imperiosos de seguridad pública y protección, en el sentido de la decisión de la Corte Suprema de California en Eye Dog Foundation v. State Board of Guide Dogs for the Blind, 67 Cal. 2d 536.

Section § 6980.74

Explanation

Esta ley permite que una agencia suspenda o revoque licencias de cerrajeros y profesiones similares si cometen ciertos actos ilegales. Estos actos incluyen mentir u ocultar información importante en una solicitud de licencia, interferir con los agentes encargados de hacer cumplir la ley, usar sus habilidades para cometer delitos, ser condenado por un delito relacionado o incumplir las normas de su profesión. Si estos actos son cometidos por directivos de una empresa o socios de una sociedad, la licencia del negocio también puede verse afectada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a) La oficina puede suspender o revocar una licencia expedida conforme a este capítulo por actos que incluyen, entre otros, cualquiera de los siguientes actos que también serán ilícitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a)(1) Declaración falsa u ocultación de un hecho material en una solicitud de licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a)(2) Interferencia con el personal autorizado dedicado a la aplicación o administración de este capítulo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a)(3) Usar o permitir a sabiendas el uso de cualquiera de sus habilidades, herramientas o instalaciones para la comisión de cualquier delito.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a)(4) Condena por un delito sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de un cerrajero.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(a)(5) Una violación de este capítulo o de las normas y reglamentos adoptados bajo la autoridad de este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6980.74(b) La oficina puede suspender o revocar una licencia expedida a una corporación o a una sociedad por la comisión de cualquier acto enumerado en el apartado (a) por un funcionario de la corporación o por un socio de la sociedad.

Section § 6980.75

Explanation

Si alguien tiene un registro de haber sido condenado por un delito, o una copia certificada de ese registro, se toma como prueba innegable de que la condena ocurrió.

Un registro de condena, o una copia certificada del mismo, será prueba concluyente de la condena.

Section § 6980.76

Explanation
Esta sección de la ley explica que si la oficina desea denegar, revocar o suspender una licencia, debe seguir procedimientos específicos establecidos en otra parte del Código de Gobierno. Básicamente, hay una forma establecida de manejar estas situaciones para garantizar la equidad y la coherencia.

Section § 6980.77

Explanation

Si una empresa que opera como corporación en California no está registrada o no está en regla con la Secretaría de Estado y la Junta de Impuestos de Franquicia, su licencia puede ser suspendida automáticamente. La empresa recibirá una notificación por escrito y tendrá 30 días para solucionar el problema. La licencia puede ser reincorporada después de la suspensión demostrando que ha vuelto a estar en regla y pagando una tarifa.

No obstante cualquier otra ley, el incumplimiento de cualquier persona con licencia para operar como corporación en este estado de estar registrada y en regla con la Secretaría de Estado y la Junta de Impuestos de Franquicia, después de recibir notificación de la oficina, resultará en la suspensión automática de la licencia por ministerio de la ley. La oficina notificará al titular de la licencia por escrito sobre su incumplimiento de estar registrado y en regla con la Secretaría de Estado o la Junta de Impuestos de Franquicia, o ambas, y que la licencia será suspendida 30 días a partir de la fecha de la notificación si el titular de la licencia no proporciona pruebas satisfactorias a la oficina de que está debidamente registrado y en regla con la Secretaría de Estado o la Junta de Impuestos de Franquicia, o ambas. La reincorporación podrá realizarse en cualquier momento después de la suspensión, proporcionando pruebas satisfactorias a la oficina de que la licencia está debidamente registrada y en regla y mediante el pago de la tarifa de reincorporación según lo prescrito por este capítulo.