Section § 5600

Explanation

Esta ley establece que cualquier licencia emitida o renovada bajo este capítulo vence dos años después del final del mes en que fue emitida o renovada por última vez. Para evitar que una licencia expire, debe solicitar su renovación y pagar una tarifa antes de que la licencia caduque. Además, en el formulario de renovación, debe informar si ha sido condenado por un delito o disciplinado por una agencia pública en el último período de renovación, asegurándose de que toda la información proporcionada sea veraz y completa.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600(a) Todas las licencias emitidas o renovadas bajo este capítulo vencerán dos años a partir del último día del mes en que se emitió la licencia o dos años a partir de la fecha en que la licencia renovada expiró por última vez.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600(b) Para renovar una licencia no vencida, el titular de la licencia deberá, antes del momento en que la licencia vencería de otro modo, solicitar la renovación en un formulario prescrito por la junta y pagar la tarifa de renovación prescrita por este capítulo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600(c) El formulario de renovación deberá incluir una declaración que especifique si el titular de la licencia fue condenado por un delito o disciplinado por otra agencia pública durante el período de renovación anterior y que las declaraciones del titular de la licencia en el formulario de renovación son verdaderas, correctas y no contienen omisiones materiales de hechos, a lo mejor del conocimiento y creencia del titular de la licencia.

Section § 5600.05

Explanation

Esta sección exige a los titulares de licencias completar una educación continua específica para renovar sus licencias. Deben tomar cinco horas de cursos sobre requisitos de acceso para personas con discapacidad y otras cinco horas sobre diseño de cero emisiones netas de carbono. Estos cursos deben ser impartidos por expertos y cumplir con las cualificaciones establecidas por la junta. La junta puede auditar los registros para asegurar el cumplimiento y verificará al menos el 3% de las renovaciones cada año. Los titulares de licencias deben guardar los registros de los cursos durante dos años, y proporcionar información falsa puede resultar en multas o acciones disciplinarias. Los proveedores de cursos también pueden enviar directamente a la junta las pruebas de los cursos.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(a)(1) Como condición para la renovación de la licencia, un titular de licencia deberá completar cursos de educación continua de conformidad con el párrafo (2).
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(a)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(a)(2)(A) Cinco horas de cursos sobre requisitos de acceso para personas con discapacidad. Los cursos deberán incluir información y orientación práctica sobre los requisitos impuestos por la Ley federal de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Ley Pública 101-336; 42 U.S.C. Sec. 12101 y siguientes), las leyes estatales que rigen el acceso a instalaciones públicas, y las regulaciones federales y estatales adoptadas de conformidad con dichas leyes. Los cursos proporcionados de conformidad con este subpárrafo deberán ser impartidos por capacitadores o educadores con conocimiento y experiencia en estos requisitos. La junta promulgará regulaciones para establecer las cualificaciones para los cursos y los proveedores de cursos antes del 1 de enero de 2023.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(a)(2)(A)(B) Cinco horas de cursos sobre diseño de cero emisiones netas de carbono para todas las renovaciones que ocurran a partir del 1 de enero de 2023. Los cursos deberán ser impartidos por capacitadores o educadores con conocimiento y experiencia en estos requisitos de diseño. La junta adoptará regulaciones para establecer las cualificaciones para los cursos y los proveedores de cursos antes del 1 de julio de 2024.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(b) La junta podrá auditar los registros de un titular de licencia para verificar la finalización de los requisitos de los cursos de la subdivisión (a). Un titular de licencia deberá mantener registros de la finalización de los cursos requeridos durante dos años a partir de la fecha de renovación de la licencia, que contengan la siguiente información: título del curso, temas cubiertos, nombre del proveedor y del capacitador o educador, fecha de finalización, número de horas completadas, y una declaración sobre los conocimientos y la experiencia del capacitador o educador. Un titular de licencia deberá poner esos registros a disposición de la junta para su auditoría previa solicitud. Un titular de licencia que proporcione información falsa o engañosa en lo que respecta específicamente a los requisitos de esta subdivisión estará sujeto a una citación administrativa, que puede incluir una multa administrativa de conformidad con la Sección 125.9, o a una acción disciplinaria por parte de la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(c) La junta auditará al menos el 3 por ciento de las renovaciones de licencias recibidas cada año para verificar la finalización de los requisitos de educación continua de esta sección.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.05(d) Un proveedor de educación continua podrá presentar directamente a la junta pruebas de los cursos.

Section § 5600.1

Explanation

Esta sección explica que la junta responsable de las licencias profesionales debe enviar recordatorios por escrito a los titulares de licencias. Deben notificarles 30 días antes de la fecha de vencimiento de la renovación de su licencia y, de nuevo, 90 días antes del quinto aniversario si no han pagado la cuota de renovación. Además, la junta debe informar a los titulares de licencias sobre la disponibilidad de información para diseñar edificios y espacios accesibles para personas con discapacidades físicas, garantizando un diseño sin barreras tanto en el interior como en el exterior.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.1(a) La junta deberá notificar por escrito a un licenciatario con 30 días de antelación a la fecha de renovación regular y deberá notificar por escrito con 90 días de antelación a la expiración del quinto año en que no se haya pagado una cuota de renovación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.1(b) La junta también deberá notificar a los licenciatarios sobre la disponibilidad de resúmenes y otros materiales informativos sobre los requisitos para el diseño interior y exterior sin barreras para permitir el acceso y uso del entorno arquitectónico por parte de las personas con discapacidades físicas.

Section § 5600.2

Explanation

Si su licencia profesional ha caducado, puede renovarla en un plazo de cinco años presentando un formulario de renovación y pagando todas las tarifas que deba. Si han pasado más de 30 días desde que su licencia caducó, también deberá pagar una tarifa por retraso. Su licencia se renovará en función de cuándo complete todos los pasos necesarios, como presentar el formulario y pagar las tarifas. Una vez renovada, su licencia será válida hasta la próxima fecha de caducidad, a menos que la renueve de nuevo.

Salvo que se disponga lo contrario en este capítulo, una licencia que ha caducado puede renovarse en cualquier momento dentro de los cinco años siguientes a su caducidad mediante la presentación de una solicitud de renovación en un formulario prescrito por la junta, y el pago de todas las tarifas de renovación acumuladas y no pagadas. Si una licencia se renueva más de 30 días después de su caducidad, el titular de la licencia, como condición precedente para la renovación, también deberá pagar la tarifa por mora prescrita por este capítulo. La renovación bajo esta sección será efectiva en la fecha en que se presente la solicitud, en la fecha en que se pague la tarifa de renovación, o en la fecha en que se pague la tarifa por mora, si la hubiera, lo que ocurra en último lugar. Si se renueva de esta manera, la licencia continuará en vigor hasta la fecha de caducidad prevista en este capítulo que ocurra después de la fecha efectiva de la renovación, momento en el que caducará si no se renueva de nuevo.

Section § 5600.3

Explanation

Si no renuevas una licencia profesional dentro de los cinco años posteriores a su vencimiento, no podrás simplemente renovarla o recuperarla. En su lugar, tendrías que solicitar una nueva, pagando todas las tarifas y cumpliendo los requisitos como si fuera tu primera licencia. Afortunadamente, es posible que no tengas que hacer un examen si tu licencia original se otorgó sin uno. Incluso si inicialmente se requería un examen, la junta puede eximirte si cree que sigues calificado. Tampoco necesitarás cumplir de nuevo con los requisitos educativos. También existe la posibilidad de que la junta exima o reembolse la tarifa de solicitud si obtienes una licencia sin hacer un examen.

Una licencia que no se renueva dentro de los cinco años posteriores a su vencimiento no podrá ser renovada, restaurada, reexpedida o reinstaurada a partir de entonces. El titular de la licencia vencida podrá solicitar y obtener una nueva licencia solo si paga todas las tarifas y cumple con todos los requisitos establecidos en este capítulo para la obtención de una licencia original, excepto lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.3(a) No se requerirá un examen si la licencia vencida se emitió sin examen.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.3(b) La junta podrá eximir del examen si considera que, con la debida consideración al interés público, el titular de la licencia vencida está calificado para ejercer la arquitectura.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.3(c) No se requerirá que el titular de la licencia vencida cumpla con las calificaciones establecidas en este capítulo relativas a la educación.
La junta podrá, mediante reglamento, autorizar la exención o el reembolso de la totalidad o parte de la tarifa de solicitud pagada por una persona a quien se le expide una licencia sin examen conforme a esta sección.

Section § 5600.4

Explanation

Si eres un arquitecto con una licencia válida y en buen estado, puedes solicitar una 'licencia de jubilado' pagando la tarifa requerida. Esto significa que ya no podrás ejercer como arquitecto, pero podrás llamarte 'arquitecto jubilado'. No necesitas renovar esta licencia. Sin embargo, si deseas volver a ser un arquitecto activo, deberás seguir ciertos procedimientos bajo otros requisitos específicos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.4(a) La junta expedirá, previa solicitud y pago de la tarifa fijada por este capítulo, una licencia de jubilado a un arquitecto que posea una licencia vigente y activa o susceptible de ser renovada conforme a la Sección 5600.2 y cuya licencia no esté suspendida, revocada o restringida punitivamente de otra manera por la junta, ni sujeta a acción disciplinaria conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.4(b) El titular de una licencia de jubilado expedida conforme a esta sección no podrá ejercer ninguna actividad para la cual se requiera una licencia de arquitecto activo. Un arquitecto que posea una licencia de jubilado podrá usar el título de "arquitecto jubilado" o "arquitecto retirado".
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.4(c) El titular de una licencia de jubilado no estará obligado a renovar dicha licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5600.4(d) Para que el titular de una licencia de jubilado expedida conforme a esta sección pueda restablecer su licencia a un estado activo, el titular de una licencia de jubilado deberá cumplir con la Sección 5600.2 o 5600.3, según corresponda.

Section § 5601

Explanation
Cada mes, cualquier tarifa recaudada por el departamento relacionada con este capítulo debe enviarse a la Tesorería del Estado dentro de los 10 días siguientes al inicio del nuevo mes. Estos fondos se acreditan específicamente al Fondo de la Junta de Arquitectos de California.

Section § 5602

Explanation

Esta sección establece que el dinero recaudado en el Fondo de la Junta de Arquitectos de California se utilizará para cubrir los costos asociados con las operaciones y las funciones de cumplimiento de la junta.

El dinero pagado al Fondo de la Junta de Arquitectos de California, el cual se mantiene por la presente en existencia, se utilizará de la manera prescrita por la ley para sufragar los gastos de la junta en la ejecución y el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo.

Section § 5603

Explanation
Esta ley exige que la junta mantenga una lista de profesionales con licencia y la ponga a disposición de los departamentos de construcción locales y del público. Las personas pueden consultarla durante el horario de oficina. Los departamentos de construcción locales la obtienen gratis, pero otros podrían tener que pagar una tarifa, que solo debe cubrir el costo real. Cualquier dinero recaudado de estas tarifas se destina a un fondo especial.

Section § 5604

Explanation

Esta ley establece las tarifas para varios servicios relacionados con la licencia de arquitecto en California. Para solicitar o tomar una sección del examen, cuesta $100, con un posible aumento de hasta $150. Las mismas tarifas se aplican para una sección del examen en sí. Obtener una licencia cuesta lo mismo que la tarifa de renovación actual, pero si falta menos de un año para su vencimiento, se paga la mitad. Si se emite menos de 45 días antes del vencimiento, la tarifa podría ser eximida. Las solicitudes de reciprocidad cuestan $100, con un posible aumento a $250. Las licencias duplicadas cuestan $25, pero podrían subir a $50. Las renovaciones de licencia cuestan $400, con un posible aumento a $600. Si renueva tarde, la multa no puede exceder la mitad de la tarifa de renovación. Las licencias de jubilado cuestan $150, y las certificaciones de licencia tienen un tope de $40.

Las tarifas prescritas por este capítulo para los solicitantes de arquitecto o los titulares de licencias de arquitecto serán fijadas por la junta de la siguiente manera:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(a) La tarifa de solicitud para revisar la elegibilidad de un candidato para tomar cualquier sección del examen será de cien dólares ($100). La junta podrá adoptar reglamentos para fijar la tarifa en una cantidad mayor, hasta un máximo de ciento cincuenta dólares ($150).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(b) La tarifa por cualquier sección del examen administrado por la junta será de cien dólares ($100). La junta podrá adoptar reglamentos para fijar la tarifa en una cantidad mayor, hasta un máximo de ciento cincuenta dólares ($150).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(c) La tarifa por una licencia original será una cantidad igual a la tarifa de renovación vigente en el momento en que se emita la licencia, excepto que, si la licencia se emite menos de un año antes de la fecha en que expirará, entonces la tarifa se fijará en una cantidad igual al 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en el momento en que se emita la licencia. La junta podrá, mediante reglamentación apropiada, prever la exención o el reembolso de la tarifa por una licencia original si la licencia se emite menos de 45 días antes de la fecha en que expirará.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(d) La tarifa por una solicitud de reciprocidad será de cien dólares ($100). La junta podrá adoptar reglamentos para fijar la tarifa en una cantidad mayor, hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares ($250).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(e) La tarifa por una licencia duplicada será de veinticinco dólares ($25). La junta podrá adoptar reglamentos para fijar la tarifa en una cantidad mayor, hasta un máximo de cincuenta dólares ($50).
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(f) La tarifa de renovación será de cuatrocientos dólares ($400). La junta podrá adoptar reglamentos para fijar la tarifa en una cantidad mayor, hasta un máximo de seiscientos dólares ($600).
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(g) La tarifa por mora no podrá exceder el 50 por ciento de la tarifa de renovación.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(h) La tarifa por una licencia de jubilado será de ciento cincuenta dólares ($150) y no excederá la tarifa prescrita en la subdivisión (c).
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 5604(i) La tarifa por una certificación de licencia no excederá los cuarenta dólares ($40).