(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(a)(1) El Colegio de Abogados del Estado creará un programa para certificar a las empresas, proveedores o profesionales de resolución alternativa de disputas.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(a)(2) Un programa creado conforme al párrafo (1) no requerirá que una empresa, proveedor o profesional sea un licenciatario del Colegio de Abogados del Estado para ser certificado bajo el programa.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b) El programa incluirá, entre otros, todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(1) Procedimientos establecidos por el Colegio de Abogados del Estado para que una empresa, proveedor o profesional se convierta en una empresa, proveedor o profesional certificado de resolución alternativa de disputas que incluyan, entre otros, el requisito de que la empresa, proveedor o profesional verifique todo lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(1)(A) La empresa, proveedor o profesional exige, como mínimo, que sus árbitros cumplan con los Estándares Éticos para Árbitros Neutrales en Arbitraje Contractual, según lo adoptado por el Consejo Judicial conforme a la Sección 1281.85 del Código de Procedimiento Civil.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(1)(B) La empresa, proveedor o profesional exige, como mínimo, que sus mediadores cumplan con estándares éticos equivalentes a las Reglas de Conducta para Mediadores en Programas de Mediación Vinculados a Tribunales para Casos Civiles Generales, según lo dispuesto en las Reglas 3.850 a 3.860, ambas inclusive, de las Reglas de la Corte de California.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(1)(C) La empresa, proveedor o profesional tiene procedimientos establecidos para que las personas presenten quejas con respecto al incumplimiento de un árbitro o mediador de la empresa, proveedor o profesional con los estándares descritos en el subpárrafo (A) o (B), según corresponda. Para los mediadores, esos procedimientos de queja serán sustancialmente similares a los procedimientos de queja especificados en el Artículo 3 (que comienza con la Regla 3.865) del Capítulo 3 de la División 8 del Título 3 de las Reglas de la Corte de California.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(1)(D) La empresa, proveedor o profesional tiene procedimientos para remediar los incumplimientos de los árbitros o mediadores con los estándares descritos en el subpárrafo (A) o (B), según corresponda.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(2) Diferentes niveles o categorías de certificación que cumplan con todos los siguientes requisitos:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(2)(A) Se otorgan niveles o categorías superiores a las empresas, proveedores o profesionales que demuestren un mayor nivel de compromiso con la rendición de cuentas y la protección del consumidor, basándose en criterios desarrollados por el Colegio de Abogados del Estado.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(2)(B) Los niveles o categorías no reflejan una evaluación de la calidad de una empresa, proveedor o profesional.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(2)(C) Los niveles o categorías solo hacen referencia a los estándares de conducta descritos en el subpárrafo (A) o (B) del párrafo (1), según corresponda.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(b)(3) Autoridad para que el Colegio de Abogados del Estado deniegue o revoque la certificación por no cumplir o mantener los estándares de certificación.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(c)(1) El Colegio de Abogados del Estado podrá cobrar una tarifa a una empresa, proveedor o profesional de resolución alternativa de disputas que solicite la certificación conforme a esta sección para cubrir los costos razonables de administración del programa.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(c)(2) La tarifa cobrada conforme al párrafo (1) podrá ser más alta en los primeros años del programa para reembolsar al Colegio de Abogados del Estado los costos relacionados con la planificación y el establecimiento del programa, incluyendo, entre otros, los costos de tecnología y personal preliminar.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(c)(3) El Colegio de Abogados del Estado no utilizará ningún dinero recibido de las tarifas de licencia anuales cobradas conforme a la Sección 6140 o 6141 para cubrir ningún costo asociado con esta sección.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(d) Para los fines de este artículo:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(d)(1) "Resolución alternativa de disputas" significa mediación, arbitraje, conciliación u otro procedimiento no judicial que involucre a una parte neutral en el proceso de toma de decisiones.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6173(d)(2) "Programa" significa el programa creado conforme a la subdivisión (a).