Section § 6010

Explanation

El Colegio de Abogados del Estado de California es gestionado por un grupo llamado la junta de fideicomisarios, quienes se encargan de tomar decisiones y supervisar las actividades del Colegio de Abogados del Estado. Cada vez que vea el término 'junta de gobernadores' en este contexto, en realidad se refiere a la junta de fideicomisarios.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6010(a) El Colegio de Abogados del Estado está regido por una junta conocida como la junta de fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado. La junta tiene las facultades y deberes conferidos por este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6010(b) Según se utiliza en este capítulo o en cualquier otra disposición legal, se considerará que la "junta de gobernadores" se refiere a la junta de fideicomisarios.

Section § 6011

Explanation

Esta ley explica cómo el Colegio de Abogados del Estado de California contrata a su director ejecutivo. La junta elige a este líder, quien debe ser un abogado que ejerza en California. Se le contrata por cuatro años y puede ser recontratado. El director ejecutivo no puede tener un bufete de abogados privado. El Colegio de Abogados del Estado debe informar a ciertos comités del Senado y la Asamblea si se contrata o despide a un director ejecutivo. El nombramiento necesita la aprobación del Senado. Estas reglas se aplican a cualquier persona nombrada a partir del 1 de enero de 2024.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6011(a) La junta nombrará a un director ejecutivo del Colegio de Abogados del Estado, quien será responsable del liderazgo y la gestión del Colegio de Abogados del Estado de acuerdo con la dirección estratégica establecida por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6011(b) La junta nombrará a un abogado admitido para ejercer en California para desempeñarse como director ejecutivo del Colegio de Abogados del Estado. El director ejecutivo será nombrado por un período de cuatro años y podrá ser reelegido por períodos adicionales de cuatro años. El director ejecutivo ejercerá su cargo a discreción de la junta. El director ejecutivo no ejercerá la práctica privada. El Colegio de Abogados del Estado notificará al Comité de Reglas del Senado y a los Comités Judiciales del Senado y la Asamblea dentro de los siete días siguientes al despido o la contratación de un director ejecutivo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6011(c) El nombramiento del director ejecutivo está sujeto a la confirmación del Senado, y los plazos prescritos en la Sección 1774 del Código de Gobierno para la confirmación del Senado y para el servicio en el cargo son aplicables al nombramiento.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6011(d) Esta sección se aplica a las personas nombradas como director ejecutivo a partir del 1 de enero de 2024.

Section § 6012

Explanation
Esta ley describe cómo el Colegio de Abogados del Estado de California debe nombrar a un asesor jurídico general. El asesor jurídico general actúa como el principal consejero legal de la junta para asuntos que no implican la disciplina de abogados. Debe ser un abogado con licencia en California y es nombrado por períodos de cuatro años, con la posibilidad de ser reelegido. El asesor jurídico general no puede ejercer la abogacía de forma privada y es elegido a discreción de la junta. La contratación o destitución de un asesor jurídico general debe ser informada a ciertos comités legislativos en el plazo de una semana. Cualquier nombramiento requiere la confirmación del Senado, siguiendo plazos específicos. Esta norma se aplica a los nombramientos realizados a partir del 1 de enero de 2024.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6012(a) La junta nombrará a un asesor jurídico general del Colegio de Abogados del Estado para que sirva como asesor jurídico principal de la junta en asuntos no relacionados con la disciplina de abogados.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6012(b) La junta nombrará a un abogado habilitado para ejercer en California para que sirva como asesor jurídico general del Colegio de Abogados del Estado. El asesor jurídico general será nombrado por un mandato de cuatro años y podrá ser reelegido para mandatos adicionales de cuatro años. El asesor jurídico general ejercerá su cargo a discreción de la junta. El asesor jurídico general no ejercerá la práctica privada. El Colegio de Abogados del Estado notificará al Comité de Reglas del Senado y a los Comités Judiciales del Senado y la Asamblea dentro de los siete días siguientes a la destitución o contratación de un asesor jurídico general.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6012(c) El nombramiento del asesor jurídico general está sujeto a la confirmación del Senado, y los plazos establecidos en la Sección 1774 del Código de Gobierno para la confirmación del Senado y para el desempeño del cargo son aplicables al nombramiento.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6012(d) Esta sección se aplica a las personas nombradas como asesor jurídico general a partir del 1 de enero de 2024.

Section § 6013.1

Explanation

Esta ley describe cómo la Corte Suprema de California debe nombrar a los miembros abogados de una junta. Se nombra a cinco abogados por períodos de cuatro años y pueden ser nombrados de nuevo por un período adicional. Si ocurre una vacante, la Corte Suprema la cubrirá. Al hacer los nombramientos, la Corte debe considerar la diversidad en cuanto a los tipos de práctica legal, datos demográficos personales (como raza y género) y ubicaciones geográficas. Además, el Colegio de Abogados del Estado se encarga de la parte administrativa de este proceso.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.1(a) La Corte Suprema nombrará a cinco miembros abogados de la junta conforme a un proceso que la Corte Suprema pueda establecer. Estos miembros abogados servirán por un período de cuatro años y podrán ser nombrados de nuevo por la Corte Suprema por un solo período adicional.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.1(b) Un miembro abogado elegido conforme a la Sección 6013.2 podrá ser nombrado por la Corte Suprema conforme a esta sección para un período como miembro abogado nombrado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.1(c) La Corte Suprema cubrirá cualquier vacante en el período de, y realizará cualquier nuevo nombramiento de, cualquier miembro abogado nombrado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.1(d) Al realizar nombramientos para la junta, la Corte Suprema deberá considerar nombrar abogados que representen las siguientes categorías: servicios legales; abogados de firmas pequeñas o profesionales independientes; grupos históricamente subrepresentados, incluyendo la consideración de raza, etnia, género y orientación sexual; y académicos del derecho. Al realizar nombramientos para la junta, la Corte Suprema también deberá considerar la distribución geográfica, los años de práctica, particularmente abogados que se encuentren dentro de los primeros cinco años de práctica o que tengan 36 años de edad o menos, y la participación en actividades voluntarias del colegio de abogados local o estatal.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.1(e) El Colegio de Abogados del Estado será responsable de llevar a cabo las responsabilidades administrativas relacionadas con el proceso de nombramiento descrito en el apartado (a).

Section § 6013.3

Explanation

Esta sección describe el proceso de nombramiento para dos miembros abogados de una junta. Un miembro es seleccionado por el Comité de Reglas del Senado y el otro por el Presidente de la Asamblea. Cada abogado nombrado sirve por un período de cuatro años, pero puede ser renombrado. Si ocurre una vacante, se nombra a un nuevo miembro para completar el período restante.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.3(a) Un miembro abogado de la junta será nombrado por el Comité de Reglas del Senado y un miembro abogado de la junta será nombrado por el Presidente de la Asamblea.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.3(b) Un miembro abogado nombrado conforme a esta sección servirá por un período de cuatro años. Las vacantes se cubrirán por el resto del período. Un miembro abogado nombrado podrá ser renombrado conforme a esta sección.

Section § 6013.5

Explanation

Esta sección describe las reglas para nombrar a miembros del público en la junta directiva del Colegio de Abogados del Estado, que supervisa a los abogados en California. A partir del 1 de enero de 2018, hasta seis miembros de la junta deben ser personas que nunca han sido abogados ni han sido admitidos para ejercer en tribunales de EE. UU. Estos miembros cumplen mandatos de cuatro años, y cualquier vacante debe cubrirse por el resto del período. Los nombramientos se distribuyen entre diferentes autoridades: el Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombran a un miembro cada uno, mientras que el Gobernador nombra a cuatro miembros con la confirmación del Senado. Cada autoridad es responsable de cubrir cualquier vacante en sus nombramientos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.5(a) A partir del 1 de enero de 2018, un máximo de seis miembros de la junta serán miembros del público que nunca han sido licenciados del Colegio de Abogados del Estado ni admitidos para ejercer ante ningún tribunal de los Estados Unidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.5(b) Cada uno de estos miembros desempeñará su cargo por un período de cuatro años. Las vacantes se cubrirán por el resto del período.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.5(c) A partir del 1 de enero de 2018, un miembro público será nombrado por el Comité de Reglas del Senado y un miembro público será nombrado por el Presidente de la Asamblea.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.5(d) Cuatro miembros públicos serán nombrados por el Gobernador, sujetos a la confirmación del Senado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.5(e) Cada autoridad nominadora respectiva cubrirá cualquier vacante y efectuará cualquier nuevo nombramiento para cada cargo respectivo.

Section § 6013.5

Explanation

Esta ley establece que ciertas normas o directrices, descritas en otra parte de la ley, se aplican a los miembros públicos que sean nombrados o renominados a partir del 1 de enero de 2012.

La subdivisión (c) del Artículo 450 y los Artículos 450.2 a 450.6, ambos inclusive, se aplicarán a los miembros públicos nombrados o renominados a partir del 1 de enero de 2012.

Section § 6013.6

Explanation

Esta ley garantiza que los empleados a tiempo completo de agencias públicas que forman parte de la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados de California no perderán ningún beneficio laboral como derechos, ascensos o beneficios de jubilación. Sin embargo, si trabajan menos horas debido a sus responsabilidades en la junta, su salario puede reducirse proporcionalmente, a menos que utilicen tiempo de licencia. Se les permite compensar las horas no trabajadas en otros momentos si esto no causa inconvenientes a su empleador. La ley establece que servir en esta junta es beneficioso para el interés público.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.6(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), cualquier empleado a tiempo completo de cualquier agencia pública que preste servicios como miembro de la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California no sufrirá ninguna pérdida de derechos, ascensos, aumentos salariales, beneficios de jubilación, permanencia en el puesto, u otros beneficios relacionados con el empleo, a los que de otro modo habría tenido derecho a recibir.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.6(b) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), cualquier agencia pública que emplee a una persona que preste servicios como miembro de la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California podrá reducir el salario del empleado, pero ningún otro derecho o beneficio relacionado con el empleo, a prorrata en la medida en que el empleado no trabaje el número de horas exigido por ley o reglamento escrito para ser trabajado por otros empleados del mismo grado en cualquier período de pago particular y el empleado no solicite tiempo de licencia disponible. Se le dará al empleado la oportunidad de realizar sus funciones laborales fuera del horario laboral regular si dicho arreglo de trabajo es práctico y no representa una carga para la agencia pública.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6013.6(c) La Legislatura considera que el servicio como miembro de la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado de California por una persona empleada por una agencia pública redunda en el interés público.

Section § 6015

Explanation

Para ser parte de la junta como abogado, una persona debe tener una licencia activa del Colegio de Abogados del Estado. También debe tener su oficina principal de abogados en el lugar correcto. Si es elegido, su oficina debe estar en el distrito que representa. Si es nombrado, su oficina simplemente debe estar en California.

Ninguna persona es elegible para ser miembro abogado de la junta a menos que se cumplan ambas de las siguientes condiciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6015(a) Es un licenciado activo del Colegio de Abogados del Estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6015(b) Cualquiera de las siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6015(b)(1) Antes del 31 de octubre de 2020, si es elegido, mantiene su oficina principal para la práctica de la abogacía dentro del distrito del Colegio de Abogados del Estado del cual es elegido.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6015(b)(2) Si es nombrado por la Corte Suprema o la Legislatura, mantiene su oficina principal para la práctica de la abogacía dentro del Estado de California.

Section § 6016

Explanation
Esta ley describe la duración del mandato y los procedimientos para cubrir vacantes de los miembros abogados de una junta específica. El mandato de cada miembro es de cuatro años, y si hay una vacante, se cubre por el tiempo restante del mandato. La junta puede establecer una junta provisional si no hay suficientes miembros para formar un cuórum debido a las vacantes. Además, el tiempo de servicio en una vacante a mitad de mandato no cuenta para los límites de mandato de quienes la cubren.

Section § 6016.2

Explanation

Esta sección de la ley explica que cualquier miembro de la junta puede ser destituido por quien lo nombró si no está haciendo bien su trabajo, es incompetente o se comporta de manera inapropiada. También aclara que esto no limita otras facultades legales para destituir a los miembros de la junta. Por último, define "autoridad nominadora" como la persona o grupo autorizado para nombrar a los miembros de la junta.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6016.2(a) Cada autoridad nominadora podrá destituir de su cargo en cualquier momento a cualquier miembro de la junta nombrado por dicha autoridad por negligencia continua en el cumplimiento de los deberes exigidos por la ley, o por incompetencia o conducta poco profesional o deshonrosa.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6016.2(b) Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará como una limitación o restricción del poder de la autoridad nominadora conferido a la autoridad nominadora por cualquier otra disposición legal para destituir a cualquier miembro de la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6016.2(c) Tal como se utiliza en esta sección, "autoridad nominadora" significa la persona o entidad con autoridad para realizar un nombramiento en la junta según lo dispuesto en este artículo.

Section § 6019

Explanation

Esta ley establece que cada puesto en una junta, cuando se va a ocupar, se considera un rol o cargo propio y distinto.

Cada puesto en la junta para el cual se deba nombrar a un miembro se considerará, a los efectos del nombramiento, un cargo separado.

Section § 6020

Explanation

Esta ley establece que la dirección del Colegio de Abogados del Estado incluye un presidente, un vicepresidente y un secretario.

Los funcionarios del Colegio de Abogados del Estado son un presidente, un vicepresidente y un secretario.

Section § 6021

Explanation

La Corte Suprema es responsable de nombrar al presidente y vicepresidente de la junta. Cada uno sirve un mandato de dos años y comienza sus funciones después de la reunión de septiembre posterior a su nombramiento. Pueden servir un máximo de dos mandatos, a menos que estén cubriendo una vacante, en cuyo caso pueden servir dos mandatos completos además del resto de ese mandato de vacante.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6021(a) La selección del presidente y vicepresidente de la junta se realizará mediante nombramiento de la Corte Suprema.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6021(b) El presidente y el vicepresidente serán nombrados cada uno por un período que no exceda los dos años. El presidente y el vicepresidente asumirán las funciones de sus respectivos cargos al finalizar la reunión de septiembre posterior a su nombramiento. El presidente y el vicepresidente no podrán servir más de dos mandatos, salvo que un presidente o vicepresidente que sea nombrado para cubrir una vacante por el resto de un mandato es elegible para servir dos mandatos completos además del resto del mandato para el cual fue nombrado.

Section § 6023

Explanation

Las personas que actualmente ocupan cargos directivos en el Colegio de Abogados del Estado permanecerán en sus puestos hasta que se elija o nombre a nuevas personas para ocupar esos cargos.

Los funcionarios del Colegio de Abogados del Estado continuarán en sus cargos hasta que sus sucesores sean nombrados o seleccionados.

Section § 6024

Explanation

Esta ley establece que el presidente es el encargado de dirigir todas las reuniones del Colegio de Abogados del Estado y de su junta directiva. Si el presidente no puede asistir o no puede desempeñar su trabajo, entonces el vicepresidente asume esa función. La junta decide qué otras tareas deben manejar el presidente, el vicepresidente y el secretario.

El presidente presidirá todas las reuniones del Colegio de Abogados del Estado y de la junta, y en caso de su ausencia o incapacidad para actuar, el vicepresidente presidirá.
Otros deberes del presidente y del vicepresidente, y los deberes del secretario, serán los que la junta prescriba.

Section § 6025

Explanation
Esta ley otorga a una junta la facultad de crear reglas y reglamentos que son necesarios para poner en práctica eficazmente las disposiciones del capítulo, siempre y cuando estas reglas cumplan con las leyes del estado.

Section § 6026.11

Explanation

Esta ley establece que el Colegio de Abogados del Estado debe cumplir con la Ley de Registros Públicos de California, lo que significa que todos los documentos y registros que posee están abiertos al acceso público bajo esta Ley.

El Colegio de Abogados del Estado está sujeto a la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno) y todos los registros públicos y escritos del Colegio de Abogados del Estado están sujetos a la Ley de Registros Públicos de California.

Section § 6026.7

Explanation

Esta sección explica que el Colegio de Abogados del Estado debe generalmente seguir la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene, que garantiza el acceso público a las reuniones. Sin embargo, hay excepciones: esta Ley no se aplica a la Comisión de Evaluación de Candidatos Judiciales ni al Tribunal del Colegio de Abogados del Estado. Además, algunas reuniones pueden ser cerradas al público si involucran asuntos delicados como apelaciones relacionadas con certificaciones de especialización legal, preparación y calificación de exámenes de abogacía, evaluaciones de carácter moral e información confidencial de facultades de derecho. Incluso con estas sesiones cerradas, el Colegio de Abogados del Estado debe permitir comentarios públicos sobre cualquier tema programado para discusión, ya sea en sesión abierta o cerrada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(a) El Colegio de Abogados del Estado está sujeto a la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene (Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno) y todas las reuniones del Colegio de Abogados del Estado están sujetas a la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(b) No obstante cualquier otra ley, la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene no se aplicará a la Comisión de Evaluación de Candidatos Judiciales ni al Tribunal del Colegio de Abogados del Estado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c) Además de los motivos autorizados en la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene, se podrá celebrar una sesión cerrada para aquellas reuniones, o partes de las mismas, relacionadas con cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(1) Apelaciones de decisiones de la Junta de Especialización Legal que se nieguen a certificar o recertificar a un solicitante o que suspendan o revoquen el certificado de un especialista.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(2) La preparación de materiales de examen, la aprobación, la calificación o la seguridad de la administración de exámenes para la certificación de un especialista.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(3) La preparación de materiales de examen, la aprobación, la calificación o la seguridad de la administración de exámenes del Examen de Abogados de California o del Examen para Estudiantes de Derecho de Primer Año.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(4) Asuntos relacionados con la consideración del Comité de Examinadores de Abogados sobre el carácter moral, incluidas las alegaciones de mala conducta penal o profesional, la competencia o la salud física o mental de un individuo, las solicitudes de los solicitantes de adaptaciones para exámenes en relación con una solicitud de admisión para ejercer la abogacía, o las apelaciones de las determinaciones del Comité de Examinadores de Abogados.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(5) Información sobre las operaciones de una facultad de derecho que constituya un secreto comercial según se define en el apartado (d) de la Sección 3426.1 del Código Civil.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(c)(6) Asuntos relacionados con la consideración de la junta de renunciar a la confidencialidad relacionada con los registros de procedimientos disciplinarios según el apartado (c) de la Sección 6086.1.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6026.7(d) No obstante el apartado (e) de la Sección 11125.7 del Código de Gobierno, el Colegio de Abogados del Estado aceptará comentarios públicos en sesión abierta sobre todos los asuntos que estén en la agenda para discusión o decisión por parte de la junta directiva, ya sea en sesión abierta o cerrada.

Section § 6027

Explanation

El Colegio de Abogados del Estado puede celebrar reuniones especiales cuando y donde la junta directiva lo decida.

Las reuniones especiales del Colegio de Abogados del Estado podrán celebrarse en los momentos y lugares que la junta directiva disponga.

Section § 6028

Explanation

La junta puede usar sus fondos para cubrir los gastos necesarios relacionados con sus funciones. Los miembros de la junta generalmente no reciben pago, excepto por sus gastos necesarios mientras cumplen con sus deberes. Sin embargo, los miembros públicos de la junta y de ciertos comités pueden recibir $50 por cada día que trabajan, hasta un máximo de $500 al mes, además de sus gastos necesarios.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6028(a) La junta puede realizar asignaciones y desembolsos de los fondos del Colegio de Abogados del Estado para pagar todos los gastos necesarios para hacer efectivos los propósitos de este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6028(b) Salvo lo dispuesto en el apartado (c), ningún miembro de la junta recibirá otra compensación que sus gastos necesarios relacionados con el desempeño de sus funciones como miembro de la junta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6028(c) Los miembros públicos de la junta nombrados de conformidad con las disposiciones de la Sección 6013.5 y los miembros públicos del comité examinador nombrados de conformidad con la Sección 6046.5 recibirán, de los fondos asignados por la junta para este fin, cincuenta dólares ($50) por día por cada día realmente dedicado al desempeño de sus funciones oficiales, pero en ningún caso este pago excederá de quinientos dólares ($500) al mes. Además, estos miembros públicos recibirán, de los fondos asignados por la junta, los gastos necesarios relacionados con el desempeño de sus funciones.

Section § 6029

Explanation

Esta ley permite a la junta establecer comités y contratar personal según sea necesario, decidiendo sobre su salario y gastos. También especifica que el comité ejecutivo debe incluir miembros designados por el Tribunal Supremo, el Gobernador, el Presidente de la Asamblea y el Comité de Reglas del Senado.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(a) La junta podrá nombrar los comités, funcionarios y empleados que considere necesarios o apropiados, y fijar y pagar los salarios y gastos necesarios.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(b) Los miembros del comité ejecutivo de la junta deberán incluir al menos un miembro de la junta nombrado por cada una de las siguientes autoridades nominadoras:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(b)(1) El Tribunal Supremo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(b)(2) El Gobernador.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(b)(3) El Presidente de la Asamblea.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6029(b)(4) El Comité de Reglas del Senado.

Section § 6030

Explanation

Esta ley asigna a la junta la responsabilidad de gestionar las operaciones del Colegio de Abogados del Estado y de asegurar que se cumplan las normas mencionadas en artículos específicos. Si alguien infringe, o está a punto de infringir, estas normas, el Colegio de Abogados del Estado puede llevarlos a los tribunales y solicitar una orden judicial para detener la infracción, sin necesidad de pagar ninguna fianza para ello.

La junta tendrá a su cargo la función ejecutiva del Colegio de Abogados del Estado y la aplicación de las disposiciones de este capítulo. La violación o la amenaza de violación de cualquier disposición de los Artículos 7 (que comienza con la Sección 6125) y 9 (que comienza con la Sección 6150) de este capítulo podrá ser prohibida por orden judicial en una acción civil presentada ante el tribunal superior por el Colegio de Abogados del Estado y no se exigirá ninguna garantía al Colegio de Abogados del Estado.

Section § 6031

Explanation

Esta sección permite a la junta ayudar a mejorar el ámbito del derecho y el sistema de justicia. Sin embargo, la junta no puede evaluar ni informar sobre las cualificaciones o habilidades de jueces individuales a menos que la Legislatura lo revise y autorice. Los miembros del Colegio de Abogados del Estado aún pueden evaluar a los jueces individualmente, pero no como parte de las iniciativas de la junta. La evaluación de posibles jueces para nombramiento o nominación está permitida bajo reglas diferentes.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031(a) La junta puede colaborar en todos los asuntos relacionados con el avance de la ciencia de la jurisprudencia o con la mejora de la administración de justicia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031(b) No obstante esta sección o cualquier otra ley, la junta no deberá llevar a cabo ni participar en, ni autorizar a ningún comité, agencia, empleado o comisión del Colegio de Abogados del Estado a llevar a cabo o participar en ninguna evaluación, revisión o informe sobre las cualificaciones, integridad, diligencia o capacidad judicial de ningún juez específico de un tribunal previsto en la Sección 2 o 3 del Artículo VI de la Constitución de California sin revisión previa y autorización legal por parte de la Legislatura.
Las disposiciones de esta subdivisión no se interpretarán como una prohibición para que un colegiado del Colegio de Abogados del Estado lleve a cabo o participe en dicha evaluación, revisión o informe a título individual.
Las disposiciones de esta subdivisión no se interpretarán como una prohibición de una evaluación de posibles candidatos o nominados judiciales según lo autorizado por la Sección 12011.5 del Código de Gobierno.

Section § 6031.5

Explanation

Esta ley establece que la Asociación de Abogados de California no puede financiarse con las cuotas de licencia obligatorias recaudadas por el Colegio de Abogados del Estado. Aunque el Colegio de Abogados del Estado puede ofrecerles servicios de apoyo, deben acordar los detalles y costos de antemano, y el Colegio de Abogados del Estado debe ser reembolsado. El Colegio de Abogados del Estado también puede recaudar cuotas para la Asociación de Abogados de California si se considera que sirve a un propósito público. Además, el Colegio de Abogados del Estado puede recaudar donaciones voluntarias para la Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California, una entidad sin fines de lucro separada del Colegio de Abogados del Estado. Se aclara que esta Conferencia no forma parte del Colegio de Abogados del Estado y no se financiará con sus cuotas obligatorias.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(a) La Asociación de Abogados de California y sus actividades no se financiarán con cuotas obligatorias recaudadas conforme al apartado (a) de la Sección 6140.
El Colegio de Abogados del Estado podrá proporcionar a la Asociación de Abogados de California servicios administrativos y de apoyo, siempre que la Asociación de Abogados de California acepte, antes de que se presten dichos servicios, la naturaleza, el alcance y el costo de esos servicios. El Colegio de Abogados del Estado será reembolsado por el costo total de esos servicios con fondos recaudados conforme al apartado (b) o fondos proporcionados por la Asociación de Abogados de California. La auditoría financiera especificada en la Sección 6145 confirmará que el monto evaluado por el Colegio de Abogados del Estado por la prestación de los servicios reembolsa los costos de su prestación, y verificará que las cuotas obligatorias no se utilizan para financiar la Asociación de Abogados de California. El Colegio de Abogados del Estado y la Asociación de Abogados de California también podrán contratar otros servicios prestados por el Colegio de Abogados del Estado o por la Asociación de Abogados de California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(b) No obstante cualquier otra ley, el Colegio de Abogados del Estado recaudará cuotas para la Asociación de Abogados de California siempre que la Junta de Fideicomisarios del Colegio de Abogados del Estado determine que la Asociación de Abogados de California continúa sirviendo a un propósito público al proporcionar los servicios descritos en el apartado (f) de la Sección 6056. La Asociación de Abogados de California pagará los costos reales de la recaudación.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(c)(1) No obstante cualquier otra ley, el Colegio de Abogados del Estado está expresamente autorizado a recaudar, conjuntamente con la recaudación de sus cuotas anuales de licencia por parte del Colegio de Abogados del Estado hasta e incluyendo la recaudación de cuotas autorizadas para el año 2019, cuotas voluntarias o donaciones en nombre de la Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California, la entidad sucesora independiente sin fines de lucro de la antigua Conferencia de Delegados del Colegio de Abogados del Estado que ha sido constituida con el propósito de ayudar en asuntos relacionados con el avance de la ciencia de la jurisprudencia o la mejora de la administración de justicia, y a transferir cualquier cuota voluntaria o donación no gastada previamente realizada a la Conferencia de Delegados del Colegio de Abogados del Estado conforme a esta sección a la Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California. La Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California pagará el costo de la recaudación. El Colegio de Abogados del Estado y la Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California también podrán contratar otros servicios. La auditoría financiera especificada en la Sección 6145 confirmará que el monto de cualquier contrato cubrirá completamente los costos de la prestación de los servicios, y verificará que las cuotas obligatorias no se utilizan para financiar ninguna entidad sucesora.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(c)(2) La Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California, que es la entidad sucesora independiente sin fines de lucro de la antigua Conferencia de Delegados del Colegio de Abogados del Estado, como se menciona en el apartado (1), es una asociación voluntaria, no forma parte del Colegio de Abogados del Estado de California, y no se financiará de ninguna manera a través de cuotas obligatorias recaudadas por el Colegio de Abogados del Estado de California. Cualquier opción de contribución o membresía incluida en un estado de cuenta de cuotas obligatorias del Colegio de Abogados del Estado de California deberá incluir una declaración de que la Conferencia de Delegados de Asociaciones de Abogados de California no forma parte del Colegio de Abogados del Estado de California y que la membresía en esa organización es voluntaria.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6031.5(c)(3) Este apartado dejará de tener efecto el 1 de enero de 2020.

Section § 6032

Explanation

Esta ley permite al Colegio de Abogados del Estado recaudar cuotas voluntarias adicionales junto con sus cuotas anuales de colegiación. El dinero adicional se destina a financiar la Sociedad Histórica de la Corte Suprema de California, que trabaja para preservar y compartir la historia de la Corte Suprema y del Poder Judicial con el público.

No obstante cualquier otra ley, el Colegio de Abogados del Estado está expresamente autorizado a recaudar, conjuntamente con la recaudación de sus cuotas anuales de colegiación, cuotas voluntarias en nombre de y con el propósito de financiar la Sociedad Histórica de la Corte Suprema de California, la cual promueve la ciencia de la jurisprudencia mediante la preservación y difusión al público en general de la historia de la Corte Suprema y del Poder Judicial.

Section § 6032.1

Explanation
Esta ley permite al Colegio de Abogados del Estado recaudar donaciones voluntarias al cobrar las cuotas de licencia, para apoyar a California ChangeLawyers, una organización que trabaja para mejorar el sistema de justicia para los californianos.

Section § 6032.5

Explanation

Esta ley crea una cuenta especial, llamada Cuenta de Reembolso de Préstamos para Abogados de Interés Público, dentro de la Tesorería del Estado. El dinero de ciertas cuentas fiduciarias de abogados, conocidas como cuentas IOLTA, que no son reclamadas y pasan a ser propiedad del estado, se deposita en esta cuenta. Luego, la legislatura puede aprobar que estos fondos sean usados por la Comisión de Ayuda Estudiantil para ayudar a pagar y administrar los préstamos estudiantiles de abogados de interés público, quienes trabajan en empleos como asistencia legal para personas necesitadas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6032.5(a) Por la presente se establece la Cuenta de Reembolso de Préstamos para Abogados de Interés Público dentro de la Tesorería del Estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6032.5(b) Los fondos de una cuenta IOLTA que revierten al estado y se depositan en la Cuenta de Reembolso de Préstamos para Abogados de Interés Público de conformidad con el inciso (c) de la Sección 1564.5 del Código de Procedimiento Civil serán utilizados, previa apropiación de la Legislatura, por la Comisión de Ayuda Estudiantil con el propósito de proporcionar mayor financiación tanto para la administración como para la provisión de asistencia de préstamos de conformidad con el Programa de Reembolso de Préstamos para Abogados de Interés Público de conformidad con el Artículo 12 (que comienza con la Sección 69740) del Capítulo 2 de la Parte 42 de la División 5 del Título 3 del Código de Educación.

Section § 6033

Explanation

Esta ley permite al Colegio de Abogados de California recaudar donaciones voluntarias de sus licenciados para apoyar a organizaciones sin fines de lucro que ofrecen servicios legales gratuitos a personas de bajos ingresos. Estos fondos se distribuyen sin deducir ningún porcentaje por costos administrativos, según lo especificado en la Sección 6216. Se establecerá un grupo de trabajo para encontrar las mejores maneras de fomentar las donaciones y abordar la brecha entre las necesidades legales de las personas de bajos ingresos y los recursos disponibles. El plan es comenzar a implementar esto para el año fiscal 2008 y revisarlo periódicamente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6033(a) No obstante cualquier otra ley, el Colegio de Abogados está expresamente autorizado a facilitar las responsabilidades profesionales de los licenciados mediante la recaudación, junto con la recaudación de sus cuotas anuales de licencia o de otra manera, de apoyo financiero voluntario para organizaciones sin fines de lucro que proporcionan servicios legales gratuitos a personas de medios limitados. Todos los fondos recibidos para programas relacionados con esta sección se distribuirán a proyectos de servicios legales calificados y centros de apoyo según lo dispuesto en la Sección 6216 sin deducción por honorarios administrativos, costos o gastos por parte del Colegio de Abogados. Cualquier honorario, costo o gasto asociado con la administración de esta sección será absorbido dentro de los costos permitidos por y pagados de los fondos especificados en la Sección 6216.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6033(b) Para implementar esta sección, el Colegio de Abogados, en consulta con el Presidente del Tribunal Supremo de California, nombrará un grupo de trabajo de partes interesadas clave para analizar los mecanismos y la experiencia de las asociaciones de abogados que han adoptado programas para la recaudación de contribuciones financieras de los licenciados del colegio y propondrá un método apropiado para facilitar la recaudación y distribución de contribuciones voluntarias que esté mejor calculado para generar el mayor nivel de apoyo financiero y participación de los licenciados del Colegio de Abogados, teniendo en cuenta cuestiones como la brecha de justicia entre las necesidades legales de las personas de bajos ingresos en California y los recursos legales disponibles para asistirlas. El método y cualquier monto de contribución voluntaria recomendado adoptado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados de California se implementará para el año fiscal 2008, y se revisará y ajustará según sea necesario después de dos años y, posteriormente, cada cinco años según sea necesario, en consulta con los proveedores de servicios afectados y otras partes interesadas clave.

Section § 6034

Explanation

El Colegio de Abogados de California puede unirse al Programa Interagencial de Recaudación por Interceptación para recuperar deudas impagas que se le deben, como multas y sanciones. Cualquier dinero recaudado se destina al fondo general del Colegio de Abogados. Esta norma es temporal y vence el 1 de enero de 2026.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034(a) El Colegio de Abogados de California está autorizado y se le ordena participar como agencia estatal en el Programa Interagencial de Recaudación por Interceptación establecido conforme a la Sección 12419.2 del Código de Gobierno para la recaudación de cualquier cantidad impaga adeudada al Colegio de Abogados de California, incluyendo cualquier multa, sanción, evaluación, costo o reembolso impuesto bajo la Sección 6086.10, la subdivisión (c) de la Sección 6140.5, y cualquier otra ley aplicable. Todos los fondos recibidos por el Colegio de Abogados de California se depositarán en el fondo general del Colegio de Abogados.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034(b) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha queda derogada.

Section § 6034

Explanation

El Colegio de Abogados de California puede unirse a un programa estatal para ayudar a cobrar las deudas impagas que se le deben, como multas y sanciones. Cualquier dinero recaudado se utilizará para los fines establecidos en una ley relacionada. Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2026.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034(a) El Colegio de Abogados de California está autorizado y se le ordena participar como agencia estatal en el Programa Interagencial de Recaudación por Interceptación establecido de conformidad con la Sección 12419.2 del Código de Gobierno para la recaudación de cualquier cantidad impaga adeudada al Colegio de Abogados de California, incluyendo cualquier multa, sanción, evaluación, costo o reembolso impuesto conforme a la Sección 6086.10, el inciso (c) de la Sección 6140.5 y cualquier otra ley aplicable. Todos los fondos recibidos por el Colegio de Abogados de California se asignarán para los fines establecidos de conformidad con la Sección 6033.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Section § 6034.1

Explanation

Esta sección establece las directrices para el Colegio de Abogados de California al explorar un 'entorno de pruebas regulatorio' legal, que es un espacio para probar nuevas ideas o políticas. La ley exige que el Colegio de Abogados se centre en proteger a las personas de actores deshonestos en el ámbito legal y en mejorar el acceso a la asistencia legal, especialmente para quienes la necesitan. Prohíbe la propiedad corporativa de bufetes de abogados y la división de honorarios con no abogados para evitar conflictos de intereses. El Colegio de Abogados también debe adherirse a las leyes existentes sobre el ejercicio no autorizado de la abogacía, pero puede emitir licencias limitadas a estudiantes y graduados de derecho supervisados. Además, la ley fomenta el uso de la tecnología para mejorar el acceso a la justicia, solicitando comentarios para mejores opciones de servicio, pero prohíbe gastar dinero en actividades que no se ajusten a estas reglas. Esto entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(a) Cualquier entidad del Colegio de Abogados de California que explore un entorno de pruebas regulatorio deberá hacer todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(a)(1) Priorizar la protección de las personas, especialmente aquellas que necesitan asistencia legal, de actores inescrupulosos, incluyendo aquellos actores que buscan hacer negocios en el ámbito legal, por encima de todo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(a)(2) Priorizar el aumento del acceso a la justicia para las personas que califican para asistencia legal de organizaciones de servicios legales calificados o de servicios legales de inmigración financiados por el Departamento Estatal de Servicios Sociales.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(a)(3) Excluir la propiedad corporativa de bufetes de abogados y la división de honorarios legales con no abogados, lo cual ha sido históricamente prohibido por el derecho consuetudinario y la ley debido a graves preocupaciones de que podría socavar la protección del consumidor al crear conflictos de intereses difíciles de superar e infringir fundamentalmente las obligaciones básicas y primordiales de los abogados hacia sus clientes.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(a)(4) Adherirse a, y no proponer ninguna abrogación de, las restricciones sobre el ejercicio no autorizado de la abogacía, incluyendo, entre otras, las Secciones 13405 y 16951 del Código de Corporaciones.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(b) Esta sección no limita la capacidad del Colegio de Abogados para otorgar licencias de práctica limitada a estudiantes de derecho y graduados en derecho bajo ciertas condiciones, y con la supervisión de un abogado activo con licencia del Colegio de Abogados.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(c) Esta sección no limita el examen del uso de la tecnología para aumentar el acceso a la justicia para las personas que califican para asistencia legal de organizaciones de servicios legales calificados o de servicios legales de inmigración financiados por el Departamento Estatal de Servicios Sociales, individuos de bajos ingresos y pequeñas empresas, siempre y cuando las propuestas se adhieran a, y no propongan ninguna abrogación de, las restricciones sobre el ejercicio no autorizado de la abogacía, incluyendo, entre otras, las Secciones 13405 y 16951 del Código de Corporaciones.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(d) Esta sección no impide que el Colegio de Abogados solicite comentarios de organizaciones de servicios legales, incluyendo organizaciones que brindan servicios legales en derecho de familia y derecho de inmigración, organizaciones comunitarias y consumidores sobre opciones para aumentar el acceso a los servicios legales.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(e) El Colegio de Abogados no deberá gastar fondos, independientemente de la fuente, en actividades que no cumplan con los requisitos de esta sección.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 6034.1(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2025.