ContadoresNormas de Conducta Profesional
Section § 5060
Si quieres trabajar como contador, el nombre de tu negocio debe ser veraz y no puede engañar a la gente. Debes usar el mismo nombre que aparece en tu permiso oficial. Sin embargo, si eres un propietario único, puedes usar un nombre diferente si la junta lo aprueba y cumple con las reglas de honestidad. La junta también puede establecer reglas sobre qué tipos de nombres se consideran engañosos.
Section § 5061
Esta ley establece que los contadores en la práctica pública no pueden pagar ni aceptar honorarios o comisiones solo para obtener o dar referencias de clientes, a menos que se cumplan algunas condiciones específicas. Sin embargo, si un contador ofrece servicios o productos de un tercero a un cliente junto con sus propios servicios, puede ganar una tarifa, pero debe revelarlo al cliente. No pueden aceptar comisiones si también están realizando auditorías, revisiones de estados financieros o examinando proyecciones financieras futuras para ese cliente. Cualquier tarifa o comisión debe ser claramente revelada a los clientes por escrito, incluyendo el monto de la tarifa y la relación entre las partes. La ley también permite la compra de prácticas contables y los pagos de jubilación sin que se vean afectados por estas reglas.
Section § 5062
Cuando un profesional con licencia termina de compilar, revisar o auditar estados financieros, debe elaborar un informe que cumpla con los estándares profesionales.
Section § 5062.2
Esta ley establece que si una persona ha participado en una auditoría para una empresa que cotiza en bolsa y tuvo un papel importante en la toma de decisiones clave durante esa auditoría, no podrá aceptar un empleo con esa empresa o su filial durante un año después de la publicación del informe de auditoría. Esto es especialmente relevante si el nuevo puesto le permitiría tener un control significativo sobre la contabilidad o los informes financieros de la empresa.
Section § 5062.3
Esta ley establece que, en los casos en que una firma de contabilidad presta servicios de atestación, incluso si los propietarios de la firma no pueden firmar los informes oficiales de los encargos, siguen siendo responsables al igual que los contadores que realmente realizaron el trabajo.
Section § 5062.4
Esta ley establece que si un contador que trabajó en un informe para una firma deja esa firma, la firma aún debe entregarle cualquier documento en el que haya trabajado si la junta solicita verlos durante una investigación. El contador debe devolver estos documentos cuando se le indique y no puede quedarse con ninguna copia.
Section § 5063
Si usted es un contador con licencia en California y se encuentra con ciertas situaciones legales o profesionales, debe informar a la junta de contabilidad del estado en un plazo de 30 días. Debe informar cosas como condenas por delitos graves o si su licencia es cancelada o suspendida. Además, si un cliente tiene que rehacer un estado financiero, o si usted está involucrado en un gran acuerdo legal o investigación relacionada con la contabilidad, también debe informarlo. La norma también cubre sentencias en su contra por mala conducta como fraude o negligencia. El informe debe ser detallado y firmado por usted. Recuerde, solo tiene que informar sus propios problemas, no los de otros contadores.
Section § 5063.1
Section § 5063.2
Section § 5063.3
Esta ley establece que los profesionales con licencia deben mantener la información del cliente en privado a menos que el cliente dé permiso por escrito para compartirla. Sin embargo, hay algunas situaciones en las que se permite compartirla sin permiso, como responder a una orden judicial, protegerse en acciones legales, cumplir con investigaciones gubernamentales o durante fusiones comerciales con los acuerdos adecuados. Si los profesionales necesitan compartir esta información para su defensa, consulta o revisiones por pares, también se permiten ciertas divulgaciones. Si la información del cliente pudiera divulgarse fuera de los EE. UU., los clientes deben ser informados por escrito y dar su consentimiento primero.
Section § 5063.10
Esta ley establece que si una reexpresión de un estado financiero ya está incluida en los informes presentados a la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU., no tiene que ser reportada nuevamente bajo un requisito de California. Además, si una reexpresión de un estado financiero no es obligatoria según las regulaciones actuales de la junta, tampoco necesita ser reportada.