(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(a) La documentación de auditoría serán los registros de un licenciatario sobre los procedimientos aplicados, las pruebas realizadas, la información obtenida y las conclusiones pertinentes alcanzadas en un encargo de auditoría. La documentación de auditoría incluirá, entre otros, programas, análisis, memorandos, cartas de confirmación y representación, copias o extractos de documentos de la empresa, y cronogramas o comentarios preparados u obtenidos por el licenciatario.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(b) La documentación de auditoría deberá contener documentación suficiente para permitir que un revisor con conocimientos y experiencia relevantes, sin conexión previa con el encargo de auditoría, comprenda la naturaleza, el momento, el alcance y los resultados de los procedimientos de auditoría u otros realizados, la evidencia obtenida y las conclusiones alcanzadas, y para determinar la identidad de las personas que realizaron y revisaron el trabajo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(c) La falta de documentación de auditoría para documentar los procedimientos aplicados, las pruebas realizadas, la evidencia obtenida y las conclusiones relevantes alcanzadas en un encargo, generará la presunción de que los procedimientos no se aplicaron, las pruebas no se realizaron, la información no se obtuvo y las conclusiones relevantes no se alcanzaron. Esta presunción será una presunción refutable que afectará la carga de la prueba en relación con aquellas partes de la auditoría que no estén documentadas según lo requerido en el apartado (b). La carga podrá cumplirse mediante una preponderancia de la evidencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(d) Un licenciatario deberá mantener la documentación de auditoría por el período más largo de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(d)(1) El período mínimo de retención establecido en el apartado (e).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(d)(2) Un período suficiente para cumplir con los estándares profesionales y con las leyes y regulaciones aplicables.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(e) La documentación de auditoría deberá mantenerse por un mínimo de siete años, período que se extenderá durante la tramitación de cualquier investigación de la junta, acción disciplinaria o acción legal que involucre al licenciatario o a la firma del licenciatario. La junta podrá adoptar reglamentos para establecer un período de retención diferente para categorías específicas de documentación de auditoría cuando la junta determine que la naturaleza de la documentación lo justifica.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 5097(f) Los licenciatarios deberán mantener una política escrita de retención y destrucción de documentación que establezca las prácticas y procedimientos del licenciatario que cumplan con este artículo.