Section § 5000

Explanation

Esta ley establece la Junta de Contaduría Pública de California dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, compuesta por 15 miembros. Siete de ellos son contadores con licencia de la junta, mientras que los otros ocho son miembros públicos que no son contadores con licencia. El Gobernador nombra a cuatro miembros públicos y a los siete contadores con licencia, asegurando una representación diversa de la profesión contable. El Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombran cada uno a dos miembros públicos. Esta ley es válida hasta el 1 de enero de 2029, fecha en la que será derogada, y en ese momento, la junta será revisada por los comités de política de la Legislatura, centrándose en los nuevos requisitos de licencia y los temas relevantes.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5000(a) Existe en el Departamento de Asuntos del Consumidor la Junta de Contaduría Pública de California, la cual consta de 15 miembros, 7 de los cuales serán profesionales con licencia, y 8 de los cuales serán miembros públicos que no serán profesionales con licencia de la junta ni estarán registrados por la junta. La junta tiene las facultades y deberes conferidos por este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5000(b) El Gobernador nombrará a cuatro de los miembros públicos y a los siete miembros profesionales con licencia según lo dispuesto en esta sección. El Comité de Reglas del Senado y el Presidente de la Asamblea nombrarán cada uno a dos miembros públicos. Al nombrar a los siete miembros profesionales con licencia, el Gobernador nombrará a personas que representen una muestra representativa de la profesión contable.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5000(c) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha quedará derogada.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5000(d) No obstante cualquier otra ley, la derogación de esta sección somete a la junta a revisión por parte de los comités de política pertinentes de la Legislatura. Sin embargo, la revisión de la junta se limitará a los informes o estudios especificados en este capítulo y a aquellas cuestiones identificadas por los comités de política pertinentes de la Legislatura y la junta con respecto a la implementación de nuevos requisitos de licencia.

Section § 5000.1

Explanation

Esta ley establece que la máxima prioridad de la Junta de Contabilidad de California es proteger al público al manejar asuntos como la concesión de licencias y la disciplina. Si la protección del público entra en conflicto con otros objetivos, la protección del público debe ser lo primero.

La protección del público será la máxima prioridad para la Junta de Contabilidad de California al ejercer sus funciones de concesión de licencias, regulación y disciplina. Siempre que la protección del público sea incompatible con otros intereses que se pretendan promover, la protección del público será primordial.

Section § 5000.5

Explanation

Esta norma establece los criterios para los miembros públicos de la junta estatal. Indica que un miembro público no puede ser un titular de licencia actual o anterior de la junta, ni tener lazos familiares con uno. Tampoco pueden trabajar para, o tener intereses financieros en, negocios de contabilidad, teneduría de libros o preparación de impuestos. Además, los miembros públicos deben cumplir con otros requisitos detallados en otra sección.

Ningún miembro público podrá ser un licenciatario actual o anterior de la junta, ni un miembro de la familia inmediata de un licenciatario, ni estar empleado actualmente o anteriormente por una firma de contabilidad pública, una firma de teneduría de libros, o una firma dedicada a la preparación de impuestos como su negocio principal, ni tener ningún interés financiero en el negocio de un licenciatario. Cada miembro público deberá cumplir con todos los requisitos para la membresía pública en la junta según lo establecido en el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 450) de la División 1.

Section § 5001

Explanation

Esta ley describe los requisitos para los miembros de una junta relacionada con la contaduría en California. La mayoría de los miembros de la junta deben ser contadores en ejercicio durante al menos cinco años antes de su nombramiento. También deben ser ciudadanos estadounidenses que hayan vivido en California durante al menos cinco años y tener buena reputación. Después de ser nombrados, los miembros deben prestar juramento de cargo. Sin embargo, el Gobernador puede nombrar a un miembro de la junta que sea profesor en un programa de contabilidad de un colegio o universidad sin exigirle a esa persona un historial de práctica profesional.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5001(a) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (b), cada miembro de la junta, excepto los miembros públicos, deberá dedicarse activamente a la práctica de la contaduría pública y deberá haberlo hecho por un período no menor de cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de su nombramiento. Cada miembro deberá ser ciudadano de los Estados Unidos y residente de este estado por al menos cinco años inmediatamente anteriores a su nombramiento, y deberá ser de buena reputación. Dentro de los 30 días siguientes a su nombramiento, los miembros de la junta deberán prestar y suscribir el juramento de cargo según lo prescrito por el Código de Gobierno y deberán presentarlo ante el Secretario de Estado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5001(b) Un miembro con licencia nombrado por el Gobernador podrá ser un educador activo dentro de un programa que enfatice el estudio de la contabilidad dentro de un colegio, universidad o institución educativa de cuatro años.

Section § 5002

Explanation
Los miembros de la junta son nombrados por períodos de cuatro años y pueden servir hasta que se nombren a sus sucesores o hasta un año después de que termine su período. Si queda un puesto vacante, se nombra a una nueva persona con la misma licencia que el miembro saliente para cubrir el resto del período. Los miembros no pueden servir más de dos períodos seguidos. El Gobernador puede destituir a cualquier miembro que no sea público cuya licencia sea inválida, revocada o suspendida, y también puede destituir a cualquier miembro por negligencia en sus deberes u otras razones válidas después de una audiencia.

Section § 5003

Explanation
La junta directiva tiene tres cargos directivos: un presidente, un vicepresidente y un secretario-tesorero.

Section § 5004

Explanation
Cada año, en su reunión anual, la junta directiva elige a un presidente, un vicepresidente y un secretario-tesorero de entre sus propios miembros para que sirvan por un año. Estos directivos asumen sus funciones inmediatamente después de la reunión en la que son elegidos.

Section § 5006

Explanation
Los actuales funcionarios de la junta permanecerán en sus puestos hasta que se elijan nuevos funcionarios y estén listos para asumir el cargo.

Section § 5007

Explanation

Esta sección explica quién debe dirigir las reuniones de la junta si el líder habitual no está disponible. El presidente dirige las reuniones, pero si no está, el vicepresidente asume el cargo. Si ninguno de los dos puede hacerlo, entonces el secretario-tesorero interviene. Si todos ellos no están disponibles, el presidente puede elegir a otro miembro de la junta para dirigir la reunión. Además, la junta decide qué otras responsabilidades tienen estos funcionarios.

El presidente presidirá todas las reuniones de la junta, y en caso de ausencia o incapacidad del presidente para actuar, el vicepresidente presidirá. Si tanto el presidente como el vicepresidente están ausentes o no pueden actuar, el secretario-tesorero presidirá las reuniones de la junta. El presidente podrá designar a un miembro de la junta que no sea un funcionario para presidir una reunión de la junta si todos los funcionarios de la junta están ausentes o no pueden actuar en esa reunión. Otros deberes del presidente, vicepresidente, y los deberes del secretario-tesorero, serán los que la junta prescriba.

Section § 5008

Explanation

Esta ley exige que la junta prepare un informe sobre sus actividades, incluyendo cualquier cambio en las normas y regulaciones, y lo comparta con todos los titulares de licencias al menos dos veces al año. Pueden hacerlo enviando correos electrónicos o publicando la información en su sitio web.

La junta deberá, de tiempo en tiempo, pero no menos de dos veces al año, preparar y distribuir a todos los licenciatarios un informe de las actividades de la junta, incluyendo las enmiendas a este capítulo y las regulaciones adoptadas por la junta, y podrá, de igual manera, distribuir informes sobre otros asuntos de interés para el público y para los profesionales. La junta podrá cumplir con este requisito distribuyendo estos materiales electrónicamente por correo electrónico o poniéndolos a disposición en el sitio web de internet de la junta.

Section § 5009

Explanation

Esta ley establece que la junta es responsable de mantener una lista de todos los profesionales con licencia, incluyendo los detalles importantes que considere necesarios. Esta lista debe ser accesible tanto para los licenciatarios como para el público en general.

La junta deberá compilar y mantener, o podrá encargar que se compile y mantenga en su nombre, un registro de licenciatarios que contenga la información que la junta determine necesaria para los fines para los cuales fue establecida la junta. La junta deberá poner el registro a disposición de cualquier licenciatario y del público.

Section § 5009.5

Explanation

Esta ley establece que las direcciones de correo electrónico proporcionadas por personas que solicitan u obtienen licencias de una junta no son registros públicos y no pueden compartirse con terceros, incluso si se solicitan bajo la Ley de Registros Públicos de California. La única excepción a esta regla es si un tribunal ordena la divulgación de las direcciones de correo electrónico.

En aras de proteger la privacidad de los solicitantes y titulares de licencias, una dirección de correo electrónico proporcionada por los solicitantes o titulares de licencias a la junta conforme a este capítulo no se considerará un registro público y no se divulgará conforme a la Sección 27 o conforme a una solicitud bajo la Ley de Registros Públicos de California (División 10 (que comienza con la Sección 7920.000) del Título 1 del Código de Gobierno), a menos que sea requerido conforme a una orden judicial de un tribunal de jurisdicción competente.

Section § 5010

Explanation

Esta ley le da a una junta la autoridad para crear, cambiar o eliminar reglas para manejar sus operaciones y responsabilidades de manera efectiva. Estos cambios deben seguir un proceso específico que se describe en otra parte del código de gobierno.

La junta podrá adoptar, derogar o modificar las reglamentaciones que sean razonablemente necesarias y convenientes para la buena marcha de sus asuntos y para la administración de este capítulo. Las reglamentaciones se adoptarán de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 5011

Explanation
Esta sección establece que la junta es responsable de decidir dónde estará su oficina principal. También permite a la junta establecer sucursales adicionales en diferentes lugares si es necesario.

Section § 5012

Explanation
Esta ley simplemente establece que la junta debe tener un sello oficial.

Section § 5013

Explanation

Esta ley exige que el consejo mantenga registros detallados de todas sus actividades, incluidas las acciones de sus comités. En los casos judiciales, ya sean civiles o penales, estos registros pueden utilizarse como prueba. Si los registros están certificados como correctos por el director ejecutivo del consejo y llevan el sello oficial del consejo, se asume que son precisos a menos que se demuestre lo contrario.

El consejo deberá mantener registros de todos los procedimientos y acciones realizados por y ante el consejo y ante sus comités. En cualquier procedimiento judicial, civil o penal, las copias de dichos registros certificadas como correctas por el director ejecutivo del consejo bajo el sello del consejo serán admisibles como prueba y constituirán prueba prima facie de la exactitud de su contenido.

Section § 5015

Explanation

Esta ley permite a la junta contratar secretarios, examinadores y otra ayuda según sea necesario para realizar su trabajo, y pagarles salarios y cubrir sus gastos necesarios, a menos que la Sección 159.5 disponga lo contrario.

La junta podrá emplear secretarios, examinadores y, salvo lo dispuesto en la Sección 159.5, otros asistentes en el desempeño de sus funciones, y pagar salarios y gastos necesarios.

Section § 5015.6

Explanation

Esta ley permite a la junta nombrar a un director ejecutivo que no forma parte del servicio civil. Este funcionario tiene facultades y deberes específicos otorgados por la junta. Sin embargo, esta norma dejará de aplicarse después del 1 de enero de 2029, ya que será derogada en esa fecha.

La junta puede nombrar a una persona exenta del servicio civil que será designada como director ejecutivo y quien ejercerá las facultades y desempeñará los deberes delegados por la junta y conferidos al director ejecutivo por este capítulo.
Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2029, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 5016

Explanation

Esta sección de la ley explica que más de la mitad de los miembros de la junta deben estar presentes para que cualquier reunión oficial pueda llevarse a cabo. Las reuniones deben seguir las reglas de notificación de la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas. La junta debe reunirse al menos dos veces al año, y estas reuniones pueden ser convocadas por el presidente y el director ejecutivo. Si dos miembros de la junta desean una reunión especial, pueden pedir al director ejecutivo que la organice.

La mayoría de la junta constituirá un quorum para la realización de cualquier asunto en cualquier reunión de la junta. Se dará aviso de cada reunión de la junta de conformidad con la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas (Artículo 9 (que comienza con la Sección 11120) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno). La junta se reunirá a convocatoria del presidente y del director ejecutivo, pero no menos de dos veces al año. Cualquier dos miembros de la junta podrán solicitar al director ejecutivo que convoque una reunión especial, y el director ejecutivo, al recibir dicha notificación, convocará una reunión de conformidad con el procedimiento aquí prescrito.

Section § 5017

Explanation

En California, las reuniones de la junta deben ser generalmente abiertas al público. Sin embargo, existen excepciones en las que la junta puede celebrar reuniones privadas, conocidas como sesiones ejecutivas. Estas reuniones privadas pueden utilizarse para discutir decisiones basadas en pruebas de ciertos procedimientos o para gestionar asuntos como la preparación y calificación de exámenes. Estas excepciones garantizan que las discusiones delicadas relacionadas con la toma de decisiones y los exámenes puedan llevarse a cabo sin interferencia pública.

Todas las reuniones de la junta serán abiertas y públicas, excepto que la junta podrá celebrar sesiones ejecutivas para deliberar sobre la decisión a la que se llegue con base en la evidencia presentada en un procedimiento llevado a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500), Parte 1, División 3, Título 2, del Código de Gobierno.
Los miembros de la junta podrán celebrar sesiones ejecutivas para preparar, aprobar, calificar o administrar exámenes y tendrán jurisdicción o voto sobre estas funciones de preparación, aprobación, calificación o administración de exámenes en sesión ejecutiva según lo dispuesto en la Sección 11126 del Código de Gobierno.

Section § 5017.1

Explanation
Una vez que la junta aprueba las actas de sus reuniones públicas, tiene que publicarlas en línea dentro de 10 días. Estas actas deben permanecer en el sitio web por al menos tres años. Solo con tener un enlace a las actas en línea se cumple esta norma.

Section § 5017.5

Explanation

Esta sección de la ley exige que la junta transmita sus reuniones públicas en línea, ya sea con audio o video en vivo. Si problemas técnicos les impiden hacerlo, no se considera una violación siempre y cuando hayan hecho todo lo posible para que funcionara. Incluso si la transmisión en vivo falla, la junta aún puede reunirse y tomar decisiones. Las grabaciones de estas reuniones deben estar disponibles en su sitio web durante al menos tres años, y simplemente proporcionar un enlace a la grabación cumple con esta obligación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5017.5(a) La junta deberá proporcionar una transmisión de audio o video en vivo, en su sitio web de internet, de cada una de sus reuniones de la junta que sean abiertas y públicas.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5017.5(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 5017.5(b)(1) Si una falla técnica impide a la junta proporcionar una transmisión en vivo según lo especificado en el apartado (a), dicha falla no constituirá una violación de esta sección si la junta ejerció diligencia razonable al proporcionar una transmisión en vivo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 5017.5(b)(2) La falta de proporcionar una transmisión en vivo de sus reuniones de la junta debido a una falla técnica no impedirá que la junta se reúna y tome medidas.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5017.5(c) La grabación de la transmisión de audio o video en vivo deberá permanecer en el sitio web de internet durante al menos tres años. Proporcionar un enlace en el sitio web de internet a la grabación de la transmisión de audio o video en vivo satisfará este requisito.

Section § 5018

Explanation

Esta sección permite a la junta crear, actualizar o eliminar normas de conducta profesional para asegurar una alta integridad dentro de la profesión. Todo profesional con licencia recibirá una copia de estas normas al menos 30 días antes de que se celebre una audiencia pública para discutir cualquier objeción a las mismas. Todos los licenciatarios deben seguir los estándares establecidos por la Junta de Contabilidad de California.

La junta podrá, mediante reglamento, prescribir, modificar o derogar normas de conducta profesional apropiadas para el establecimiento y mantenimiento de un alto estándar de integridad y dignidad en la profesión. Además de los requisitos contenidos en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 11370) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, se proporcionará una copia de las normas a cada titular de una licencia bajo este capítulo al menos 30 días antes de la fecha fijada para una audiencia pública celebrada con el propósito de recibir y considerar objeciones a cualquiera de las disposiciones propuestas. Todo licenciatario de la Junta de Contabilidad de California en este estado se regirá y controlará por las normas y estándares adoptados por la junta.

Section § 5019

Explanation

Cuando alguien solicita un certificado o registro, debe confirmar que ha leído y comprendido las reglas de conducta profesional establecidas por la junta.

Todo solicitante, al suscribirse a una solicitud de certificado o registro, deberá reconocer el hecho de que ha leído y comprende las reglas de conducta profesional adoptadas por la junta.

Section § 5020

Explanation

Esta ley autoriza a la junta a crear un comité asesor de hasta 13 licenciatarios para ofrecer asesoramiento técnico y ayudar a la junta con ciertas funciones. Sin embargo, este comité solo ofrece asesoramiento, no puede iniciar ninguna acción disciplinaria y solo puede informar sus hallazgos a la junta o al director ejecutivo de la junta si se les indica que lo hagan.

La junta podrá, con el propósito de obtener conocimientos técnicos, nombrar un comité asesor de cumplimiento de no más de 13 licenciatarios para proporcionar asesoramiento y asistencia relacionados con las funciones especificadas en la Sección 5103. El comité actuará únicamente en calidad de asesor, no tendrá autoridad para iniciar ninguna acción disciplinaria contra un licenciatario, y solo estará autorizado para informar sus hallazgos de cualquier investigación o audiencia realizada de conformidad con esta sección a la junta, o bajo la dirección de la junta, al director ejecutivo.

Section § 5021

Explanation
Los miembros de ambos comités, el asesor de cumplimiento y el de cualificaciones, cumplen mandatos de dos años.

Section § 5022

Explanation

Si solicitas ser contador público certificado (CPA) y no estás de acuerdo con la decisión del comité de cualificaciones sobre tu solicitud, puedes apelar ante la junta. La junta podría hacerte un examen oral o escrito para ayudar a decidir si cumples con los requisitos.

El comité de cualificaciones hará recomendaciones y remitirá su informe a la junta para que actúe sobre cualquier asunto en el que esté autorizado a actuar. Un solicitante de registro como contador público certificado que se sienta agraviado por cualquier acción tomada por el comité con respecto a sus cualificaciones podrá apelar ante la junta de acuerdo con las normas o reglamentos prescritos por la junta. La junta, en la apelación, podrá realizar un examen oral o escrito como ayuda para determinar si el solicitante está cualificado según los términos de este capítulo.

Section § 5023

Explanation
La junta puede crear un comité de cualificaciones formado por contadores públicos certificados para ayudar de dos maneras: revisando las cualificaciones de las personas que solicitan ser contadores públicos certificados y recomendando a la junta a aquellos solicitantes que cumplan con los requisitos necesarios.
La junta puede establecer un comité de cualificaciones compuesto por sus propios miembros contadores públicos certificados o por otros contadores públicos certificados del estado en regla, para desempeñar las siguientes funciones consultivas:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5023(a) Examinar las cualificaciones de todos los solicitantes para la licencia de contador público certificado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5023(b) Recomendar a la junta a los solicitantes de la licencia de contador público certificado que cumplan con los requisitos de este capítulo.

Section § 5024

Explanation
Esta ley permite a la junta establecer comités consultivos para ofrecer recomendaciones sobre asuntos específicos. Estos comités pueden incluir tanto a miembros de la junta como a personas que no lo son.

Section § 5025.1

Explanation

Esta ley permite a la junta contratar contadores como consultores y expertos para ayudar con investigaciones y asuntos legales. Estos contratos no siguen ciertos procedimientos gubernamentales, pero deben cumplir con estándares específicos. La junta puede optar por contratar a estos expertos sin abrir la oferta a todos (por contratación directa). Si estos expertos son demandados por su trabajo con la junta, la junta cubrirá su defensa legal y cualquier sentencia en su contra, de manera similar a las protecciones otorgadas a los empleados públicos. Cada año, la junta debe informar a la legislatura los detalles de estos contratos, incluyendo el costo y la efectividad.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.1(a) La junta puede contratar y emplear contadores públicos certificados y contadores públicos como consultores y expertos para asistir en la investigación y el enjuiciamiento de asuntos judiciales y administrativos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.1(b) Los contratos celebrados conforme a esta sección no están sujetos al Artículo 4 (que comienza con la Sección 19130) del Capítulo 5 de la Parte 2 de la División 5 del Título 2 del Código de Gobierno, excepto que la junta aplicará los estándares establecidos en la Sección 19130 al adjudicar contratos de servicios personales bajo esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.1(c) No obstante cualquier otra disposición de la ley, la junta puede contratar a estos consultores y expertos por contratación directa.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.1(d) Si una persona, que no sea un empleado regular de la junta, es contratada o está bajo contrato para proporcionar experiencia a la junta en la evaluación de la conducta de un licenciatario, y esa persona es nombrada como demandado en una acción civil por difamación, interferencia ilícita con una ventaja comercial prospectiva, u otras causas de acción civil que resulten directamente de opiniones emitidas, declaraciones hechas o testimonios dados a la junta, sus comités, personal, asesor legal u otros representantes, o en cualquier procedimiento iniciado por la junta o en el que la junta sea parte, la junta proporcionará la representación necesaria para defender a esa persona en esa acción civil y deberá indemnizar a esa persona por cualquier sentencia dictada en su contra. Este derecho de defensa e indemnización será el mismo que, y no mayor que, el derecho otorgado a un empleado público conforme a la Sección 825 del Código de Gobierno. Nada de lo aquí dispuesto se interpretará como una ampliación o limitación de cualquier inmunidad de responsabilidad provista de otra manera por la ley.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.1(e) El 1 de junio de cada año o antes, la junta informará a los comités de política y fiscales apropiados de cada cámara de la Legislatura los términos del contrato o contratos celebrados cada año fiscal conforme a esta sección. El informe incluirá el costo, los servicios, los términos y la duración provistos bajo cada contrato, la identidad de las firmas o individuos a quienes se les adjudicó cualquier contrato, y datos que demuestren la rentabilidad de la contratación directa de la junta en la investigación y el enjuiciamiento de los programas de cumplimiento de la junta.

Section § 5025.2

Explanation

Esta sección explica que la Junta de Contaduría Pública de California a veces necesita dinero adicional para acciones legales y de cumplimiento urgentes para proteger al público. Si la junta necesita fondos adicionales de forma inesperada para estos fines, el Departamento de Finanzas puede aprobar hasta $2 millones más en gastos del Fondo de Contaduría Pública. La junta debe demostrar que este dinero extra es necesario y que no pudieron prever la necesidad con antelación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.2(a) La Legislatura considera que hay ocasiones en que la Junta de Contaduría Pública de California requiere urgentemente autoridad de gasto adicional para financiar actividades imprevistas de cumplimiento y litigio. Sin suficiente autoridad de gasto para obtener los recursos adicionales necesarios para asuntos urgentes de litigio y cumplimiento, la junta no puede proteger adecuadamente al público. Por lo tanto, es la intención de la Legislatura que, aparte de, y adicionalmente a, la autoridad de gasto que de otro modo pueda establecerse, se le otorgue a la Junta de Contaduría Pública de California el aumento en su autoridad de gasto en cualquier año fiscal actual que sea autorizado por el Departamento de Finanzas conforme a las disposiciones de la subdivisión (b) de esta sección, para costos y servicios en asuntos urgentes de litigio y cumplimiento, incluyendo, pero no limitado a, costos por servicios profesionales y de consultoría y por los servicios del Fiscal General y la Oficina de Audiencias Administrativas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.2(b) No obstante la Sección de Control 27.00 de la Ley de Presupuesto anual, la Sección 11006 del Código de Gobierno, y el monto listado en la Ley de Presupuesto anual para gastos, el Departamento de Finanzas autorizará hasta dos millones de dólares ($2,000,000) en gastos adicionales para la Junta de Contaduría Pública de California previa demostración por parte de la junta de que dichos fondos son necesarios para la protección pública y que el déficit no fue anticipado. Estos gastos adicionales serán pagaderos del Fondo de Contaduría Pública para fines de las actividades de litigio o cumplimiento de la junta en cualquier año fiscal actual.

Section § 5025.3

Explanation

Esta ley permite a una junta reservar fondos para un contrato relacionado con asuntos legales, como demandas o acciones de cumplimiento. Estos fondos pueden utilizarse hasta por dos años después del final del año fiscal en que se celebró el contrato. Es importante destacar que estos fondos están aprobados para su uso de forma continua durante este período, sin preocuparse por los límites específicos del año fiscal, siempre y cuando se mantengan dentro del plazo autorizado.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.3(a) Cuando la junta celebre un contrato con fines de litigio o cumplimiento, incluidos, entre otros, los contratos conforme a la Sección 5025.1, los fondos podrán ser comprometidos en el año fiscal en que se celebre el contrato y gastados en cualquier momento durante los 24 meses siguientes, a partir del último día del año fiscal en que se celebre el contrato.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 5025.3(b) No obstante lo dispuesto en la Sección 13340 del Código de Gobierno, los fondos comprometidos para un contrato conforme al apartado (a) de esta sección se asignan de forma continua sin tener en cuenta el año fiscal; sin embargo, la asignación se limita al período para el cual los fondos están autorizados a ser comprometidos conforme al apartado (a).