Disposiciones Generales
Section § 1
Esta sección simplemente establece que el nombre de este conjunto de leyes es el Código de Negocios y Profesiones.
Section § 10
Section § 11
Section § 12
Section § 12.5
Section § 13
'Materia médica' se refiere a las sustancias enumeradas en publicaciones oficiales específicas como la Farmacopea de EE. UU. y la Farmacopea Homeopática, entre otras. Sin embargo, excluye ciertas sustancias descritas en otras secciones de este código.
Section § 14
Section § 14.1
Esta ley establece que cada vez que se actualicen las leyes de este código, cualquier uso de las palabras 'man' u 'men' debe ser reemplazado por 'person' o 'persons'. El cambio busca ser inclusivo y es una declaración, no una modificación de las leyes existentes.
Section § 14.2
Esta ley establece que cada vez que se utiliza el término "cónyuge", también debe incluir a las "parejas de hecho registradas" de acuerdo con las normas de otra parte del Código de Familia.
Section § 15
Section § 16
Esta ley significa que cuando un término en el Código de Negocios y Profesiones está en forma singular, también puede entenderse que se refiere a múltiples elementos o personas, y viceversa.
Section § 17
Esta sección explica que siempre que se usa la palabra 'condado', también significa 'ciudad y condado' juntos, no solo un condado por separado.
Section § 18
Esta sección aclara que, en el contexto de esta ley, el término 'ciudad' se refiere tanto a una ciudad como a un condado.
Section § 19
Esta sección de la ley establece que cuando se usa la palabra "deberá", significa que algo es requerido u obligatorio. Cuando se usa la palabra "podrá", indica que algo es opcional o permitido pero no requerido.
Section § 2
Section § 20
En este contexto, el término “juramento” también se refiere a una afirmación. Básicamente, ya sea que preste un juramento o haga una afirmación, legalmente significa lo mismo.
Section § 21
En este contexto, «Estado» generalmente se refiere a California. Sin embargo, cuando se mencionan otras partes de los EE. UU., también incluye el Distrito de Columbia y varios territorios.
Section § 22
Cuando vea la palabra “Junta” en este código, se refiere a cualquier grupo encargado de hacer cumplir esa parte del código. Esto podría significar una junta, oficina, comisión, comité, departamento, división, comité examinador, programa o agencia, a menos que se especifique lo contrario.
Section § 23
Esta sección aclara que cuando las leyes mencionan "Departamento", se refieren al Departamento de Asuntos del Consumidor, a menos que se indique lo contrario. Además, cualquier referencia al Departamento de Normas Profesionales y Vocacionales en realidad se refiere al Departamento de Asuntos del Consumidor.
Section § 23.5
En California, cuando vea el término «Director» en las leyes, generalmente se refiere al Director de Asuntos del Consumidor. Si encuentra alguna ley que mencione al Director de Normas Profesionales y Vocacionales, en realidad se está refiriendo al Director de Asuntos del Consumidor.
Section § 23.6
En esta sección, siempre que se utilice el término «autoridad nominadora» y no se defina explícitamente en otro lugar, se refiere al Director de Asuntos del Consumidor.
Section § 23.7
Section § 23.8
El término "licenciatario" se refiere a cualquier persona a la que se le permite, mediante una licencia, certificado o registro, ejercer un negocio o profesión regulado por este código. En este contexto, si ve la palabra "licenciado", significa lo mismo que "licenciatario".
Section § 23.9
Esta ley establece que si alguien ha sido capacitado en una habilidad o profesión específica que requiere una licencia estatal mientras estaba encarcelado, se le debe permitir tomar los exámenes de licencia estatales después de su liberación, al igual que a cualquier otro candidato. Su encarcelamiento anterior, su condena o el hecho de haber sido capacitado en una institución correccional no pueden ser una razón para negarles la licencia. Sin embargo, la autoridad competente aún debe considerarlos aptos para obtener la licencia.
Section § 24
Esta sección establece que si alguna parte del código se considera inválida o no aplicable a una persona o situación particular, el resto del código seguirá siendo válido y continuará aplicándose a otros.
Section § 25
Si solicitas una licencia o la renuevas por primera vez como terapeuta matrimonial y familiar, trabajador social, psicólogo o consejero clínico en California, debes completar una capacitación en sexualidad humana. Esto es parte de los requisitos para obtener la licencia, además de cualquier otro criterio.
Esta capacitación cuenta para la educación continua, pero no puede exceder las 50 horas. La Junta de Psicología puede eximir a las personas que no necesiten esta capacitación según su campo de práctica específico.
La capacitación en sexualidad humana implica estudiar a los seres humanos en términos de sexualidad y función. La agencia a cargo decidirá los detalles e informará a la Legislatura sobre la capacitación disponible.
Si alguna junta de licencias planea crear un programa de capacitación, debe consultar con otras juntas para asegurarse de que los programas coincidan en alcance y contenido.
Section § 26
Esta sección establece que cuando cualquier autoridad estatal en California está autorizada a adoptar estándares de construcción, debe seguir el proceso específico descrito en el Código de Salud y Seguridad. Si no siguen este proceso, sus estándares no serán válidos. Los estándares establecidos antes de 1980 serán válidos solo hasta 1985, a menos que sean actualizados o reemplazados por nuevas reglas en el Código Estatal de Estándares de Construcción.
Section § 27
Esta ley exige que ciertas agencias dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor de California proporcionen información en línea sobre el estado de las licencias que emiten. Deben divulgar detalles sobre suspensiones, revocaciones y otras acciones de cumplimiento, pero no pueden incluir información personal como números de seguro social o direcciones particulares. Los titulares de licencias deben proporcionar una dirección registrada, que puede ser un apartado postal o una dirección alternativa, aunque se puede requerir una dirección física internamente. La ley especifica varias juntas y oficinas, como la Junta de Ingenieros Profesionales y la Oficina de Reparación Automotriz, que deben cumplir con estos requisitos. Las reglas deben alinearse con las directrices de acceso a registros públicos del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Section § 27.5
Esta ley establece que si un profesional con licencia en California cambia su nombre legal o género, la junta de licencias correspondiente debe actualizar sus registros para reflejar el cambio, previa solicitud. La documentación necesaria para probar dichos cambios incluye órdenes judiciales certificadas e identificaciones emitidas por el gobierno.
Las juntas deben actualizar tanto las licencias físicas como los sistemas de verificación en línea para eliminar cualquier mención del nombre o género anterior y asegurar que cualquier acción de cumplimiento pasada que haga referencia a detalles anteriores no se muestre públicamente. En su lugar, se dirige al público a contactar a la junta para obtener información detallada sobre acciones pasadas.
Además, todos los registros relacionados con estos cambios se mantienen confidenciales y no están abiertos a la inspección pública.
Section § 27.6
Section § 28
Esta ley asegura que los psicólogos, trabajadores sociales clínicos, consejeros clínicos profesionales y terapeutas matrimoniales y familiares reciban capacitación adecuada para identificar y denunciar el abuso de niños, ancianos y adultos dependientes. Esta capacitación busca reducir el trauma del abuso y garantizar la denuncia oportuna para prevenir más incidentes.
Los solicitantes de licencias nuevas y de renovación deben completar una capacitación única que cubra la evaluación y denuncia del abuso infantil, en conformidad con la Ley de Denuncia de Abuso y Negligencia Infantil. El curso debe abordar diversos tipos de abuso, indicadores de abuso y responsabilidades de denuncia, entre otros temas.
La capacitación debe tener una duración mínima de siete horas y puede provenir de instituciones acreditadas o proveedores aprobados. Los solicitantes deben presentar prueba de la capacitación completada, con posibles exenciones si la capacitación no es aplicable a su práctica.
La ley también sugiere incluir la denuncia de abuso de ancianos y adultos dependientes en la capacitación obligatoria sobre envejecimiento y cuestiones de cuidado a largo plazo.
Section § 29
La Junta de Psicología de California y la Junta de Ciencias del Comportamiento pueden exigir a los psicólogos, trabajadores sociales clínicos, terapeutas matrimoniales y familiares, y consejeros clínicos profesionales que completen educación continua sobre cómo reconocer la dependencia química e intervenir tempranamente. Antes de oficializar estos requisitos, se les anima a incluir cursos sobre temas como la historia del abuso de sustancias, su impacto en individuos y familias, el reconocimiento de los síntomas de adicción, intervenciones y derivaciones adecuadas, cómo ayudar a las familias y la comprensión de programas de recuperación como los de 12 pasos.
Section § 29.5
Section § 3
Section § 30
Esta ley exige que las juntas de licencias, como el Colegio de Abogados y el Departamento de Bienes Raíces en California, recojan números de identificación específicos, como los números de identificación fiscal federal para empleadores en el caso de sociedades, o los números de seguro social para individuos, al emitir licencias. Estos números ayudan a identificar a las personas para fines fiscales y a garantizar el cumplimiento de otras normativas estatales.
Las juntas no pueden preguntar sobre el estado de ciudadanía o migratorio de una persona al emitir licencias, y no pueden denegar licencias únicamente por esos estados. Si un licenciatario no proporciona los números de identificación requeridos, puede enfrentar sanciones y su información se reporta a la Junta de Impuestos de Franquicia.
La ley describe cómo las juntas compartirán de forma segura la información con las autoridades fiscales y solo utilizarán los datos para fines autorizados. Los datos se mantienen confidenciales y están protegidos contra el acceso no autorizado. Existen procedimientos específicos para garantizar la seguridad y privacidad de esta información, como no usarla para identificar personalmente a individuos ni compartirla innecesariamente.
Section § 31
Esta ley explica las reglas para la obtención y renovación de licencias para profesionales en California.
Si alguien no cumple con las órdenes de pago de manutención, sus solicitudes de licencia pueden verse afectadas según el Código de Familia. Además, si alguien debe muchos impuestos y figura en una lista de morosidad importante, su licencia puede verse afectada según reglas específicas.
Las solicitudes deben informar a los solicitantes que las obligaciones fiscales deben pagarse, o las licencias pueden ser suspendidas. Las obligaciones fiscales se refieren a varias partes específicas de impuestos en el Código de Ingresos y Tributación de California.
Section § 32
Esta ley subraya la importancia de la educación continua para los profesionales de la salud que tratan con pacientes en riesgo o expuestos al SIDA. Destaca que la capacitación debe incluir la comprensión del SIDA, sus características y cómo evaluarlo y tratarlo. La ley especifica que las juntas reguladoras de diversos profesionales de la salud deben considerar incorporar esta capacitación en sus programas obligatorios de educación continua.
Section § 35
Esta ley anima al estado a facilitar que los veteranos militares utilicen sus habilidades, conocimientos y experiencia adquiridos durante el servicio para ayudar a cubrir las necesidades de empleo del estado. Requiere que las juntas estatales creen normas que evalúen e incorporen la educación y experiencia militar en los requisitos de licencia para diferentes trabajos. Estas juntas deben colaborar con el Departamento de Asuntos de Veteranos y el Departamento Militar y utilizar los fondos existentes para implementar estas normas.
Section § 4
Section § 40
Esta ley permite a juntas específicas en California, como la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos o la Junta Médica Osteopática, contratar consultores expertos para ciertas tareas, siempre que sigan los estándares estatales. Estas tareas pueden incluir dar opiniones expertas sobre asuntos de aplicación de la ley, ayudar con el desarrollo de exámenes y evaluar la salud de los solicitantes de licencias si es necesario para la seguridad pública.
El acuerdo entre la junta y el consultor no está sujeto a las reglas típicas de contratos públicos. Cada junta debe crear sus propias reglas sobre cómo seleccionar y usar a estos consultores, pero el rol de los consultores no se expande solo por ser contratados bajo esta ley.
Section § 5
Section § 6
Si ya eras elegible para un certificado bajo una ley que fue reemplazada por este nuevo código, eres automáticamente elegible para un certificado bajo las nuevas reglas, siempre y cuando las nuevas reglas se apliquen a tu situación.
Section § 7
Si alguien fue condenado por un delito bajo una ley que ha sido derogada, pero ese delito todavía se considera una infracción pública bajo la nueva ley, su condena sigue siendo válida bajo la nueva ley para cualquier propósito para el que fuera válida bajo la ley anterior.
Section § 7.5
Esta ley define lo que significa una 'condena' cuando se trata de licencias reguladas por el Código de Negocios y Profesiones. Una condena incluye una declaración de culpabilidad, una declaración de nolo contendere (sin objeción) o un veredicto de culpabilidad. Las juntas encargadas de las licencias pueden actuar sobre una condena una vez que finaliza el período de apelación, la condena es confirmada en apelación, o se concede la libertad condicional con una suspensión de la sentencia. Es importante destacar que las juntas no pueden denegar licencias a solicitantes cualificados basándose en otras secciones de la ley.
Ciertas agencias, como la Comisión Atlética Estatal y la Junta de Carreras de Caballos, están exentas de esta norma. Esta definición anula cualquier término contradictorio en las leyes de práctica individual, a menos que se indique lo contrario. La ley entró en vigor el 1 de julio de 2020.
Section § 8
Esta sección establece que, salvo que se indique lo contrario, las normas expuestas en las siguientes secciones se utilizarán para interpretar y comprender el contenido de este código.
Section § 9
Esta sección establece que los títulos dados a las diferentes partes de este código, como los encabezados de división, parte, capítulo y sección, no influyen en cómo deben entenderse o aplicarse las leyes reales.