Section § 465

Explanation

Esta ley destaca que el uso de métodos alternativos como la mediación, la conciliación y el arbitraje puede hacer que la resolución de disputas sea más económica, rápida y sencilla en comparación con los procedimientos judiciales formales. Estas alternativas ofrecen un entorno acogedor y adaptable para personas de diversos orígenes y pueden ayudar a resolver problemas como disputas vecinales, domésticas y de consumo.

La ley fomenta el uso de recursos locales, incluidos voluntarios comunitarios diversos y edificios públicos, para apoyar estas resoluciones de disputas menos formales. También subraya la necesidad de financiación adicional para desarrollar y fortalecer estos programas.

Se insta a los sistemas judiciales y a las agencias de aplicación de la ley a promover estos métodos alternativos siempre que puedan mejorar la administración de justicia. Se anima a los condados a incorporar estos enfoques en su planificación, y el Consejo Judicial debería considerar añadir información sobre estas opciones a los formularios judiciales oficiales.

La Legislatura por la presente encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(a) La resolución de muchas disputas puede ser innecesariamente costosa, lenta y compleja cuando se logra a través de procedimientos judiciales formales donde las partes son adversarias y están sujetas a procedimientos formalizados.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(b) Para lograr una resolución de disputas más efectiva y eficiente en una sociedad compleja, se debería fomentar un mayor uso de alternativas a los tribunales, como la mediación, la conciliación y el arbitraje. Los programas comunitarios de resolución de disputas y el mayor uso de otras alternativas al sistema judicial formal pueden ofrecer foros menos intimidantes y más flexibles para personas de todos los orígenes étnicos, raciales y socioeconómicos. Estas alternativas, entre otras cosas, pueden ayudar en la resolución de disputas entre vecinos, algunas disputas domésticas, disputas entre consumidores y comerciantes, y otros tipos de disputas en las que las partes tienen relaciones continuas. Un foro de resolución de disputas no coercitivo en la comunidad también puede proporcionar un valioso recurso de prevención y resolución temprana de problemas a la comunidad.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(c) Se deberían utilizar los recursos locales, incluidos voluntarios que reflejen la diversidad de la comunidad y edificios públicos disponibles, para lograr resoluciones de disputas más accesibles y rentables. Se necesitan recursos financieros adicionales para expandir, estabilizar y mejorar los programas y entidades existentes que patrocinan la resolución alternativa de disputas.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(d) Los tribunales, las autoridades fiscales, las agencias de aplicación de la ley y las agencias administrativas deberían fomentar un mayor uso de las técnicas de resolución alternativa de disputas siempre que se mejore la administración de justicia.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(e) Los condados deberían considerar aumentar el uso de la resolución alternativa de disputas en sus operaciones a medida que se desarrollen e implementen planes de reforma judicial.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 465(f) El Consejo Judicial debería considerar, al redactar o actualizar cualquiera de los formularios oficiales de alegatos utilizados en los tribunales de primera instancia de este estado, la inclusión de información sobre opciones para la resolución alternativa de disputas.

Section § 465.5

Explanation

Esta sección busca apoyar a los condados en la promoción de técnicas alternativas de resolución de disputas (ADR) para resolver conflictos comunitarios de manera informal. Fomenta la participación comunitaria en la creación y gestión de programas ADR, los cuales también pueden servir como modelos para otras áreas.

La ley también desea educar a las comunidades sobre los beneficios de la ADR y recomienda la colaboración entre tribunales, fuerzas del orden y otras agencias para utilizar y derivar casos a estos programas.

Además, cuando California asuma la financiación de los juicios, se debe considerar la evaluación de un consejo asesor sobre la efectividad de los programas ADR y su potencial para la implementación y financiación a nivel estatal.

Es la intención de la Legislatura permitir que los condados logren todo lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 465.5(a) El fomento y apoyo del desarrollo y uso de técnicas alternativas de resolución de disputas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 465.5(b) El fomento y apoyo de la participación comunitaria en el desarrollo, administración y supervisión de programas locales diseñados para facilitar la resolución informal de disputas entre los miembros de la comunidad.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 465.5(c) El desarrollo de estructuras para la resolución de disputas que puedan servir como modelos para programas de resolución en otras comunidades.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 465.5(d) La educación de las comunidades con respecto a la disponibilidad y los beneficios de las técnicas alternativas de resolución de disputas.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 465.5(e) El fomento de que los tribunales, las autoridades de la fiscalía, los defensores públicos, las agencias de aplicación de la ley y las agencias administrativas trabajen en cooperación con, y hagan derivaciones a, programas de resolución de disputas.
En el momento en que el estado asuma la responsabilidad de la financiación de los tribunales de primera instancia de California, se deberá considerar la evaluación del Consejo Asesor de Resolución de Disputas sobre la eficacia de los programas alternativos de resolución de disputas y la viabilidad de la operación de un programa estatal de subvenciones, con la intención de financiar programas alternativos de resolución de disputas a nivel estatal.