Section § 100

Explanation

Esta parte de la ley establece un Departamento de Asuntos del Consumidor dentro del gobierno estatal de California, el cual forma parte de la Agencia de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda.

Existe en el gobierno estatal, en la Agencia de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda, un Departamento de Asuntos del Consumidor.

Section § 101

Explanation

Esta sección describe las diversas juntas y oficinas que componen un departamento, cada una especializada en diferentes profesiones e industrias en California. Incluye juntas para profesionales médicos y dentales, arquitectos, ingenieros, contratistas y más. Otras áreas cubiertas son la educación, la seguridad y los servicios al consumidor. Básicamente, es una lista de todos los organismos reguladores profesionales bajo el paraguas de este departamento.

El departamento está compuesto por los siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(a) La Junta Dental de California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(b) La Junta Médica de California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(c) La Junta Estatal de Optometría de California.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(d) La Junta Estatal de Farmacia de California.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(e) La Junta Médica Veterinaria.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(f) La Junta de Contabilidad de California.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(g) La Junta de Arquitectos de California.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(h) La Junta Estatal de Peluquería y Cosmetología.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(i) La Junta de Ingenieros Profesionales, Agrimensores y Geólogos.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(j) La Junta Estatal de Licencias para Contratistas.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(k) La Oficina de Educación Postsecundaria Privada.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(l) La Oficina de Bienes y Servicios Domésticos.
(m)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(m) La Junta de Enfermería Registrada.
(n)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(n) La Junta de Ciencias del Comportamiento.
(o)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(o) La Comisión Atlética Estatal.
(p)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(p) La Oficina de Cementerios y Servicios Funerarios.
(q)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(q) La Oficina de Servicios de Seguridad e Investigación.
(r)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(r) La Junta de Taquígrafos Judiciales de California.
(s)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(s) La Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos.
(t)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(t) El Comité Técnico de Arquitectos Paisajistas.
(u)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(u) La División de Investigación.
(v)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(v) La Oficina de Reparación Automotriz.
(w)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(w) La Junta de Terapia Respiratoria de California.
(x)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(x) La Junta de Acupuntura.
(y)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(y) La Junta de Psicología.
(z)CA Negocios Y Profesiones Code § 101(z) La Junta Médica Podiátrica de California.
(aa) La Junta de Terapia Física de California.
(ab) El Programa de Revisión de Arbitraje.
(ac) La Junta de Asistentes Médicos.
(ad) La Junta de Patología del Habla y Lenguaje, Audiología y Dispensadores de Audífonos.
(ae) La Junta de Terapia Ocupacional de California.
(af) La Junta Médica Osteopática de California.
(ag) La Junta de Medicina Naturopática de California.
(ah) La Junta de Higiene Dental de California.
(ai) La Oficina de Fiduciarios Profesionales.
(aj) La Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos.
(ak) La Oficina de Tasadores de Bienes Raíces.
(al) La Junta de Control de Plagas Estructurales.
(am) Cualesquiera otras juntas, oficinas o funcionarios sujetos a su jurisdicción por ley.

Section § 101.6

Explanation

Esta ley trata de asegurar que ciertas profesiones y negocios, que podrían afectar la salud y seguridad públicas, estén debidamente regulados. Establece las habilidades y cualificaciones mínimas requeridas para que los profesionales obtengan una licencia. El objetivo es asegurar que puedan servir al público de manera segura. También proporciona un sistema para manejar quejas sobre mala conducta o acciones ilegales. Si es necesario, el departamento puede disciplinar a quienes infrinjan las normas. Además, se realizan verificaciones periódicas para asegurar el cumplimiento de los estándares.

Las juntas, oficinas y comisiones del departamento se establecen con el propósito de asegurar que aquellas empresas y profesiones privadas consideradas como involucradas en actividades que tienen un impacto potencial en la salud, seguridad y bienestar públicos estén adecuadamente reguladas para proteger a la gente de California.
Con este fin, establecen cualificaciones mínimas y niveles de competencia y otorgan licencias a las personas que desean ejercer las ocupaciones que regulan, una vez que determinan que dichas personas poseen las habilidades y cualificaciones necesarias para proporcionar servicios seguros y eficaces al público, o registran o certifican de otra manera a las personas para identificar a los profesionales y asegurar el cumplimiento de los estándares profesionales establecidos y aceptados. Proporcionan un medio para la reparación de agravios investigando las alegaciones de conducta poco profesional, incompetencia, acción fraudulenta o actividad ilegal que les son presentadas por miembros del público e instituyen acciones disciplinarias contra las personas con licencia o registradas bajo las disposiciones de este código cuando dicha acción está justificada. Además, realizan verificaciones periódicas de los licenciatarios, registrados o personas certificadas de otra manera para asegurar el cumplimiento de las secciones relevantes de este código.

Section § 101.7

Explanation

Esta ley establece que las juntas deben reunirse al menos dos veces al año, específicamente una vez en el norte de California y otra en el sur de California, para facilitar la participación del público y de los profesionales con licencia. Sin embargo, un director puede eximir a una junta de esta regla si existe una razón justificada. El director también puede convocar una reunión especial si una junta no está cumpliendo con sus funciones. Las agencias encargadas de las notificaciones deben ofrecer a las personas la opción de recibirlas por correo ordinario, correo electrónico o ambos, según la preferencia del destinatario. Si se planea transmitir una reunión por internet, esto debe indicarse en el aviso de la reunión, aunque la transmisión puede realizarse incluso si no se incluyó dicho aviso previo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 101.7(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, las juntas se reunirán al menos dos veces cada año calendario. Las juntas se reunirán al menos una vez cada año calendario en el norte de California y una vez cada año calendario en el sur de California para facilitar la participación del público y de sus licenciatarios.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 101.7(b) El director tiene la facultad discrecional de eximir a cualquier junta del requisito establecido en el inciso (a) previa demostración de causa justificada de que la junta no puede reunirse al menos dos veces en un año calendario.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 101.7(c) El director podrá convocar a una reunión especial de la junta cuando esta no esté cumpliendo con sus deberes.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 101.7(d) Una agencia dentro del departamento que deba proporcionar un aviso por escrito conforme al inciso (a) de la Sección 11125 del Código de Gobierno, podrá proporcionar dicho aviso por correo ordinario, correo electrónico, o por ambos. Una agencia deberá dar a la persona que solicite un aviso la opción de recibir el aviso por correo ordinario, correo electrónico, o por ambos. La agencia deberá cumplir con la forma o formas de aviso elegidas por el solicitante.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 101.7(e) Una agencia que planee transmitir una reunión por internet deberá incluir en el aviso de reunión requerido conforme al inciso (a) de la Sección 11125 del Código de Gobierno una declaración de la intención de la junta de transmitir la reunión por internet. Una agencia podrá transmitir una reunión por internet incluso si no incluye dicha declaración de intención en el aviso.

Section § 102

Explanation

Esta sección explica que si una junta que supervisa una profesión u ocupación, creada por una iniciativa, solicita ayuda, el Director de Asuntos del Consumidor puede intervenir y administrar la junta, tal como lo hace con juntas similares. Estas juntas son responsables de pagar una parte justa de los costos de administración del departamento. Además, si una junta utiliza procedimientos gubernamentales específicos para sus audiencias, el director debe proporcionar oficiales de audiencia para gestionar esas audiencias.

A solicitud de cualquier junta que regule, otorgue licencias o controle cualquier ocupación profesional o vocacional creada por una ley de iniciativa, el Director de Asuntos del Consumidor podrá asumir las funciones de la junta bajo las mismas condiciones y de la misma manera que se establece en este código para otras juntas de carácter similar. Dichas juntas pagarán un costo proporcional de la administración del departamento sobre la misma base que se cobra a otras juntas incluidas dentro del departamento. A solicitud de cualquiera de dichas juntas que haya adoptado las disposiciones del Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno como reglas de procedimiento en los procesos ante ella, el director asignará oficiales de audiencia para dichos procesos de conformidad con la Sección 110.5.

Section § 102.3

Explanation

Esta ley permite al Director del Departamento de Asuntos del Consumidor colaborar con otra entidad dentro del departamento cuando una junta ya no está activa. Pueden compartir responsabilidades a través de un acuerdo interinstitucional. La entidad receptora puede crear un comité técnico para gestionar las normas y reglamentos de la profesión. Sin embargo, el comité solo puede encargarse de las tareas que la entidad le asigne, y los cambios en los reglamentos requieren la aprobación de la entidad. La entidad no puede otorgar al comité la facultad de disciplinar a los titulares de licencias. El acuerdo se mantiene hasta que el programa de licencias correspondiente sea revisado para determinar su necesidad, después de lo cual puede ser renovado si es necesario.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(a) El director podrá celebrar un acuerdo interinstitucional con una entidad apropiada dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, según lo dispuesto en la Sección 101, para delegar los deberes, facultades, propósitos, responsabilidades y jurisdicción que han sido asumidos y conferidos al departamento, de una junta, según se define en la Sección 477, que quedó inoperante y fue derogada de conformidad con el Capítulo 908 de los Estatutos de 1994.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(b)(1) Cuando, de conformidad con el apartado (a), se celebre un acuerdo interinstitucional entre el director y dicha entidad, la entidad que reciba la delegación de autoridad podrá establecer un comité técnico para regular, según lo indique la entidad, la profesión sujeta a la autoridad que ha sido delegada. La entidad podrá delegar al comité técnico únicamente aquellas facultades que haya recibido en virtud del acuerdo interinstitucional con el director. El comité técnico tendrá únicamente aquellas facultades que le hayan sido delegadas por la entidad.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(b)(2) Cuando la entidad delegue su autoridad para adoptar, modificar o derogar reglamentos al comité técnico, todos los reglamentos adoptados, modificados o derogados por el comité técnico estarán sujetos a la revisión y aprobación de la entidad.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(b)(3) La entidad no delegará a un comité técnico su autoridad para disciplinar a un titular de licencia que haya violado las disposiciones del capítulo aplicable del Código de Negocios y Profesiones que está sujeto a la delegación de autoridad del director a la entidad.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 102.3(c) Un acuerdo interinstitucional celebrado, de conformidad con el apartado (a), continuará hasta que el programa de licencias administrado por el comité técnico haya sido objeto de una revisión por parte del Comité de la Asamblea sobre Negocios y Profesiones y el Comité del Senado sobre Negocios, Profesiones y Desarrollo Económico para evaluar y determinar si el programa de licencias ha demostrado una necesidad pública para su existencia continuada. Posteriormente, a discreción del director, el acuerdo interinstitucional podrá ser renovado.

Section § 103

Explanation

Esta ley establece que los miembros de ciertas juntas, comisiones o comités en California recibirán un pago de $100 por día por el desempeño de sus funciones oficiales. También se les reembolsarán los gastos de viaje y otros gastos necesarios. Sin embargo, estos pagos provienen únicamente de los fondos existentes de la agencia, y el dinero debe estar disponible. Es importante destacar que los funcionarios o empleados públicos no pueden "cobrar doble"; no pueden recibir esta dieta en un día en que también reciban su salario público regular.

Cada miembro de una junta, comisión o comité creado en los diversos capítulos de la División 2 (a partir de la Sección 500) y la División 3 (a partir de la Sección 5000), y en el Capítulo 2 (a partir de la Sección 18600) y el Capítulo 3 (a partir de la Sección 19000) de la División 8, recibirá los fondos especificados en esta sección cuando lo autoricen las disposiciones respectivas.
Cada uno de dichos miembros recibirá una dieta de cien dólares ($100) por cada día efectivamente dedicado al desempeño de sus funciones oficiales, y se le reembolsarán los gastos de viaje y otros gastos necesariamente incurridos en el desempeño de sus funciones oficiales.
Los pagos en cada caso se realizarán únicamente con cargo al fondo del cual se pagan los gastos de la agencia y estarán sujetos a la disponibilidad de fondos.
No obstante cualquier otra disposición legal, ningún funcionario o empleado público recibirá compensación salarial por dieta por servir en dichas juntas, comisiones o comités en cualquier día en que el funcionario o empleado también haya recibido compensación por su empleo público regular.

Section § 104

Explanation
Las juntas relacionadas con la salud pueden establecer reglas que exijan a los profesionales exhibir sus licencias en su lugar de trabajo para que los pacientes sepan a quién contactar con preguntas o quejas. Estas reglas pueden tener en cuenta diferentes entornos de trabajo o situaciones en las que sea difícil mostrar la información de la licencia.

Section § 105

Explanation

Las personas que forman parte de las juntas dentro del departamento deben prometer oficialmente cumplir con sus deberes al prestar juramento, tal como se establece tanto en la Constitución como en otro conjunto de normas llamado Código de Gobierno.

Los miembros de las juntas en el departamento prestarán juramento de cargo según lo dispuesto en la Constitución y el Código de Gobierno.

Section § 105.5

Explanation
Esta sección significa que si usted es miembro de ciertas juntas o comités dentro de un departamento en particular, usted permanecerá en su puesto hasta que su reemplazo sea oficialmente nombrado y esté listo para servir. Sin embargo, si transcurre un año después de que finalice su mandato y todavía no hay un nuevo nombramiento, ese es el límite y su servicio termina allí.

Section § 106

Explanation

La persona que nombra a los miembros de una junta también puede destituirlos en cualquier momento si no cumplen con su trabajo, no son competentes o actúan de manera inapropiada o deshonrosa. Esta norma no limita otras facultades legales que la autoridad nominadora pueda tener para destituir a los miembros de la junta.

La autoridad nominadora tiene la facultad de destituir de su cargo en cualquier momento a cualquier miembro de cualquier junta nombrada por dicha autoridad por negligencia continua en el cumplimiento de los deberes exigidos por la ley, o por incompetencia, o por conducta poco profesional o deshonrosa. Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará como una limitación o restricción de la facultad de la autoridad nominadora conferida a dicha autoridad por cualquier otra disposición legal para destituir a cualquier miembro de cualquier junta.

Section § 106.5

Explanation

El Gobernador de California puede destituir a un miembro de una junta o grupo de concesión de licencias si se descubre que ha revelado preguntas de un próximo examen de licencia a cualquier solicitante antes o durante el examen. El proceso de destitución sigue procedimientos específicos descritos en el Código de Gobierno, y el Gobernador tiene plena autoridad en estos asuntos.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, el Gobernador podrá destituir de su cargo a un miembro de una junta u otra entidad de concesión de licencias en el departamento si se demuestra que dicho miembro tiene conocimiento de las preguntas específicas que se harán en el próximo examen de la entidad de concesión de licencias y directa o indirectamente divulga cualquiera de dichas preguntas o preguntas antes o durante el examen a cualquier solicitante de dicho examen.
Los procedimientos de destitución se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones del Capítulo 5 de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y el Gobernador tendrá todas las facultades concedidas en el mismo.

Section § 107

Explanation

Esta ley permite que cada junta contrate a alguien para un puesto importante llamado director ejecutivo, o a veces registrador, sin que tenga que pasar por el proceso normal de contratación estatal. Esta contratación y el salario deben ser aprobados por el Departamento de Recursos Humanos.

De conformidad con el inciso (e) de la Sección 4 del Artículo VII de la Constitución de California, cada junta podrá nombrar a una persona exenta del servicio civil, quien será designado como director ejecutivo a menos que la ley de licencias de la junta en particular designe a la persona como registrador, y podrá fijar el salario de esa persona, con la aprobación del Departamento de Recursos Humanos de conformidad con la Sección 19825 del Código de Gobierno.

Section § 107.5

Explanation
Si alguna junta dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor utiliza un sello oficial, este debe incluir las palabras 'Estado de California' y 'Departamento de Asuntos del Consumidor' junto con el título de la junta. El diseño del sello debe ser aprobado por el director del departamento.

Section § 108

Explanation

Cada junta dentro del departamento actúa de forma independiente y es responsable de establecer estándares, organizar reuniones, realizar exámenes, revisar solicitantes, investigar violaciones legales, emitir citaciones, celebrar audiencias para revocar licencias e imponer sanciones, según lo permita la ley.

Cada una de las juntas que componen el departamento existe como una unidad separada, y tiene las funciones de establecer estándares, celebrar reuniones y fijar las fechas de las mismas, preparar y realizar exámenes, evaluar a los solicitantes, llevar a cabo investigaciones de violaciones de leyes bajo su jurisdicción, emitir citaciones y celebrar audiencias para la revocación de licencias, y la imposición de sanciones después de esas audiencias, en la medida en que estas facultades sean otorgadas por ley a cada junta respectiva.

Section § 108.5

Explanation
Si usted es testigo en una investigación o audiencia llevada a cabo por una junta, comisión u oficial, se le pueden pagar $12 por cada día que asista y también cubrir sus gastos necesarios. Sin embargo, este pago solo provendrá de los fondos de la junta si ellos solicitan su presencia. Si usted comparece voluntariamente o a petición de otra persona, no se le pagará con cargo a estos fondos. La junta decidirá cuánto debe recibir y lo registrará en sus actas.

Section § 109

Explanation

Esta ley describe las funciones de las juntas que establecen estándares, realizan exámenes y otorgan o revocan licencias, indicando que sus decisiones son en su mayoría definitivas. Sin embargo, el director puede investigar cualquier mala conducta en los exámenes o en el proceso de licenciamiento. Si se cree que las acciones de una junta infringen la ley, el director puede intervenir, buscando potencialmente acciones legales como una orden de restricción o solicitando cargos penales. El director puede solicitar la ayuda del Fiscal General u otro abogado si es necesario para los procedimientos legales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 109(a) Las decisiones de cualquiera de las juntas que componen el departamento con respecto al establecimiento de estándares, la realización de exámenes, la aprobación de candidatos y la revocación de licencias, no están sujetas a revisión por parte del director, sino que son definitivas dentro de los límites establecidos por este código que son aplicables a la junta en particular, excepto según lo dispuesto en esta sección.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 109(b) El director podrá iniciar una investigación sobre cualquier alegación de mala conducta en la preparación, administración o calificación de un examen administrado por una junta, o en la revisión de las cualificaciones que forman parte del proceso de concesión de licencias de cualquier junta. La solicitud de investigación deberá ser realizada por el director a la División de Investigación a través del jefe de la división o a cualquier agencia de aplicación de la ley en la jurisdicción donde ocurrió la presunta mala conducta.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 109(c) El director podrá intervenir en cualquier asunto de cualquier junta cuando una investigación de la División de Investigación revele causa probable para creer que la conducta o actividad de una junta, o de sus miembros o empleados, constituye una violación de la ley penal.
El término “intervenir”, tal como se utiliza en el párrafo (c) de esta sección, puede incluir, entre otros, una solicitud de orden de restricción o medida cautelar según lo especificado en la Sección 123.5, o una remisión o solicitud de enjuiciamiento penal. A los efectos de esta sección, se considerará que el director tiene legitimación activa conforme a la Sección 123.5 y solicitará la representación del Fiscal General, u otro abogado apropiado en caso de conflicto al llevar a cabo dicha acción.

Section § 110

Explanation

Esta ley establece que un departamento gubernamental en California es responsable de gestionar y supervisar todos los activos, recursos y propiedades relacionados con sus actividades. Esto incluye registros, oficinas, equipos y fondos. Toda propiedad utilizada por cualquier parte del departamento es técnicamente propiedad del Estado de California. Sin embargo, el departamento no tiene permitido controlar las preguntas de examen antes de que se entreguen a los examinados, a menos que una junta lo apruebe.

El departamento tendrá la posesión y el control de todos los registros, libros, documentos, oficinas, equipos, suministros, fondos, asignaciones, terrenos y demás bienes —muebles o inmuebles—, actualmente o en el futuro, en posesión para el beneficio o uso de todos los organismos, oficinas o funcionarios que componen el departamento. El título de todos los bienes en posesión de cualquiera de estos organismos, oficinas o funcionarios para el uso y beneficio del estado, está investido en el Estado de California para ser mantenido en posesión del departamento. Salvo que sea autorizado por una junta, el departamento no tendrá la posesión y el control de las preguntas de examen antes de su presentación a los solicitantes en los exámenes programados.

Section § 111

Explanation
Esta ley permite que cualquier junta nombre a personas llamadas "comisionados de examen" para supervisar los exámenes, siempre y cuando sean aprobados por la autoridad que realiza los nombramientos. Estos comisionados no tienen que ser miembros de la junta, pero deben cumplir con los mismos estándares de cualificación y seguir las mismas reglas que los miembros de la junta.

Section § 112

Explanation
Esta sección de la ley establece que la mayoría de las agencias del departamento no tienen que crear ni distribuir un directorio de personas con licencia, excepto la Junta de Ingenieros Profesionales y Agrimensores. Si una agencia decide que un directorio es necesario, debe colaborar con el director para determinar cómo debe ser, cuándo debe publicarse, quién debe recibirlo y cuánto debe costar, si corresponde. Las agencias que anteriormente necesitaban la aprobación del director para elaborar y distribuir un directorio, aún deben obtener esa aprobación.

Section § 113

Explanation

Esta ley permite que ciertos funcionarios y empleados de un departamento o de sus juntas, comités y comisiones asociadas se reúnan con otras personas dentro y fuera de California para ayudar con su trabajo. Pueden solicitar el reembolso de los gastos de viaje para estas reuniones, pero si el viaje es fuera de California, los gastos necesitan la aprobación tanto del Gobernador como del Director de Finanzas.

Previa recomendación del director, funcionarios y empleados del departamento, y los funcionarios, miembros y empleados de las juntas, comités y comisiones que lo integran o están sujetos a su jurisdicción, podrán celebrar conferencias, en este estado o en cualquier otro lugar, con funcionarios o empleados de este estado, sus subdivisiones políticas, otros estados o los Estados Unidos, o con otras personas, asociaciones u organizaciones que puedan ser de ayuda al departamento, junta, comité o comisión en la realización de su trabajo. Los funcionarios, miembros y empleados tendrán derecho a sus gastos de viaje reales incurridos en cumplimiento de lo dispuesto en el presente, pero cuando estos gastos se incurran con respecto a viajes fuera del estado, estarán sujetos a la aprobación del Gobernador y del Director de Finanzas.

Section § 114

Explanation

Si eres un profesional con licencia de una junta estatal en California y tu licencia expiró mientras estabas sirviendo en el ejército, puedes recuperarla sin multas ni exámenes. Debes solicitarla mientras aún estés en servicio o dentro de un año después de tu baja o regreso a un estado militar inactivo. También necesitarás presentar prueba de tu servicio y pagar la cuota de renovación. Si esperas más de un año o no has ejercido tu profesión mientras estabas en servicio, es posible que tengas que hacer un examen. Incluso si estás en el ejército, aún debes mantener tu licencia activa si trabajas en California. El tiempo que pases recibiendo tratamiento médico como veterano no se cuenta para el límite de un año.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(a) No obstante cualquier otra disposición de este código, cualquier titular de licencia o registrado de cualquier junta, comisión o agencia dentro del departamento cuya licencia expiró mientras el titular de la licencia o registrado estaba en servicio activo como miembro de la Guardia Nacional de California o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, podrá, previa solicitud, restablecer su licencia o registro sin examen ni sanción, siempre que se cumplan todos los requisitos siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(a)(1) La licencia o registro del titular de la licencia o registrado era válido en el momento en que ingresó a la Guardia Nacional de California o a las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(a)(2) La solicitud de restablecimiento se presenta mientras se está sirviendo en la Guardia Nacional de California o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, o a más tardar un año a partir de la fecha de baja del servicio activo o de regreso al estado militar inactivo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(a)(3) La solicitud de restablecimiento va acompañada de una declaración jurada que muestre la fecha de ingreso al servicio, si aún está en servicio o la fecha de baja, y se paga la tarifa de renovación para el período de renovación actual en el que se presenta la solicitud.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(b) Si la solicitud de restablecimiento se presenta más de un año después de la baja o el regreso al estado inactivo, el solicitante, a discreción de la agencia de licencias, podrá ser requerido a aprobar un examen.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(c) Si se presenta la solicitud de restablecimiento y la agencia de licencias determina que el solicitante no ha ejercido activamente la profesión del solicitante mientras estaba en servicio activo, entonces la agencia de licencias podrá requerir que el solicitante apruebe un examen.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 114(d) A menos que se disponga específicamente lo contrario en este código, cualquier titular de licencia o registrado que, ya sea a tiempo parcial o completo, ejerza en este estado la profesión u ocupación para la cual está licenciado o registrado, deberá mantener su licencia en regla, incluso si el titular de la licencia o registrado está en servicio militar.
Para los fines de esta sección, el tiempo que un titular de licencia pase recibiendo tratamiento u hospitalización en cualquier centro de veteranos durante el cual se le impida ejercer su profesión u ocupación, se excluirá de dicho período de un año.

Section § 114.3

Explanation

Si tienes una licencia profesional en California y te llaman al servicio militar activo, no tendrás que pagar tarifas de renovación, completar educación continua ni cumplir otros requisitos de renovación mientras estés en servicio. Esta exención es temporal y solo se aplica mientras estés en servicio activo. Debes presentar prueba de tu servicio para calificar. Cuando termine tu servicio, tienes seis meses para ponerte al día con los requisitos de renovación. Recuerda que no puedes ejercer tu profesión con licencia mientras estés en servicio activo, a menos que la junta cambie el estado de tu licencia a 'militar activo', pero en ese caso, solo podrás trabajar en entornos militares, no de forma privada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(a) No obstante cualquier otra ley, cada junta, según se define en la Sección 22, dentro del departamento eximirá las tarifas de renovación, los requisitos de educación continua y otros requisitos de renovación según lo determine la junta, si alguno es aplicable, para un titular de licencia o registrado llamado al servicio activo como miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o de la Guardia Nacional de California si se cumplen todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(a)(1) El titular de la licencia o registrado poseía una licencia vigente y válida con la junta en el momento en que fue llamado al servicio activo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(a)(2) Los requisitos de renovación se eximen solo por el período durante el cual el titular de la licencia o registrado está en servicio activo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(a)(3) Se proporciona a la junta documentación escrita que acredite el servicio activo del titular de la licencia o registrado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(b) Para los fines de esta sección, la frase "llamado al servicio activo" tendrá el mismo significado que "servicio activo" según se define en la Sección 101 del Título 10 del Código de los Estados Unidos y adicionalmente incluirá a las personas que están en servicio activo en la Guardia Nacional de California, ya sea debido a la proclamación de un estado de insurrección conforme a la Sección 143 del Código Militar y de Veteranos o debido a la proclamación de un estado de emergencia extrema o cuando la Guardia Nacional de California esté de otro modo en servicio activo conforme a la Sección 146 del Código Militar y de Veteranos.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(c)(1) Salvo lo especificado en el párrafo (2), el titular de la licencia o registrado no podrá realizar ninguna actividad que requiera una licencia durante el período en que las exenciones previstas por esta sección estén en vigor.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(c)(2) Si el titular de la licencia o registrado va a prestar servicios para los cuales está licenciado mientras está en servicio activo, la junta convertirá el estado de la licencia a servicio militar activo y no se permitirá ninguna práctica privada de ningún tipo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(d) Para poder realizar cualquier actividad para la cual el titular de la licencia o registrado está licenciado una vez dado de baja del servicio activo, el titular de la licencia o registrado deberá cumplir con todos los requisitos de renovación necesarios según lo determine la junta dentro de los seis meses siguientes a la fecha de baja del servicio activo del titular de la licencia o registrado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(e) Después de que un titular de licencia o registrado reciba aviso de la fecha de baja del titular de la licencia o registrado, el titular de la licencia o registrado deberá notificar a la junta su baja del servicio activo dentro de los 60 días siguientes a la recepción de su aviso de baja.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(f) Una junta podrá adoptar reglamentos para implementar las disposiciones de esta sección.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.3(g) Esta sección no se aplicará a ninguna junta que tenga un proceso similar de exención de renovación de licencia autorizado por ley para esa junta.

Section § 114.5

Explanation

Esta ley exige que las juntas de licencias profesionales pregunten a los solicitantes si están sirviendo o han servido previamente en las fuerzas armadas. Si una junta permite a los veteranos usar su experiencia y capacitación militar para cumplir con los requisitos de licencia, debe proporcionar información al respecto en su sitio web.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.5(a) Cada junta deberá preguntar en cada solicitud de licencia si el individuo que solicita la licencia está sirviendo, o ha servido previamente, en las fuerzas armadas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 114.5(b) Si la ley que rige a una junta autoriza a los veteranos a aplicar la experiencia y capacitación militar para cumplir con los requisitos de licencia, esa junta deberá publicar información en el sitio web de internet de la junta sobre la capacidad de los solicitantes veteranos para aplicar la experiencia y capacitación militar para cumplir con los requisitos de licencia.

Section § 115

Explanation

Esta sección establece que las reglas de la Sección 114 también se aplican a las personas que obtuvieron su licencia profesional o registro mientras servían en el ejército.

Las disposiciones de la Sección 114 de este código también son aplicables a un licenciatario o registrado cuya licencia o registro fue obtenido mientras prestaba servicio en las fuerzas armadas.

Section § 115.10

Explanation

Esta sección permite a los miembros del servicio militar y a sus cónyuges utilizar sus licencias profesionales de otro estado al mudarse a California debido a órdenes militares. Para calificar, deben tener una licencia válida y en regla de otra jurisdicción y proporcionar la documentación necesaria, incluyendo órdenes militares y verificación del estado de su licencia. El solicitante debe haber ejercido su profesión con licencia recientemente y presentar varios formularios a la autoridad californiana pertinente para registrarse. El registro es gratuito, se completa en 30 días y dura hasta que expiren las órdenes militares. La autoridad de registro publicará la información de la persona registrada en línea y puede hacer cumplir las reglas o tomar medidas si es necesario. También pueden crear directrices para implementar estas reglas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a) Para los fines de esta sección, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a)(1) “Solicitante” significa un miembro del servicio militar o el cónyuge de un miembro del servicio militar.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a)(2) “Junta” significa una entidad descrita en la Sección 101.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a)(3) “Licencia profesional” significa una licencia profesional individual y no incluye una licencia comercial o de entidad.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a)(4) “Autoridad de registro” significa una junta o el Departamento de Bienes Raíces, según corresponda.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(a)(5) “Cónyuge” significa una persona que está casada con, o que se encuentra en una unión doméstica u otra unión legal con, un miembro del servicio militar.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b) No obstante cualquier otra ley, una autoridad de registro deberá registrar a un solicitante que cumpla con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(1) El solicitante posee una licencia profesional vigente y en regla en otro estado, distrito o territorio de los Estados Unidos que le confiere la autoridad para ejercer una profesión u oficio dentro de un ámbito de práctica similar al regulado por la autoridad de registro.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(2) El solicitante se reubicó en este estado debido a órdenes militares para el servicio militar dentro de este estado y el solicitante presenta a la autoridad de registro una copia de las órdenes militares.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(3) El solicitante realizó al menos una actividad dentro del ámbito y bajo la autoridad de su licencia profesional durante los dos años inmediatamente anteriores a la reubicación a este estado.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(4) Para un solicitante que tiene licencia dentro de la misma disciplina profesional en más de una jurisdicción, ambos de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(4)(A) El solicitante mantiene cada licencia vigente y en regla.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(4)(B) El solicitante presenta a la autoridad de registro una verificación escrita de, o documentación impresa de un sistema de licencias en línea para, cada jurisdicción de que la licencia del solicitante está vigente y en regla en dicha jurisdicción.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(5) El solicitante presenta a la autoridad de registro una verificación escrita de, o documentación impresa de un sistema de licencias en línea para, la jurisdicción de licencia original del solicitante de que la licencia del solicitante está vigente y en regla en esa jurisdicción.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(6) Para un solicitante que es cónyuge, el solicitante presenta pruebas a la autoridad de registro de que está casado con, o en una unión doméstica u otra unión legal con, un miembro del servicio militar que está sujeto a las órdenes militares descritas en el párrafo (2).
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(7) El solicitante presenta a la autoridad de registro su dirección de registro en California y una declaración jurada que certifica ambos de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(7)(A) El solicitante cumple con todos los requisitos para el registro bajo esta sección.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(b)(7)(B) La información presentada a la autoridad de registro de conformidad con esta sección es precisa a lo mejor del conocimiento del solicitante.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(c)(1) La autoridad de registro deberá registrar a un solicitante dentro de los 30 días siguientes a la recepción de toda la documentación aplicable descrita en el subapartado (b).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(c)(2) La autoridad de registro no registrará a un solicitante que no proporcione toda la documentación aplicable descrita en el subapartado (b) y considerará incompleta la solicitud de registro del solicitante.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(d) Para cada persona registrada de conformidad con esta sección, la autoridad de registro deberá publicar todo lo siguiente en el sitio web de la autoridad de registro:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(d)(1) El nombre de la persona.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(d)(2) La dirección de registro de la persona en California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(d)(3) El estado de registro de la persona.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(d)(4) El nombre del estado y el número de licencia de cada licencia de cada jurisdicción de licencia original.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(e) Una persona registrada de conformidad con esta sección se considerará un titular de licencia de la autoridad de registro para los fines de las leyes administradas por dicha autoridad de registro relativas a los estándares de práctica, disciplina y educación continua durante la duración de las órdenes militares descritas en el párrafo (2) del subapartado (b), y el registro expirará cuando expiren esas órdenes militares.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(f) Una autoridad de registro puede tomar las medidas de ejecución apropiadas contra una persona registrada de conformidad con esta sección, incluyendo, entre otras, revocar o suspender el registro de una persona que no cumpla con los requisitos del subapartado (b) o las leyes aplicables a los titulares de licencias de conformidad con el subapartado (e).
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(g) Una autoridad de registro no cobrará ni requerirá una tarifa por el registro de conformidad con esta sección.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.10(h) Una autoridad de registro puede desarrollar y publicar directrices para implementar esta sección.

Section § 115.4

Explanation

Esta sección de la ley establece que, a partir del 1 de julio de 2016, las juntas deben agilizar el proceso inicial de obtención de licencias para las personas que hayan servido en las Fuerzas Armadas de EE. UU. y hayan sido dadas de baja con honores. A partir del 1 de julio de 2024, este proceso acelerado también se aplicará a los miembros en servicio activo inscritos en el programa SkillBridge del Departamento de Defensa. Las juntas pueden crear reglas para implementar estas disposiciones, y el término 'solicitante' se refiere solo a individuos, no a empresas o entidades.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.4(a) No obstante cualquier otra ley, a partir del 1 de julio de 2016, una junta dentro del departamento deberá agilizar, y podrá asistir, el proceso inicial de obtención de licencia para un solicitante que presente pruebas satisfactorias a la junta de que el solicitante ha servido como miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y ha sido dado de baja con honores.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.4(b) No obstante cualquier otra ley, a partir del 1 de julio de 2024, una junta dentro del departamento deberá agilizar, y podrá asistir, el proceso inicial de obtención de licencia para un solicitante que presente pruebas satisfactorias a la junta de que el solicitante es un miembro en servicio activo de un componente regular de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos inscrito en el programa SkillBridge del Departamento de Defensa de los Estados Unidos, según lo autorizado en la Sección 1143(e) del Título 10 del Código de los Estados Unidos.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.4(c) Una junta podrá adoptar las reglamentaciones necesarias para administrar esta sección de conformidad con las disposiciones del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.4(d) Para los fines de esta sección, el término “solicitante” se refiere a un solicitante de una licencia individual y no se refiere a solicitantes de licencias comerciales o de entidades.

Section § 115.5

Explanation

Esta ley exige que las juntas de licencias de California agilicen el proceso de solicitud y eximan las tarifas para las personas que están casadas o en una unión legal con un miembro militar en servicio activo destinado en California. Para calificar, el solicitante ya debe tener una licencia profesional de otro estado o territorio de EE. UU. La ley se aplica estrictamente a las licencias individuales, no a las comerciales, y las juntas pueden establecer reglas para ayudar a implementar estos procesos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.5(a) Una junta dentro del departamento deberá agilizar el proceso de licenciamiento y eximir la tarifa de solicitud de licencia y la tarifa de licencia inicial u original cobrada por la junta para un solicitante que cumpla con ambos de los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.5(a)(1) Presente pruebas satisfactorias para la junta de que el solicitante está casado con, o en una unión doméstica o cualquier otra unión legal con, un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que está asignado a una estación de servicio en este estado bajo órdenes militares oficiales de servicio activo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.5(a)(2) Posea una licencia vigente en otro estado, distrito o territorio de los Estados Unidos en la profesión u ocupación para la cual el solicitante busca una licencia de la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.5(b) Una junta podrá adoptar reglamentos necesarios para administrar esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.5(c) Para los fines de esta sección, el término “solicitante” se refiere a un solicitante de una licencia individual y no se refiere a solicitantes de licencias comerciales o de entidades.

Section § 115.6

Explanation

Esta ley trata sobre la emisión de licencias profesionales o vocacionales temporales a personas casadas con militares en servicio activo asignados a California. Para calificar, los solicitantes necesitan una licencia válida de otra jurisdicción de EE. UU. y deben pasar una verificación de antecedentes, entre otros requisitos. La licencia temporal puede ser revocada si el titular no cumple con estos requisitos. Expira después de 12 meses o cuando se toma una decisión sobre una licencia estándar. No se requieren tarifas para la solicitud o emisión de esta licencia. Algunas profesiones tienen requisitos de examen adicionales, y se aplican excepciones si existen otros procesos acelerados.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(a)(1) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (j), una junta dentro del departamento, previa investigación adecuada, expedirá una licencia temporal para ejercer una profesión u oficio a un solicitante que cumpla con los requisitos establecidos en las subdivisiones (c) y (d).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(a)(2) Los ingresos procedentes de las tarifas por licencias temporales expedidas por la Junta de Contabilidad de California se acreditarán al Fondo de Contabilidad de conformidad con la Sección 5132.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(b) La junta podrá llevar a cabo una investigación de un solicitante con el fin de denegar o revocar una licencia temporal expedida de conformidad con esta sección. Esta investigación podrá incluir una verificación de antecedentes penales.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c) Un solicitante que busque una licencia temporal de conformidad con esta sección deberá cumplir los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(1) El solicitante deberá presentar pruebas satisfactorias para la junta de que el solicitante está casado con, o en una unión de hecho o cualquier otra unión legal con, un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que esté asignado a un puesto de servicio en este estado bajo órdenes militares oficiales de servicio activo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(2) El solicitante deberá poseer una licencia vigente, activa y sin restricciones que le confiera la autoridad para ejercer, en otro estado, distrito o territorio de los Estados Unidos, la profesión u oficio dentro del mismo ámbito para el cual el solicitante busca una licencia temporal de la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(3) El solicitante deberá presentar una solicitud a la junta que deberá incluir una declaración jurada firmada que certifique que el solicitante cumple con todos los requisitos para la licencia temporal, y que la información presentada en la solicitud es precisa, a lo mejor del conocimiento del solicitante. La solicitud también deberá incluir una verificación escrita de la jurisdicción de licencia original del solicitante que indique que la licencia del solicitante está en regla en dicha jurisdicción.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(4) El solicitante no deberá haber cometido un acto en ninguna jurisdicción que hubiera constituido motivo para la denegación, suspensión o revocación de la licencia bajo este código en el momento en que se cometió el acto. Una violación de este párrafo podrá ser motivo para la denegación o revocación de una licencia temporal expedida por la junta.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(5) El solicitante no deberá haber sido objeto de medidas disciplinarias por parte de una entidad de concesión de licencias en otra jurisdicción y no deberá ser objeto de una queja no resuelta, un procedimiento de revisión o un procedimiento disciplinario llevado a cabo por una entidad de concesión de licencias en otra jurisdicción.
(6)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(6)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(6)(A) El solicitante deberá, a solicitud de una junta, proporcionar un juego completo de huellas dactilares con el fin de realizar una verificación de antecedentes penales.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(c)(6)(A)(B) La junta solicitará una verificación de antecedentes penales basada en huellas dactilares al Departamento de Justicia de conformidad con la subdivisión (u) de la Sección 11105 del Código Penal y el Departamento de Justicia proporcionará información de antecedentes penales estatales o federales de conformidad con la subdivisión (p) de la Sección 11105 del Código Penal.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(d) El solicitante deberá aprobar un examen de leyes y ética de California si así lo exige la junta para la profesión u oficio para el cual el solicitante busca la licencia.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(e) Salvo lo especificado en la subdivisión (g), una junta expedirá una licencia temporal de conformidad con esta sección dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la documentación que acredite que el solicitante ha cumplido con los requisitos especificados en las subdivisiones (c) y (d) si los resultados de la verificación de antecedentes penales no muestran motivos para la denegación.
(f)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(f)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(f)(1) Una licencia temporal expedida de conformidad con esta sección podrá ser terminada inmediatamente al constatarse que el titular de la licencia temporal no cumplió con alguno de los requisitos descritos en la subdivisión (c) o (d) o proporcionó información sustancialmente inexacta que afectaría la elegibilidad de la persona para la licencia temporal. Tras la terminación de la licencia temporal, la junta expedirá un aviso de terminación que exigirá al titular de la licencia temporal que cese inmediatamente el ejercicio de la profesión con licencia al recibirlo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(f)(2) No obstante cualquier otra ley, si, después de notificación y oportunidad de ser oído, una junta determina que un titular de licencia temporal incurrió en conducta no profesional o cualquier otro acto que sea motivo de disciplina por parte de la junta, la junta revocará la licencia temporal.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(g) Un solicitante que busque una licencia temporal como ingeniero civil, ingeniero geotécnico, ingeniero estructural, agrimensor, geólogo profesional, geofísico profesional, geólogo ingeniero certificado o hidrogeólogo certificado de conformidad con esta sección deberá aprobar con éxito el examen o los exámenes específicos de California apropiados requeridos para la obtención de licencias en esas respectivas profesiones por la Junta de Ingenieros Profesionales, Agrimensores y Geólogos. La junta expedirá una licencia temporal de conformidad con esta subdivisión dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la documentación que acredite que el solicitante ha cumplido con los requisitos especificados en esta subdivisión y en las subdivisiones (c) y (d) si los resultados de la verificación de antecedentes penales no muestran motivos para la denegación.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(h) Una licencia temporal expedida de conformidad con esta sección no es renovable y vencerá 12 meses después de su expedición, tras la expedición o denegación de una licencia estándar, tras la expedición o denegación de una licencia por reconocimiento, o tras la expedición o denegación de una licencia acelerada de conformidad con la Sección 115.5, lo que ocurra primero.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(i) Una junta deberá presentar al departamento para su aprobación, si es necesario para implementar esta sección, los proyectos de reglamentos necesarios para administrar esta sección. Estos reglamentos se adoptarán de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno).
(j)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(j)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(j)(1) Esta sección no se aplicará a una junta que tenga un proceso establecido mediante el cual un solicitante con licencia de otro estado en regla que esté casado con, o en una unión de hecho o cualquier otra unión legal con, un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos pueda recibir una autorización temporal acelerada para ejercer mientras cumple con los requisitos específicos del estado por un período de al menos un año o pueda recibir una licencia acelerada por reconocimiento sin requisitos adicionales que anulen los descritos en las subdivisiones (c) y (d).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(j)(2) Esta sección se aplicará solo en la medida en que no modifique una iniciativa ni viole los requisitos constitucionales.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(k) Un solicitante de una licencia temporal de conformidad con esta sección no estará obligado a proporcionar, y ninguna junta cobrará, una tarifa por la solicitud o expedición de una licencia temporal.
(l)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.6(l) Para los fines de esta sección, el término “solicitante” se refiere a un solicitante de una licencia individual y no se refiere a solicitantes de licencias comerciales o de entidades.

Section § 115.8

Explanation

El Departamento de Asuntos del Consumidor de California es responsable de elaborar un informe anual para la Legislatura que detalla varios tipos de información sobre licencias relacionadas con miembros militares y sus cónyuges. Este informe debe incluir el número de solicitudes de licencias temporales y aceleradas presentadas por cónyuges de militares, el número de licencias emitidas o denegadas, aquellas que fueron suspendidas o revocadas, y datos sobre las tarifas de renovación exentas. Además, debe informar sobre el tiempo promedio que lleva procesar estas solicitudes.

El Departamento de Asuntos del Consumidor deberá recopilar información sobre el licenciamiento de militares y sus cónyuges en un informe anual para la Legislatura, el cual deberá presentarse de conformidad con la Sección 9795 del Código de Gobierno. El informe deberá incluir todo lo siguiente para cada tipo de licencia de cada junta:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(a) El número de solicitudes de licencias temporales presentadas por cónyuges de militares por año fiscal, de conformidad con la Sección 115.6.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(b) El número de solicitudes de licencias aceleradas recibidas de miembros militares dados de baja con honores y cónyuges de militares de conformidad con las Secciones 115.4 y 115.5.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(c) El número de licencias emitidas y denegadas por año fiscal de conformidad con las Secciones 115.4, 115.5 y 115.6.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(d) El número de licencias emitidas de conformidad con la Sección 115.6 que fueron suspendidas o revocadas por año fiscal.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(e) El número de solicitudes de exención de tarifas de renovación recibidas y concedidas de conformidad con la Sección 114.3 por año fiscal.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.8(f) La duración promedio del tiempo entre la solicitud y la emisión de licencias de conformidad con las Secciones 115.4, 115.5 y 115.6.

Section § 115.9

Explanation

Esta ley exige que el departamento y cada junta bajo su jurisdicción deben mostrar de manera destacada información sobre las opciones de licencia para cónyuges de militares en sus sitios web. Debe incluir detalles sobre cómo pueden acelerar su proceso de solicitud, obtener licencias temporales y los requisitos para obtener licencias completas si provienen de fuera del estado.

El departamento y cada junta dentro del departamento publicarán información pertinente a todas las opciones de licencia disponibles para cónyuges de militares en la página de inicio del sitio web de internet del departamento o junta, según corresponda, incluyendo, entre otros, lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.9(a) El proceso para agilizar las solicitudes para cónyuges de militares.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.9(b) La disponibilidad de licencias temporales, los requisitos para obtener una licencia temporal y la duración de la validez de una licencia temporal.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 115.9(c) Los requisitos para la licencia completa y permanente por endoso o credencial para solicitantes de fuera del estado.

Section § 116

Explanation

Esta ley permite al director auditar y revisar quejas y acciones disciplinarias relacionadas con los licenciatarios en el campo médico, incluyendo conferencias informales y disciplinas menores. El director puede hacerlo por iniciativa propia o si lo solicitan los consumidores o los licenciatarios. Luego pueden sugerir mejoras a los sistemas disciplinarios a las juntas pertinentes o a la legislatura. Además, el director debe informar anualmente sus hallazgos de estas auditorías y revisiones a comités específicos del Senado y la Asamblea.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 116(a) El director puede auditar y revisar, por iniciativa propia del director, o a solicitud de un consumidor o licenciatario, las consultas y quejas relativas a los licenciatarios, las desestimaciones de casos disciplinarios, la apertura, tramitación o cierre de investigaciones, las conferencias informales y las medidas disciplinarias previas a una acusación formal por parte de la Junta Médica de California, las juntas de profesionales de la salud afines y la Junta Médica Podiátrica de California. El director puede hacer recomendaciones para cambios en el sistema disciplinario a la junta correspondiente, a la Legislatura, o a ambos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 116(b) El director informará anualmente, a partir del 1 de marzo de 1995, a los Presidentes del Comité Senatorial de Negocios, Profesiones y Desarrollo Económico y del Comité Asambleario de Negocios y Profesiones, sobre los hallazgos del director de cualquier auditoría, revisión o seguimiento y evaluación realizados de conformidad con esta sección.

Section § 118

Explanation

Si solicitas una licencia y luego decides retirar tu solicitud, la junta aún tiene el poder de denegarte la licencia por cualquier motivo legal, a menos que ellos acepten por escrito que la retires. De manera similar, si tu licencia vence, es suspendida o la entregas sin el permiso escrito de la junta, esta aún puede tomar medidas disciplinarias en tu contra, siempre y cuando tu licencia pueda ser renovada o restaurada. El término 'junta' aquí también incluye a las personas que pueden gestionar licencias, y 'licencia' también se refiere a certificados y permisos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 118(a) El retiro de una solicitud de licencia después de haber sido presentada ante una junta del departamento no privará a la junta de su autoridad para iniciar o continuar un procedimiento contra el solicitante para la denegación de la licencia por cualquier motivo previsto por la ley o para dictar una orden denegando la licencia por cualquiera de dichos motivos, a menos que la junta haya consentido por escrito dicho retiro.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 118(b) La suspensión, vencimiento o caducidad por ministerio de la ley de una licencia expedida por una junta del departamento, o su suspensión, caducidad o cancelación por orden de la junta o por orden de un tribunal de justicia, o su entrega sin el consentimiento por escrito de la junta, no privará a la junta, durante cualquier período en el que pueda ser renovada, restaurada, reexpedida o rehabilitada, de su autoridad para iniciar o continuar un procedimiento disciplinario contra el titular de la licencia por cualquier motivo previsto por la ley o para dictar una orden de suspensión o revocación de la licencia o de otra manera tomar medidas disciplinarias contra el titular de la licencia por cualquiera de dichos motivos.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 118(c) Según se utiliza en esta sección, «junta» incluye a una persona autorizada por cualquier disposición de este código para expedir, suspender o revocar una licencia, y «licencia» incluye «certificado», «registro» y «permiso».

Section § 119

Explanation

Esta ley establece como delito menor el uso indebido o la falsificación de licencias profesionales. Incluye usar licencias canceladas, revocadas o falsas, prestar su licencia a otros, fingir que la licencia de otra persona es suya, negarse a devolver una licencia suspendida o revocada, permitir que otros usen indebidamente su licencia, hacer copias falsas que puedan engañar a otros y comprar a sabiendas licencias falsas. Es importante destacar que el término 'licencia' abarca certificados, permisos y registros.

Cualquier persona que realice cualquiera de las siguientes acciones es culpable de un delito menor:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(a) Exhiba o cause o permita que se exhiba o tenga en su posesión cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(a)(1) Una licencia cancelada, revocada, suspendida o alterada fraudulentamente.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(a)(2) Una licencia ficticia o cualquier documento que simule una licencia o que pretenda ser o haber sido emitido como licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(b) Preste su licencia a cualquier otra persona o permita a sabiendas su uso por otra.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(c) Exhiba o represente cualquier licencia no emitida a la persona como si fuera su licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(d) Omita o se niegue a entregar a la autoridad emisora, previa su demanda escrita legal, cualquier licencia, registro, permiso o certificado que haya sido suspendido, revocado o cancelado.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(e) Permita a sabiendas cualquier uso ilegal de una licencia emitida a la persona.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(f) Fotografíe, fotocopie, duplique, fabrique o de cualquier otra forma reproduzca cualquier licencia o facsímil de la misma de manera que pueda confundirse con una licencia válida, o exhiba o tenga en su posesión dicha fotografía, fotocopia, duplicado, reproducción o facsímil a menos que esté autorizado por este código.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 119(g) Compre o reciba una licencia fraudulenta, falsificada o contrahecha a sabiendas de que es fraudulenta, falsificada o contrahecha. Para los fines de esta subdivisión, "fraudulento" significa que contiene cualquier declaración falsa de hechos.
Tal como se utiliza en esta sección, "licencia" incluye "certificado", "permiso", "autorización" y "registro" o cualquier otro indicio que otorgue autorización para ejercer un negocio o profesión regulado por este código o al que se hace referencia en la Sección 1000 o 3600.

Section § 120

Explanation

Esta ley establece que los cónyuges sobrevivientes pueden conservar o mostrar el certificado de CPA cancelado de un cónyuge fallecido sin infringir ninguna norma de otra sección. También dice que cualquier persona que haya recibido un certificado de CPA de la junta estatal puede tenerlo y exhibirlo, a menos que su certificación haya sido suspendida o revocada.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 120(a) La subdivisión (a) de la Sección 119 no se aplicará a un cónyuge sobreviviente que tenga en su posesión o exhiba un certificado de contador público certificado cancelado o un certificado de contador público cancelado de un cónyuge fallecido que haya sido cancelado por acción oficial de la Junta de Contabilidad de California.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 120(b) No obstante la Sección 119, cualquier persona que haya recibido un certificado de contador público certificado o un certificado de contador público de la junta podrá poseer y exhibir el certificado recibido, a menos que el certificado, permiso o registro de la persona haya sido suspendido o revocado.

Section § 121

Explanation

Si alguien con una licencia profesional (incluyendo certificados, permisos y autorizaciones similares) cumple con todas las reglas para renovar su licencia antes de que expire, no está infringiendo la ley al seguir trabajando mientras espera que se procese la renovación. Esto se aplica incluso si hay un retraso en la recepción de la prueba de renovación, siempre y cuando el retraso no sea culpa suya.

Ningún titular de licencia que haya cumplido con las disposiciones de este código relativas a la renovación de su licencia antes de la expiración de dicha licencia se considerará que ejerce ilegalmente su negocio o profesión durante cualquier período entre dicha renovación y la recepción de la prueba de dicha renovación que pueda ocurrir debido a un retraso no imputable al solicitante.
Según se utiliza en esta sección, "licencia" incluye "certificado", "permiso", "autorización" y "registro", o cualquier otro indicio que otorgue autorización, por cualquier agencia, junta, oficina, comisión, comité o entidad dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, para ejercer un negocio o profesión regulado por este código o por la junta a la que se refiere la Ley Quiropráctica o la Ley Osteopática.

Section § 121.5

Explanation
Si tiene una licencia profesional o un registro que está oficialmente marcado como inactivo o retirado, no tendrá que preocuparse por los cargos por retraso o las tarifas de renovación por dejar que expire.

Section § 122

Explanation
Esta ley permite a ciertas agencias gubernamentales cobrar una tarifa cuando necesiten enviarle una licencia o certificado de reemplazo. La tarifa debe cubrir el costo de hacer y enviarle ese duplicado, pero no puede ser más de $25.

Section § 123

Explanation

Esta ley tipifica como delito el hacer trampa de cualquier forma en los exámenes de licencia. Hacer trampa incluye manipular la seguridad del examen, retirar o reproducir materiales del examen sin permiso, usar ayuda no autorizada de personas que toman exámenes profesionalmente, y acceder o distribuir preguntas de examen de forma indebida. También abarca acciones como comunicarse con otros durante el examen, copiar respuestas, introducir materiales no autorizados o suplantar la identidad de otra persona para el examen. Si te descubren, podrías enfrentar multas de hasta $10,000 más los costos judiciales, y esto no excluye ser procesado bajo otras leyes. Si algunas partes de esta ley se consideran inválidas, el resto aún puede aplicarse.

Es un delito menor que cualquier persona participe en cualquier conducta que subvierta o intente subvertir cualquier examen de licencia o la administración de un examen, incluyendo, pero no limitado a:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 123(a) Conducta que viole la seguridad de los materiales del examen; retirar de la sala de examen cualquier material de examen sin autorización; la reproducción no autorizada por cualquier medio de cualquier parte del examen de licencia real; ayudar por cualquier medio a la reproducción no autorizada de cualquier parte del examen de licencia real; pagar o utilizar a personas que realizan exámenes de forma profesional o remunerada con el propósito de reconstruir cualquier parte del examen de licencia; obtener preguntas de examen u otro material de examen, excepto por autorización específica antes, durante o después de un examen; o usar o pretender usar cualquier pregunta o material de examen que haya sido retirado o tomado indebidamente de cualquier examen con el propósito de instruir o preparar a cualquier solicitante para el examen; o vender, distribuir, comprar, recibir o tener posesión no autorizada de cualquier parte de un examen de licencia futuro, actual o administrado previamente.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 123(b) Comunicarse con cualquier otro examinado durante la administración de un examen de licencia; copiar respuestas de otro examinado o permitir que las respuestas propias sean copiadas por otro examinado; tener en posesión durante la administración del examen de licencia cualquier libro, equipo, notas, materiales escritos o impresos, o datos de cualquier tipo, que no sean los materiales de examen distribuidos, o que no estén autorizados de otra manera para estar en posesión durante el examen; o suplantar la identidad de cualquier examinado o hacer que un suplantador tome el examen de licencia en nombre de uno.
Nada en esta sección impedirá el enjuiciamiento bajo la autoridad prevista en cualquier otra disposición de la ley.
Además de cualquier otra sanción, una persona declarada culpable de violar esta sección será responsable por los daños reales sufridos por la agencia que administra el examen, que no excederán los diez mil dólares ($10,000) y los costos del litigio.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 123(c) Si alguna disposición de esta sección o su aplicación a cualquier persona o circunstancia se considera inválida, dicha invalidez no afectará otras disposiciones o aplicaciones de la sección que puedan tener efecto sin la disposición o aplicación inválida, y a tal fin las disposiciones de esta sección son separables.

Section § 123.5

Explanation

Si alguien está haciendo o está a punto de hacer algo que infringe la Sección 123, el tribunal superior local puede intervenir con una orden legal para detenerlo. Esto puede ser solicitado por una junta, el Fiscal General o el fiscal de distrito del condado. Este proceso sigue ciertos procedimientos legales y es una forma adicional de hacer cumplir la ley, no un reemplazo de otras acciones legales.

Siempre que cualquier persona haya incurrido, o esté a punto de incurrir, en actos o prácticas que constituyan, o vayan a constituir, una violación de la Sección 123, el tribunal superior del condado donde los actos o prácticas tengan lugar, o estén a punto de tener lugar, podrá emitir un mandamiento judicial, u otra orden apropiada, que restrinja dicha conducta a solicitud de una junta, el Fiscal General o el fiscal de distrito del condado.
Los procedimientos bajo esta sección se regirán por el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil.
El recurso previsto en esta sección será adicional a, y no una limitación de, la autoridad prevista en cualquier otra disposición de la ley.

Section § 124

Explanation

Esta sección permite a las juntas dentro de un departamento enviar ciertos avisos por escrito a los licenciatarios, ya sea por correo ordinario, enviado a su última dirección conocida, o entregados personalmente. Esto es una alternativa a los requisitos predeterminados establecidos en otra sección del Código de Gobierno.

No obstante la subdivisión (c) de la Sección 11505 del Código de Gobierno, siempre que cualquier junta del departamento deba dar aviso por escrito, incluyendo un aviso, orden o documento notificado de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340), el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 11370) o el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, el aviso podrá darse por correo ordinario dirigido a la última dirección conocida del licenciatario o mediante entrega personal, a opción de la junta.

Section § 125

Explanation

Esta sección establece que si una persona con una licencia profesional ayuda a una persona sin licencia a infringir las normas de este código, puede ser acusada de un delito menor. Esto incluye permitir que la persona sin licencia utilice su licencia o actuar como socio comercial o representante de esa persona.

Cualquier persona, con licencia bajo la División 1 (que comienza con la Sección 100), la División 2 (que comienza con la Sección 500), o la División 3 (que comienza con la Sección 5000), es culpable de un delito menor y está sujeta a las disposiciones disciplinarias de este código aplicables a ella, si conspira con una persona sin dicha licencia para violar cualquier disposición de este código, o si, con la intención de ayudar o asistir a esa persona en la violación de dichas disposiciones, hace cualquiera de lo siguiente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125(a) Permite que su licencia sea utilizada por esa persona.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125(b) Actúa como su agente o socio.

Section § 125.3

Explanation

Esta ley generalmente permite que las juntas, en casos disciplinarios, exijan a un individuo o entidad con licencia que haya violado las normas de licencias que reembolse los costos incurridos en la investigación y gestión del caso. Si el titular de la licencia es una corporación o sociedad, los costos pueden cargarse a la entidad corporativa o a la sociedad. La evidencia de estos costos puede incluir costos reales o estimaciones de buena fe. Los jueces de derecho administrativo deciden cuáles son esos costos, aunque la junta puede reducir o desestimar esta orden de costos. Si los costos no se pagan a tiempo, la junta puede exigir el pago a través de los tribunales. La junta puede negarse a renovar o restablecer licencias hasta que se paguen los costos, a menos que el titular de la licencia demuestre dificultades financieras y acepte reembolsar en el plazo de un año. El dinero recaudado vuelve a los fondos de la junta. La recuperación de costos también puede ser parte de un acuerdo de conciliación. Esta norma no se aplica si una ley específica para una junta ya aborda la recuperación de costos.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(a) Salvo que la ley disponga lo contrario, en cualquier orden emitida en resolución de un procedimiento disciplinario ante cualquier junta dentro del departamento o ante la Junta Médica Osteopática, a solicitud de la entidad que inicia el procedimiento, el juez de derecho administrativo podrá ordenar a un titular de licencia que haya cometido una violación o violaciones de la ley de licencias que pague una suma que no exceda los costos razonables de la investigación y ejecución del caso.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(b) En el caso de un titular de licencia sancionado que sea una corporación o una sociedad, la orden podrá dictarse contra la entidad corporativa con licencia o la sociedad con licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(c) Una copia certificada de los costos reales, o una estimación de buena fe de los costos cuando los costos reales no estén disponibles, firmada por la entidad que inicia el procedimiento o su representante designado, constituirá prueba prima facie de los costos razonables de investigación y enjuiciamiento del caso. Los costos incluirán el monto de los costos de investigación y ejecución hasta la fecha de la audiencia, incluyendo, entre otros, los cargos impuestos por el Fiscal General.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(d) El juez de derecho administrativo deberá emitir una determinación propuesta del monto de los costos razonables de investigación y enjuiciamiento del caso cuando se solicite de conformidad con el inciso (a). La determinación del juez de derecho administrativo con respecto a los costos no será revisable por la junta para aumentar la adjudicación de costos. La junta podrá reducir o eliminar la adjudicación de costos, o remitir el caso al juez de derecho administrativo si la decisión propuesta no incluye una determinación sobre los costos solicitados de conformidad con el inciso (a).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(e) Si se emite una orden de recuperación de costos y no se realiza el pago oportuno según lo indicado en la decisión de la junta, la junta podrá hacer cumplir la orden de reembolso en cualquier tribunal competente. Este derecho de ejecución será adicional a cualquier otro derecho que la junta pueda tener con respecto a cualquier titular de licencia para pagar costos.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(f) En cualquier acción para la recuperación de costos, la prueba de la decisión de la junta será prueba concluyente de la validez de la orden de pago y de los términos de pago.
(g)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(g)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(g)(1) Salvo lo dispuesto en el párrafo (2), la junta no renovará ni restablecerá la licencia de ningún titular de licencia que no haya pagado todos los costos ordenados en virtud de esta sección.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(g)(2) No obstante el párrafo (1), la junta podrá, a su discreción, renovar o restablecer condicionalmente por un máximo de un año la licencia de cualquier titular de licencia que demuestre dificultades financieras y que celebre un acuerdo formal con la junta para reembolsar a la junta dentro de ese período de un año los costos impagos.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(h) Todos los costos recuperados en virtud de esta sección se considerarán un reembolso por los costos incurridos y se depositarán en el fondo de la junta que recupera los costos para estar disponibles previa asignación por parte de la Legislatura.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(i) Nada en esta sección impedirá que una junta incluya la recuperación de los costos de investigación y ejecución de un caso en cualquier acuerdo estipulado.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.3(j) Esta sección no se aplica a ninguna junta si una disposición legal específica en la ley de licencias de esa junta prevé la recuperación de costos en un procedimiento disciplinario administrativo.

Section § 125.5

Explanation

Si alguien en un condado específico está haciendo algo que infringe una norma supervisada por una junta departamental, se puede solicitar al tribunal superior local que lo detenga con una orden oficial, como un interdicto. La junta primero necesita la aprobación del director para presentar una petición ante el tribunal. El tribunal también puede exigir a la persona que infringió las normas que compense a cualquiera que haya resultado perjudicado por sus acciones. Además, si el tribunal emite alguna orden, la persona podría tener que cubrir los costos de la junta por investigar la infracción. Este proceso se suma a los poderes existentes de la junta, no los reemplaza.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.5(a) El tribunal superior del condado en el que cualquier persona haya incurrido o esté a punto de incurrir en cualquier acto que constituya una violación de un capítulo de este código administrado o ejecutado por una junta dentro del departamento podrá, previa petición presentada por la junta con la aprobación del director, dictar un interdicto u otra orden apropiada que restrinja dicha conducta. Los procedimientos conforme a esta sección se regirán por el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil. Según se utiliza en esta sección, «junta» incluye comisión, oficina, división, agencia y un comité de revisión de calidad médica.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.5(b) El tribunal superior del condado en el que cualquier persona haya incurrido en cualquier acto que constituya una violación de un capítulo de este código administrado o ejecutado por una junta dentro del departamento podrá, previa petición presentada por la junta con la aprobación del director, ordenar a dicha persona que haga restitución a las personas perjudicadas como resultado de dicha violación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.5(c) El tribunal podrá ordenar a una persona sujeta a un interdicto u orden de restricción, previsto en el apartado (a) de esta sección, o sujeta a una orden que exija restitución conforme al apartado (b), que reembolse a la junta peticionaria los gastos incurridos por la junta en su investigación relacionada con su petición.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.5(d) El recurso previsto en esta sección será adicional a, y no una limitación de, la autoridad prevista en cualquier otra sección de este código.

Section § 125.6

Explanation

Esta ley establece que si usted tiene una licencia profesional en California, no puede discriminar a nadie por sus características personales, como raza o género, al realizar su trabajo. Sin embargo, los médicos pueden considerar dichas características si es necesario para tratar adecuadamente al paciente. No se aplica a la discriminación laboral, las membresías de clubes, ni a situaciones en las que la presencia de barreras físicas que cumplen con la normativa no se considera discriminatoria. Tampoco tiene que permitir que alguien utilice sus servicios si representa un gran riesgo para la seguridad o si usted no está calificado para el trabajo. Un 'solicitante' es cualquier persona que pide sus servicios con licencia, y 'licencia' incluye todo tipo de autorizaciones oficiales para trabajar en áreas reguladas.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(a)(1) Con respecto a un solicitante, toda persona que posea una licencia conforme a las disposiciones de este código está sujeta a medidas disciplinarias conforme a las disposiciones disciplinarias de este código aplicables a esa persona si, debido a cualquier característica enumerada o definida en la subdivisión (b) o (e) de la Sección 51 del Código Civil, la persona se niega a realizar la actividad con licencia o ayuda o incita a la negativa a realizar dicha actividad con licencia por parte de otro licenciatario, o si, debido a cualquier característica enumerada o definida en la subdivisión (b) o (e) de la Sección 51 del Código Civil, la persona realiza cualquier discriminación o restricción en la realización de la actividad con licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(a)(2) Nada en esta sección se interpretará en el sentido de impedir que un médico o profesional de la salud con licencia conforme a la División 2 (que comienza con la Sección 500) considere cualquiera de las características de un paciente enumeradas en la subdivisión (b) o (e) de la Sección 51 del Código Civil si dicha consideración es médicamente necesaria y con el único propósito de determinar el diagnóstico o tratamiento adecuado del paciente.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(a)(3) Nada en esta sección se interpretará en el sentido de aplicarse a la discriminación por parte de los empleadores con respecto a los empleados o futuros empleados, ni esta sección autorizará acciones contra ninguna licencia de club emitida conforme al Artículo 4 (que comienza con la Sección 23425) del Capítulo 3 de la División 9 debido a una política de membresía discriminatoria.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(a)(4) La presencia de barreras arquitectónicas para una persona con discapacidades físicas que cumplan con los códigos y regulaciones de construcción estatales o locales aplicables no constituirá discriminación conforme a esta sección.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(b)(1) Nada en esta sección exige que una persona con licencia conforme a la División 2 (que comienza con la Sección 500) permita que un individuo participe o se beneficie de la actividad con licencia del licenciatario cuando ese individuo represente una amenaza directa para la salud o seguridad de otros. Para este propósito, el término “amenaza directa” significa un riesgo significativo para la salud o seguridad de otros que no puede eliminarse mediante una modificación de políticas, prácticas o procedimientos o mediante la provisión de ayudas y servicios auxiliares.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(b)(2) Nada en esta sección exige que una persona con licencia conforme a la División 2 (que comienza con la Sección 500) realice una actividad con licencia para la cual la persona no está calificada para realizar.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(c)(1) “Solicitante”, tal como se usa en esta sección, significa una persona que solicita servicios con licencia proporcionados por una persona con licencia conforme a este código.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.6(c)(2) “Licencia”, tal como se usa en esta sección, incluye “certificado”, “permiso”, “autorización” y “registro” o cualquier otro indicio que otorgue autorización para dedicarse a un negocio o profesión regulado por este código.

Section § 125.7

Explanation

Esta ley permite que un tribunal detenga temporalmente a un profesional con licencia para que no trabaje si está violando reglas que podrían dañar al público. Antes de hacerlo, el tribunal necesita pruebas y debe notificar a la persona, a menos que exista una amenaza real para la seguridad pública. Si se emite una orden de restricción de este tipo, se deben presentar cargos formales dentro de los 30 días, y el licenciatario debe tener la oportunidad de una audiencia. El tribunal anulará la orden si no hay una audiencia o decisión oportuna. Esta ley funciona junto con otras regulaciones para proteger al público.

Además del remedio previsto en la Sección 125.5, el tribunal superior del condado en el que cualquier licenciatario con licencia bajo la División 2 (que comienza con la Sección 500), o cualquier ley de iniciativa a la que se hace referencia en esa división, ha incurrido o está a punto de incurrir en cualquier acto que constituya una violación de un capítulo de este código administrado o aplicado por una junta a la que se hace referencia en la División 2 (que comienza con la Sección 500), podrá, previa petición presentada por la junta y acompañada de una declaración jurada o declaraciones juradas en apoyo de la misma y un memorándum de puntos y autoridades, emitir una orden de restricción temporal u otra orden apropiada que restrinja al licenciatario de ejercer el negocio o la profesión para la cual la persona tiene licencia o de cualquier parte de la misma, de conformidad con esta sección.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.7(a) Si las declaraciones juradas en apoyo de la petición demuestran que el licenciatario ha incurrido o está a punto de incurrir en actos u omisiones que constituyen una violación de un capítulo de este código y si el tribunal está satisfecho de que permitir al licenciatario continuar ejerciendo el negocio o la profesión para la cual se emitió la licencia pondrá en peligro la salud, seguridad o bienestar públicos, el tribunal podrá emitir una orden que restrinja temporalmente al licenciatario de ejercer la profesión para la cual tiene licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.7(b) La orden no podrá emitirse sin previo aviso al licenciatario a menos que de los hechos demostrados por las declaraciones juradas se desprenda que se produciría un daño grave al público antes de que el asunto pueda ser oído con previo aviso.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.7(c) Salvo que se disponga específicamente lo contrario en esta sección, los procedimientos bajo esta sección se regirán por el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.7(d) Cuando se emita una orden de restricción de conformidad con esta sección, o dentro de un plazo que el tribunal superior permita, pero en ningún caso más de 30 días después de la emisión de la orden de restricción, se presentará una acusación ante la junta de conformidad con la Sección 11503 del Código de Gobierno o, en el caso de un licenciatario del Departamento Estatal de Servicios de Salud, ante ese departamento de conformidad con la Sección 100171 del Código de Salud y Seguridad. La acusación se notificará al licenciatario según lo dispuesto en la Sección 11505 del Código de Gobierno. El licenciatario tendrá todos los derechos y privilegios disponibles según lo especificado en el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno. Sin embargo, si el licenciatario solicita una audiencia sobre la acusación, la junta deberá proporcionar al licenciatario una audiencia dentro de los 30 días siguientes a la solicitud y una decisión dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se reciba la decisión del juez de derecho administrativo, o el tribunal podrá anular la orden de restricción emitida previamente. Cualquier orden de restricción emitida de conformidad con esta sección se disolverá por ministerio de la ley en el momento en que la decisión de la junta esté sujeta a revisión judicial de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.7(e) El remedio previsto en esta sección será adicional a, y no una limitación de, la autoridad provista por cualquier otra disposición de este código.

Section § 125.8

Explanation

Esta ley permite que un tribunal emita una orden de restricción temporal contra un profesional con licencia si este está realizando, o a punto de realizar, acciones que violan ciertas normas, lo que podría poner en riesgo la salud, seguridad o bienestar públicos. Antes de emitir dicha orden, el tribunal debe estar seguro del daño potencial. Sin embargo, la orden de restricción puede emitirse sin previo aviso si retrasarla pudiera causar un daño grave al público. Una vez emitida la orden, se debe presentar y notificar una acusación formal en un plazo de 30 días. El profesional puede solicitar una audiencia, que debe celebrarse con prontitud. Si la junta no proporciona una audiencia o decisión a tiempo, la orden de restricción puede ser anulada.

Además del recurso previsto en la Sección 125.5, el tribunal superior del condado en el que cualquier titular de licencia con licencia bajo la División 3 (que comienza con la Sección 5000) o el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 18600) o el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 19000) de la División 8 ha incurrido o está a punto de incurrir en cualquier acto que constituya una violación de un capítulo de este código administrado o ejecutado por una junta a la que se hace referencia en la División 3 (que comienza con la Sección 5000) o el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 18600) o el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 19000) de la División 8 podrá, previa petición presentada por la junta y acompañada de una declaración jurada o declaraciones juradas en apoyo de la misma y un memorándum de puntos y autoridades, emitir una orden de restricción temporal u otra orden apropiada que restrinja al titular de la licencia de ejercer el negocio o la profesión para la cual la persona tiene licencia o de cualquier parte de la misma, de conformidad con las disposiciones de esta sección.
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.8(a) Si las declaraciones juradas en apoyo de la petición demuestran que el titular de la licencia ha incurrido o está a punto de incurrir en actos u omisiones que constituyen una violación de un capítulo de este código y si el tribunal está convencido de que permitir al titular de la licencia continuar ejerciendo el negocio o la profesión para la cual se emitió la licencia pondrá en peligro la salud, seguridad o bienestar públicos, el tribunal podrá emitir una orden que restrinja temporalmente al titular de la licencia de ejercer la profesión para la cual tiene licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.8(b) Dicha orden no podrá emitirse sin notificación al titular de la licencia a menos que de los hechos demostrados por las declaraciones juradas se desprenda que se produciría un daño grave al público antes de que el asunto pueda ser oído con notificación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.8(c) Salvo que se disponga específicamente lo contrario en esta sección, los procedimientos bajo esta sección se regirán por el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 525) del Título 7 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.8(d) Cuando se emita una orden de restricción de conformidad con esta sección, o dentro de un plazo que determine el tribunal superior, pero en ningún caso más de 30 días después de emitida la orden de restricción, se presentará una acusación ante la junta de conformidad con la Sección 11503 del Código de Gobierno. La acusación se notificará al titular de la licencia según lo dispuesto en la Sección 11505 del Código de Gobierno. El titular de la licencia tendrá todos los derechos y privilegios disponibles según lo especificado en el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno; sin embargo, si el titular de la licencia solicita una audiencia sobre la acusación, la junta deberá proporcionar al titular de la licencia una audiencia dentro de los 30 días siguientes a la solicitud y una decisión dentro de los 15 días siguientes a la fecha de conclusión de la audiencia, o el tribunal podrá anular la orden de restricción emitida previamente. Cualquier orden de restricción emitida de conformidad con esta sección se disolverá por ministerio de la ley en el momento en que la decisión de la junta esté sujeta a revisión judicial de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil.

Section § 125.9

Explanation

Esta sección permite a varias juntas profesionales en California emitir citaciones a los titulares de licencias que infrinjan las normas. Estas citaciones pueden ordenar que se corrijan las infracciones o exigir multas de hasta $5,000. La citación debe explicar claramente qué norma se infringió, y si un titular de licencia desea impugnarla, tiene 30 días para solicitar una audiencia. No pagar las multas o ignorar las órdenes puede dar lugar a acciones disciplinarias adicionales y afectar la renovación de la licencia. Las multas y sanciones tienen como objetivo garantizar que las infracciones se traten con seriedad, pero pagar una multa no significa admitir culpabilidad. Todas las multas recaudadas se destinan al fondo especial de la junta.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(a) Una junta, oficina o comisión dentro del departamento, la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos y la Junta Médica Osteopática de California, podrá establecer, mediante reglamento, un sistema para la emisión a un titular de licencia de una citación que podrá contener una orden de cese o una orden de pago de una multa administrativa impuesta por la junta, oficina o comisión cuando el titular de la licencia infrinja la ley de licencias aplicable o cualquier reglamento adoptado en virtud de la misma.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b) El sistema deberá contener las siguientes disposiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b)(1) Las citaciones deberán constar por escrito y deberán describir con particularidad la naturaleza de la infracción, incluyendo una referencia específica a la disposición legal que se haya determinado que ha sido infringida.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b)(2) Cuando sea apropiado, la citación deberá contener una orden de cese fijando un plazo razonable para el cese de la infracción.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b)(3) En ningún caso la multa administrativa impuesta por la junta, oficina o comisión excederá de cinco mil dólares ($5,000) por cada inspección o cada investigación realizada con respecto a la infracción, o cinco mil dólares ($5,000) por cada infracción o cargo si la infracción implica facturación fraudulenta presentada a una compañía de seguros, al programa Medi-Cal o a Medicare. Al imponer una multa, la junta, oficina o comisión deberá considerar debidamente la idoneidad del importe de la multa con respecto a factores como la gravedad de la infracción, la buena fe del titular de la licencia y el historial de infracciones anteriores.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b)(4) Una citación o una evaluación de multa emitida de conformidad con una citación deberá informar al titular de la licencia que si el titular de la licencia desea una audiencia para impugnar la determinación de una infracción, dicha audiencia deberá solicitarse mediante notificación por escrito a la junta, oficina o comisión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de la citación o evaluación. Si no se solicita una audiencia de conformidad con esta sección, el pago de cualquier multa no constituirá una admisión de la infracción imputada. Las audiencias se celebrarán de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(b)(5) El incumplimiento por parte de un titular de licencia de pagar una multa o de cumplir con una orden de cese, o ambos, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la evaluación u orden, a menos que la citación esté siendo apelada, podrá dar lugar a la adopción de medidas disciplinarias por parte de la junta, oficina o comisión. Cuando una citación no sea impugnada y una multa no sea pagada, el importe total de la multa impuesta se añadirá a la tarifa de renovación de la licencia. Una licencia no se renovará sin el pago de la tarifa de renovación y la multa.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(c) El sistema podrá contener las siguientes disposiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(c)(1) Una citación podrá emitirse sin la imposición de una multa administrativa.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(c)(2) La imposición de multas administrativas podrá limitarse únicamente a infracciones particulares de la ley de licencias aplicable.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(d) No obstante cualquier otra disposición legal, si se paga una multa para satisfacer una evaluación basada en la determinación de una infracción, el pago de la multa y el cumplimiento de la orden de cese, si corresponde, se considerará una resolución satisfactoria del asunto a efectos de divulgación pública.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 125.9(e) Las multas administrativas recaudadas de conformidad con esta sección se depositarán en el fondo especial de la junta, oficina o comisión correspondiente.

Section § 126

Explanation

Esta ley establece que ciertas agencias gubernamentales dentro del departamento, que antes tenían que enviar informes al Gobernador, ya no necesitan hacerlo.

No obstante cualquier otra disposición de este código, cualquier junta, comisión, comité examinador u otra agencia constituida de manera similar dentro del departamento a la que se le exigía, antes de la fecha de entrada en vigor de esta sección, presentar informes al Gobernador conforme a cualquier disposición de este código, no se le exigirá presentar dichos informes.

Section § 127

Explanation
Esta ley permite al director solicitar informes de cualquier agencia o grupo dentro del departamento si considera necesario entender cómo están operando estos grupos.

Section § 128

Explanation

Esta ley prohíbe vender equipo, suministros o servicios si sabes que se usarán para un trabajo que incumple la ley de licencias. Si te descubren, podrías recibir una multa de al menos $1,000 y posiblemente pasar hasta seis meses en la cárcel. Sin embargo, las ventas pequeñas en efectivo de menos de $100 están exentas. El término "persona" en esta ley incluye empresas y diversas organizaciones, y "licencia" también abarca certificados o registros.

No obstante cualquier otra disposición legal, constituye un delito menor vender equipo, suministros o servicios a cualquier persona a sabiendas de que dicho equipo, suministros o servicios serán utilizados en la ejecución de un servicio o contrato en violación de los requisitos de licencia de este código.
Las disposiciones de esta sección no serán aplicables a las ventas en efectivo inferiores a cien dólares ($100).
Para los fines de esta sección, "persona" comprende, sin limitarse a, una empresa, sociedad, sociedad de responsabilidad limitada, firma o corporación.
Para los fines de esta sección, "licencia" incluye certificado o registro.
Una violación de esta sección será sancionada con una multa no inferior a mil dólares ($1,000) y con pena de prisión en la cárcel del condado por un período no superior a seis meses.

Section § 128.5

Explanation

Si una agencia del Departamento de Asuntos del Consumidor de California tiene fondos sobrantes al final del año fiscal que son iguales o superiores a su presupuesto para los próximos dos años, debe reducir las tarifas de licencia u otras cuotas en el año siguiente para disminuir su excedente. Esto se aplica a la mayoría de las agencias, pero solo ciertas juntas y oficinas específicas se ven afectadas de manera diferente según la subsección (b).

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 128.5(a) No obstante cualquier otra disposición de la ley, si al final de cualquier año fiscal, una agencia dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, excepto las agencias mencionadas en la subdivisión (b), tiene fondos no comprometidos en una cantidad que iguala o excede el presupuesto operativo de la agencia para los próximos dos años fiscales, la agencia deberá reducir las tarifas de licencia u otras tarifas, ya sean estas tarifas de licencia u otras tarifas fijadas por ley o determinadas por la agencia dentro de los límites fijados por ley, durante el siguiente año fiscal en una cantidad que reduzca cualquier fondo excedente de la agencia a una cantidad inferior al presupuesto operativo de la agencia para los próximos dos años fiscales.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 128.5(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, si al final de cualquier año fiscal, la Junta de Arquitectos de California, la Junta de Ciencias del Comportamiento, la Junta Médica Veterinaria, la Junta de Taquígrafos Judiciales de California, la Junta Médica de California, la Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos, o la Oficina de Servicios de Seguridad e Investigación tiene fondos no comprometidos en una cantidad que iguala o excede el presupuesto operativo de la agencia para los próximos dos años fiscales, la agencia deberá reducir las tarifas de licencia u otras tarifas, ya sean estas tarifas de licencia u otras tarifas fijadas por ley o determinadas por la agencia dentro de los límites fijados por ley, durante el siguiente año fiscal en una cantidad que reduzca cualquier fondo excedente de la agencia a una cantidad inferior al presupuesto operativo de la agencia para los próximos dos años fiscales.

Section § 129

Explanation

Esta sección explica cómo las juntas que emiten licencias deben manejar las quejas sobre las personas a las que otorgan licencias. Cuando reciben una queja, deben informar a la persona que se quejó lo que están haciendo al respecto en un plazo de 10 días. También deben notificarles cuando hay una decisión final. Si no pueden manejar la queja, la remiten a alguien que sí pueda. La junta puede informar a la persona acusada sobre la queja y podría intentar mediar. Es su trabajo rastrear los patrones de quejas y sugerir cambios legales si es necesario. También deben informar al público sobre sus funciones. Además, si hay una evaluación de custodia de menores involucrada, deben notificar a la parte relevante sobre la investigación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(a) Para los fines de esta sección, “junta” significa toda junta, oficina, comisión, comité y organismo constituido de manera similar en el departamento que emite licencias.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(b) Cada junta deberá, al recibir cualquier queja respecto a un individuo con licencia de la junta, notificar al denunciante la acción administrativa inicial tomada sobre su queja dentro de los 10 días siguientes a la recepción. Cada junta deberá notificar al denunciante la acción final tomada sobre su queja. Se realizará una notificación en todo caso en que se conozca al denunciante. Si la queja no está dentro de la jurisdicción de la junta o si la junta no puede resolver satisfactoriamente la queja, la junta transmitirá la queja junto con cualquier evidencia o información que tenga sobre la queja al organismo, público o privado, cuya autoridad, a juicio de la junta, proporcionará los medios más efectivos para asegurar el desagravio solicitado. La junta notificará al denunciante de esta acción y de cualquier otro medio que pueda estar disponible para que el denunciante obtenga desagravio.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(c) La junta deberá, cuando lo considere apropiado, notificar a la persona contra quien se presenta la queja la naturaleza de la misma, podrá solicitar desagravio apropiado para el denunciante, y podrá reunirse y deliberar con el denunciante y el titular de la licencia para mediar en la queja. Nada de lo dispuesto en esta subdivisión se interpretará como autorizando o exigiendo a ninguna junta establecer o modificar cualquier tarifa cobrada por un titular de licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(d) Será deber continuo de la junta determinar patrones de quejas e informar sobre todas las acciones tomadas con respecto a esos patrones de quejas al director y a la Legislatura al menos una vez al año. La junta evaluará aquellas quejas desestimadas por falta de jurisdicción o por no violación y recomendará al director y a la Legislatura al menos una vez al año los cambios estatutarios que considere necesarios para implementar las funciones y responsabilidades de la junta bajo esta sección.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(e) Será deber continuo de la junta tomar cualquier medida que considere necesaria, con la aprobación del director, para informar al público de sus funciones bajo esta sección.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 129(f) No obstante cualquier otra ley, al recibir un informe de evaluación de custodia de menores presentado a un tribunal de conformidad con el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 3110) de la Parte 2 de la División 8 del Código de Familia, la junta notificará a la parte no denunciante en la disputa de custodia subyacente, que es objeto de dicho informe, de la investigación pendiente.

Section § 130

Explanation

Esta ley establece que los miembros que forman parte de ciertas juntas o comités profesionales en California tienen un mandato de cuatro años, que finaliza el 1 de junio. Las juntas y comités afectados incluyen los de profesionales médicos, podiátricos y de terapia física, entre otros. Se menciona una excepción específica para la Junta de Enfermería Registrada con respecto a otra parte de la ley.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(a) No obstante cualquier otra ley, el mandato de cualquier miembro de una agencia designada en el apartado (b) será por un período de cuatro años que vencerá el 1 de junio.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b) El apartado (a) se aplica a las siguientes juntas o comités:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(1) La Junta Médica de California.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(2) La Junta Médica Podiátrica de California.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(3) La Junta de Terapia Física de California.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(4) La Junta de Enfermería Registrada, salvo lo dispuesto en el apartado (c) de la Sección 2703.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(5) La Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(6) La Junta Estatal de Optometría de California.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(7) La Junta Estatal de Farmacia de California.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(8) La Junta Médica Veterinaria.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(9) La Junta de Arquitectos de California.
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(10) El Comité Técnico de Arquitectos Paisajistas.
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(11) La Junta Estatal de Licencias para Contratistas.
(12)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(12) La Junta de Ciencias del Comportamiento.
(13)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(13) La Junta de Taquígrafos Judiciales de California.
(14)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(14) La Comisión Atlética Estatal.
(15)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(15) La Junta Médica Osteopática de California.
(16)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(16) La Junta de Terapia Respiratoria de California.
(17)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(17) La Junta de Acupuntura.
(18)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(18) La Junta de Psicología.
(19)CA Negocios Y Profesiones Code § 130(b)(19) La Junta de Control de Plagas Estructurales.

Section § 131

Explanation
Esta ley establece que ciertos miembros de agencias o juntas gubernamentales no pueden ejercer por más de dos mandatos completos seguidos. Garantiza que las personas que ocupan estos cargos no permanezcan en el poder por demasiado tiempo sin una interrupción.

Section § 132

Explanation

Esta ley establece que si una junta o agencia dentro de un departamento desea emprender acciones legales contra otra agencia estatal o federal, necesita el permiso del director del departamento. Deben presentar una solicitud por escrito, y el director tiene 30 días para aprobarla o denegarla, explicando sus razones. Si no se toma una decisión en 30 días, la solicitud se aprueba automáticamente. Sin embargo, si el director la deniega, la junta o agencia aún puede proceder si dos tercios de sus miembros, incluyendo al menos un miembro público, votan para anular la denegación.

Ninguna junta, comisión, comité examinador, o cualquier otra agencia dentro del departamento podrá iniciar o unirse a ninguna acción legal contra cualquier otra agencia dentro del gobierno estatal o federal sin el permiso del director.
Antes de iniciar o unirse a una acción legal contra una agencia del gobierno estatal o federal, una junta, comisión, comité examinador, o cualquier otra agencia dentro del departamento deberá presentar una solicitud por escrito al director para hacerlo.
Dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud, el director comunicará por escrito a la agencia solicitante su aprobación o denegación de la solicitud y las razones de dicha aprobación o denegación. Si el director no actúa dentro de los 30 días, la solicitud se considerará aprobada.
Una agencia solicitante dentro del departamento podrá anular la denegación del director a su solicitud de iniciar o unirse a una acción legal contra una agencia estatal o federal mediante un voto de dos tercios de los miembros de la junta, comisión, comité examinador u otra agencia, cuyo voto deberá incluir el voto de al menos un miembro público de dicha junta, comisión, comité examinador u otra agencia.

Section § 134

Explanation
Si una licencia profesional dura más de un año, las tarifas de las nuevas licencias otorgadas durante ese período se ajustarán para que solo pague por la parte restante del plazo. Esto ayuda a garantizar la equidad en lo que paga por una licencia que no cubre un plazo completo.

Section § 135

Explanation

Esta ley indica a las agencias que no pueden penalizar a alguien solo porque haya reprobado un examen anterior cuando intente presentarlo de nuevo. No pueden añadir nuevas reglas o requisitos debido a fallos pasados. Sin embargo, si el examen se divide en partes y alguien aprobó algunas partes pero no las terminó todas a tiempo, la agencia puede hacer que repita todas las partes. Además, la persona aún debe pagar las tarifas regulares y cumplir con los requisitos habituales para los exámenes.

Ninguna agencia del departamento impondrá, basándose en el fracaso de un solicitante en completar con éxito exámenes anteriores, limitaciones, restricciones, requisitos previos o exigencias adicionales a ningún solicitante que desee participar en exámenes posteriores, excepto que cualquier agencia examinadora que otorgue a un solicitante crédito condicional por completar con éxito una parte divisible de un examen podrá exigir que un solicitante sea reexaminado en aquellas partes completadas con éxito si dicho solicitante no ha completado con éxito todas las partes del examen dentro de un período de tiempo requerido establecido por la agencia examinadora. Sin embargo, nada en esta sección exige la exención de dicho solicitante de las tarifas y requisitos regulares normalmente asociados con los exámenes.

Section § 135.4

Explanation

Esta ley facilita y agiliza el proceso para que ciertas personas, como refugiados, aquellos a quienes se les ha concedido asilo o personas con una visa especial de inmigrante, obtengan su licencia profesional. No cambia los requisitos habituales para obtener una licencia. Simplemente acelera el proceso para estos grupos específicos. Una junta puede crear reglamentaciones para que esto suceda, pero solo se aplica a licencias individuales, no a licencias para negocios o entidades.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.4(a) No obstante cualquier otra ley, una junta dentro del departamento agilizará, y podrá asistir en, el proceso inicial de obtención de licencia para un solicitante que presente pruebas satisfactorias a la junta de que ha sido admitido en los Estados Unidos como refugiado conforme a la Sección 1157 del Título 8 del Código de los Estados Unidos, se le ha concedido asilo por el Secretario de Seguridad Nacional o el Fiscal General de los Estados Unidos de conformidad con la Sección 1158 del Título 8 del Código de los Estados Unidos, o tiene una visa especial de inmigrante (SIV) a la que se le ha concedido un estatus conforme a la Sección 1244 de la Ley Pública 110-181, conforme a la Ley Pública 109-163, o conforme a la Sección 602(b) del Título VI de la División F de la Ley Pública 111-8.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.4(b) Nada en esta sección se interpretará como un cambio en los requisitos de licencia existentes. Una persona que solicite una licencia acelerada conforme al apartado (a) deberá cumplir con todos los requisitos de licencia estatutarios y reglamentarios aplicables.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.4(c) Una junta podrá adoptar las reglamentaciones necesarias para administrar esta sección.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.4(d) Para los fines de esta sección, “solicitante” se refiere a un solicitante de una licencia individual y no se refiere a solicitantes de licencias para negocios o entidades.

Section § 135.5

Explanation

Esta ley de California asegura que las personas que no están legalmente en los EE. UU. aún puedan recibir beneficios estatales de las licencias. Establece que a las personas no se les puede negar una licencia profesional solo por su estatus de ciudadanía o migratorio. Cada junta en el estado debe actualizar sus reglas para cumplir con esta ley antes del 1 de enero de 2016, pero pueden hacerlo antes si lo desean.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.5(a) La Legislatura encuentra y declara que es en el mejor interés del Estado de California proporcionar a las personas que no están legalmente presentes en los Estados Unidos los beneficios estatales provistos por todas las leyes de licencias de las entidades dentro del departamento, y por lo tanto promulga esta sección de conformidad con el subapartado (d) de la Sección 1621 del Título 8 del Código de los Estados Unidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.5(b) No obstante el subapartado (a) de la Sección 30, y salvo lo requerido por el subapartado (e) de la Sección 7583.23, ninguna entidad dentro del departamento denegará una licencia a un solicitante basándose en su estatus de ciudadanía o estatus migratorio.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 135.5(c) Cada junta dentro del departamento implementará todos los cambios regulatorios o de procedimiento necesarios para implementar esta sección a más tardar el 1 de enero de 2016. Una junta puede implementar las disposiciones de esta sección en cualquier momento antes del 1 de enero de 2016.

Section § 136

Explanation

Si tienes una licencia o certificado de una junta para trabajar en una profesión específica en California, debes informar a la junta si tu dirección postal cambia. Hazlo dentro de los 30 días siguientes a tu mudanza, o posiblemente antes si la junta lo exige. Si no actualizas tu dirección a tiempo, podrías recibir una multa, siempre y cuando la junta tenga la autoridad para imponer multas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 136(a) Toda persona que posea una licencia, certificado, registro, permiso u otra autorización para ejercer una profesión u ocupación expedida por una junta dentro del departamento deberá notificar a la junta expedidora en su oficina principal de cualquier cambio en la dirección postal de la persona dentro de los 30 días siguientes al cambio, a menos que la junta haya especificado por reglamento un período de tiempo más corto.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 136(b) Salvo que la ley disponga lo contrario, el incumplimiento por parte de un titular de licencia del requisito establecido en el apartado (a) constituye motivo para la emisión de una citación y una multa administrativa, si la junta tiene la autoridad para emitir citaciones y multas administrativas.

Section § 137

Explanation
Esta sección permite a las agencias de un departamento establecer reglas que exijan a los profesionales con licencia incluir sus números de licencia en anuncios y comunicaciones públicas. Sin embargo, no se aplica a las personas que no tienen licencia y que podrían estar anunciando en nombre de los licenciatarios. Estas personas no son responsables de incluir el número de licencia si el licenciatario no se lo proporcionó, o si simplemente comunican el número de licencia exactamente como lo proporcionó el licenciatario.

Section § 138

Explanation

Esta sección exige a ciertas juntas profesionales del estado que creen normas que obliguen a sus profesionales licenciados a informar a los clientes o consumidores que poseen una licencia estatal. Debían iniciar este proceso a más tardar el 30 de junio de 1999. Sin embargo, si una junta ya tiene normas o leyes establecidas que logran la misma notificación al consumidor, no necesitan crear nuevas.

Cada junta del departamento, según se define en la Sección 22, iniciará el proceso de adopción de reglamentos a más tardar el 30 de junio de 1999, para exigir a sus licenciatarios, según se define en la Sección 23.8, que notifiquen a sus clientes o consumidores que el profesional está licenciado por este estado. Una junta estará exenta del requisito de adoptar reglamentos conforme a esta sección si la junta ya tiene establecido, en estatuto o reglamento, un requisito que prevea la notificación al consumidor del estatus de un profesional como licenciatario de este estado.

Section § 139

Explanation

Esta sección destaca la importancia de analizar y validar regularmente los exámenes ocupacionales utilizados para la obtención de licencias profesionales en California. Establece la obligación de desarrollar una política para este fin, abordando aspectos como la frecuencia con la que deben analizarse los exámenes, qué constituye un buen proceso de validación y las consideraciones de costos. Para el 30 de septiembre de 1999, esta política debía estar establecida y compartida con las juntas y comités pertinentes. Además, cada año, las juntas y oficinas deben presentar sus métodos de evaluación de exámenes al director, asegurando que los exámenes sean relevantes y justos. Estas entidades pueden utilizar recursos internos o externos para estos análisis.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(a) La Legislatura halla y declara que los análisis ocupacionales y los estudios de validación de exámenes son componentes fundamentales de los programas de licencias. Es la intención de la Legislatura que la política desarrollada por el departamento conforme a la subdivisión (b) sea utilizada por los comités de revisión fiscal, de políticas y de caducidad de la Legislatura en sus revisiones anuales de estas juntas, programas y oficinas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, el departamento desarrollará, en consulta con las juntas, programas, oficinas y divisiones bajo su jurisdicción, y la Junta Médica Osteopática de California y la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos, una política relativa al desarrollo y validación de exámenes, y al análisis ocupacional. El departamento finalizará y distribuirá esta política antes del 30 de septiembre de 1999, a cada una de las juntas, programas, oficinas y divisiones bajo su jurisdicción y a la Junta Médica Osteopática de California y a la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos. Esta política se presentará en borrador al menos 30 días antes de esa fecha a los comités de revisión fiscal, de políticas y de caducidad de la Legislatura correspondientes para su revisión. Esta política abordará, pero no se limitará a, los siguientes asuntos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(1) Un calendario apropiado para la validación de exámenes y los análisis ocupacionales, y las circunstancias bajo las cuales son apropiadas revisiones más frecuentes.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(2) Requisitos mínimos para una validación de exámenes psicométricamente sólida, el desarrollo de exámenes y los análisis ocupacionales, incluyendo estándares para un número suficiente de ítems de examen.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(3) Estándares para la revisión de exámenes estatales y nacionales.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(4) Establecimiento de estándares de aprobación.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(5) Fuentes de financiación apropiadas para las validaciones de exámenes y los análisis ocupacionales.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(6) Condiciones bajo las cuales las juntas, programas y oficinas deberían utilizar entidades internas y externas para llevar a cabo estas revisiones.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(7) Estándares para determinar los costos apropiados de las revisiones de diferentes tipos de exámenes, medidos en términos de horas requeridas.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(b)(8) Condiciones bajo las cuales es apropiado financiar puestos permanentes y de duración limitada dentro de una junta, programa u oficina para gestionar estas revisiones.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(c) Cada junta y oficina reguladora, según se define en la Sección 22, y cada programa y oficina administrado por el departamento, la Junta Médica Osteopática de California y la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos, presentará al director el 1 de diciembre de 1999 o antes, y el 1 de diciembre de cada año subsiguiente o antes, su método para asegurar que cada examen de licencia administrado por o conforme a contrato con la junta esté sujeto a evaluación periódica. La evaluación incluirá (1) una descripción del análisis ocupacional que sirve de base para el examen; (2) datos suficientes de análisis de ítems para permitir una evaluación psicométrica de los ítems; (3) una evaluación de la idoneidad de los requisitos previos para la admisión al examen; y (4) una estimación de los costos y el personal requerido para realizar estas funciones. La evaluación se revisará y se presentará una nueva evaluación al director siempre que, a juicio de la junta, programa u oficina, haya un cambio sustancial en el examen o en los requisitos previos para la admisión al examen.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 139(d) La evaluación podrá ser realizada por la junta, programa u oficina, la Oficina de Servicios de Exámenes Profesionales del departamento, la Junta Médica Osteopática de California o la Junta Estatal de Examinadores Quiroprácticos o conforme a un contrato con una empresa privada de pruebas cualificada. Una junta, programa u oficina que prevea el desarrollo o la administración de un examen de licencia conforme a contrato con una entidad pública o privada podrá basarse en un análisis ocupacional o análisis de ítems realizado por dicha entidad. El departamento recopilará esta información, junto con un calendario que especifique cuándo se realizarán las validaciones de exámenes y los análisis ocupacionales, y la presentará a los comités de revisión fiscal, de políticas y de caducidad de la Legislatura correspondientes antes del 30 de septiembre de cada año. Es la intención de la Legislatura que el método especificado en este informe sea consistente con la política desarrollada por el departamento conforme a la subdivisión (b).

Section § 139.5

Explanation

A partir del 1 de julio de 2021, ciertas juntas que emiten licencias en California deben actualizar sus sitios web cada tres meses. Deben mostrar cuánto tiempo suele tardar en tramitar las solicitudes de licencias nuevas y de renovación, o el tiempo promedio combinado. Esta información debe ser clara y fácil de encontrar en sus sitios web.

A partir del 1 de julio de 2021, cada junta, según se define en la Sección 22, dentro del departamento que emite una licencia deberá realizar ambas acciones siguientes al menos trimestralmente:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(a) Mostrar de manera destacada en su sitio web de internet una de las siguientes opciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(a)(1) Los plazos promedio actuales para procesar las solicitudes de licencias iniciales y de renovación.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(a)(2) El plazo promedio actual combinado para procesar tanto las solicitudes de licencias iniciales como las de renovación.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(b) Mostrar de manera destacada en su sitio web de internet una de las siguientes opciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(b)(1) Los plazos promedio actuales para procesar cada tipo de licencia que la junta administra.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 139.5(b)(2) El plazo promedio actual combinado para procesar todos los tipos de licencias que la junta administra.

Section § 140

Explanation
Si un profesional con licencia no guarda registros de los pagos en efectivo de salarios a empleados por al menos tres años, su junta de licencias puede tomar medidas disciplinarias. Si estos registros no se entregan cuando se solicitan, podría resultar en más sanciones. Si la junta toma medidas y se encuentra que el profesional ha violado esta norma, podría tener que pagar los costos de investigación hasta $2,500. No pagar estos costos puede llevar a la pérdida de la licencia. Cualquier dinero recaudado de estas acciones se destina al fondo de la junta.

Section § 141

Explanation

Si un profesional con licencia en California es sancionado por otro estado o país, o por una agencia federal de EE. UU., esa acción puede ser utilizada como motivo para que California también lo sancione. El registro oficial de la otra autoridad se acepta como prueba de lo sucedido. Además, si existe una ley específica que permite a la junta de California tomar medidas disciplinarias adicionales basándose en la decisión del otro estado, esta ley no les impide usarla también.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 141(a) Para cualquier titular de una licencia emitida por una junta bajo la jurisdicción del departamento, una acción disciplinaria tomada por otro estado, por cualquier agencia del gobierno federal, o por otro país por cualquier acto sustancialmente relacionado con la práctica regulada por la licencia de California, puede ser un motivo para una acción disciplinaria por parte de la junta estatal de licencias respectiva. Una copia certificada del registro de la acción disciplinaria tomada contra el titular de la licencia por otro estado, una agencia del gobierno federal o otro país será prueba concluyente de los hechos relacionados en ella.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 141(b) Nada en esta sección impedirá que una junta aplique una disposición legal específica en la ley de licencias administrada por esa junta que prevea la disciplina basada en una acción disciplinaria tomada contra el titular de la licencia por otro estado, una agencia del gobierno federal o otro país.

Section § 142

Explanation
Esta sección se aplica a ciertas oficinas y programas bajo el control de un director en California. Las agencias pueden establecer las mismas fechas de renovación para las personas que tienen más de una licencia, ajustando las tarifas para evitar cobrar de más. Si una solicitud es devuelta por estar incompleta, tienes 12 meses para volver a presentarla. Además, si no pagas tu tarifa de renovación antes de la fecha de vencimiento, tendrás que pagar un recargo por pago tardío.

Section § 143

Explanation

Si usted dirige un negocio o ejerce una profesión que requiere una licencia en California, no puede demandar para cobrar por el trabajo que realizó a menos que estuviera debidamente licenciado durante todo el tiempo que estuvo realizando ese trabajo. Esto se aplica sin importar cuán sólida sea su demanda por otros motivos. No puede eludir esto argumentando que casi cumplió con los requisitos de licencia. Sin embargo, esta regla no se aplica si su contrato o acciones están legalmente permitidos bajo otra sección de la ley.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 143(a) Ninguna persona dedicada a cualquier negocio o profesión para la cual se requiere una licencia conforme a este código que rige el departamento o cualquier junta, oficina, comisión, comité o programa dentro del departamento, podrá iniciar o mantener ninguna acción, ni recuperar en derecho o equidad en ninguna acción, en ningún tribunal de este estado para el cobro de compensación por la realización de cualquier acto o contrato para el cual se requiere una licencia sin alegar y probar que él o ella estaba debidamente licenciado en todo momento durante la realización de dicho acto o contrato, independientemente de los méritos de la causa de acción interpuesta por la persona.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 143(b) La doctrina judicial de cumplimiento sustancial no se aplicará a esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 143(c) Esta sección no se aplicará a un acto o contrato que se considere que califica como práctica legal de una ocupación o profesión con licencia conforme a la Sección 121.

Section § 143.5

Explanation

Esta ley significa que si tienes una licencia regulada por el Departamento de Asuntos del Consumidor, no puedes hacer que alguien con quien estás llegando a un acuerdo prometa no presentar una queja o cooperar con el departamento sobre ti en el futuro. Si incluyes una cláusula así en un acuerdo de conciliación, se considera nula y contraria al orden público, y puedes enfrentar medidas disciplinarias. Además, después de resolver una demanda por dinero, el departamento no te obligará a pagar sumas adicionales a la persona que te demandó. También existe un proceso donde pueden identificar cuestiones legales no relacionadas con sus deberes y hacer excepciones en las reglas de los acuerdos. Sin embargo, esto no se aplica si estás bajo una sección disciplinaria médica específica.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(a) Ningún licenciatario que esté regulado por una junta, oficina o programa dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor, ni una entidad o persona que actúe como agente autorizado de un licenciatario, incluirá ni permitirá que se incluya una disposición en un acuerdo para resolver una disputa civil, ya sea que el acuerdo se celebre antes o después del inicio de una acción civil, que prohíba a la otra parte en esa disputa contactar, presentar una queja o cooperar con el departamento, junta, oficina o programa dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor que regula al licenciatario o que requiera a la otra parte retirar una queja del departamento, junta, oficina o programa dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor que regula al licenciatario. Una disposición de esa naturaleza es nula por ser contraria al orden público, y cualquier licenciatario que incluya o permita que se incluya una disposición de esa naturaleza en un acuerdo de conciliación está sujeto a acción disciplinaria por parte de la junta, oficina o programa.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(b) Cualquier junta, oficina o programa dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor que tome acción disciplinaria contra uno o varios licenciatarios basándose en una queja o informe que también haya sido objeto de una acción civil y que se haya resuelto por daños monetarios que prevean la plena y total satisfacción de las partes, no podrá exigir a su licenciatario o licenciatarios que paguen sumas adicionales en beneficio de ningún demandante en la acción civil.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(c) Tal como se utiliza en esta sección, “junta” tendrá el mismo significado que se define en la Sección 22, y “licenciatario” significa una persona a quien se le ha otorgado una licencia, tal como se define ese término en la Sección 23.7.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(d) No obstante cualquier otra ley, al conceder una petición presentada por un licenciatario o agente autorizado de un licenciatario de conformidad con la Sección 11340.6 del Código de Gobierno, una junta, oficina o programa dentro del Departamento de Asuntos del Consumidor podrá, basándose en la evidencia y las autoridades legales citadas en la petición, adoptar un reglamento que haga ambas cosas siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(d)(1) Identifica una sección del código o una instrucción al jurado en una causa de acción civil que no tiene relevancia para las responsabilidades de cumplimiento de la junta, oficina o programa, de tal manera que un acuerdo para resolver dicha causa de acción basado en esa sección del código o instrucción al jurado, que de otro modo estaría prohibido bajo el inciso (a), no menoscabará el deber de la junta, oficina o programa de proteger al público.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(d)(2) Exime los acuerdos para resolver dicha causa de acción de los requisitos del inciso (a).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 143.5(e) Esta sección no se aplicará a un licenciatario sujeto a la Sección 2220.7.

Section § 144

Explanation

Esta ley establece que ciertas agencias en California deben obtener las huellas dactilares de los solicitantes para verificar sus antecedentes penales. Estas verificaciones se realizan a través del Departamento de Justicia y el FBI. Las agencias específicas enumeradas cubren una amplia gama de profesiones, como enfermería, odontología y arquitectura. Cabe destacar que el requisito de las huellas dactilares se aplica principalmente a los solicitantes nuevos o a aquellos que solicitan nuevas licencias o registros.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(a) No obstante cualquier otra ley, una agencia designada en la subdivisión (b) exigirá a un solicitante que proporcione a la agencia un juego completo de huellas dactilares con el fin de realizar verificaciones de antecedentes penales. Cualquier agencia designada en la subdivisión (b) podrá obtener y recibir, a su discreción, información de antecedentes penales del Departamento de Justicia y de la Oficina Federal de Investigaciones de los Estados Unidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b) La subdivisión (a) se aplica a lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(1) Junta de Contabilidad de California.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(2) Comisión Atlética Estatal.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(3) Junta de Ciencias del Comportamiento.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(4) Junta de Taquígrafos Judiciales de California.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(5) Junta Dental de California.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(6) Junta Estatal de Farmacia de California.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(7) Junta de Enfermería Registrada.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(8) Junta Médica Veterinaria de California.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(9) Junta de Enfermería Vocacional y Técnicos Psiquiátricos del Estado de California.
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(10) Junta de Terapia Respiratoria de California.
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(11) Junta de Terapia Física de California.
(12)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(12) Junta de Asistentes Médicos.
(13)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(13) Junta de Patología del Habla y Lenguaje, Audiología y Dispensadores de Audífonos.
(14)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(14) Junta Médica de California.
(15)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(15) Junta Estatal de Optometría de California.
(16)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(16) Junta de Acupuntura.
(17)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(17) Oficina de Cementerios y Servicios Funerarios.
(18)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(18) Oficina de Servicios de Seguridad e Investigación.
(19)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(19) División de Investigación.
(20)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(20) Junta de Psicología.
(21)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(21) Junta de Terapia Ocupacional de California.
(22)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(22) Junta de Control de Plagas Estructurales.
(23)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(23) Junta Estatal de Licencias para Contratistas.
(24)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(24) Junta de Medicina Naturopática de California.
(25)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(25) Oficina de Fiduciarios Profesionales.
(26)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(26) Junta de Ingenieros Profesionales, Agrimensores y Geólogos.
(27)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(27) Junta Médica Podiátrica de California.
(28)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(28) Junta Médica Osteopática de California.
(29)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(29) Junta de Arquitectos de California, a partir del 1 de enero de 2021.
(30)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(30) Comité Técnico de Arquitectos Paisajistas, a partir del 1 de enero de 2022.
(31)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(b)(31) Oficina de Bienes y Servicios Domésticos con respecto a los transportistas de mudanzas según se describe en el Capítulo 3.1 (que comienza con la Sección 19225) de la División 8.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 144(c) Para los fines del párrafo (26) de la subdivisión (b), el término “solicitante” se limitará a un solicitante inicial que nunca haya sido registrado o licenciado por la junta o a un solicitante de una nueva categoría de licencia o registro.

Section § 144.5

Explanation

Esta sección permite a ciertas juntas solicitar y recibir registros oficiales de agencias locales o estatales sobre los arrestos, condenas e historial de libertad condicional de una persona. Estos registros se utilizan para investigar a las personas que solicitan o poseen licencias. Las agencias locales o estatales pueden proporcionar estos registros cuando la junta los solicite.

No obstante cualquier otra ley, una junta descrita en la Sección 144 puede solicitar, y está autorizada a recibir, de una agencia local o estatal, registros certificados de todos los arrestos y condenas, registros certificados relativos a la libertad condicional, y cualquier y toda otra documentación relacionada necesaria para completar una investigación de un solicitante o licenciatario. Una agencia local o estatal puede proporcionar esos registros a la junta previa solicitud.

Section § 144.6

Explanation

Esta ley establece el mínimo de horas requerido para los programas educativos en California que califican a una persona para una licencia. El mínimo se basa en lo que los programas ofrecían cuando la ley entró en vigor. Los programas que deseen reducir sus horas requeridas deben solicitar un cambio antes del 1 de julio de 2026, y la junta debe decidir antes del 1 de enero de 2027. Esta ley dejará de estar en vigor después del 1 de enero de 2027.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 144.6(a) Para los fines de la Sección 668.14 del Título 34 del Código de Regulaciones Federales, el número mínimo de horas requerido, o su equivalente, establecido en este estado para los programas educativos que califican a las personas para cualquier licencia emitida por una junta dentro del departamento será igual al número de horas de reloj o de crédito, o su equivalente, que el programa educativo proporcione a partir de la fecha de entrada en vigor de esta sección.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 144.6(b) Para un programa educativo aprobado por una junta dentro del departamento a partir de la fecha de entrada en vigor de esta sección que presente a la junta aplicable, a más tardar el 1 de julio de 2026, una solicitud para modificar el programa a fin de reducir las horas de reloj o de crédito del programa, o su equivalente, la junta aplicable deberá, a más tardar el 1 de enero de 2027, completar su revisión de la modificación solicitada.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 144.6(c) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2027, y a partir de esa fecha quedará derogada.