Asociaciones Cooperativas de CannabisContratos de Comercialización
Section § 26230
Esta ley permite a las asociaciones de cannabis y a sus miembros crear contratos de comercialización donde los miembros acuerdan vender sus productos de cannabis exclusivamente a o a través de la asociación por un máximo de 15 años. Una vez que el producto es entregado o en un momento acordado específico, la propiedad del producto se transfiere completamente a la asociación, excepto si existen deudas registradas sobre él.
Section § 26230.1
Section § 26230.2
Esta ley permite que las reglas o un contrato de comercialización entre un miembro o accionista y una asociación especifiquen una cantidad de dinero fija, conocida como daños liquidados, que debe pagarse si el miembro incumple el acuerdo relacionado con la venta, entrega o retención de productos de cannabis. El contrato también puede exigir al miembro que cubra todos los costos legales asociados si la asociación los lleva a juicio por el incumplimiento. Dichos términos se consideran válidos y exigibles en los tribunales de California y no se consideran penalizaciones.
Section § 26230.3
Si un miembro de una asociación incumple o está a punto de incumplir un contrato de comercialización, la asociación puede solicitar una orden judicial para detener el incumplimiento y obligar al miembro a cumplir con el contrato. Mientras el caso se está decidiendo, la asociación puede presentar una demanda y una fianza para obtener una orden judicial temporal que impida al miembro seguir incumpliendo el contrato.