Licencias y TasasLicencias de Club
Section § 23425
Esta ley define qué es un 'club' para ciertos fines legales. Incluye las sucursales locales de organizaciones fraternales nacionales estadounidenses, como logias o capítulos, que hayan existido durante al menos 20 años, operen en al menos 20 estados y tengan al menos 175 unidades locales. También abarca las asociaciones propietarias de edificios o instalaciones utilizadas por estas sucursales locales, siempre y cuando los miembros del club o la unidad local posean la totalidad del capital social.
Section § 23426
Esta sección explica qué califica como «club» para los fines de la ley. Incluye cualquier club de golf que tenga su propio campo de golf y casa club, cualquier club de natación y tenis con una piscina certificada y al menos dos canchas de tenis, o cualquier club de tenis con al menos cinco canchas de tenis, junto con las instalaciones necesarias y una casa club. Todos estos clubes deben tener miembros que paguen cuotas mensuales regulares.
Section § 23426.5
Esta ley define lo que significa un 'club' en un contexto específico. Especifica que un club de tenis debe tener al menos cuatro canchas reglamentarias, instalaciones necesarias, una casa club, miembros que paguen cuotas regularmente y debe haber existido por al menos 45 años. No puede ser parte de otros tipos de desarrollos como condominios o parques de casas móviles. Además, la ley establece que estos clubes no pueden discriminar a las personas por edad u otras características específicas.
Section § 23427
Section § 23428
Esta ley define qué es un “club” para los fines de este artículo. Especifica que un club puede ser un colegio de abogados vinculado a la American Bar Association con al menos 1,000 abogados miembros. Estos abogados deben tener la licencia adecuada para ejercer en el estado, y el club debe haber existido por más de 20 años. Además, debe operar o mantener salas de club para sus miembros.
Section § 23428.1
Esta ley aclara que el término "club" incluye cualquier asociación médica de condado que tenga más de 1,000 médicos como miembros, haya existido por más de 20 años y haya mantenido una sala de club por al menos tres años. La asociación médica también debe estar afiliada a la Asociación Médica de California y consistir únicamente en médicos con licencia.
Section § 23428.10
Section § 23428.11
Esta ley define un 'club' como cualquier asociación de bomberos compuesta exclusivamente por bomberos actuales y jubilados. Para calificar, la asociación debe celebrar reuniones periódicas, cobrar cuotas regulares y tener un lugar que posean, arrienden, operen o mantengan para sus actividades.
Section § 23428.12
Esta ley define un «club» como una organización social o religiosa sin fines de lucro que ha estado operando una casa club por al menos ocho años. El club debe cobrar a sus miembros cuotas anuales de al menos $25.
Section § 23428.13
Esta sección de la ley establece que un club operado por una aerolínea en una terminal de aeropuerto puede obtener un tipo específico de licencia. Aunque normalmente se aplicarían otras leyes y límites, estos no se aplican a estos clubes de aeropuerto. Esto les facilita calificar para una licencia.
Section § 23428.14
Esta ley explica que un 'club' incluye cualquier club dirigido por oficiales de la Guardia Nacional o de la Guardia Nacional Aérea, que tiene una sala de club para sus miembros. Si estos clubs obtienen una licencia especial, se les permite vender y servir alcohol, pero solo a sus miembros e invitados reales dentro del área con licencia.
Section § 23428.15
Esta ley define un «club» para fines legales, incluyendo cualquier salón del American Citizens Club que estuviera en funcionamiento cuando esta ley entró en vigor. Para calificar, el club debe ser propietario, arrendar u ocupar el espacio y usarlo para actividades fraternales, donde solo pueden vender bebidas alcohólicas a los miembros que hayan pagado sus cuotas.
Section § 23428.16
Esta sección define un "club" como un club social de almuerzo sin fines de lucro compuesto por hombres profesionales y de negocios, tanto activos como jubilados. El club debe celebrar reuniones regulares, cobrar cuotas de membresía anuales superiores a $200 y proporcionar comidas regulares a sus miembros e invitados.
Section § 23428.17
Esta sección de la ley especifica que un 'club' incluye las sucursales del American GI Forum que mantienen salas de club para sus miembros. Si dicho club tiene una licencia de club específica, puede vender y servir alcohol solo a sus miembros genuinos y a sus invitados reales dentro de su espacio de club con licencia.
Section § 23428.18
Esta sección define un 'club' como un consejo laboral constituido por una organización laboral nacional que tiene afiliadas en cada estado. Debe contar con al menos 20 organizaciones laborales afiliadas separadas y una membresía total de al menos 7,000 personas. El club también debe poseer o arrendar un edificio de al menos 3,000 pies cuadrados para uso en actividades sociales. Es importante destacar que cualquier consejo laboral de este tipo no debe discriminar por edad, sexo, raza, religión u otros atributos similares para poder obtener una licencia.
Section § 23428.19
Esta ley define un "club" como un grupo privado organizado para jugar balonmano o ráquetbol, con al menos cuatro canchas de tamaño estándar y miembros que pagan cuotas mensuales. También prohíbe a estos clubes discriminar a cualquier persona basándose en características como raza, género, religión o cualquier otra característica protegida por ciertas secciones del Código Civil.
Section § 23428.2
Esta ley define un 'club' como un club de caza y pesca que es una organización sin fines de lucro, forma parte de una asociación nacional reconocida, tiene más de 100 miembros activos que pagan cuotas, y ha gestionado una casa club por al menos tres años.
Section § 23428.20
Esta sección define qué califica como 'club' bajo ciertas leyes de California. Incluye corporaciones sin fines de lucro que han existido por al menos nueve años y tienen una gran cantidad de miembros que son propietarios de condominios o miembros de cooperativas de acciones, así como asociaciones de propietarios con calificaciones específicas como ofrecer comidas diarias y tener miembros de mayor edad. Los clubes definidos por esta sección están exentos de algunas limitaciones de otras leyes. Además, no pueden negar la membresía o los servicios basándose en ciertos factores discriminatorios como la raza o el género, con la excepción de que se preservan las reglas específicas relacionadas con la vivienda para personas mayores.
Section § 23428.21
Esta ley define un 'club' en el contexto de una sociedad dental local con al menos 250 dentistas miembros en California. Dicha sociedad debe haber existido por más de 20 años y haber mantenido una sala de club por más de tres años. Para emitir una licencia, el club no debe restringir la membresía ni discriminar por motivos de raza, religión, origen nacional, sexo o edad en el uso de sus instalaciones.
Section § 23428.22
Esta ley define un 'club' como un grupo sin fines de lucro enfocado en promover conexiones culturales entre personas de otro país y los EE. UU., con más de 10,000 miembros que pagan cuotas. Dichos clubes pueden obtener una licencia especial para servir alcohol a sus miembros y a sus invitados en sus instalaciones. Sin embargo, los clubes que discriminan por motivos de raza, religión, origen nacional o sexo no pueden recibir esta licencia.
Section § 23428.23
Esta ley establece que un 'club' también puede ser un grupo de carteros que forma parte de una organización laboral nacional, tiene al menos 1,500 miembros y posee o arrienda un edificio grande para actividades sociales. Estos clubes no deben discriminar por edad, sexo, color, raza, religión, ascendencia u origen nacional, y no pueden vender alcohol para consumir fuera de sus instalaciones.
Section § 23428.24
Esta ley define un «club» como una organización social sin fines de lucro genuina con más de 350 miembros, que ha operado por más de cinco años para promover las relaciones sociales y el orgullo por los orígenes nacionales de sus miembros. Dichos clubes no deben discriminar a nadie por motivos de color, raza, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad.
Section § 23428.25
Esta ley define un 'club' como cualquier Sociedad Hidalgo enfocada en mejorar la educación y las condiciones sociales, reducir la tensión vecinal, aliviar las cargas de los sistemas de bienestar social y combatir la discriminación y los prejuicios. Dichos clubes deben estar ubicados en un condado específico, tener miembros que paguen cuotas y mantener salas de club. Estos clubes no pueden discriminar a nadie por motivos de color, raza, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad.
Section § 23428.26
Esta ley define un «club» como cualquier asociación de propietarios sin fines de lucro con al menos 2,500 miembros que haya existido por al menos cinco años para el 1 de octubre de 1975, y que realice trabajo voluntario para su comunidad. También prohíbe a estos clubes, si tienen una licencia bajo esta sección, discriminar a cualquier persona por su raza, color, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad.
Section § 23428.27
Esta ley define un 'club' como una asociación de agentes del orden activos y jubilados que se reúne regularmente y cobra cuotas, ubicada en ciertos condados. También establece que un club no puede obtener una licencia si discrimina en la membresía o en el uso de sus instalaciones por motivos de color, raza, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad.
Section § 23428.28
Esta ley define un "club" para incluir clubes de playa y atléticos con piscinas de la AAU, instalaciones necesarias y casas club. Estos clubes deben tener al menos 500 miembros que paguen cuotas mensuales regulares y haber operado por al menos un año. También establece que estos clubes no pueden obtener una licencia si restringen la membresía o el uso de las instalaciones por motivos de edad u otras características enumeradas en ciertas partes del Código Civil.
Section § 23428.29
Esta sección define un «club» para incluir a las organizaciones sin fines de lucro creadas para apoyar a los veteranos con un espacio de reunión y recursos. Estas organizaciones deben atender al menos a seis grupos de veteranos que hayan sido reconocidos oficialmente por el Congreso de EE. UU. con fines patrióticos y que hayan estado activos durante al menos un año. Todos los miembros de estos grupos de veteranos se consideran miembros de la organización sin fines de lucro, paguen o no cuotas. La organización sin fines de lucro debe mantener documentación que pruebe que estos grupos de veteranos cumplen con los criterios establecidos y proporcionarla cuando se solicite. Los clubes con licencia bajo esta sección no pueden discriminar por color, raza, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad.
Section § 23428.4
Esta ley define un 'club' como un club social sin fines de lucro con al menos 100 miembros que son propietarios de casas móviles que viven en un parque de casas móviles privado. Estos miembros deben haber sido parte del club social usando una casa club dedicada por al menos un año.
Section § 23428.5
Esta ley define un "club" para incluir a los clubes de prensa sin fines de lucro que tienen una membresía genuina, operan instalaciones y pueden intercambiar privilegios con grupos similares en al menos 12 estados. Sin embargo, estos clubes de prensa no pueden obtener un cierto tipo de licencia si discriminan a los miembros por motivos de raza, religión, origen nacional o sexo.
Section § 23428.6
Esta sección define un 'club' como un grupo de empresarios ganaderos o del sector afín que han formado una corporación sin fines de lucro en California, únicamente con propósitos sociales. El club debe tener su propio espacio, como una sala de club, y puede vender y servir bebidas alcohólicas, pero solo a sus miembros genuinos y a sus invitados reales.
Section § 23428.7
Esta sección define un 'club' como una organización sin fines de lucro legítima que es específicamente un club de equitación. Para calificar, debe ser parte de un grupo a nivel estatal y tener una ubicación con instalaciones para montar a caballo y una casa club.
Section § 23428.8
Section § 23428.9
Section § 23429
Esta sección establece que un club es una organización auténtica, tal como se describe en la Constitución de California.
Section § 23430
Section § 23431
Esta ley establece que los clubes con una licencia de club pueden servir bebidas alcohólicas como un establecimiento normal, pero solo a sus miembros y a sus invitados. Las licencias de club no pueden transferirse a nuevos propietarios, y algunas reglas para las licencias generales no se aplican a las licencias de club.
Section § 23432
Section § 23433
Section § 23433.5
Esta ley aclara que un 'club' incluye a los clubes de bolos sobre césped sin fines de lucro. Sin embargo, estos clubes no pueden obtener una licencia si discriminan a las personas restringiendo la membresía o el uso de sus instalaciones por motivos de edad o cualquier característica definida en la Sección 51 del Código Civil, como la raza o el género.
Section § 23434
Esta sección de la ley establece que, a partir de la fecha de entrada en vigor, las nuevas licencias de club solo podrán expedirse a organizaciones sin fines de lucro. Además, para que una organización sin fines de lucro reciba una licencia de club bajo cualquier nueva ley después de esta fecha, debe participar en alguna forma de trabajo voluntario para la comunidad.
Section § 23435
Esta ley establece que, después del 1 de enero de 1980, las nuevas licencias de club solo se podrán emitir a clubes, organizaciones o asociaciones que tengan al menos 100 miembros y que hayan existido durante al menos un año.
Section § 23437
Section § 23438
Si un club de bebidas alcohólicas restringe la membresía basándose en ciertas características, debe incluir una declaración en los recibos indicando que dichos gastos no pueden deducirse de los impuestos estatales sobre la renta o de franquicia. Esto se aplica a los gastos utilizados para deducciones fiscales relacionadas con los gastos del club, pero no a las licencias de club bajo la Sección 23425.