Section § 4996

Explanation

Esta ley establece claramente que solo quienes tienen una licencia oficial pueden llamarse 'Trabajadores Sociales Clínicos Licenciados'. Si alguien se hace pasar por licenciado sin serlo, está infringiendo la ley. Además, no se puede ejercer el trabajo social clínico sin una licencia válida. Finalmente, los trabajadores sociales clínicos licenciados son considerados profesionales de la salud, lo que significa que deben seguir ciertas normas sanitarias.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996(a) Solo las personas que hayan obtenido una licencia conforme a este artículo podrán denominarse "Trabajadores Sociales Clínicos Licenciados". Toda persona que se denomine o se presente como trabajador social clínico licenciado, o que utilice cualquier palabra o símbolo que indique o tienda a indicar que es un trabajador social clínico licenciado, sin tener su licencia vigente y en regla conforme a este artículo, es culpable de un delito menor.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996(b) Es ilegal que cualquier persona ejerza la práctica del trabajo social clínico a menos que en el momento de hacerlo dicha persona posea una licencia válida, no vencida y no revocada conforme a este artículo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996(c) Un trabajador social clínico licenciado conforme a este capítulo es un licenciado a los efectos del párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 805, y, por lo tanto, es un profesional de la salud sujeto a las disposiciones de la Sección 2290.5 conforme a la subdivisión (b) de dicha sección.

Section § 4996.1

Explanation

A partir del 1 de enero de 2016, si quieres obtener una licencia de trabajador social clínico en California, debes aprobar dos exámenes: uno sobre leyes y ética de California y otro que evalúa habilidades clínicas. Incluso si ya has aprobado un examen antes, es posible que tengas que tomar otro examen escrito.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.1(a) Con vigencia a partir del 1 de enero de 2016, la junta expedirá una licencia de trabajador social clínico a cada solicitante que cumpla los requisitos conforme a este artículo y que apruebe con éxito un examen de leyes y ética de California y un examen clínico. Un solicitante que haya aprobado con éxito un examen escrito administrado previamente podrá ser requerido posteriormente a tomar y aprobar otro examen escrito.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.1(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Section § 4996.10

Explanation

Esta sección de la ley simplemente establece que las normas y reglamentos tratan específicamente sobre las pruebas y la concesión de licencias a los trabajadores sociales clínicos.

Las disposiciones de este artículo se interpretarán únicamente como disposiciones relativas al examen y la concesión de licencias a los trabajadores sociales clínicos.

Section § 4996.11

Explanation

Esta ley permite a una junta reguladora suspender o retirar la licencia profesional de alguien que infringe ciertas normas. Si se impugna la licencia de alguien, el proceso debe seguir reglas específicas establecidas en otra parte de las regulaciones gubernamentales, lo que también otorga a la junta poderes particulares para manejar la situación.

La junta puede suspender o revocar la licencia de cualquier persona que sea culpable por los motivos establecidos en la Sección 4992.3. Los procedimientos para la suspensión o revocación de licencias conforme a este artículo se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta tendrá todas las facultades otorgadas en dicho capítulo.

Section § 4996.12

Explanation
Si alguien incumple las normas de este capítulo, puede ser acusado de un delito menor, lo que significa que podría tener que pasar hasta seis meses en la cárcel del condado, pagar una multa de hasta $1,000, o ambas cosas.

Section § 4996.13

Explanation

Esta ley establece que los profesionales de otros campos, como médicos o psicólogos, pueden realizar trabajos relacionados con el bienestar mental y social siempre que sigan los estándares y la ética de su profesión. Sin embargo, no pueden llamar a sus servicios 'psicosociales' ni afirmar ser trabajadores sociales clínicos con licencia. Esto se aplica a varios profesionales, incluyendo médicos, psicólogos, abogados, terapeutas matrimoniales y familiares, consejeros clínicos profesionales y miembros del clero como sacerdotes o ministros.

Nada en este artículo impedirá que los miembros cualificados de otros grupos profesionales realicen trabajos de naturaleza psicosocial de conformidad con los estándares y la ética de sus respectivas profesiones. Sin embargo, no se presentarán al público con ningún título o descripción de servicios que incorpore las palabras psicosocial, o trabajador social clínico, ni declararán o implicarán que están autorizados para ejercer el trabajo social clínico. Estos miembros cualificados de otros grupos profesionales incluyen, entre otros, los siguientes:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(a) Un médico y cirujano certificado conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 2000).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(b) Un psicólogo con licencia conforme al Capítulo 6.6 (que comienza con la Sección 2900).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(c) Miembros del Colegio de Abogados del Estado de California.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(d) Terapeutas matrimoniales y familiares con licencia conforme al Capítulo 13 (que comienza con la Sección 4980).
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(e) Consejeros clínicos profesionales con licencia conforme al Capítulo 16 (que comienza con la Sección 4999.10).
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.13(f) Un sacerdote, rabino o ministro del evangelio de cualquier denominación religiosa.

Section § 4996.14

Explanation

Esta ley aclara quién no está cubierto por el capítulo sobre las prácticas de psicoterapia. No restringe las leyes existentes en campos como la medicina o la psicología. Exime a los trabajadores sin licencia o sin registrar en entidades gubernamentales, escuelas u organizaciones sin fines de lucro, siempre que trabajen bajo supervisión y proporcionen a los clientes un aviso específico sobre su estado sin licencia y los procedimientos de queja. También exime a las personas que utilizan la hipnosis solo para la mejora vocacional personal o si son remitidas por un profesional médico. Sin embargo, las personas registradas como asociados o con licencia deben cumplir plenamente con este capítulo y la jurisdicción de la junta.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a) Este capítulo no se interpretará como una restricción, limitación o derogación de la Ley de Práctica Médica, la Ley de Terapeutas Matrimoniales y Familiares con Licencia, la Ley de Práctica de Enfermería, la Ley de Consejeros Clínicos Profesionales con Licencia o la Ley de Licencias de Psicología.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b) Este capítulo no se aplicará a un empleado o voluntario sin licencia o sin registrar que trabaje en una entidad gubernamental, una escuela, un colegio, una universidad o una institución que sea tanto sin fines de lucro como caritativa si se cumplen ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b)(1) El trabajo del empleado o voluntario se realiza bajo la supervisión y dirección de la entidad.
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b)(2)(A) A partir del 1 de julio de 2020, el empleado o voluntario proporciona a un cliente, antes de iniciar los servicios de psicoterapia o tan pronto como sea prácticamente posible después, un aviso escrito en letra de al menos 12 puntos que tenga sustancialmente el siguiente formato:
AVISO A LOS CLIENTES
La (Nombre de la oficina o unidad) de la (Nombre de la agencia) recibe y responde a quejas relacionadas con la práctica de la psicoterapia por cualquier profesional sin licencia o sin registrar que preste servicios en (Nombre de la agencia). Para presentar una queja, comuníquese con (Número de teléfono, dirección de correo electrónico, sitio web o dirección postal de la agencia).
La Junta de Ciencias del Comportamiento recibe y responde a quejas relacionadas con los servicios prestados por personas con licencia y registradas por la junta. Si tiene una queja y no está seguro de si su profesional tiene licencia o está registrado, comuníquese con la Junta de Ciencias del Comportamiento al 916-574-7830 para obtener ayuda o utilice la función de verificación de licencias en línea de la junta visitando www.bbs.ca.gov.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(B) La entrega del aviso descrito en el subpárrafo (A) al cliente deberá documentarse.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(c) Este capítulo no se aplicará a una persona que utilice técnicas hipnóticas si su cliente fue remitido por un médico y cirujano, dentista o psicólogo.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(d) Este capítulo no se aplicará a una persona que utilice técnicas hipnóticas que ofrezcan mejora vocacional personal, y la persona no esté realizando terapia para trastornos emocionales o mentales.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(e) No obstante los apartados (b) y (c) o la Sección 4996.13, todas las personas registradas como asociados o con licencia bajo este capítulo no estarán exentas de este capítulo ni de la jurisdicción de la junta.

Section § 4996.14

Explanation

Esta ley establece que ciertos entornos suelen estar exentos de las normas de este capítulo y de la supervisión de la junta, según se menciona en la Sección 4996.14. Sin embargo, hay excepciones: si una persona en estos entornos tiene licencia o está registrada bajo este capítulo, sigue estando bajo el control de la junta. Además, las entidades de atención médica con licencia o certificación de una agencia gubernamental no están exentas a menos que cumplan específicamente con los criterios de la Sección 4996.14.

Los entornos descritos en la Sección 4996.14 son entornos exentos y no están sujetos a la jurisdicción de este capítulo ni de la junta, salvo lo especificado en la Sección 4996.14, y con las siguientes excepciones:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a) Cualquier persona que trabaje o sea voluntaria en un entorno exento y que esté licenciada o registrada bajo este capítulo estará sujeta a la jurisdicción de la junta y no estará exenta de este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b) Una entidad que esté licenciada o certificada por una agencia reguladora gubernamental para proporcionar servicios de atención médica no se considerará un entorno exento a menos que la entidad cumpla directamente con los criterios descritos en la Sección 4996.14.

Section § 4996.14

Explanation

Esta sección define términos clave relacionados con los entornos no exentos para el trabajo social clínico en California. Un 'entorno no exento' incluye prácticas privadas y corporaciones profesionales, que son propiedad de profesionales de la salud con licencia y ofrecen servicios de salud mental como la psicoterapia. Sin embargo, para trabajar en dicho entorno, se debe tener una licencia o registro activo, a menos que sea un pasante de trabajo social o un solicitante de asociado. Los pasantes pueden practicar en entornos no exentos que no sean prácticas privadas o corporaciones mientras estudian para una Maestría en Trabajo Social. De manera similar, los solicitantes de asociado pueden practicar antes de que se emita su registro, siempre que cumplan con otros requisitos especificados.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a) A los efectos de este capítulo, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(1) “Entorno no exento” significa un entorno que no califica como entorno exento, según lo especificado en la Sección 4996.14.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(2) “Práctica privada” significa un tipo de entorno no exento que cumple con todos los siguientes criterios:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(2)(A) La práctica es propiedad de un profesional de la salud con licencia bajo esta división, ya sea de forma independiente o conjuntamente con uno o más profesionales de la salud con licencia bajo esta división.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(2)(B) La práctica proporciona servicios clínicos de salud mental, incluida la psicoterapia, a los clientes.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(2)(C) Uno o más profesionales de la salud con licencia son responsables de la práctica y de los servicios prestados y establecen las condiciones de pago o reembolso del cliente por la prestación de servicios.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(a)(3) “Corporación profesional” significa un tipo de entorno no exento y práctica privada que se ha constituido de conformidad con la Parte 4 (que comienza con la Sección 13400) de la División 3 del Título 1 del Código de Corporaciones.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b) Se requerirá una licencia activa o un número de registro para ejercer la práctica del trabajo social clínico, según se define en la Sección 4996.9, en entornos no exentos en todo momento, excepto de la siguiente manera:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b)(1) Un pasante de trabajo social puede ejercer la práctica del trabajo social clínico en un entorno no exento que no sea una práctica privada o una corporación profesional, mientras cursa estudios que conducen a una maestría en trabajo social de conformidad con la Sección 4996.15.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.14(b)(2) Un solicitante de registro como asociado puede ejercer la práctica del trabajo social clínico en un entorno no exento que no sea una práctica privada o una corporación profesional antes de que se emita su número de registro si cumple con el inciso (b) de la Sección 4996.23 y está adquiriendo experiencia supervisada que cumple con los requisitos de este capítulo.

Section § 4996.15

Explanation

Esta sección de la ley aclara que los empleados de instituciones educativas y organizaciones similares pueden participar en actividades relacionadas con el trabajo social si forman parte de la capacitación de estudiantes de posgrado en programas de maestría. Estas actividades deben ser supervisadas, y los estudiantes deben tener títulos que reflejen su estado de capacitación, como 'pasante de trabajo social'. Sin embargo, los estudiantes no pueden realizar trabajo social clínico en consultorios privados o corporaciones profesionales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.15(a) Nada en este artículo restringirá o impedirá las actividades psicosociales realizadas por empleados de instituciones académicas acreditadas, escuelas públicas, agencias gubernamentales o instituciones sin fines de lucro que capaciten a estudiantes de posgrado que cursan una maestría en trabajo social en un colegio o universidad acreditada. Cualquier actividad psicosocial realizada por el empleado deberá formar parte de un curso de estudio supervisado y los estudiantes de posgrado serán designados con títulos como pasantes de trabajo social, aprendices de trabajo social u otros títulos que indiquen claramente el estado de capacitación apropiado para su nivel de formación. El término "pasante de trabajo social", sin embargo, se reservará para las personas inscritas en un programa de capacitación de maestría o doctorado en trabajo social en una escuela o departamento de trabajo social acreditado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.15(b) No obstante lo dispuesto en el inciso (a), un estudiante de posgrado no realizará trabajo social clínico en una práctica privada o una corporación profesional.

Section § 4996.16

Explanation

Esta ley establece que los trabajadores sociales clínicos de otros estados o países pueden consultar con profesionales con licencia en California o ser invitados en eventos profesionales sin tener que seguir las regulaciones de California, siempre y cuando tengan licencia en su propio lugar de residencia. Sin embargo, no pueden establecer una oficina ni reunirse con clientes en California.

Nada de lo dispuesto en este capítulo se aplicará a ningún trabajador social clínico de fuera de este estado, cuando esté en consulta real con un profesional con licencia de este estado, o cuando sea un invitado de una asociación profesional, o de una institución educativa con el único propósito de participar en educación profesional a través de conferencias, clínicas o demostraciones, si en el momento de la consulta, conferencia o demostración tiene licencia para ejercer el trabajo social clínico en el estado o país en el que reside. Estos trabajadores sociales clínicos no deberán abrir una oficina ni designar un lugar para reunirse con clientes o recibir llamadas de clientes dentro de los límites de este estado.

Section § 4996.16

Explanation

Esta ley permite a los trabajadores sociales clínicos con licencia de otros estados trabajar temporalmente en California por hasta 30 días al año, siempre que cumplan ciertos requisitos. Estos incluyen tener el nivel de licencia más alto en su estado, mantener su licencia activa y sin restricciones, y atender a clientes existentes que se encuentren en California. Deben informar a los clientes sobre el plazo de los servicios y proporcionar los detalles de su licencia. Antes de comenzar a trabajar, deben notificar a la Junta de Ciencias del Comportamiento de California con información personal y de licencia específica. Están sujetos a las leyes de California mientras prestan servicios y la ley expira el 1 de enero de 2026.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a) No obstante la Sección 4996, una persona que posea una licencia en otra jurisdicción de los Estados Unidos como trabajador social clínico podrá prestar servicios de trabajo social clínico en este estado por un período que no exceda los 30 días consecutivos en cualquier año calendario, si se cumplen todas las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(1) La licencia de otra jurisdicción es del nivel más alto para la práctica clínica independiente en la jurisdicción en la que se otorgó la licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(2) La licencia de otra jurisdicción está vigente, activa y sin restricciones.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(3) El cliente se encuentra en California durante el tiempo en que la persona busca prestar atención en California.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(4) El cliente es un cliente actual de la persona y tiene una relación cliente-proveedor establecida y continua con la persona en el momento en que el cliente se ubicó en California.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(5) La persona informa al cliente sobre el plazo limitado de los servicios y que la persona no tiene licencia en California.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(6) La persona proporciona al cliente la dirección del sitio web de la Junta de Ciencias del Comportamiento.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(a)(7) La persona informa al cliente sobre la jurisdicción en la que tiene licencia y el tipo de licencia que posee, y le proporciona el número de licencia de la persona.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(b) Una persona que tenga la intención de prestar servicios de trabajo social clínico de conformidad con esta sección deberá proporcionar a la junta toda la siguiente información antes de prestar los servicios:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(b)(1) El nombre bajo el cual la persona tiene licencia en otra jurisdicción, la dirección postal de la persona, el número de teléfono de la persona, el número de seguro social o número de identificación fiscal individual de la persona, y la dirección de correo electrónico de la persona, si la persona tiene una dirección de correo electrónico.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(b)(2) La jurisdicción en la que la persona tiene licencia, el tipo de licencia que posee y el número de licencia.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(b)(3) La fecha en que la persona comenzará a prestar servicios de trabajo social clínico al cliente de la persona en California.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(c) Se considera que una persona que presta servicios de conformidad con esta sección ha aceptado practicar bajo la jurisdicción de la junta y estar sujeta a las leyes de este estado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(d) Esta sección no se aplica a ninguna persona con licencia de la junta cuya licencia haya sido suspendida o revocada.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.16(e) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 4996.17

Explanation

Esta ley permite a la junta otorgar una licencia de trabajador social clínico a alguien con licencia en otra jurisdicción de EE. UU. para la práctica independiente, bajo ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen tener una licencia activa y sin restricciones durante al menos dos años y poseer una maestría relevante. Los solicitantes deben cumplir con los requisitos de huellas dactilares, completar cursos específicos sobre la ley y ética de California, y recibir capacitación en evaluación de abuso infantil y riesgo de suicidio. También deben aprobar un examen de ley y ética de California, aunque un examen clínico puede ser eximido.

La junta puede emitir una licencia a una persona que, al momento de presentar una solicitud de licencia conforme a este capítulo, posea una licencia en otra jurisdicción de los Estados Unidos como trabajador social clínico al nivel más alto para la práctica independiente si se cumplen todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(a) La licencia del solicitante en la otra jurisdicción ha estado vigente, activa y sin restricciones durante al menos dos años inmediatamente antes de la fecha en que la junta recibió la solicitud. El solicitante deberá revelar a la junta para su revisión cualquier restricción o acción disciplinaria anterior sobre una licencia de otro estado, y la junta considerará estas acciones al determinar si emite una licencia al solicitante.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(b) El título del solicitante que lo calificó para la licencia de otro estado es una maestría de una escuela o departamento de trabajo social acreditado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(c) El solicitante cumple con los requisitos de huellas dactilares establecidos en la Sección 144.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d) El solicitante completa los cursos especificados en los párrafos (1) y (2) de una escuela o departamento de trabajo social acreditado, una escuela, colegio o universidad acreditada por una agencia de acreditación institucional regional o nacional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, una escuela, colegio o universidad aprobada por la Oficina de Educación Postsecundaria Privada, o de un proveedor de educación continua que la junta identifique como aceptable conforme a la Sección 4996.22. Los cursos de pregrado no satisfarán estos requisitos.
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(1) Un mínimo de 12 horas de cursos sobre la ley de California y ética profesional. El contenido del curso incluirá, entre otros, lo siguiente: publicidad, ámbito de práctica, ámbito de competencia, tratamiento de menores, confidencialidad, pacientes peligrosos, privilegio psicoterapeuta-paciente, mantenimiento de registros, acceso del paciente a los registros, leyes estatales y federales relacionadas con la confidencialidad de la información de salud del paciente, relaciones duales, abuso infantil, abuso de ancianos y adultos dependientes, terapia en línea, reembolso de seguros, responsabilidad civil, acciones disciplinarias y conducta no profesional, quejas éticas y estándares éticos, terminación de la terapia, estándares de atención, derecho de familia relevante, divulgaciones del terapeuta a los pacientes, la aplicación de estándares legales y éticos en diferentes tipos de entornos de trabajo, y la ley y el proceso de licencias.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2) Al menos una unidad semestral, o 15 horas, de instrucción que incluya una comprensión de diversas culturas de California y las implicaciones sociales y psicológicas de la posición socioeconómica.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(e) El solicitante obtiene un mínimo de siete horas de contacto de capacitación o cursos sobre evaluación y denuncia de abuso infantil, según lo especificado en la Sección 28, y cualquier reglamento promulgado en virtud de la misma.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(f) A partir del 1 de enero de 2021, el solicitante deberá presentar prueba de haber completado al menos seis horas de cursos o experiencia aplicada bajo supervisión en evaluación e intervención del riesgo de suicidio utilizando uno de los métodos especificados en la Sección 4996.27.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(g) El solicitante aprueba el examen de ley y ética de California administrado por la junta, requerido en la Sección 4996.1. El examen clínico requerido en la Sección 4996.1 será eximido para un solicitante que califique bajo esta sección.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(h) Esta sección se desarrolló basándose en un examen de los requisitos de licencia para trabajadores sociales clínicos a nivel nacional. Esta sección no se interpretará como aplicable a ninguna disposición de esta división o de la División 3 (que comienza con la Sección 5000) que no sea esta ley.

Section § 4996.17

Explanation

Esta ley describe cómo las personas con educación y experiencia de fuera de California pueden obtener una licencia aquí como trabajadores sociales. Si ha obtenido experiencia laboral relevante fuera de California que cumpla con los requisitos estatales, puede contar para su licencia. También puede usar la educación de una escuela acreditada fuera del estado si tiene una maestría en trabajo social o cumple con otros criterios específicos. Los solicitantes también deben aprobar los exámenes de licencia y completar ciertos cursos o capacitaciones, como la denuncia de abuso infantil, la sexualidad humana y la ley de California. Requisitos adicionales aseguran que las licencias anteriores del solicitante estén vigentes y no estén involucradas en investigaciones en curso o mala conducta pasada. Disposiciones especiales permiten a los solicitantes de fuera de California evitar requisitos de examen adicionales si poseen una licencia válida en otro lugar y cumplen ciertas condiciones.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(a) Esta sección se aplica a personas con educación obtenida de una escuela fuera del estado o experiencia obtenida fuera de California que solicitan una licencia o registro y que no califican para una licencia bajo la Sección 4996.17.1.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(b) La junta aceptará la experiencia obtenida fuera de California con el propósito de cumplir con los requisitos de licencia si la experiencia es sustancialmente equivalente a los requisitos de este capítulo. Si el solicitante tiene menos de 3,000 horas de experiencia supervisada calificable, la junta aceptará como experiencia calificable el tiempo que el solicitante mantuvo una licencia activa y vigente en otro estado o país como trabajador social clínico al nivel más alto para la práctica independiente a razón de 100 horas por mes, hasta un máximo de 1,200 horas.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(c) La junta aceptará la educación obtenida de una escuela fuera del estado para los fines de cumplir con los requisitos de licencia o registro si el solicitante ha obtenido una maestría de una escuela de trabajo social acreditada, o cumple con el inciso (e) de la Sección 4996.18.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d) Además de la experiencia y educación descritas en los incisos (b) y (c), el solicitante deberá aprobar, o haber aprobado, los exámenes de licencia según lo especificado en la Sección 4996.1 y pagar las tarifas requeridas. La emisión de la licencia está condicionada a todo lo siguiente:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(1) El solicitante tiene experiencia supervisada según lo descrito en el inciso (b).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2) Finalización de los cursos o la capacitación especificados en este párrafo tomados de una escuela o departamento de trabajo social acreditado, una escuela, colegio o universidad acreditada por una agencia de acreditación institucional regional o nacional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, una escuela, colegio o universidad aprobada por la Oficina de Educación Postsecundaria Privada, o de un proveedor de educación continua que sea identificado como aceptable para la junta conforme a la Sección 4996.22. Los cursos de pregrado no cumplirán con este requisito. Estos cursos pueden completarse mientras se está registrado como asociado, a menos que se especifique lo contrario.
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(A) Un mínimo de siete horas de contacto de capacitación o cursos sobre evaluación y denuncia de abuso infantil, según lo especificado en la Sección 28, y cualquier reglamento promulgado en virtud de la misma.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(B) Un mínimo de 10 horas de contacto de capacitación o cursos sobre sexualidad humana, según lo especificado en la Sección 25, y cualquier reglamento promulgado en virtud de la misma.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(C) Un mínimo de 15 horas de contacto de capacitación o cursos sobre alcoholismo y otras dependencias de sustancias químicas, según lo especificado por reglamento.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(D) Un mínimo de 15 horas de contacto de cursos o capacitación en evaluación, detección y estrategias de intervención en abuso conyugal o de pareja.
(E)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(E) Un mínimo de 10 horas de contacto de cursos sobre envejecimiento y atención a largo plazo, según lo especificado en la Sección 4996.25.
(F)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(F) Finalización de un curso de 12 horas sobre la ley de California y ética profesional. El contenido del curso incluirá, entre otros, lo siguiente: publicidad, ámbito de práctica, ámbito de competencia, tratamiento de menores, confidencialidad, pacientes peligrosos, privilegio psicoterapeuta-paciente, mantenimiento de registros, acceso del paciente a los registros, leyes estatales y federales relacionadas con la confidencialidad de la información de salud del paciente, relaciones duales, abuso infantil, abuso de ancianos y adultos dependientes, terapia en línea, reembolso de seguros, responsabilidad civil, acciones disciplinarias y conducta no profesional, quejas éticas y estándares éticos, terminación de la terapia, estándares de atención, derecho de familia relevante, divulgaciones del terapeuta a los pacientes, la aplicación de estándares legales y éticos en diferentes tipos de entornos de trabajo, y la ley y el proceso de licencia. Estos cursos deberán completarse antes del registro como asociado.
(G)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(2)(G) Al menos una unidad semestral, o 15 horas, de instrucción que incluya una comprensión de diversas culturas de California y las implicaciones sociales y psicológicas de la posición socioeconómica.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(3) A partir del 1 de enero de 2021, un solicitante de licencia deberá presentar prueba de haber completado al menos seis horas de cursos o experiencia aplicada bajo supervisión en evaluación e intervención del riesgo de suicidio utilizando uno de los métodos especificados en la Sección 4996.27.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(4) La licencia del solicitante está vigente y no ha sido suspendida, revocada, restringida, sancionada o entregada voluntariamente en ningún estado.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(5) El solicitante no está actualmente bajo investigación en ningún otro estado, y no ha sido acusado de un delito por ningún acto sustancialmente relacionado con la práctica del trabajo social por parte de ninguna agencia pública, ha celebrado algún acuerdo de consentimiento o ha sido objeto de una decisión administrativa que contenga condiciones impuestas por una agencia sobre la conducta o práctica profesional de un solicitante, incluida cualquier entrega voluntaria de licencia, o ha sido objeto de un fallo adverso resultante de la práctica del trabajo social que la junta determine que constituye evidencia de un patrón de incompetencia o negligencia.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(6) El solicitante deberá proporcionar una certificación de cada estado donde el solicitante posea una licencia, en relación con la licencia, las acciones disciplinarias y las quejas pendientes.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(d)(7) El solicitante no está sujeto a la denegación de licencia bajo la Sección 480, 4992.3, 4992.35 o 4992.36.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(e) Un solicitante que obtuvo una licencia o registro en otro estado o país puede calificar para la licencia con la junta sin tomar el examen clínico especificado en la Sección 4996.1 si se cumplen ambas condiciones siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(e)(1) El solicitante obtuvo una puntuación aprobatoria en el examen de licencia clínica establecido en el reglamento y aceptado por la junta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.17(e)(2) La licencia o registro del solicitante en ese estado o país está activo y vigente en el momento de la solicitud y no ha sido revocado, suspendido, entregado, denegado o de otra manera restringido o gravado.

Section § 4996.18

Explanation

Si deseas convertirte en trabajador social clínico con licencia en California, primero debes registrarte como trabajador social clínico asociado para obtener experiencia supervisada. Para registrarte, debes tener una maestría en trabajo social de una escuela acreditada y cumplir con requisitos específicos de cursos en ética y derecho. Si tu título está pendiente de acreditación, aún puedes registrarte, pero no podrás tomar el examen final hasta que se logre la acreditación completa. Los solicitantes formados en el extranjero deben demostrar que su título es equivalente a un título acreditado en EE. UU. Todos los solicitantes necesitan un supervisor calificado y deben informar a los clientes que están bajo supervisión hasta que obtengan la licencia completa.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(a) Salvo lo dispuesto en el apartado (b) de la Sección 4996.23, un solicitante deberá tener un registro activo ante la junta como trabajador social clínico asociado para obtener horas de experiencia supervisada. La solicitud se realizará en un formulario prescrito por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b) Un solicitante de registro deberá cumplir los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(1) Poseer un título de maestría de una escuela o departamento de trabajo social acreditado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(2) No estar sujeto a la denegación de licencia conforme a la Sección 480.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3) Haber completado capacitación o cursos, que pueden estar incluidos en más de un curso, sobre la ley de California y la ética profesional para trabajadores sociales clínicos. Los cursos deberán ser tomados de una escuela o departamento de trabajo social acreditado, una escuela, colegio o universidad acreditada por una agencia de acreditación institucional regional o nacional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, una escuela, colegio o universidad aprobada por la Oficina de Educación Postsecundaria Privada, o de un proveedor de educación continua que sea aceptable para la junta, según se define en la Sección 4996.22. Los cursos de pregrado no cumplirán este requisito. Los cursos deberán incluir instrucción en todas las siguientes áreas de estudio:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(A) Ética profesional contemporánea y estatutos, reglamentos y decisiones judiciales que delimitan el ámbito de la práctica del trabajo social clínico.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(B) Las consideraciones terapéuticas, clínicas y prácticas involucradas en la práctica legal y ética del trabajo social clínico, incluyendo, entre otros, el derecho de familia.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(C) Los patrones y tendencias legales actuales en las profesiones de salud mental.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(D) El privilegio psicoterapeuta-paciente, la confidencialidad, los pacientes peligrosos y el tratamiento de menores con y sin consentimiento parental.
(E)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(E) Un reconocimiento y exploración de la relación entre el sentido de sí mismo y los valores humanos de un profesional, y el comportamiento y la ética profesional del mismo.
(F)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(F) La aplicación de estándares legales y éticos en diferentes tipos de entornos laborales.
(G)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(b)(3)(G) Ley y proceso de licenciamiento.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(c) Un solicitante que posea un título de maestría de una escuela o departamento de trabajo social que sea candidato a la acreditación por la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social será elegible y, salvo lo dispuesto en el apartado (b) de la Sección 4996.23, deberá registrarse como trabajador social clínico asociado para obtener experiencia para la licencia si el solicitante no está sujeto a la denegación de licencia conforme a la Sección 480. Sin embargo, dicho solicitante no será elegible para tomar el examen clínico hasta que la escuela o departamento de trabajo social haya recibido la acreditación de la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(d) Un solicitante que posea un título de maestría de una escuela o departamento de trabajo social acreditado podrá aplicar la experiencia obtenida durante el tiempo en que la escuela o departamento acreditado estuvo en estado de candidatura por la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social para los requisitos de licencia, si la experiencia cumple con los requisitos de la Sección 4996.23. Este apartado se aplicará retroactivamente a las personas que posean un título de maestría de una escuela o departamento de trabajo social acreditado y que obtuvieron experiencia durante el tiempo en que la escuela o departamento acreditado estuvo en estado de candidatura por la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(e) Un solicitante de registro o licencia formado en una institución educativa fuera de los Estados Unidos deberá demostrar a satisfacción de la junta que posee un título de maestría en trabajo social que es equivalente a un título de maestría emitido por una escuela o departamento de trabajo social acreditado por la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social. Estos solicitantes deberán proporcionar a la junta una evaluación exhaustiva del título y cualquier otra documentación que la junta considere necesaria. La junta tiene la autoridad para tomar la determinación final sobre si un título cumple con todos los requisitos, incluyendo, entre otros, los requisitos de cursos, independientemente de la evaluación o acreditación.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(f) Todos los solicitantes de licencia y los registrados deberán estar en todo momento bajo la supervisión de un supervisor que será responsable de asegurar que el alcance, tipo y calidad del asesoramiento realizado sea consistente con la capacitación y experiencia de la persona supervisada y que será responsable ante la junta por el cumplimiento de todas las leyes que rigen la práctica del trabajo social clínico.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.18(g) Todos los solicitantes y registrados deberán informar a cada cliente o paciente, antes de prestar cualquier servicio profesional, que el solicitante o registrado no tiene licencia y está bajo la supervisión de un profesional con licencia.

Section § 4996.19

Explanation

En esencia, esta ley establece que las corporaciones de trabajadores sociales clínicos licenciados pueden ejercer su profesión siempre que cumplan ciertas normas. Específicamente, deben acatar la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox y otras leyes y reglamentos relacionados. Estas regulaciones garantizan que sus operaciones sean legales y profesionales.

Nada en este artículo prohibirá los actos o prácticas de una corporación de trabajadores sociales clínicos licenciados debidamente certificada conforme a la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox, tal como se establece en la Parte 4 (que comienza con la Sección 13400) de la División 3 del Título 1 del Código de Corporaciones y el Artículo 5 (que comienza con la Sección 4998), cuando la corporación cumpla con (a) la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox; (b) el Artículo 5 (que comienza con la Sección 4998); y (c) todos los demás estatutos y todas las normas y reglamentos promulgados o adoptados ahora o en el futuro, relacionados con la corporación y la gestión de sus asuntos.

Section § 4996.2

Explanation

Si estás solicitando una licencia de trabajo social en California, debes cumplir con requisitos específicos. Debes tener al menos 21 años, una maestría de una escuela de trabajo social acreditada y dos años de experiencia supervisada después de tu maestría. No puedes haber sido condenado por ciertos delitos, como el abuso sexual infantil, ni estar obligado a registrarte como delincuente sexual. Desde 1986, la capacitación en el manejo del alcoholismo y la dependencia química es obligatoria. Dependiendo de cuándo comenzaste tu formación de posgrado, necesitas horas específicas en cursos sobre abuso conyugal y sexualidad humana. Finalmente, también necesitas capacitación en evaluación y denuncia de abuso infantil.

Cada solicitante de una licencia deberá presentar pruebas satisfactorias a la junta de que cumple con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(a) Tiene al menos 21 años de edad.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(b) Ha obtenido una maestría de una escuela de trabajo social acreditada.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(c) Ha tenido dos años de experiencia supervisada posterior a la maestría, según lo especificado en la Sección 4996.23.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(d) No estar sujeto a la denegación de la licencia conforme a la Sección 480. La junta no emitirá un registro o licencia a ninguna persona que haya sido condenada por cualquier delito en este u otro estado o en un territorio de los Estados Unidos que implique abuso sexual de niños o que deba registrarse conforme a la Sección 290 del Código Penal o su equivalente en otro estado o territorio, de acuerdo con la Sección 480.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(e) Ha completado instrucción y capacitación adecuadas en el tema del alcoholismo y otras dependencias de sustancias químicas. Este requisito se aplica solo a los solicitantes que se matriculen a partir del 1 de enero de 1986.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(f) Ha completado instrucción y capacitación en evaluación, detección e intervención en casos de abuso conyugal o de pareja. Este requisito se aplica a un solicitante que comenzó su formación de posgrado durante el período que comienza el 1 de enero de 1995 y finaliza el 31 de diciembre de 2003. Un solicitante que comenzó su formación de posgrado a partir del 1 de enero de 2004, deberá completar un mínimo de 15 horas de contacto de cursos sobre estrategias de evaluación, detección e intervención en casos de abuso conyugal o de pareja, incluyendo el conocimiento de los recursos comunitarios, los factores culturales y las dinámicas de abuso entre personas del mismo género. Los cursos requeridos bajo esta subdivisión pueden ser satisfactorios si se toman ya sea para cumplir con otros requisitos educativos para la licencia o en un curso separado.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(g) Ha completado un mínimo de 10 horas de contacto de capacitación o cursos sobre sexualidad humana según lo especificado en la Sección 1807 del Título 16 del Código de Regulaciones de California. Esta capacitación o cursos pueden ser satisfactorios si se toman ya sea para cumplir con otros requisitos educativos para la licencia o en un curso separado.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.2(h) Ha completado un mínimo de siete horas de contacto de capacitación o cursos sobre evaluación y denuncia de abuso infantil según lo especificado en la Sección 1807.2 del Título 16 del Código de Regulaciones de California. Esta capacitación o cursos pueden ser satisfactorios si se toman ya sea para cumplir con otros requisitos educativos para la licencia o en un curso separado.

Section § 4996.20

Explanation

Esta sección explica qué es un 'supervisor' para los profesionales de la salud mental en formación. Para ser supervisor, una persona debe haber tenido una licencia activa relevante durante al menos dos años en los últimos cinco años y haber practicado o supervisado psicoterapia durante ese período. También necesitan una capacitación específica en supervisión, deben tener una licencia activa y vigente, y no pueden haberle dado terapia al supervisado, ser parientes suyos, ni haber tenido una relación personal o profesional inapropiada. La supervisión implica ser responsable de la calidad de los servicios que ofrece el supervisado, lo que incluye evaluar su trabajo, darle retroalimentación, asegurar que cumpla con la ley y, si es necesario, revisar expedientes u observar sesiones con el consentimiento del cliente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a) “Supervisor”, tal como se utiliza en este capítulo, significa un individuo que cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(1) Ha tenido una licencia activa durante al menos dos años dentro del período de cinco años inmediatamente anterior a cualquier supervisión como cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(1)(A) Un consejero clínico profesional licenciado, terapeuta matrimonial y familiar licenciado, psicólogo licenciado conforme al Capítulo 6.6 (que comienza con la Sección 2900), trabajador social clínico licenciado, psicólogo educativo licenciado, o una licencia equivalente de otro estado. Un psicólogo educativo licenciado solo podrá supervisar la provisión de servicios de salud mental relacionados con la educación que sean consistentes con el ámbito de práctica de un psicólogo educativo, según se especifica en la Sección 4989.14.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(1)(B) Un médico y cirujano certificado en psiquiatría por la Junta Americana de Psiquiatría y Neurología o un médico y cirujano licenciado de otro estado que esté certificado en psiquiatría por la Junta Americana de Psiquiatría y Neurología.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(2) Durante al menos dos años dentro del período de cinco años inmediatamente anterior a cualquier supervisión, ha practicado psicoterapia, ha proporcionado asesoramiento psicológico conforme al párrafo (5) de la subdivisión (a) de la Sección 4989.14, o ha proporcionado supervisión clínica directa de psicoterapia realizada por trabajadores sociales clínicos asociados, terapeutas matrimoniales y familiares asociados o en formación, o consejeros clínicos profesionales asociados. La supervisión de psicoterapia realizada por un pasante de trabajo social o un consejero clínico profesional en formación será aceptada si la supervisión proporcionada es sustancialmente equivalente a la supervisión requerida para los registrados.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(3) Ha recibido capacitación en supervisión según lo especificado en este capítulo y por reglamento.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(4) No ha proporcionado servicios terapéuticos al supervisado.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(5) Tiene y mantiene una licencia actual y activa que no está bajo suspensión o en período de prueba como uno de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(5)(A) Un terapeuta matrimonial y familiar, consejero clínico profesional, trabajador social clínico o psicólogo educativo licenciado emitido por la junta.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(5)(B) Un psicólogo licenciado conforme al Capítulo 6.6 (que comienza con la Sección 2900).
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(5)(C) Un médico y cirujano certificado en psiquiatría por la Junta Americana de Psiquiatría y Neurología.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(6) No es cónyuge, pareja de hecho o pariente del supervisado.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(a)(7) No tiene actualmente ni ha tenido previamente una relación personal, profesional o comercial con el supervisado que socave la autoridad o la eficacia de la supervisión.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(b) Tal como se utiliza en este capítulo, el término “supervisión” significa la responsabilidad y el control de la calidad de los servicios de salud mental y servicios relacionados proporcionados por el supervisado. La consulta o discusión entre pares no se considerará supervisión y no calificará como experiencia supervisada.
“Supervisión” incluye, entre otros, todos los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(1) Asegurar que el alcance, tipo y calidad del asesoramiento realizado sea consistente con la educación, capacitación y experiencia del supervisado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(2) Monitorear y evaluar las decisiones de evaluación, diagnóstico y tratamiento del supervisado y proporcionar retroalimentación regular.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(3) Monitorear y evaluar la capacidad del supervisado para proporcionar servicios en el sitio o sitios donde el supervisado está practicando y a la clientela particular que está siendo atendida.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(4) Monitorear y abordar las dinámicas clínicas, incluyendo, entre otras, cuestiones de contratransferencia, intrapsíquicas, interpersonales o relacionadas con el trauma que puedan afectar la relación de supervisión o la relación profesional-paciente.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(5) Asegurar el cumplimiento del supervisado con las leyes y regulaciones que rigen la práctica del trabajo social clínico.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(6) Revisar las notas de progreso, notas de proceso y otros registros de tratamiento del paciente del supervisado, según lo considere apropiado el supervisor.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.20(7) Con el consentimiento por escrito del cliente, proporcionar observación directa o revisión de grabaciones de audio o video del asesoramiento o terapia del supervisado, según lo considere apropiado el supervisor.

Section § 4996.21

Explanation

Esta ley permite a la junta verificar si un supervisor ha completado todas las cualificaciones necesarias auditando sus registros. Los supervisores deben guardar prueba de sus cualificaciones durante siete años después de que dejen de supervisar y proporcionar estos registros si la junta los solicita.

La junta puede auditar los registros de cualquier supervisor para verificar la finalización de las cualificaciones de supervisor especificadas por este capítulo y por reglamento. Un supervisor deberá mantener registros de la finalización de las cualificaciones de supervisor requeridas durante siete años después de la terminación de la supervisión y deberá poner estos registros a disposición de la junta para fines de auditoría previa solicitud.

Section § 4996.22

Explanation

Si deseas renovar tu licencia de trabajo social, debes completar 36 horas de educación continua aprobada por la junta cada dos años, cubriendo áreas relevantes para el trabajo social. Para aquellos que comenzaron sus estudios de posgrado antes de enero de 2004, existe un requisito adicional de completar un curso sobre cómo abordar el abuso conyugal o de pareja. Este curso se incluye dentro del requisito de 36 horas de educación. Además, todos deben completar tres horas de estudio sobre la ley y la ética de California cada año. La junta puede revisar tus registros y debes conservarlos durante dos años.

La junta puede hacer excepciones en ciertas circunstancias, y los cursos pueden tomarse en escuelas de trabajo social acreditadas u otros proveedores aprobados. Los proveedores deben cumplir con los estándares de la junta y centrarse en temas importantes, recientes o relacionados con el trabajo social. Finalmente, los cursos deben alinearse con las directrices del Departamento de Asuntos del Consumidor, y la junta puede implementar reglas para gestionar este proceso.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(a)(1) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (d), la junta no renovará ninguna licencia conforme a este capítulo a menos que el solicitante certifique a la junta, en un formulario prescrito por esta, que ha completado no menos de 36 horas de educación continua aprobada en o relevante al campo del trabajo social en los dos años precedentes, según lo determine la junta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(a)(2) La junta no renovará ninguna licencia de un solicitante que haya iniciado estudios de posgrado antes del 1 de enero de 2004, conforme a este capítulo, a menos que el solicitante certifique a la junta que, durante su primer período de renovación después de la fecha de entrada en vigor de esta sección, completó un curso de educación continua sobre evaluación, detección y estrategias de intervención en casos de abuso conyugal o de pareja, incluyendo recursos comunitarios, factores culturales y dinámicas de abuso entre personas del mismo género. A partir del 1 de enero de 2005, el curso deberá consistir en no menos de siete horas de capacitación. Se podrán presentar a la junta cursos equivalentes sobre evaluación, detección y estrategias de intervención en casos de abuso conyugal o de pareja realizados antes de la fecha de entrada en vigor de esta sección, o prueba de experiencia equivalente en enseñanza o práctica, y a su discreción, podrán aceptarse para satisfacer este requisito. Los cursos de educación continua realizados conforme a este párrafo se aplicarán a las 36 horas de educación continua aprobada requeridas en el párrafo (1).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(a)(3) La junta no renovará ningún registro conforme a este capítulo a menos que el registrado certifique bajo pena de perjurio a la junta, y en un formulario prescrito por esta, que ha completado no menos de tres horas de educación continua sobre la ley y la ética de California durante el año precedente.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(b)(1) Al determinar sus requisitos de educación continua, la junta considerará incluir un curso sobre salud mental menopáusica.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(b)(2) Al determinar sus requisitos de educación continua, la junta considerará incluir un curso sobre salud mental materna.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(c) La junta tendrá derecho a auditar los registros de cualquier solicitante para verificar la finalización del requisito de educación continua. Los solicitantes deberán mantener registros de la finalización de los cursos de educación continua requeridos por un mínimo de dos años y deberán poner estos registros a disposición de la junta para fines de auditoría cuando se les solicite.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(d) La junta podrá establecer excepciones al requisito de educación continua de esta sección por causa justificada según lo defina la junta.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(e) La educación continua se obtendrá de una de las siguientes fuentes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(e)(1) Una escuela de trabajo social acreditada, según se define en la Sección 4991.2, o una escuela o departamento de trabajo social que sea candidato a la acreditación por la Comisión de Acreditación del Consejo de Educación en Trabajo Social. Nada de lo dispuesto en este párrafo se interpretará como que requiere que los cursos se ofrezcan como parte de un programa de grado regular.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(e)(2) Una escuela, colegio o universidad acreditada por una agencia de acreditación institucional regional o nacional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos o una escuela, colegio o universidad aprobada por la Oficina de Educación Postsecundaria Privada.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(e)(3) Otro proveedor de educación continua, según lo especifique la junta mediante reglamento.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(f) La junta establecerá, mediante reglamento, un procedimiento para identificar a los proveedores aceptables de cursos de educación continua, y todos los proveedores de educación continua, según se describe en los párrafos (1) y (2) de la subdivisión (e), deberán adherirse a los procedimientos establecidos por la junta. La junta podrá revocar o denegar el derecho de un proveedor a ofrecer cursos de educación continua conforme a esta sección por incumplimiento de esta sección o de cualquier reglamento adoptado conforme a esta sección.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(g) La capacitación, educación y cursos de los proveedores aprobados deberán incorporar uno o más de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(g)(1) Aspectos de la disciplina que son fundamentales para la comprensión o la práctica del trabajo social.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(g)(2) Aspectos de la disciplina del trabajo social en los que se han producido desarrollos recientes significativos.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(g)(3) Aspectos de otras disciplinas relacionadas que mejoran la comprensión o la práctica del trabajo social.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(h) Un sistema de educación continua para trabajadores sociales clínicos con licencia deberá incluir cursos directamente relacionados con el diagnóstico, la evaluación y el tratamiento de la población de clientes atendida.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(i) Los requisitos de educación continua de esta sección deberán cumplir plenamente con las directrices para la educación continua obligatoria establecidas por el Departamento de Asuntos del Consumidor conforme a la Sección 166.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.22(j) La junta podrá adoptar los reglamentos necesarios para implementar esta sección.

Section § 4996.23

Explanation

Para obtener la licencia de trabajador social clínico, debes completar 3,000 horas de experiencia supervisada después de tu maestría. Esta experiencia debe realizarse mientras estás registrado como asociado. Puedes acreditar horas previas al registro si cumples ciertas condiciones, como solicitar el registro dentro de los 90 días de tu título y haber completado la toma de huellas dactilares Live Scan. La mayor parte de tu supervisión debe ser por un trabajador social clínico con licencia, aunque una parte puede ser por otros profesionales. Se requieren al menos 2,000 horas de trabajo clínico directo, como terapia, y no puedes acumular más de 40 horas por semana. Toda la experiencia debe haberse completado dentro de los seis años anteriores a la fecha de tu solicitud de licencia. Hubo criterios alternativos para las solicitudes presentadas entre 2016 y 2020.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a) Para calificar para la licencia, cada solicitante deberá completar 3,000 horas de experiencia supervisada posterior al título de maestría relacionadas con la práctica del trabajo social clínico. Salvo lo dispuesto en el apartado (b), la experiencia no se podrá adquirir hasta que el solicitante esté registrado como trabajador social clínico asociado.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b) Las horas de experiencia posteriores al título adquiridas antes de la emisión de un registro de asociado se acreditarán para la licencia si se cumplen todos los requisitos siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1) El solicitante de registro solicita el registro de asociado y la junta recibe la solicitud dentro de los 90 días siguientes a la concesión del título de maestría o doctorado que califica.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2) Para los solicitantes que completen estudios de posgrado a partir del 1 de enero de 2020, la experiencia se obtiene en un lugar de trabajo que, antes de que el solicitante de registro adquiera horas de experiencia supervisada, requiere la toma de huellas dactilares Live Scan completada. El solicitante deberá proporcionar a la junta una copia de ese formulario completado de "Solicitud de Servicio Live Scan del Estado de California" con la solicitud de licencia.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(3) La junta concede posteriormente el registro de asociado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c) El solicitante no podrá ser empleado ni voluntario en una práctica privada o una corporación profesional hasta que la junta le haya emitido un registro de asociado.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d) La experiencia deberá ser la siguiente:
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(1)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(1)(A) Al menos 1,700 horas deberán adquirirse bajo la supervisión de un trabajador social clínico con licencia. La experiencia supervisada restante requerida podrá adquirirse bajo la supervisión de un médico y cirujano certificado en psiquiatría por la Junta Americana de Psiquiatría y Neurología, un consejero clínico profesional con licencia, un terapeuta matrimonial y familiar con licencia, un psicólogo con licencia conforme al Capítulo 6.6 (que comienza con la Sección 2900), un psicólogo educativo con licencia o un trabajador social clínico con licencia.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(1)(A)(B) Un máximo de 1,200 horas adquiridas bajo la supervisión de un psicólogo educativo con licencia que proporcione servicios de salud mental relacionados con la educación que sean consistentes con el ámbito de práctica de un psicólogo educativo, según lo especificado en la Sección 4989.14.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(2) Un mínimo de 2,000 horas en diagnóstico psicosocial clínico, evaluación y tratamiento, incluyendo psicoterapia o consejería; sin embargo, al menos 750 horas deberán ser de psicoterapia individual o grupal presencial proporcionada en el contexto de los servicios de trabajo social clínico.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(3) Un máximo de 1,000 horas en defensa centrada en el cliente, consulta, evaluación, investigación, contacto directo con el supervisor, y talleres, seminarios, sesiones de capacitación o conferencias directamente relacionadas con el trabajo social clínico que hayan sido aprobados por el supervisor del solicitante.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(4) Se requiere un mínimo de dos años de experiencia supervisada que se obtenga durante un período no inferior a 104 semanas y deberá haberse adquirido dentro de los seis años inmediatamente anteriores a la fecha en que la junta recibió la solicitud de licencia.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(5) No se podrán acreditar más de 40 horas de experiencia en cualquier período de siete días consecutivos.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(6) Para las horas adquiridas a partir del 1 de enero de 2010, no más de seis horas de supervisión, ya sea individual, triádica o grupal, se acreditarán durante una sola semana.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(e) Una persona que presente una solicitud de licencia entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2020 podrá calificar alternativamente bajo los requisitos de experiencia de esta sección que estaban vigentes el 1 de enero de 2015.

Section § 4996.23

Explanation

Esta ley explica cómo debe ser la supervisión para los profesionales en formación que están adquiriendo experiencia clínica, sin incluir el tiempo que pasan en talleres o seminarios. Los supervisores deben ofrecer al menos una hora de supervisión directa cada semana por cada lugar de trabajo, o una hora adicional si el profesional en formación realiza más de 10 horas de asesoramiento clínico.

El contacto directo con el supervisor puede ser individual, triádico (con dos supervisados) o en sesiones grupales de hasta ocho supervisados. La supervisión puede ser presencial o por videoconferencia en tiempo real, siempre que se considere adecuada, lo cual se evalúa dentro de los 60 días posteriores al inicio de la supervisión.

El supervisor debe asegurarse de cumplir con las leyes de confidencialidad de la información de salud y documentar su evaluación sobre la viabilidad de la videoconferencia. De las 104 semanas de supervisión obligatoria, al menos 52 deben ser supervisión individual o triádica, y de estas, un mínimo de 13 semanas deben ser supervisadas por un trabajador social clínico con licencia.

Se puede organizar una supervisión alternativa si el supervisor principal no está disponible. Incluso después de cumplir con las horas requeridas, los profesionales en formación deben seguir recibiendo una hora de supervisión directa semanalmente. Esta normativa dejará de estar vigente el 1 de enero de 2026.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a) Salvo la experiencia obtenida al asistir a talleres, seminarios, sesiones de capacitación o conferencias, según se describe en el párrafo (3) de la subdivisión (d) de la Sección 4996.23, el contacto directo con el supervisor se realizará de la siguiente manera:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(1) La supervisión incluirá al menos una hora de contacto directo con el supervisor cada semana por la cual se acredite experiencia en cada entorno de trabajo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(2) Un asociado que adquiera experiencia y que realice más de 10 horas de asesoramiento clínico directo en una semana en cualquier entorno recibirá al menos una hora adicional de contacto directo con el supervisor para ese entorno.
(b)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1) Para los fines de este capítulo, "una hora de contacto directo con el supervisor" significa cualquiera de los siguientes:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1)(A) Supervisión individual, que significa una hora de contacto cara a cara entre un supervisor y una persona que recibe supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1)(B) Supervisión triádica, que significa una hora de contacto cara a cara entre un supervisor y dos personas que reciben supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1)(C) Supervisión grupal, que significa dos horas de contacto cara a cara entre un supervisor y no más de ocho personas que reciben supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental. Los segmentos de supervisión grupal pueden dividirse en no menos de una hora continua. Un supervisor se asegurará de que la cantidad y el grado de supervisión sean apropiados para cada persona del grupo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2) Para los fines de esta subdivisión, "contacto cara a cara" significa contacto en persona, contacto a través de videoconferencia bidireccional en tiempo real, o alguna combinación de estos.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c) El supervisor será responsable de garantizar el cumplimiento de las leyes federales y estatales relativas a la confidencialidad de la información de salud del paciente.
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(1) Dentro de los 60 días siguientes al inicio de la supervisión, un supervisor llevará a cabo una reunión con el supervisado durante la cual el supervisor evaluará la idoneidad de permitir que el supervisado reciba supervisión a través de videoconferencia bidireccional en tiempo real. Esta evaluación de idoneidad incluirá, entre otros, las habilidades del supervisado, las preferencias tanto del supervisado como del supervisor, y la privacidad de las ubicaciones del supervisado y del supervisor mientras se lleva a cabo la supervisión.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d)(2) El supervisor documentará los resultados de la evaluación realizada de conformidad con el párrafo (1), y no utilizará la supervisión a través de videoconferencia bidireccional en tiempo real si su evaluación determina que no es apropiada.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(e) El contacto directo con el supervisor deberá ocurrir dentro de la misma semana en que se reclaman las horas.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(f) De las 104 semanas de supervisión requerida, 52 semanas serán de supervisión individual, supervisión triádica o una combinación de ambas.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(g) De las 52 semanas de supervisión individual o triádica requerida, no menos de 13 semanas deberán ser supervisadas por un trabajador social clínico licenciado.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(h) Se podrá organizar una supervisión alternativa durante las vacaciones o la licencia por enfermedad de un supervisor si la supervisión alternativa cumple con los requisitos de este capítulo.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(i) No obstante cualquier otra ley, una vez que se hayan obtenido el número requerido de horas de experiencia, un trabajador social clínico asociado o solicitante de licencia recibirá un mínimo de una hora de contacto directo con el supervisor por semana para cada entorno de práctica en el que se realice asesoramiento clínico directo. Una vez que se hayan obtenido el número requerido de horas de experiencia, la supervisión adicional para la práctica no clínica, según se describe en el párrafo (3) de la subdivisión (d) de la Sección 4996.23, quedará a discreción del supervisor.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(j) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha quedará derogada.

Section § 4996.23

Explanation

Esta sección detalla cómo y cuándo debe llevarse a cabo la supervisión para adquirir experiencia clínica. Cada semana, un asociado debe tener al menos una hora de supervisión directa, y si realiza más de 10 horas de trabajo clínico en una semana, necesitará una hora adicional de supervisión. La supervisión puede ser individual, triádica o grupal, con requisitos de tiempo específicos para cada formato. La supervisión debe ser oportuna, dentro de la misma semana en que se contabilizan las horas. Más de la mitad de las 104 semanas de supervisión requeridas deben ser individuales o triádicas, y al menos 13 semanas deben ser supervisadas por un trabajador social clínico licenciado. Existen disposiciones para una supervisión alternativa si el supervisor principal no está disponible. En entornos específicos, la supervisión puede realizarse mediante videoconferencia, y una vez que se han acumulado suficientes horas, la supervisión adicional para la práctica no clínica queda a discreción del supervisor. Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2026.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a) Salvo la experiencia obtenida al asistir a talleres, seminarios, sesiones de capacitación o conferencias, según se describe en el párrafo (3) del inciso (d) de la Sección 4996.23, el contacto directo con el supervisor se realizará de la siguiente manera:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(1) La supervisión incluirá al menos una hora de contacto directo con el supervisor cada semana por la cual se acredite experiencia en cada entorno de trabajo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(2) Un asociado que adquiera experiencia y que realice más de 10 horas de asesoramiento clínico directo en una semana en cualquier entorno, recibirá al menos una hora adicional de contacto directo con el supervisor para ese entorno.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b) Para los fines de este capítulo, «una hora de contacto directo con el supervisor» significa cualquiera de los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1) Supervisión individual, lo que significa una hora de contacto cara a cara entre un supervisor y una persona que recibe supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2) Supervisión triádica, lo que significa una hora de contacto cara a cara entre un supervisor y dos personas que reciben supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(3) Supervisión grupal, lo que significa dos horas de contacto cara a cara entre un supervisor y no más de ocho personas que reciben supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental. Los segmentos de supervisión grupal podrán dividirse en no menos de una hora continua. Un supervisor deberá asegurar que la cantidad y el grado de supervisión sean apropiados para cada persona del grupo.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c) El contacto directo con el supervisor deberá ocurrir dentro de la misma semana en que se reclaman las horas.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d) De las 104 semanas de supervisión requerida, 52 semanas serán de supervisión individual, supervisión triádica o una combinación de ambas.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(e) De las 52 semanas de supervisión individual o triádica requerida, no menos de 13 semanas deberán ser supervisadas por un trabajador social clínico licenciado.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(f) Se podrá organizar una supervisión alternativa durante las vacaciones o la licencia por enfermedad de un supervisor si la supervisión alternativa cumple con los requisitos de este capítulo.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(g) No obstante lo dispuesto en el inciso (b), un supervisado que trabaje en un entorno exento descrito en la Sección 4996.14 podrá obtener el contacto directo semanal con el supervisor requerido a través de videoconferencia bidireccional y en tiempo real. El supervisor será responsable de asegurar el cumplimiento de las leyes estatales y federales relativas a la confidencialidad de la información de salud del paciente.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(h) No obstante cualquier otra ley, una vez que se haya obtenido el número requerido de horas de experiencia, un trabajador social clínico asociado o solicitante de licencia recibirá un mínimo de una hora de contacto directo con el supervisor por semana por cada entorno de práctica en el que se realice asesoramiento clínico directo. Una vez que se haya obtenido el número requerido de horas de experiencia, la supervisión adicional para la práctica no clínica, según se describe en el párrafo (3) del inciso (d) de la Sección 4996.23, quedará a discreción del supervisor.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(i) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Section § 4996.23

Explanation

Si estás en formación para ser trabajador social clínico con licencia en California, debes trabajar como empleado o voluntario, no como contratista independiente. Necesitas guardar pruebas de tu trabajo, como formularios W-2 si recibes un salario, o una carta de verificación si eres voluntario. Antes de trabajar en una práctica privada, debes estar oficialmente registrado. El lugar donde adquieras experiencia debe ofrecer regularmente servicios de trabajo social o salud mental y asegurarse de que tu trabajo sea supervisado adecuadamente. No puedes contar la experiencia que implique conflictos de intereses, como trabajar con familiares. Si te reembolsan gastos o recibes ayuda financiera para fomentar la diversidad en la profesión, se te considera un empleado. No se te permite recibir pagos directamente de los clientes. Además, se recomienda, aunque no es obligatorio, buscar consejería durante tu formación, y se permite prestar servicios a través de telesalud.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a) Un trabajador social clínico asociado o solicitante de licencia solo deberá prestar servicios de salud mental y relacionados como empleado o como voluntario, no como contratista independiente. Los requisitos de este capítulo relativos a las horas de experiencia y supervisión se aplicarán por igual a empleados y voluntarios. Un asociado o solicitante de licencia no deberá prestar ningún servicio ni adquirir experiencia dentro del ámbito de práctica de la profesión, según se define en la Sección 4996.9, como contratista independiente. Si bien un asociado puede ser un empleado remunerado o un voluntario, se alienta a los empleadores a proporcionar una remuneración justa.
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(1) Si es empleado, un asociado deberá proporcionar a la junta, al solicitar la licencia, copias de los formularios de impuestos W-2 correspondientes por cada año de experiencia reclamado.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a)(2) Si es voluntario, un asociado deberá proporcionar a la junta, al solicitar la licencia, una carta de su empleador que verifique el estatus del asociado como voluntario durante las fechas en que se adquirió la experiencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b) El empleo en una práctica privada o corporación profesional no deberá comenzar hasta que el solicitante haya sido registrado como trabajador social clínico asociado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c) La experiencia solo deberá adquirirse en un entorno que cumpla con los dos requisitos siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c)(1) Proporcione legal y regularmente trabajo social clínico, consejería de salud mental o psicoterapia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c)(2) Proporcione supervisión para asegurar que el trabajo del asociado en dicho entorno cumpla con los requisitos de experiencia y supervisión establecidos en este capítulo y esté dentro del ámbito de práctica de la profesión según se define en la Sección 4996.9.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d) Solo la experiencia adquirida en el puesto para el cual el trabajador social clínico asociado es voluntario o está empleado calificará como experiencia supervisada.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(e) Cualquier experiencia obtenida bajo la supervisión de un cónyuge o pariente consanguíneo o por matrimonio no se acreditará para las horas requeridas de experiencia supervisada. Cualquier experiencia obtenida bajo la supervisión de un supervisor con quien el solicitante haya tenido o tenga actualmente una relación personal, profesional o comercial que socave la autoridad o la eficacia de la supervisión no se acreditará para las horas requeridas de experiencia supervisada.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(f) Un trabajador social clínico asociado o solicitante de licencia que preste servicios voluntarios en cualquier entorno laboral legal y que solo reciba reembolso por gastos realmente incurridos se considerará un empleado. La junta podrá auditar a un solicitante de licencia que reciba reembolso por gastos y el solicitante tendrá la carga de demostrar que los pagos recibidos fueron para el reembolso de gastos realmente incurridos.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(g) Un trabajador social clínico asociado o solicitante de licencia que reciba un estipendio o reembolso de préstamo educativo de un programa diseñado para alentar a grupos demográficamente subrepresentados a ingresar a la profesión o para mejorar el reclutamiento y la retención en regiones o entornos desatendidos se considerará un empleado. La junta podrá auditar a un solicitante que reciba un estipendio o reembolso de préstamo educativo y el solicitante tendrá la carga de demostrar que los pagos recibidos fueron para los fines especificados.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(h) Un asociado o solicitante de licencia no deberá recibir ninguna remuneración de pacientes o clientes y solo deberá ser pagado por su empleador, si es un empleado.
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(i) Un asociado o solicitante de licencia no deberá tener ningún interés de propiedad en el negocio de su empleador y no deberá arrendar o alquilar espacio, pagar mobiliario, equipo o suministros, ni de ninguna otra manera pagar las obligaciones de su empleador.
(j)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(j) Un asociado puede prestar servicios a través de telesalud que estén dentro del ámbito de práctica según lo establecido en este capítulo.
(k)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(k) Cada institución educativa que prepare a los solicitantes de conformidad con este capítulo deberá considerar exigir, y deberá alentar, a sus estudiantes a someterse a consejería o psicoterapia individual, matrimonial, conjunta, familiar o grupal, según corresponda. Cada supervisor deberá considerar, aconsejar y alentar a sus supervisados con respecto a la conveniencia de emprender consejería o psicoterapia individual, matrimonial, conjunta, familiar o grupal, según corresponda. En la medida en que se considere apropiado y sea deseado por el solicitante, se alienta a las instituciones educativas y a los supervisores a ayudar al solicitante a localizar consejería o psicoterapia a un costo razonable.

Section § 4996.23

Explanation

Si eres un trabajador social clínico asociado o estás buscando obtener tu licencia, solo puedes realizar tu trabajo en los lugares que tu empleador te permita. Si trabajas en una consulta privada, tu supervisor también debe ser empleado, contratado o ser propietario de esa consulta. Deben proporcionar servicios de terapia o tener un acuerdo con tu empleador para acceder a tus expedientes clínicos, siempre y cuando los clientes lo aprueben. Los supervisores no pueden supervisar a más de seis aprendices a la vez si aún no tienen la licencia completa. Si tu supervisor no es empleado directo de tu empleador, debe haber un acuerdo por escrito para asegurar que todo esté en regla, incluyendo la verificación de los lugares donde trabajarás.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(a) Un trabajador social clínico asociado o un solicitante de licencia solo podrá prestar servicios de salud mental y servicios relacionados en los lugares donde su empleador permita la realización de actividades profesionales.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b) Un asociado que esté empleado por, o preste servicios voluntarios en, una consulta privada o una corporación profesional deberá ser supervisado por una persona que cumpla con ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(1) Está empleado por o contratado por el empleador del asociado o es propietario de la consulta privada o corporación profesional.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2) O bien presta servicios psicoterapéuticos a clientes para el empleador del asociado, o cumple con ambas de las siguientes condiciones:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2)(A) El supervisor y el empleador del asociado tienen un contrato por escrito que otorga al supervisor el mismo acceso a los expedientes clínicos del asociado que se proporciona a los empleados de dicho empleador.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(b)(2)(B) Los clientes del asociado autorizan la divulgación de sus expedientes clínicos al supervisor.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(c) En cualquier momento dado, los supervisores en entornos no exentos no podrán actuar como supervisores individuales o triádicos para más de un total de seis personas que no estén completamente licenciadas al nivel más alto para la práctica clínica independiente y que estén recibiendo supervisión para la prestación de servicios clínicos de salud mental en un entorno no exento.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.23(d) Un acuerdo de supervisión por escrito, según lo especificado por la junta mediante reglamento, deberá formalizarse entre el supervisor y el empleador cuando el supervisor no esté empleado por el empleador del supervisado o sea un voluntario. El supervisor deberá evaluar el sitio o los sitios donde el supervisado adquirirá experiencia para determinar que el sitio o los sitios cumplen con los requisitos de este capítulo.

Section § 4996.25

Explanation

Si quieres ser trabajador social clínico con licencia en California y empezaste tus estudios de posgrado después del 1 de enero de 2004, necesitarás al menos 10 horas de cursos sobre envejecimiento y cuidados a largo plazo para obtener tu licencia. Esto incluye saber cómo evaluar y denunciar el abuso y la negligencia de personas mayores y adultos dependientes, un requisito que entró en vigor en 2012. Es posible que puedas convalidar estos cursos si los hiciste como parte de otros requisitos de estudio, pero la decisión final la tiene la junta. Para demostrar que has cumplido con este requisito, necesitas un certificado de tu institución educativa. La junta no te otorgará la licencia hasta que hayas cumplido con este requisito.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.25(a) Cualquier solicitante de licencia como trabajador social clínico con licencia que haya comenzado sus estudios de posgrado a partir del 1 de enero de 2004, deberá completar, como condición para la obtención de la licencia, un mínimo de 10 horas de contacto de cursos sobre envejecimiento y cuidados a largo plazo, lo que podría incluir, entre otros, los aspectos biológicos, sociales y psicológicos del envejecimiento. A partir del 1 de enero de 2012, estos cursos deberán incluir instrucción sobre la evaluación y denuncia de, así como el tratamiento relacionado con, el abuso y la negligencia de personas mayores y adultos dependientes.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.25(b) Los cursos tomados en cumplimiento de otros requisitos educativos para la obtención de la licencia conforme a este capítulo, o en un curso de estudio separado, podrán, a discreción de la junta, cumplir con los requisitos de esta sección.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.25(c) Para satisfacer el requisito de los cursos de esta sección, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación del director académico principal de la institución educativa de la que se graduó el solicitante, indicando que los cursos requeridos por esta sección están incluidos en el plan de estudios obligatorio de la institución para la graduación, o dentro de los cursos que fueron completados por el solicitante.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.25(d) La junta no expedirá una licencia al solicitante hasta que este haya cumplido con los requisitos de esta sección.

Section § 4996.26

Explanation

Si usted comenzó sus estudios de posgrado antes del 1 de enero de 2004 y tiene una licencia relevante, debe tomar un curso de tres horas sobre el envejecimiento y el cuidado a largo plazo durante su primer período de renovación de licencia después de que esta ley entró en vigor. Debe presentar a la junta una prueba de que completó el curso. El curso debe cubrir los aspectos biológicos, sociales y psicológicos del envejecimiento y, a partir del 1 de enero de 2012, debe incluir capacitación sobre el abuso y la negligencia de personas mayores y adultos dependientes. Si ya completó cursos similares o tiene experiencia relevante antes de esta ley, es posible que se le reconozca. La junta no renovará su licencia hasta que cumpla con estos requisitos, y este curso cuenta para las 36 horas de educación continua requeridas. Esta norma entró en vigor el 1 de enero de 2005.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(a) Un titular de una licencia que comenzó sus estudios de posgrado antes del 1 de enero de 2004, deberá completar un curso de educación continua de tres horas sobre envejecimiento y cuidado a largo plazo durante su primer período de renovación posterior a la fecha de entrada en vigor de esta sección, y deberá presentar a la junta pruebas aceptables para la junta de la finalización satisfactoria del curso por parte de la persona.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(b) El curso incluirá, entre otros, los aspectos biológicos, sociales y psicológicos del envejecimiento. A partir del 1 de enero de 2012, este curso deberá incluir instrucción sobre la evaluación y denuncia de, así como el tratamiento relacionado con, el abuso y la negligencia de personas mayores y adultos dependientes.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(c) Cualquier persona que busque cumplir con los requisitos de la subdivisión (a) de esta sección podrá presentar a la junta un certificado que acredite la finalización de cursos equivalentes sobre envejecimiento y cuidado a largo plazo tomados antes de la fecha de entrada en vigor de esta sección, o prueba de experiencia docente o práctica equivalente. La junta, a su discreción, podrá aceptar dicha certificación como cumplimiento de los requisitos de esta sección.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(d) La junta no podrá renovar la licencia de un solicitante hasta que este haya cumplido con los requisitos de esta sección.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(e) Los cursos de educación continua tomados de conformidad con esta sección se aplicarán a las 36 horas de educación continua aprobada requeridas en la Sección 4996.22.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.26(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2005.

Section § 4996.27

Explanation

Si solicitas convertirte en trabajador social clínico con licencia a partir del 1 de enero de 2021, debes completar al menos seis horas de capacitación en evaluación e intervención del riesgo de suicidio. Puedes cumplir este requisito a través de tu programa de posgrado, durante la experiencia laboral supervisada o tomando un curso de educación continua. Los titulares de licencias actuales también deben cumplir este requisito la primera vez que renueven su licencia después del 1 de enero de 2021. Debes certificar que has completado la capacitación y guardar la prueba, en caso de que la junta la solicite.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a) A partir del 1 de enero de 2021, un solicitante de licencia como trabajador social clínico deberá demostrar, como parte de la solicitud, que ha completado un mínimo de seis horas de cursos o experiencia aplicada bajo supervisión en evaluación e intervención del riesgo de suicidio. Este requisito deberá cumplirse de una de las siguientes maneras:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a)(1) Obtenido como parte de su programa de posgrado que califica. Para cumplir con este requisito, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación por escrito del registrador o director de capacitación de la institución o programa educativo del cual se graduó el solicitante, indicando que los cursos requeridos por esta sección están incluidos en el plan de estudios de la institución requerido para la graduación en el momento en que el solicitante se graduó, o dentro de los cursos que fueron completados por el solicitante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a)(2) Obtenido como parte de su experiencia aplicada. La experiencia aplicada puede cumplirse en cualquiera de los siguientes entornos: prácticas o asociación que cumpla con los requisitos de este capítulo, una colocación postdoctoral formal que cumpla con los requisitos de la Sección 2911, u otra experiencia supervisada que califique. Para cumplir con este requisito, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación por escrito del director de capacitación del programa o del supervisor principal donde se haya realizado la experiencia que califica, indicando que la capacitación requerida por esta sección está incluida dentro de la experiencia aplicada.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a)(3) Tomando un curso de educación continua que cumpla con los requisitos de la Sección 4996.22. Para cumplir con este requisito, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación de finalización.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(b) Como requisito único, un titular de licencia antes de la fecha de su primera renovación después del 1 de enero de 2021, o un solicitante de reactivación o restablecimiento a un estado de licencia activa a partir del 1 de enero de 2021, deberá haber completado un mínimo de seis horas de cursos o experiencia aplicada bajo supervisión en evaluación e intervención del riesgo de suicidio, utilizando uno de los métodos especificados en el inciso (a). La prueba de cumplimiento con esta sección deberá certificarse bajo pena de perjurio de que se cumple con esta sección y deberá conservarse para su presentación a la junta cuando se solicite.

Section § 4996.27

Explanation

Si desea obtener una licencia como trabajador social clínico después del 1 de julio de 2023 en California, deberá demostrar que ha completado al menos tres horas de capacitación en la prestación de servicios de salud mental a través de telesalud. Esta capacitación debe incluir información sobre las leyes y la ética relacionadas con la telesalud y puede ser parte de su título de posgrado o de un curso de educación continua. Los titulares de licencias existentes también deben completar esta capacitación antes de su primera renovación de licencia después del 1 de julio de 2023. Debe conservar la prueba de esta capacitación y certificar que la ha realizado honestamente, en caso de que la junta solicite verla.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a) A partir del 1 de julio de 2023, un solicitante de licencia como trabajador social clínico deberá demostrar, como parte de la solicitud, que ha completado un mínimo de tres horas de capacitación o cursos en la prestación de servicios de salud mental a través de telesalud, lo cual deberá incluir leyes y ética relacionadas con la telesalud. Este requisito deberá cumplirse de una de las siguientes maneras:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a)(1) Obtenido como parte de su programa de posgrado que califica. Para satisfacer este requisito, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación por escrito del registrador o director de capacitación de la institución o programa educativo del cual se graduó el solicitante, indicando que los cursos requeridos por esta sección están incluidos en el plan de estudios de la institución requerido para la graduación en el momento en que el solicitante se graduó, o dentro de los cursos que fueron completados por el solicitante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(a)(2) Obtenido al completar un curso de educación continua que cumpla con los requisitos de la Sección 4996.22. Para satisfacer este requisito, el solicitante deberá presentar a la junta una certificación de finalización.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(b) Como requisito único, un titular de licencia antes del momento de su primera renovación después del 1 de julio de 2023, o un solicitante de reactivación o restablecimiento a un estado de licencia activa a partir del 1 de julio de 2023, deberá haber completado un mínimo de tres horas de capacitación o cursos en la prestación de servicios de salud mental a través de telesalud, lo cual deberá incluir leyes y ética relacionadas con la telesalud, utilizando uno de los métodos especificados en el inciso (a)
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.27(c) La prueba de cumplimiento con el inciso (b) deberá certificarse bajo pena de perjurio de que se cumple con esta sección y deberá conservarse para su presentación a la junta si se solicita.

Section § 4996.28

Explanation

Si estás registrado como trabajador social clínico asociado en California, tu registro caduca en un año. Para mantenerlo activo, debes llenar un formulario de renovación, pagar una tarifa, informar sobre cualquier problema legal o disciplinario, tomar un examen de leyes y ética anualmente y confirmar que has completado la educación requerida. Incluso si caduca, puedes renovarlo siguiendo los mismos pasos. Sin embargo, solo puedes renovarlo cinco veces. Después de seis años, si quieres continuar, necesitarás un nuevo número de registro, aprobar el examen de ética de nuevo, y recuerda, no puedes trabajar de forma privada con este nuevo número.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a) La inscripción como trabajador social clínico asociado caducará un año a partir del último día del mes en que fue emitida. Para renovar una inscripción, el inscrito deberá, en o antes de la fecha de vencimiento de la inscripción, completar todas las siguientes acciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a)(1) Solicitar la renovación en un formulario prescrito por la junta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a)(2) Pagar una tarifa de renovación prescrita por la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a)(3) Notificar a la junta si han sido condenados, según se define en la Sección 490, por un delito menor o grave, y si alguna junta reguladora o de licencias en este o cualquier otro estado ha tomado alguna medida disciplinaria, después de la última renovación de la inscripción.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a)(4) Participar en el examen de leyes y ética de California conforme a la Sección 4992.09 cada año hasta la finalización exitosa de este examen.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(a)(5) Certificar bajo pena de perjurio su cumplimiento con los requisitos de educación continua establecidos en la Sección 4996.22.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(b) Una inscripción vencida puede renovarse completando todas las acciones descritas en los párrafos (1) a (5), ambos inclusive, de la subdivisión (a).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.28(c) Una inscripción como trabajador social clínico asociado puede renovarse un máximo de cinco veces. Ninguna inscripción se renovará o restablecerá más allá de seis años a partir del último día del mes en que se emitió la inscripción, independientemente de si la inscripción ha sido revocada. Cuando no sean posibles más renovaciones, un solicitante puede solicitar y obtener un número de inscripción posterior de trabajador social clínico asociado si el solicitante cumple con todos los requisitos de inscripción vigentes en el momento de su solicitud de un número de inscripción posterior de trabajador social clínico asociado y ha aprobado el examen de leyes y ética de California conforme a la Sección 4992.09. Un solicitante al que se le emita un número de inscripción de asociado posterior conforme a esta subdivisión no podrá ser empleado ni voluntario en una práctica privada.

Section § 4996.3

Explanation

Esta ley detalla las diversas tarifas relacionadas con la obtención y el mantenimiento de una licencia para trabajadores sociales clínicos en California. Se especifican las tarifas de solicitud inicial, las tarifas de examen y las tarifas de renovación, y algunos cargos pueden tener un rango potencial si se regulan al alza. Por ejemplo, solicitar el registro como trabajador social clínico asociado cuesta $150, y las tarifas de examen de licencia pueden alcanzar los $250 o más, dependiendo de los costos reales incurridos por la junta. Además, hay tarifas por la emisión y renovación de licencias, el reemplazo de documentos y la obtención de un certificado de buena reputación. Todas las tarifas pueden ajustarse dentro de los límites establecidos para cubrir los gastos de la junta.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a) La junta cobrará las siguientes tarifas relacionadas con el otorgamiento de licencias a los trabajadores sociales clínicos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(1) La tarifa de solicitud para el registro como trabajador social clínico asociado será de ciento cincuenta dólares ($150). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de trescientos dólares ($300).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(2) La tarifa para la renovación anual de un registro de trabajador social clínico asociado será de ciento cincuenta dólares ($150). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de trescientos dólares ($300).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(3) La tarifa para la solicitud de licencia será de doscientos cincuenta dólares ($250). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de quinientos dólares ($500).
(4)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(4)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(4)(A) (i) La tarifa para el examen clínico administrado por la junta, si la junta decide adoptar este examen en los reglamentos, será de doscientos cincuenta dólares ($250). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de quinientos dólares ($500).
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(4)(A)(ii) La tarifa para el examen de leyes y ética de California será de ciento cincuenta dólares ($150). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de trescientos dólares ($300).
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(4)(A)(B) Un solicitante que no se presente a un examen, después de haber sido programado para tomarlo, perderá las tarifas del examen.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(4)(A)(C) El monto de las tarifas de examen se basará en el costo real para la junta de desarrollar, adquirir y calificar cada examen y el costo real para la junta de administrar cada examen. Las tarifas de los exámenes escritos se ajustarán periódicamente mediante reglamento para reflejar los costos reales incurridos por la junta.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(5) La tarifa para el recálculo de la puntuación de un examen será de veinte dólares ($20).
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(6) La tarifa para la emisión de una licencia inicial será de doscientos dólares ($200). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de cuatrocientos dólares ($400).
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(7) La tarifa para la renovación de la licencia por dos años será de doscientos dólares ($200). La junta podrá adoptar reglamentos para establecer la tarifa en un monto mayor, hasta un máximo de cuatrocientos dólares ($400).
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(8) La tarifa por mora en la renovación será la mitad de la tarifa de renovación de la licencia. Una persona que permita que su licencia caduque estará sujeta a la tarifa por mora.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(9) La tarifa para la emisión de un registro, licencia o certificado de reemplazo será de veinte dólares ($20).
(10)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(10) La tarifa para la emisión de un certificado o carta de buena reputación será de veinticinco dólares ($25).
(11)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(a)(11) La tarifa para la emisión de una licencia de jubilado será de cuarenta dólares ($40).
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.3(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2021.

Section § 4996.4

Explanation

Si repruebas el examen clínico, tienes un año desde que te notifican para volver a tomarlo cuando se ofrezca, siempre y cuando pagues la tasa del examen. Después de ese año, tendrás que empezar de nuevo con una nueva solicitud y cumplir con todos los requisitos actuales.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.4(a) A partir del 1 de enero de 2016, un solicitante que repruebe el examen clínico podrá, dentro de un año a partir de la fecha de notificación de la reprobación, volver a tomar dicho examen según el calendario regular, sin necesidad de una nueva solicitud, previo pago de las tasas de examen requeridas. Posteriormente, el solicitante no será elegible para exámenes adicionales hasta que presente una nueva solicitud, cumpla con todos los requisitos actuales y pague todas las tasas requeridas.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.4(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Section § 4996.5

Explanation

Esta ley establece que, una vez que alguien cumple con los requisitos necesarios, la junta le otorgará una licencia para ejercer el trabajo social clínico. Mientras sigan pagando las tarifas de renovación, podrán llamarse a sí mismos trabajadores sociales clínicos licenciados y desempeñar todas las funciones relacionadas. El diseño exacto de la licencia lo decide el director.

La junta expedirá una licencia a cada solicitante que cumpla con los requisitos de este artículo. Dicha licencia, siempre y cuando se hayan pagado las tarifas de renovación, autoriza al titular a ejercer la práctica del trabajo social clínico según se define en la Sección 4996.9, le otorga el derecho a usar el título de trabajador social clínico licenciado y lo autoriza a presentarse como calificado para desempeñar cualquiera de las funciones delineadas por este capítulo. La forma y el contenido de la licencia serán determinados por el director de conformidad con la Sección 164.

Section § 4996.6

Explanation

Esta ley trata sobre la renovación de licencias profesionales bajo un capítulo específico. Las licencias caducan hasta 24 meses después de su emisión. Para renovar, debe completar un formulario de renovación, pagar una tarifa, cumplir con la educación continua y reportar cualquier condena penal o acción disciplinaria. Si una licencia caduca, puede renovarla dentro de los tres años cumpliendo estos requisitos y pagando una tarifa por retraso. Después de tres años sin renovar, no puede simplemente renovarla, pero puede solicitar una nueva licencia si cumple varias condiciones, como aprobar exámenes y pagar tarifas.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(a) Las licencias expedidas conforme a este capítulo caducarán no más de 24 meses después de la fecha de expedición. La fecha de caducidad de la licencia original será establecida por la junta.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(b) Para renovar una licencia no caducada, el titular de la licencia deberá, en o antes de la fecha de caducidad de la licencia, completar las siguientes acciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(b)(1) Solicitar una renovación en un formulario prescrito por la junta.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(b)(2) Pagar una tarifa de renovación de dos años prescrita por la junta.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(b)(3) Certificar el cumplimiento de los requisitos de educación continua establecidos en la Sección 4996.22.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(b)(4) Notificar a la junta si ha sido condenado, según se define en la Sección 490, por un delito menor o grave, o si alguna junta reguladora o de licencias en este o cualquier otro estado ha tomado alguna medida disciplinaria, con posterioridad a la última renovación del titular de la licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(c) Para renovar una licencia caducada dentro de los tres años siguientes a su caducidad, el titular de la licencia deberá, como condición previa a la renovación, completar todas las acciones descritas en el apartado (b) y pagar una tarifa por mora.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d) Una licencia que no se renueve dentro de los tres años siguientes a su caducidad no podrá ser renovada, restaurada, rehabilitada o reexpedida posteriormente; sin embargo, el antiguo titular de la licencia podrá solicitar y obtener una nueva licencia si cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d)(1) No existe ningún hecho, circunstancia o condición que, si se expidiera la licencia, justificaría su revocación o suspensión.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d)(2) Presenta una solicitud de licencia.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d)(3) Realiza y aprueba los exámenes de licencia actuales.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d)(4) Presenta las tarifas de solicitud de licencia y la tarifa por la expedición inicial de la licencia.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.6(d)(5) Cumple con los requisitos de huellas dactilares establecidos por la reglamentación de la junta.

Section § 4996.61

Explanation

Si su licencia profesional está suspendida, aún debe renovarla como de costumbre, pero renovarla no significa que pueda volver a trabajar. Debe esperar hasta que la suspensión se levante oficialmente antes de poder volver a ejercer la profesión que su licencia cubre.

Una licencia suspendida está sujeta a vencimiento y deberá renovarse según lo dispuesto en este artículo, pero dicha renovación no faculta al titular de la licencia, mientras la licencia permanezca suspendida y hasta que sea rehabilitada, a ejercer la actividad a la que se refiere la licencia, o a realizar cualquier otra actividad o conducta en violación de la orden o sentencia por la cual fue suspendida.

Section § 4996.62

Explanation

Si su licencia profesional ha sido revocada y caduca, no puede renovarla. Sin embargo, si logra rehabilitarla después de que caducó, debe pagar una tarifa para rehabilitarla. Esta tarifa incluye la tarifa de renovación que estaba vigente cuando la licencia fue renovada por última vez de forma regular, más cualquier tarifa por atraso que se adeudara en el momento en que fue revocada.

Una licencia revocada está sujeta a caducidad según lo dispuesto en este artículo, pero no puede ser renovada. Si es rehabilitada después de su caducidad, el titular de la licencia deberá, como condición previa a su rehabilitación, pagar una tarifa de rehabilitación por un monto igual a la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular antes de la fecha en que sea rehabilitada, más la tarifa por mora, si la hubiera, acumulada en el momento de su revocación.

Section § 4996.65

Explanation

Al renovar una licencia cada dos años, hay una tarifa adicional de $20. Esta tarifa se envía al Fondo de Educación para Profesionales de la Salud Mental, a partir del 1 de julio de 2018.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.65(a) Además de las tarifas cobradas conforme a la Sección 4996.3 para la renovación bienal de una licencia conforme a la Sección 4996.6, la junta cobrará una tarifa adicional de veinte dólares ($20) al momento de la renovación. La junta transferirá esta cantidad al Contralor, quien depositará los fondos en el Fondo de Educación para Profesionales de la Salud Mental.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.65(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2018.

Section § 4996.7

Explanation
Si eres un profesional con licencia que ofrece servicios clínicos en persona, debes exhibir tu licencia en un lugar visible en tu consultorio principal donde trabajas.

Section § 4996.75

Explanation

Antes de iniciar los servicios de psicoterapia, los terapeutas en California deben entregar a sus clientes un aviso escrito sobre cómo contactar a la Junta de Ciencias del Comportamiento para presentar quejas. Este aviso debe ser fácil de leer y, a partir del 1 de julio de 2025, también deberá incluir el nombre completo del terapeuta, el número de licencia, el tipo de licencia y su fecha de vencimiento. Es importante mantener un registro de que este aviso fue entregado al cliente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.75(a) Un licenciatario o registrado deberá proporcionar a un cliente un aviso escrito en letra de al menos 12 puntos antes de iniciar los servicios de psicoterapia, o tan pronto como sea prácticamente posible después, que diga lo siguiente:
AVISO A LOS CLIENTES
La Junta de Ciencias del Comportamiento recibe y responde a las quejas relacionadas con los servicios prestados dentro del ámbito de práctica de los trabajadores sociales clínicos. Puede ponerse en contacto con la junta en línea en www.bbs.ca.gov, o llamando al (916) 574-7830.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.75(b) A partir del 1 de julio de 2025, al iniciar los servicios de psicoterapia con un cliente, el aviso descrito en el apartado (a) también deberá incluir el nombre completo del licenciatario o registrado tal como figura en los archivos de la junta, el número de licencia o registro, el tipo de licencia o registro, y la fecha de vencimiento de la licencia o registro.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4996.75(c) La entrega al cliente del aviso requerido por esta sección deberá documentarse.

Section § 4996.9

Explanation

Esta ley define lo que implica el trabajo social clínico. Lo describe como el uso de conocimientos especializados sobre recursos sociales y comportamiento humano para ayudar a las personas a lograr mejores ajustes sociales. Esto incluye asesoramiento, psicoterapia no médica, provisión de servicios sociales, información y referencias, y ayuda a las comunidades a mejorar sus servicios. También implica investigación e integración de experiencias educativas relevantes. La psicoterapia, en este contexto, se trata de usar estos métodos para ayudar a individuos, grupos y comunidades a adaptarse y mejorar su salud mental y emocional.

La práctica del trabajo social clínico se define como un servicio en el que un conocimiento especial de los recursos sociales, las capacidades humanas y el papel que la motivación inconsciente desempeña en la determinación del comportamiento, se dirige a ayudar a las personas a lograr ajustes sociales más adecuados, satisfactorios y productivos. La aplicación de los principios y métodos del trabajo social incluye, pero no se limita a, el asesoramiento y el uso de psicoterapia aplicada de naturaleza no médica con individuos, familias o grupos; la provisión de servicios de información y referencia; la provisión o la organización para la provisión de servicios sociales; la explicación o interpretación de los aspectos psicosociales en las situaciones de individuos, familias o grupos; la ayuda a las comunidades para organizarse, proveer o mejorar los servicios sociales o de salud; la realización de investigaciones relacionadas con el trabajo social; y el uso, aplicación e integración de los cursos y la experiencia requeridos por las Secciones 4996.2 y 4996.23.
La psicoterapia, en el sentido de este capítulo, es el uso de métodos psicosociales dentro de una relación profesional, para ayudar a la persona o personas a lograr una mejor adaptación psicosocial, a adquirir una mayor realización humana del potencial y la adaptación psicosociales, y a modificar las condiciones internas y externas que afectan a individuos, grupos o comunidades con respecto al comportamiento, las emociones y el pensamiento, en lo que respecta a sus procesos intrapersonales e interpersonales.

Section § 4997

Explanation

Esta sección explica cómo un trabajador social clínico con licencia en California puede solicitar cambiar su licencia a estado inactivo y las condiciones que se aplican. Si la licencia está inactiva, no pueden ejercer y deben pagar la mitad de la tarifa de renovación habitual, pero no necesitan completar educación continua. Para reactivar la licencia, deben pagar el resto de la tarifa de renovación y cumplir con requisitos específicos de educación continua, dependiendo de cuándo quieran volver al estado activo.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(a) Un titular de licencia puede solicitar a la junta que su licencia sea puesta en estado inactivo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(b) Un titular de licencia en estado inactivo estará sujeto a este capítulo y no podrá ejercer la práctica del trabajo social clínico en este estado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(c) Un titular de licencia que posee una licencia inactiva pagará una tarifa bienal por el monto de la mitad de la tarifa de renovación estándar y estará exento de los requisitos de educación continua.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(d) Un titular de licencia en estado inactivo que no haya cometido un acto o delito que constituya motivo para la denegación de la licencia podrá, previa solicitud, restaurar su licencia para ejercer el trabajo social clínico a estado activo.
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(d)(1) Un titular de licencia que solicite que su licencia sea restaurada a estado activo entre ciclos de renovación pagará la mitad restante de su tarifa de renovación.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(d)(2) Un titular de licencia que solicite restaurar su licencia a estado activo cuya licencia expire en menos de un año a partir de la fecha de la solicitud deberá completar 18 horas de educación continua según lo especificado en la Sección 4996.22.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997(d)(3) Un titular de licencia que solicite restaurar su licencia a estado activo cuya licencia expire en más de un año a partir de la fecha de la solicitud deberá completar 36 horas de educación continua según lo especificado en la Sección 4996.22.

Section § 4997.1

Explanation

Si eres un trabajador social clínico con licencia en California, puedes solicitar una licencia de jubilado si tu licencia actual está activa o inactiva, pero no está restringida o suspendida. Una licencia de jubilado significa que no puedes ejercer como trabajador social clínico. No necesitas renovar esta licencia, pero puedes solicitar reactivarla. Si deseas volver al estado activo dentro de los tres años de haber obtenido la licencia de jubilado, no debes haber cometido ninguna infracción que te descalifique, pagar una tarifa de renovación, completar cierta educación continua y presentar tus huellas dactilares. Si tu licencia de jubilado tiene menos de un año, necesitas 18 horas de educación; si tiene más de un año, necesitas 36 horas. Si la licencia de jubilado tiene tres o más años, también debes volver a solicitarla, pagar tarifas, aprobar exámenes y cumplir con los requisitos de huellas dactilares.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(a) La junta expedirá, previa solicitud y pago de la tarifa fijada por este capítulo, una licencia de jubilado a un trabajador social clínico con licencia que posea una licencia vigente y activa o una licencia inactiva, y cuya licencia no esté suspendida, revocada o restringida punitivamente de otro modo por la junta o sujeta a acción disciplinaria conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(b) El titular de una licencia de jubilado expedida de conformidad con esta sección no podrá ejercer ninguna actividad para la cual se requiera una licencia activa de trabajador social clínico.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(c) El titular de una licencia de jubilado no estará obligado a renovar dicha licencia.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(d) El titular de una licencia de jubilado podrá solicitar la restauración a estado activo de su licencia para ejercer el trabajo social clínico si dicha licencia de jubilado fue expedida menos de tres años antes de la fecha de la solicitud, y el solicitante cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(d)(1) No haber cometido un acto o delito que constituya motivo para la denegación de la licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(d)(2) Pagar la tarifa de renovación requerida.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(d)(3) Completar la educación continua requerida según lo especificado en la Sección 4996.22.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(d)(4) Cumplir con los requisitos de presentación de huellas dactilares establecidos por la junta en la reglamentación.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(e) Un solicitante que pida restaurar su licencia de conformidad con el apartado (d), cuya licencia fue expedida de conformidad con esta sección menos de un año antes de la fecha de la solicitud, deberá completar 18 horas de educación continua según lo especificado en la Sección 4996.22.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(f) Un solicitante que pida restaurar su licencia de conformidad con el apartado (d), cuya licencia fue expedida de conformidad con esta sección uno o más años antes de la fecha de la solicitud, deberá completar 36 horas de educación continua según lo especificado en la Sección 4996.22.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(g) El titular de una licencia de jubilado podrá solicitar la restauración a estado activo de su licencia para ejercer el trabajo social clínico si dicha licencia de jubilado fue expedida tres o más años antes de la fecha de la solicitud, y el solicitante cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(g)(1) No haber cometido un acto o delito que constituya motivo para la denegación de la licencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(g)(2) Solicitar la licencia y pagar las tarifas requeridas.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(g)(3) Aprobar los exámenes requeridos para la licencia.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4997.1(g)(4) Cumplir con los requisitos de presentación de huellas dactilares establecidos por la junta en la reglamentación.