(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(a) Salvo que se disponga lo contrario en este capítulo, todos los solicitantes de licencia bajo este capítulo deberán haber completado un programa educativo de atención respiratoria acreditado por la Comisión de Acreditación para la Atención Respiratoria o su sucesora y haber obtenido un título de asociado como mínimo de una institución o universidad acreditada por una agencia o asociación de acreditación regional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), cumplir con las siguientes cualificaciones se considerará equivalente a la educación requerida:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(b)(1) Inscripción en un programa de licenciatura en una institución o universidad
acreditada por una agencia o asociación de acreditación regional reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(b)(2) Finalización de cursos de ciencias, académicos generales y de terapia respiratoria acordes con los requisitos para un título de asociado en el apartado (a).
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(c) Un solicitante cuya solicitud se base en un diploma expedido al solicitante por una escuela extranjera de terapia respiratoria o un certificado o licencia expedido por otro estado, distrito o territorio de los Estados Unidos que no cumpla con los requisitos del apartado (a) o (b), deberá inscribirse en un programa educativo respiratorio aprobado y de nivel avanzado para la evaluación de su educación y formación y presentar pruebas documentales, a satisfacción de la junta, de que cumple con todos los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(c)(1) Posee un
título de asociado o un título de nivel superior equivalente al requerido en el apartado (a) o (b).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(c)(2) Finalización de un programa educativo de terapia respiratoria equivalente al requerido en el apartado (a) o (b).
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(c)(3) Posesión de conocimientos y habilidades para practicar la atención respiratoria de manera competente y segura de acuerdo con los estándares nacionales.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(d) No obstante lo dispuesto en el apartado (c), un solicitante cuya solicitud se base en la educación proporcionada por una institución o universidad canadiense que no cumpla con los requisitos del apartado (a) o (b) deberá presentar pruebas documentales, a satisfacción de la junta, de que cumple con ambos de los siguientes requisitos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(d)(1) Posee un título equivalente al requerido en el apartado (a) o (b).
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(d)(2) Finalización de un programa educativo de terapia respiratoria reconocido por la Junta Canadiense de Atención Respiratoria.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(e) Una escuela deberá conceder al director de un programa de atención respiratoria tiempo libre adecuado para desempeñar sus funciones administrativas de acuerdo con las políticas establecidas de la institución educativa.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(f) La prueba satisfactoria de las cualificaciones educativas deberá presentarse en forma de expedientes académicos certificados del solicitante enviados directamente a la junta desde la institución educativa. Sin embargo, la junta podrá exigir una evaluación de las credenciales educativas por parte de un servicio de evaluación aprobado por la junta.
(g)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(g) A discreción de la junta, podrá eximir de sus requisitos educativos si se presentan pruebas y la junta considera que cumplen con los requisitos educativos actuales que garantizarán la práctica segura y competente de la atención respiratoria. Esta evidencia puede incluir, entre otros:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(g)(1) Experiencia laboral.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(g)(2) Licencia en regla en otro estado.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(g)(3) Licencia en regla previa en el Estado de California.
(h)CA Negocios Y Profesiones Code § 3740(h) Nada de lo dispuesto en esta sección impedirá a la junta desaprobar cualquier escuela de terapia respiratoria, ni denegar al solicitante si la instrucción, incluidas las modalidades y los avances tecnológicos, recibida por el solicitante o los cursos no fueran equivalentes a los requeridos por la junta.