Artes CurativasTerapia Ocupacional
Section § 2570
Section § 2570.1
Section § 2570.10
Si tienes una licencia emitida bajo este capítulo, debes renovarla según lo exija la junta, o caducará. Podrían permitir renovaciones tardías. Además de otros requisitos de renovación, también debes cumplir con los estándares de competencia continua establecidos por la junta para mantener tu licencia. Parte de estos estándares se puede cumplir a través de evaluaciones de competencia como parte de tu plan de desarrollo profesional, pero solo si ayudan a proteger la salud, seguridad y bienestar del público.
Section § 2570.11
Si un terapeuta ocupacional o asistente está en regla y cumple con ciertos criterios, puede solicitar por escrito a la junta que su licencia sea puesta en estado inactivo.
Section § 2570.13
Esta ley explica que los asistentes de terapia ocupacional en California deben trabajar bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional con licencia. Además, cualquier auxiliar que ayude con tareas directamente relacionadas con los clientes debe ser supervisado de forma continua y directa por un terapeuta ocupacional o un asistente de terapia ocupacional.
Section § 2570.14
Si alguien solicita ser terapeuta ocupacional y no ha ejercido en los últimos cinco años, tendrá que presentar una prueba adicional de sus habilidades. Esto puede ser una prueba de haber mantenido sus habilidades profesionales durante los últimos dos años o una prueba de haber aprobado el examen de nivel inicial en los últimos dos años.
Section § 2570.15
Si usted es un terapeuta ocupacional o asistente formado fuera de los EE. UU., necesita aprobar un examen específico para trabajar en este campo. Además, debe haber completado una educación y capacitación similares a las descritas en otra sección de la ley antes de poder presentarse a este examen.
Section § 2570.16
Section § 2570.17
En California, los terapeutas ocupacionales o sus asistentes pueden solicitar una licencia de jubilado pagando una tarifa de $25 si su licencia actual no está suspendida o restringida. Una licencia de jubilado significa que no pueden ejercer como terapeutas activos, pero pueden usar títulos como 'terapeuta ocupacional, jubilado'. No necesitan renovar esta licencia de jubilado, pero si desean volver a trabajar, tendrán que seguir pasos específicos descritos en otra sección.
Section § 2570.18
Esta ley deja claro que solo puedes presentarte como terapeuta ocupacional en California si tienes la licencia adecuada. No puedes usar títulos, abreviaturas o cualquier representación que sugiera que eres terapeuta ocupacional, como O.T. u O.T.D., sin las credenciales correctas. Incluso si has obtenido un título de doctorado en el campo, solo puedes usar títulos como 'Doctor' si cumples con requisitos específicos. Además, los educadores de terapia ocupacional en California también deben tener licencia. Presentarse falsamente como terapeuta ocupacional o asistente es ilegal y se considera una práctica comercial desleal y publicidad engañosa.
Section § 2570.18
Esta ley exige que los terapeutas ocupacionales registren sus evaluaciones, objetivos de tratamiento, planes de tratamiento y un resumen de sus tratamientos en el expediente del cliente. Los asistentes de terapia ocupacional también deben documentar los servicios que prestan. Tanto los terapeutas como los asistentes deben firmar estos documentos de forma clara. Los expedientes del cliente deben conservarse durante al menos siete años después de que el cliente sea dado de alta. Si el cliente era un menor que aún no estaba legalmente emancipado, los expedientes deben conservarse hasta que cumpla los 19 años, pero siempre por un mínimo de siete años.
Section § 2570.19
Esta ley de California crea la Junta de Terapia Ocupacional, que supervisa la práctica de la terapia ocupacional en el estado. La junta está compuesta por tres terapeutas ocupacionales, un asistente de terapia ocupacional y tres miembros públicos. Los miembros son nombrados principalmente por el Gobernador y deben cumplir requisitos específicos, como haber practicado o asistido en terapia ocupacional durante cinco años. La junta se reúne al menos una vez al año en ciudades importantes como Sacramento, Los Ángeles y San Francisco. Los miembros de la junta nombrados cumplen mandatos escalonados y pueden ser destituidos por mala conducta. Esta ley estará vigente hasta el 1 de enero de 2027.
Section § 2570.19
Esta ley significa que, debido a la derogación de la Sección 2570.19, la junta que esta sección estableció ahora será supervisada y revisada por ciertas comisiones de política dentro de la legislatura estatal. En esencia, la legislatura vigilará y evaluará las actividades de la junta.
Section § 2570.2
Esta ley define términos clave relacionados con la terapia ocupacional en California. La terapia ocupacional implica el uso de actividades significativas para ayudar a las personas a mejorar o mantener su capacidad para realizar tareas cotidianas. Un auxiliar es alguien que, bajo supervisión, asiste a un terapeuta ocupacional o a un asistente. El terapeuta es responsable de guiar y documentar el trabajo. La ley también describe los requisitos para terapeutas y asistentes, como tener una licencia válida y una competencia continua. Explica qué incluyen los servicios de terapia ocupacional, como evaluaciones y tratamientos para ayudar a personas con desafíos físicos, mentales o de desarrollo. La terapia de la mano y las modalidades físicas también se definen como parte de la práctica de la terapia ocupacional.
Section § 2570.20
Esta sección explica que una junta es responsable de gestionar todo lo relacionado con las licencias de terapia ocupacional en este estado. Esto incluye verificar si alguien califica para una licencia y, posiblemente, aprobar el examen de licencia. También crean las normas necesarias para ayudar a los terapeutas ocupacionales con licencia y a sus asistentes a operar legal y adecuadamente. Cualquier procedimiento legal al respecto debe seguir procedimientos gubernamentales específicos.
Section § 2570.21
Section § 2570.22
Section § 2570.23
Si alguien incumple las normas establecidas en la Sección 2570.3, está cometiendo un delito menor. Si es declarado culpable, podría recibir una multa de hasta $5,000, enfrentar hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas.
Section § 2570.24
Section § 2570.25
Section § 2570.26
Esta ley establece que la junta que supervisa las licencias profesionales puede denegar, suspender, revocar o someter a período de prueba una licencia o un permiso después de celebrar una audiencia. Una «licencia» en este contexto significa cualquier tipo de autorización otorgada para ejercer la práctica dentro de este capítulo. El proceso para estas acciones sigue un conjunto específico de reglas gubernamentales que detallan cómo deben llevarse a cabo las audiencias y las decisiones.
Section § 2570.27
Esta sección explica cómo la junta puede sancionar a los titulares de licencias de terapia ocupacional de diversas maneras. Pueden someter una licencia a un período de prueba con condiciones específicas, suspender la licencia por hasta un año, revocar completamente la licencia o modificar las acciones disciplinarias con ciertas condiciones. Además, la junta tiene la autoridad para expedir una nueva licencia en período de prueba si el solicitante cumple con todos los demás requisitos a pesar de haber cometido algunas infracciones.
Section § 2570.28
Esta ley explica las razones por las cuales la junta de licencias puede denegar o sancionar a alguien con una licencia de terapia ocupacional. Enumera varios motivos, incluyendo la conducta profesional indebida, como la negligencia o la incompetencia, y mentir en una solicitud de licencia. Otras razones incluyen cometer delitos relacionados con el trabajo de terapia ocupacional, suplantar a profesionales con licencia y permitir que personas sin licencia practiquen. La ley también cubre el uso indebido de la información del cliente, el uso de fuerza excesiva con los clientes y el incumplimiento de las directrices de control de infecciones. En esencia, se trata de mantener los estándares profesionales y proteger al público de prácticas perjudiciales.
Section § 2570.29
Esta ley explica qué se considera conducta profesional indebida para las personas con licencia en ciertas profesiones en California. Se considera poco profesional obtener o distribuir sustancias controladas de manera indebida, o usarlas de una forma que sea perjudicial para uno mismo, para otros o para la seguridad pública. Ser condenado por delitos relacionados con estas sustancias, o falsificar registros sobre ellas, también se considera poco profesional. Además, un internamiento judicial por abuso de sustancias sirve como prueba de conducta profesional indebida.
Section § 2570.3
Esta ley establece que no se puede trabajar como terapeuta ocupacional o asistente en California a menos que se tenga una licencia. Solo las personas físicas pueden obtener estas licencias. Los terapeutas ocupacionales no están autorizados a ejercer otras profesiones como la terapia física o la enfermería. Pueden realizar prácticas avanzadas, como la terapia de mano, pero solo si están debidamente capacitados y aprobados por la junta. Para la terapia de mano, necesitan conocer aspectos como la anatomía y los procedimientos quirúrgicos. El uso de equipos especiales requiere capacitación en áreas como la seguridad y la química. Los terapeutas pueden aprender bajo supervisión, pero deben cumplir requisitos específicos. Si un terapeuta ocupacional supervisa a un asistente, debe gestionar de cerca su trabajo y mantener registros escritos. Un terapeuta ocupacional no puede supervisar a demasiados asistentes a la vez, con un límite general de tres, a menos que la junta lo considere seguro.
Section § 2570.30
Esta ley permite a la junta continuar con las investigaciones o acciones disciplinarias contra la licencia de un profesional, incluso si esa licencia ha expirado, ha sido suspendida o fue entregada voluntariamente por el titular de la licencia. Esto significa que la junta aún puede tomar decisiones para suspender o revocar una licencia, independientemente de su estado actual.
Section § 2570.31
Cuando se suspende una licencia de terapia ocupacional, el terapeuta no puede trabajar durante ese tiempo. Una vez finalizada la suspensión, la licencia se restablece automáticamente, a menos que el terapeuta haya ejercido durante el período de suspensión. Si lo hizo, una audiencia podría resultar en la revocación de la licencia.
Section § 2570.32
Si una licencia profesional es revocada, suspendida o puesta en libertad condicional, el titular de la licencia puede solicitar que se le restituya o que se modifique la sanción. Debe esperar un período mínimo de tiempo, que suele ser de uno a tres años, dependiendo de la situación. La junta puede establecer un período más corto si lo desea, pero no puede ser inferior a un año. Para iniciar este proceso, la persona debe presentar una solicitud ante la junta, que posiblemente incluya huellas dactilares y una tarifa. Se celebrará una audiencia donde la persona deberá probar su caso con pruebas sólidas, y la junta decidirá basándose en esta información. Sin embargo, si la persona está actualmente involucrada en procesos penales, en libertad condicional o tiene nuevas acusaciones en su contra, su solicitud no será considerada.
Section § 2570.36
Section § 2570.4
Esta sección aclara que ciertas personas pueden practicar o realizar actividades relacionadas con la terapia ocupacional sin que este capítulo las restrinja. Esto incluye a profesionales con licencia en su campo, estudiantes de terapia ocupacional, quienes cumplen con requisitos de prácticas, profesionales con licencia de otros estados que solicitan licencias de California, y auxiliares que trabajan bajo supervisión. Se aplican condiciones específicas, como tener una licencia de otro estado con estándares comparables y trabajar bajo la supervisión de un profesional con licencia en California por un tiempo limitado.
Section § 2570.5
Esta ley permite que una persona que ha terminado su educación y capacitación obtenga un permiso temporal para ejercer como terapeuta ocupacional o asistente mientras espera para tomar su examen de licencia o conocer sus resultados. Deben trabajar bajo la supervisión de un terapeuta ocupacional licenciado. Si no aprueban el examen en su primer intento, el permiso termina automáticamente y no se puede renovar. Existen reglas adicionales de la junta que estos permisos deben seguir.
Section § 2570.6
Si deseas obtener una licencia como terapeuta ocupacional o asistente de terapia ocupacional en California, debes presentar una solicitud ante la junta estatal. La solicitud debe demostrar que cumples con requisitos específicos: debes estar en buena situación y no tener antecedentes penales que puedan impedir la obtención de tu licencia. Debes haberte graduado de un programa educativo aprobado con cursos acreditados por organizaciones de terapia ocupacional relevantes. Si no puedes presentar cierta evidencia académica, aprobar un examen de certificación puede ayudarte a cumplir con los requisitos. Además, debes completar una experiencia de trabajo de campo supervisada que cumpla con los estándares establecidos, aprobar un examen, ser mayor de 18 años, no ser adicto a sustancias y no tener un historial delictivo que te descalifique.
Section § 2570.7
Esta ley explica los requisitos de examen para los solicitantes que buscan una licencia en terapia ocupacional en California. Primero, los solicitantes deben cumplir con requisitos previos específicos (de otra sección relacionada) antes de solicitar el examen de licencia. Si no aprueban, pueden volver a presentarse. Se requiere que los solicitantes aprueben un examen de nivel de entrada reconocido, comúnmente administrado por juntas destacadas de terapia ocupacional. El examen se centra en conocimientos esenciales sobre las ciencias y técnicas de la terapia ocupacional. La junta determinará cuándo y dónde se realiza el examen, así como las condiciones de supervisión.
Section § 2570.8
Esta ley le permite verificar la licencia profesional de alguien utilizando la información disponible en el sitio web de la junta de licencias. El sitio proporciona detalles como la fecha de emisión de la licencia y su fecha de vencimiento.
Section § 2570.9
Esta ley establece que si solicitas una licencia y cumples con todos los requisitos establecidos por el capítulo, incluido el pago de las cuotas necesarias, la junta debe expedirte la licencia, siempre y cuando también cumplas con cualquier otra ley estatal pertinente.
Section § 2571
Los terapeutas ocupacionales en California que tienen licencia y están autorizados para usar ciertas técnicas de terapia pueden aplicar medicamentos tópicos, siempre que un médico o ciertas enfermeras especializadas los hayan recetado. Sin embargo, los terapeutas ocupacionales no pueden recetar estos medicamentos por su cuenta. La junta establecerá las normas sobre qué medicamentos se pueden usar y cómo, después de consultar con otras juntas médicas y farmacéuticas.
Section § 2572
Esta ley explica que una corporación de terapia ocupacional en California puede ofrecer legalmente servicios profesionales siempre y cuando cumpla con ciertas leyes y regulaciones. Estas incluyen la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox y las directrices establecidas por la Junta de Terapia Ocupacional de California. Todas las personas involucradas, como los accionistas y empleados de la corporación, deben cumplir con estas reglas para practicar legalmente la terapia ocupacional.