Si el departamento determina que un laboratorio al que se le ha emitido una licencia o registro conforme a este capítulo, excepto un laboratorio que solo realiza pruebas o exámenes clasificados como exentos bajo CLIA, ya no cumple sustancialmente con los requisitos de este capítulo o las regulaciones adoptadas en virtud del mismo, el departamento, en lugar de, o además de, la revocación o suspensión de la licencia o registro conforme a la Sección 1320 o 1323, podrá imponer cualquiera de las siguientes medidas:
(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1310(a) Planes de corrección dirigidos, según se definen bajo CLIA.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1310(b) Sanciones pecuniarias civiles en una cantidad que oscila entre cincuenta dólares ($50) y tres mil dólares ($3,000) por día de incumplimiento, o por infracción, por una deficiencia a nivel de condición que no representa un peligro inmediato, hasta una cantidad que oscila entre tres mil cincuenta dólares ($3,050) y diez mil dólares ($10,000) por día de incumplimiento, o por infracción, por una deficiencia a nivel de condición que representa un peligro inmediato, pero solo después de notificación y una oportunidad para responder de acuerdo con la Sección 100171 del Código de Salud y Seguridad, y la consideración de los hechos enumerados en CLIA en la Sección 493.1834 del Título 42 del Código de Regulaciones Federales.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1310(c) Sanciones pecuniarias civiles en una cantidad que oscila entre cincuenta dólares ($50) y tres mil dólares ($3,000) por día de incumplimiento, o por infracción, por una violación de la subdivisión (t) de la Sección 1320, por incumplimiento de los requisitos de notificación de enfermedades, pero solo después de notificación y una oportunidad para responder de acuerdo con la Sección 100171 del Código de Salud y Seguridad.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1310(d) Monitoreo in situ, según se define bajo CLIA, y el pago de los costos del monitoreo in situ.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1310(e) Cualquier combinación de las acciones descritas en las subdivisiones (a), (b), (c) y (d).