Section § 1220

Explanation

Los laboratorios clínicos en California deben mantener registros, equipos e instalaciones adecuados. Deben participar en programas aprobados de pruebas de aptitud para sus especialidades e informar los resultados al estado y al público cuando sea necesario. Los laboratorios deben operar sin perjudicar la salud pública y son inspeccionados cada dos años, con investigaciones de quejas según sea necesario. Los laboratorios que solo realizan pruebas exentas por CLIA deben seguir las instrucciones del fabricante, mientras que otros deben tener sistemas de gestión de pruebas de pacientes, control de calidad y garantía de calidad que cumplan con los estándares federales. Estos sistemas incluyen procedimientos y planes específicos de control de calidad definidos por las normas de Medicare.

(a)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(a)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(a)(1) Cada laboratorio clínico deberá mantener registros, equipos e instalaciones que sean adecuados y apropiados para los servicios prestados.
(2)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(a)(2)
(A)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(a)(2)(A) Excepto para las pruebas o exámenes clasificados como exentos bajo CLIA, cada laboratorio clínico deberá inscribirse y demostrar participación exitosa, según se define bajo CLIA, para cada especialidad y subespecialidad en la que realice pruebas o exámenes de laboratorio clínico, en un programa de pruebas de aptitud aprobado por el departamento o por HCFA, en la misma medida que lo exige CLIA en la Subparte H (que comienza con la Sección 493.801) del Título 42 del Código de Regulaciones Federales. Este requisito no se interpretará como una prohibición para que un laboratorio clínico realice pruebas o exámenes de laboratorio clínico en una especialidad o subespecialidad para la cual no exista un programa de pruebas de aptitud aprobado por el departamento o por HCFA.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(a)(2)(A)(B) Cada laboratorio clínico deberá autorizar que los resultados de sus pruebas de aptitud sean informados al departamento en un formato electrónico compatible con el sistema de monitoreo de datos de pruebas de aptitud del departamento y deberá autorizar la divulgación de los resultados de las pruebas de aptitud al público en la misma medida que lo exige CLIA.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(b) Cada laboratorio clínico deberá ser dirigido, mantenido y operado sin perjuicio para la salud pública.
(c)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(c)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(c)(1) El departamento realizará inspecciones de los laboratorios clínicos con licencia no menos de una vez cada dos años. El departamento mantendrá un registro de esas inspecciones y asegurará que cada laboratorio clínico con licencia en California sea inspeccionado al menos con esa frecuencia.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(c)(2) Los laboratorios clínicos registrados no serán inspeccionados de forma rutinaria por el departamento.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(c)(3) El departamento realizará una investigación de las quejas recibidas con respecto a cualquier laboratorio clínico, lo que puede incluir una inspección del laboratorio.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(c)(4) Cada laboratorio clínico con licencia o registrado estará sujeto a inspecciones por parte de HCFA o agentes de HCFA, según lo definido por CLIA, como condición para la obtención de licencia o registro.
(d)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)
(1)Copy CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(1) Cada laboratorio clínico realizará todas las pruebas o exámenes de laboratorio clínico clasificados como exentos bajo CLIA de conformidad con las instrucciones del fabricante.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2) Excepto para aquellos laboratorios clínicos que realicen únicamente pruebas o exámenes clasificados como exentos bajo CLIA, cada laboratorio clínico deberá establecer y mantener todo lo siguiente:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2)(A) Un sistema de gestión de pruebas de pacientes que cumpla con los estándares de CLIA en la Subparte J (que comienza con la Sección 493.1100) del Título 42 del Código de Regulaciones Federales.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2)(B) Un programa de control de calidad que cumpla con los requisitos de CLIA en la Subparte K (que comienza con la Sección 493.1200) del Título 42 del Código de Regulaciones Federales tal como estaba en vigor el 1 de enero de 2015, y que puede incluir el uso por parte del laboratorio clínico de los siguientes procedimientos alternativos de pruebas de control de calidad reconocidos por los Centros Federales de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS):
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2)(B)(i) Hasta el 31 de diciembre de 2015, procedimientos equivalentes de control de calidad.
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2)(B)(ii) A partir del 1 de enero de 2016, un Plan de Control de Calidad Individualizado, tal como se incorpora en el Apéndice C del Manual de Operaciones Estatales adoptado por CMS.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220(d)(2)(C) Un programa integral de garantía de calidad que cumpla con los estándares de CLIA en la Subparte P (que comienza con la Sección 493.1701) del Título 42 del Código de Regulaciones Federales.

Section § 1220.5

Explanation

Esta ley exige que el Departamento de Servicios de Salud cree y distribuya un formulario especial a todos los laboratorios clínicos con licencia. El formulario es por triplicado y se utiliza cuando el contenedor de almacenamiento de muestras de un laboratorio no está cerrado correctamente. Cada formulario tiene instrucciones para su distribución: una copia es para el contenedor, una se envía al Departamento de Asuntos del Consumidor para notificar a la agencia correcta, y una se queda con el laboratorio. Esta norma entró en vigor a partir del 1 de enero de 2001.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220.5(a) El Departamento de Servicios de Salud desarrollará y proporcionará a todos los laboratorios clínicos con licencia un formulario por triplicado para ser utilizado por los empleados, agentes y mensajeros de los laboratorios clínicos con licencia para notificar cuando un contenedor de almacenamiento de muestras haya sido asegurado incorrectamente de conformidad con la Sección 681.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220.5(b) Las tres copias del formulario por triplicado contendrán cada una instrucciones para que una copia se adjunte al contenedor de almacenamiento de muestras sin asegurar, una copia se envíe por correo al Departamento de Asuntos del Consumidor para ser remitida a la entidad de licencias correspondiente de conformidad con la Sección 1288.3, y una copia sea conservada por el laboratorio clínico con licencia para sus registros.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1220.5(c) Este formulario se proporcionará a todos los laboratorios clínicos con licencia a partir del 1 de enero de 2001.

Section § 1221

Explanation
Esta ley establece que el departamento tiene la autoridad para contratar examinadores especiales y crear reglas sobre cómo deben llevarse a cabo los exámenes.

Section § 1222

Explanation

El departamento gubernamental puede aprobar escuelas si estas están acreditadas por una organización específica para las ciencias de laboratorio clínico.

El departamento puede aprobar escuelas que estén acreditadas por la Agencia Nacional de Acreditación para Ciencias de Laboratorio Clínico.

Section § 1222.5

Explanation

Esta sección de la ley explica que el departamento puede aprobar a ciertas organizaciones para ofrecer programas de capacitación para científicos de laboratorio clínico. Estos programas pueden ser dirigidos por laboratorios con licencia, universidades acreditadas, laboratorios médicos militares de EE. UU. o laboratorios gubernamentales. El departamento permite que estos programas utilicen múltiples laboratorios para la capacitación, siempre que cumplan con ciertas condiciones. Estas incluyen notificar al departamento sobre cambios en los laboratorios y asegurar que se cumplan los requisitos de capacitación. El departamento también establece reglas sobre el número de aprendices por científico y los estándares para las solicitudes de capacitación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(a) El departamento podrá aprobar a cualquiera de los siguientes que busquen ofrecer programas para científicos de laboratorio clínico para la instrucción en técnicas de laboratorio clínico que, a juicio del departamento, proporcionarán una instrucción adecuada para preparar a las personas para cumplir con los requisitos de licencia o el desempeño de sus funciones conforme a este capítulo y las regulaciones del departamento:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(a)(1) Un laboratorio clínico con licencia de California.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(a)(2) Una universidad o colegio acreditado en los Estados Unidos de América.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(a)(3) Un programa de especialista en laboratorio médico militar de los Estados Unidos con una duración mínima de 52 semanas.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(a)(4) Un laboratorio propiedad y operado por el gobierno de los Estados Unidos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b) Previa aprobación del departamento, los programas para científicos de laboratorio clínico aprobados por el departamento podrán utilizar múltiples laboratorios clínicos para proporcionar capacitación en técnicas de laboratorio clínico, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b)(1) El programa podrá distribuir la capacitación clínica entre múltiples laboratorios clínicos en cualquier porcentaje, siempre que la capacitación total cumpla con los requisitos establecidos por el departamento.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b)(2) Cada laboratorio clínico ha sido aprobado por el departamento como parte del programa de acuerdo con las regulaciones. El programa deberá notificar al departamento por escrito dentro de los 30 días siguientes a cualquier cambio en los laboratorios clínicos utilizados por el programa para proporcionar capacitación.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b)(3) El director del programa aprobado será responsable de notificar al departamento con antelación la fecha de inicio y finalización de la capacitación para cada aprendiz. El programa deberá coordinarse con el departamento para cumplir con los requisitos establecidos.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b)(4) El director del programa aprobado deberá asegurar que se cumplan todos los requisitos del departamento para la capacitación y la afiliación.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(b)(5) El programa ha presentado una solicitud en los formularios proporcionados por el departamento para su aprobación.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1222.5(c) El departamento establecerá por reglamento la proporción de científicos de laboratorio clínico con licencia respecto a los aprendices con licencia en el personal del laboratorio clínico y los requisitos mínimos para la capacitación en cualquier especialidad o en todo el campo de la ciencia o práctica del laboratorio clínico. La solicitud de aprobación deberá realizarse en los formularios proporcionados por el departamento.

Section § 1223

Explanation

Esta ley subraya la importancia de mantener altos estándares en los laboratorios clínicos de California para asegurar resultados de pruebas confiables. Fomenta las inspecciones como medio principal para lograrlo y permite que el departamento estatal contrate personal o empresas para realizarlas. Los laboratorios acreditados por ciertas organizaciones privadas pueden considerarse que cumplen con los requisitos estatales si siguen pautas específicas, como realizar inspecciones de acuerdo con las leyes federales y estatales. Estas organizaciones deben ser aprobadas tanto por las autoridades federales como estatales, y deben proporcionar informes detallados y monitorear los laboratorios regularmente. Los laboratorios también deben cumplir con estos estándares de acreditación, proporcionar los registros necesarios y pagar las tarifas. Los laboratorios acreditados conservan su estatus incluso si se revoca la acreditación, pero deben renovar sus certificados anualmente. El departamento aún puede realizar investigaciones si es necesario para asegurar el cumplimiento.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(a) La Legislatura encuentra y declara que es política pública del estado asegurar que los estándares de los laboratorios de California, incluyendo sus estándares de personal de laboratorio, se mantengan para proporcionar resultados de pruebas precisos, confiables y necesarios. La Legislatura encuentra además que las inspecciones son el medio más efectivo para promover esta política. No es la intención de la Legislatura reducir de ninguna manera los recursos disponibles para el departamento para las inspecciones, sino más bien proporcionar al departamento la mayor flexibilidad para concentrar sus recursos donde puedan ser más efectivos. Es la intención de la Legislatura establecer un proceso de inspección que incluya componentes de inspección basados en el estado y que determine el cumplimiento de los requisitos federales y estatales para los laboratorios clínicos.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(b) El departamento empleará, o contratará, inspectores, agentes especiales e investigadores, y proporcionará la asistencia administrativa y técnica necesaria para administrar este capítulo y podrá incurrir en otros gastos según sea necesario.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c) Los laboratorios acreditados por una organización privada sin fines de lucro serán considerados por el departamento como cumplidores de los requisitos estatales de licencia o registro, y el departamento les emitirá un certificado de dicho estatus considerado, siempre que se cumplan ambas de las siguientes condiciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1) La organización privada sin fines de lucro cumple con todos los siguientes requisitos:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A) Está aprobada por el Centro Federal de Servicios de Medicare y Medicaid como organismo de acreditación bajo CLIA y proporciona al departamento la siguiente información:
(i)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(i) Una comparación detallada de los requisitos individuales de acreditación o aprobación, con los requisitos comparables a nivel de condición.
(ii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(ii) Una descripción detallada de su proceso de inspección, incluyendo todo lo siguiente:
(I)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(ii)(I) Frecuencia de las inspecciones.
(II) Copias de los formularios de inspección.
(III) Instrucciones y directrices.
(IV) Una descripción del proceso de revisión y toma de decisiones de las inspecciones.
(V)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(ii)(V) Una declaración sobre si las inspecciones son anunciadas o no anunciadas.
(VI) Una descripción de los pasos tomados para monitorear la corrección de deficiencias.
(iii)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(iii) Una descripción del proceso para monitorear el desempeño de las pruebas de aptitud, incluyendo las acciones a tomar en respuesta a la participación no exitosa.
(iv)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(A)(iv) Una lista de todos sus laboratorios actualmente con licencia o registrados en California y la fecha de vencimiento de su acreditación, licencia o registro, según corresponda.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(B) Está aprobada por el departamento por tener estándares de acreditación que son iguales o más estrictos que los requisitos estatales para la licencia y el registro.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(C) Realiza inspecciones de laboratorios clínicos de manera que determine el cumplimiento de los estándares federales y las leyes de California en la medida en que las leyes de California brinden mayor protección a los residentes, o sean más estrictas que los estándares federales, según lo determine el departamento. No obstante cualquier otra disposición de la ley, el departamento podrá, sin tomar medidas regulatorias de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, implementar o interpretar esta sección por medio de una Carta para Todos los Laboratorios Clínicos (ACLL). El departamento publicará la ACLL en su sitio web de Internet para que cualquier persona pueda observar qué leyes de California son más estrictas que los estándares federales y qué organismos de acreditación han sido aprobados para realizar inspecciones. El departamento aceptará comentarios públicos sobre la ACLL durante 30 días después de su publicación y esta será definitiva 45 días después de la publicación. Los comentarios recibidos serán considerados por el departamento. Nada en esta subdivisión tiene la intención de cambiar los requisitos estatutarios o regulatorios existentes que rigen la operación de los laboratorios clínicos o su personal.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(1)(D) Está aprobada por el departamento por cumplir con los requisitos de este párrafo. El departamento comenzará a aceptar solicitudes de aprobación, en la forma y manera prescritas por el departamento, a más tardar el 1 de enero de 2011. El departamento tomará una determinación sobre una solicitud presentada de conformidad con este subpárrafo dentro de los 180 días siguientes a la recepción de la solicitud.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2) El laboratorio cumple con todos los siguientes requisitos:
(A)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(A) Cumple con los estándares de acreditación de la organización privada sin fines de lucro.
(B)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(B) Acepta permitir que la organización privada sin fines de lucro proporcione cualquier registro u otra información al departamento, sus agentes o contratistas, según lo requiera el departamento.
(C)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(C) Paga las tarifas aplicables requeridas bajo la Sección 1300.
(D)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(D) Autoriza a su organización de pruebas de aptitud a proporcionar al departamento y a la organización privada sin fines de lucro los resultados de la participación del laboratorio en un programa aprobado de pruebas de aptitud, según se define en 42 C.F.R. 493.2, con el propósito de monitorear las pruebas de aptitud del laboratorio, junto con la información explicativa necesaria para interpretar los resultados de las pruebas de aptitud, a solicitud del departamento.
(E)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(E) Autoriza a la organización privada sin fines de lucro a entregar al departamento una notificación de cada violación de los requisitos a nivel de condición, incluyendo las acciones tomadas por la organización como resultado de la violación, dentro de los 30 días siguientes al inicio de la acción.
(F)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(c)(2)(F) Autoriza a la organización privada sin fines de lucro a notificar al departamento cualquier retiro de la acreditación del laboratorio.
(d)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(d) Si la organización privada sin fines de lucro descrita en la subdivisión (c) ha retirado o revocado su acreditación de un laboratorio, el laboratorio conservará su certificado de estatus considerado emitido de conformidad con la subdivisión (c) durante 45 días después de que el laboratorio reciba la notificación del retiro o revocación de la acreditación, o la fecha de entrada en vigor de cualquier acción tomada por el departamento, lo que ocurra primero.
(e)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(e) Un certificado de estatus considerado emitido de conformidad con la subdivisión (c) se renovará anualmente siempre que se sigan cumpliendo las condiciones de emisión especificadas en la subdivisión (c). Excepto según lo autorizado en la subdivisión (f), el departamento no realizará inspecciones de rutina a un laboratorio al que se le haya emitido un certificado de estatus considerado de conformidad con la subdivisión (c). Cada solicitud de un certificado de estatus considerado emitido bajo la subdivisión (c) y cada solicitud de renovación de dicho certificado deberá ir acompañada de las tarifas establecidas en la Sección 1300. El total de las tarifas de solicitud y renovación de certificados recaudadas por el departamento deberá ser suficiente para cubrir el costo de emisión del certificado. Si el departamento determina que esas tarifas de certificado no cubren completamente los costos de estas actividades, informará esa determinación a la Legislatura.
(f)CA Negocios Y Profesiones Code § 1223(f) Nada en esta sección se interpretará como una prohibición del ejercicio de la autoridad del departamento para llevar a cabo investigaciones de quejas, inspecciones de validación de muestras o requerir la presentación de resultados de pruebas de aptitud al departamento para asegurar el cumplimiento de cualquier laboratorio clínico con los estándares estatales.

Section § 1224

Explanation

Esta sección permite al departamento crear, cambiar o eliminar normas según sea necesario para gestionar o hacer cumplir las leyes cubiertas por este capítulo. Deben hacerlo siguiendo un proceso específico descrito en otra parte de la ley.

El departamento podrá, de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, adoptar, modificar o derogar cualquier reglamento necesario para la administración o aplicación de este capítulo.

Section § 1224.5

Explanation

Esta ley exige que el departamento investigue qué tan bien se comparan las pruebas realizadas en consultorios médicos, en cuanto a precisión y fiabilidad, con pruebas más complejas realizadas en otros lugares, asegurando que los resultados sean igual de buenos para las pruebas de complejidad moderada y alta.

El departamento realizará un estudio para determinar si las personas que realizan pruebas en laboratorios de consultorios médicos conforme al párrafo (12) de la subdivisión (b) y el párrafo (10) de la subdivisión (c) del Artículo 1206.5, producen resultados de pruebas precisos, fiables y necesarios, comparables a los producidos por otras personas que realizan pruebas de complejidad moderada o alta, o ambas.

Section § 1225

Explanation

Esta ley otorga a los representantes del departamento la autoridad para inspeccionar y revisar laboratorios clínicos. Pueden entrar a las instalaciones, revisar registros y recolectar muestras para asegurar el cumplimiento de las regulaciones. El departamento también puede colaborar con personas con licencia o expertos para evaluar y mejorar los procedimientos de laboratorio y así lograr un rendimiento de alta calidad.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 1225(a) A fin de cumplir con este capítulo, cualquier representante debidamente autorizado del departamento podrá realizar cualquiera de las siguientes acciones:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 1225(a)(1) Entrar o inspeccionar, con o sin previo aviso, cualquier edificio, local, equipo, materiales, registros o información en cualquier momento razonable para asegurar el cumplimiento de, o prevenir una violación de este capítulo o de las regulaciones adoptadas de conformidad con el mismo.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 1225(a)(2) Inspeccionar, fotografiar o copiar cualquier registro, informe, resultado de pruebas, muestras de pruebas u otra información relacionada con los requisitos de este capítulo o las regulaciones adoptadas de conformidad con el mismo.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 1225(a)(3) Obtener cualquier muestra, fotografía u otra evidencia de cualquier edificio o local con el propósito de hacer cumplir este capítulo o las regulaciones adoptadas de conformidad con el mismo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 1225(b) El departamento podrá cooperar con, o asistir a, las personas con licencia bajo este capítulo, u otras personas calificadas, en la evaluación de los procedimientos y técnicas de laboratorio necesarios para lograr y mantener un rendimiento de alta calidad en los laboratorios clínicos.

Section § 1226

Explanation

Esta ley permite al departamento crear, publicar y vender un directorio cada año. Este directorio enumera a las personas en el estado que tienen licencias activas y válidas en un campo específico, según lo establecido en el capítulo. También puede incluir las leyes y normas pertinentes, junto con cualquier otra información útil que el departamento decida añadir.

Anualmente, el departamento podrá compilar y posteriormente publicar y vender un directorio de personas dentro del estado con licencia conforme a las disposiciones de este capítulo que posean licencias no suspendidas, no caducadas y no revocadas. El directorio también podrá contener una copia de las disposiciones de este capítulo y las reglamentaciones relativas al mismo, así como cualquier otra información que el departamento considere aconsejable.

Section § 1227

Explanation

Si tienes un laboratorio clínico en California y estás licenciado o registrado, debes informar al departamento si cambias tu nombre o dirección dentro de los 30 días.

Toda persona o laboratorio clínico con licencia o registrado bajo este capítulo deberá informar al departamento, dentro de los 30 días siguientes, cualquier cambio de nombre o dirección.

Section § 1228

Explanation

Esta sección establece que un departamento debe crear un comité compuesto por diferentes expertos. Su trabajo es ayudar al departamento a establecer normas y políticas para la gestión y aplicación de las leyes del capítulo, especialmente los exámenes de licencia. El departamento seleccionará a los miembros de una lista de candidatos para asegurar que los intereses de todos estén representados. Se pueden formar pequeños grupos o subcomités de este comité sobre temas específicos para ofrecer más perspectivas. El departamento decide cuánto tiempo servirá cada miembro.

El departamento designará un comité multidisciplinario para asistir, asesorar y hacer recomendaciones para el establecimiento de normas y reglamentos necesarios para asegurar la adecuada administración y aplicación de las disposiciones de este capítulo y para asistir y asesorar al departamento en asuntos relacionados con los exámenes para los titulares de licencias de este capítulo. Los nombramientos se harán a partir de listas de candidatos solicitadas por el departamento y deberán proporcionar una representación adecuada y apropiada de todas las personas afectadas por este capítulo. Se podrán nombrar subcomités del comité, compuestos por miembros del comité y consultores con conocimientos particulares en un área temática, con el propósito de asistir al departamento en problemas administrativos especiales y de hacer recomendaciones al comité para su consideración en el establecimiento de normas y reglamentos. Los mandatos de los miembros serán determinados por el departamento.