Section § 4989.10

Explanation

Esta sección de la ley nombra el capítulo que trata sobre la práctica de los psicólogos educativos como la 'Ley de Práctica de Psicólogos Educativos'.

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como la Ley de Práctica de Psicólogos Educativos.

Section § 4989.12

Explanation

Esta ley establece que la Junta de Ciencias del Comportamiento es responsable de supervisar e implementar las reglas de este capítulo, y se le conoce como 'la junta' dentro de estas reglas.

La Junta de Ciencias del Comportamiento administrará y hará cumplir las disposiciones de este capítulo. Para los fines de este capítulo, se le designará como la junta.

Section § 4989.13

Explanation

Esta ley establece que si alguien afirma realizar u ofrece realizar servicios de psicología educativa a cambio de cualquier tipo de pago, incluidas las donaciones, está ejerciendo la psicología educativa.

Una persona ejerce la psicología educativa cuando realiza u ofrece realizar o se presenta como capaz de realizar este servicio a cambio de una remuneración en cualquier forma, incluidas las donaciones.

Section § 4989.14

Explanation

Esta ley define las funciones de los psicólogos educativos, como evaluar las capacidades educativas, diagnosticar problemas relacionados con el aprendizaje y ofrecer asesoramiento psicológico para mejorar el rendimiento académico. También administran e interpretan pruebas para comprender los factores de motivación y personalidad que afectan el aprendizaje. Además, desarrollan planes de tratamiento y coordinan intervenciones para estudiantes que enfrentan crisis o problemas de adaptación. Para quienes supervisan a terapeutas en formación, la ley exige la provisión de servicios de salud mental a estudiantes con problemas emocionales o conductuales que afectan su educación, incluyendo asesoramiento, capacitación para padres y colaboración con educadores para desarrollar estrategias de intervención.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a) La práctica de la psicología educativa es el desempeño de cualquiera de las siguientes funciones profesionales relacionadas con los procesos de aprendizaje académico o el sistema educativo o ambos:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(1) Evaluación educativa.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(2) Diagnóstico de trastornos psicológicos relacionados con los procesos de aprendizaje académico.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(3) Administración de pruebas diagnósticas relacionadas con los procesos de aprendizaje académico, incluyendo pruebas de capacidad académica, patrones de aprendizaje, rendimiento, motivación y factores de personalidad.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(4) Interpretación de pruebas diagnósticas relacionadas con los procesos de aprendizaje académico, incluyendo pruebas de capacidad académica, patrones de aprendizaje, rendimiento, motivación y factores de personalidad.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(5) Provisión de asesoramiento psicológico para individuos, grupos y familias.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(6) Consulta con otros educadores y padres sobre cuestiones de desarrollo social y dificultades conductuales y académicas.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(7) Realización de evaluaciones psicoeducativas con el fin de identificar necesidades especiales.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(8) Desarrollo de programas y estrategias de tratamiento para abordar problemas de adaptación.
(9)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(a)(9) Coordinación de estrategias de intervención para el manejo de crisis individuales.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b) A los efectos de supervisar a un terapeuta matrimonial y familiar asociado o a un terapeuta matrimonial y familiar en formación conforme a la Sección 4980.03, a un trabajador social clínico asociado conforme a la Sección 4996.20, o a un consejero clínico profesional asociado conforme a la Sección 4999.12, los “servicios de salud mental relacionados con la educación” son servicios de salud mental proporcionados a clientes que tienen problemas sociales, emocionales o conductuales que interfieren con su progreso educativo. Estos servicios incluyen todos los siguientes:
(1)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(1) Servicios de asesoramiento relacionados con la educación para clientes calificados para educación especial que son necesarios para recibir una educación pública gratuita y apropiada en el entorno menos restrictivo conforme a los requisitos federales de la Sección 1412 del Título 20 del Código de los Estados Unidos.
(2)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(2) Servicios de asesoramiento intensivo en un continuo que puede reflejar un aumento en la frecuencia, duración o especialización del personal para abordar las necesidades emocionales y conductuales del cliente.
(3)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(3) Servicios de asesoramiento proporcionados por profesionales calificados.
(4)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(4) Asesoramiento y capacitación para padres.
(5)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(5) Servicios psicológicos que incluyen la consulta con miembros del personal en la planificación de programas escolares para satisfacer las necesidades educativas del cliente y la asistencia en el desarrollo de estrategias de intervención conductual positivas para el cliente.
(6)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(6) Servicios de trabajo social, como la preparación de un historial social o de desarrollo de un cliente con una discapacidad.
(7)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(7) Asesoramiento grupal e individualizado con el cliente y la familia.
(8)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.14(b)(8) Movilización de recursos escolares y comunitarios para permitir que el cliente aprenda de la manera más efectiva posible en su programa educativo, según lo establecido en la Sección 300.34 del Título 34 del Código de Regulaciones Federales.

Section § 4989.16

Explanation

Esta ley establece que si usted tiene la credencial de enseñanza adecuada de la Comisión de Credenciales para Maestros, puede desempeñar el trabajo para el que está acreditado en una escuela pública sin necesidad de una licencia adicional de la junta mencionada en este capítulo. También aclara que esta ley no modifica ni interfiere con otras leyes profesionales importantes, como las que rigen la práctica médica, la enfermería, la psicología, la terapia y la consejería.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.16(a) Una persona debidamente acreditada por la Comisión de Credenciales para Maestros puede desempeñar las funciones autorizadas por dicha credencial en una escuela pública sin una licencia expedida por la junta conforme a este capítulo.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.16(b) Nada de lo dispuesto en este capítulo se interpretará en el sentido de restringir, limitar o menoscabar la Ley de Práctica Médica (Capítulo 5 (que comienza con la Sección 2000)), la Ley de Práctica de Enfermería (Capítulo 6 (que comienza con la Sección 2700)), la Ley de Licencias de Psicología (Capítulo 6.6 (que comienza con la Sección 2900)), la Ley de Práctica de Terapeutas Matrimoniales y Familiares Licenciados (Capítulo 13 (que comienza con la Sección 4980)), la Ley de Práctica de Trabajadores Sociales Clínicos (Capítulo 14 (que comienza con la Sección 4991)), o la Ley de Consejeros Clínicos Profesionales Licenciados (Capítulo 16 (que comienza con la Sección 4999.10)).

Section § 4989.17

Explanation

Si usted es un psicólogo educativo con licencia, debe entregar a sus clientes un aviso escrito en letra de 12 puntos sobre cómo pueden contactar a la Junta de Ciencias del Comportamiento para presentar una queja. Esto debe hacerse antes o poco después de que comience a prestar servicios. A partir del 1 de julio de 2025, el aviso también deberá incluir su nombre completo, número de licencia, tipo de licencia y la fecha de vencimiento. Debe mantener un registro de que ha entregado este aviso al cliente.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.17(a) Un titular de licencia deberá proporcionar a un cliente un aviso escrito en un tamaño de letra de al menos 12 puntos antes de iniciar los servicios psicológicos, o tan pronto como sea prácticamente posible después, que diga lo siguiente:
AVISO A LOS CLIENTES
La Junta de Ciencias del Comportamiento recibe y responde a las quejas relacionadas con los servicios prestados dentro del ámbito de práctica de los psicólogos educativos con licencia. Puede ponerse en contacto con la junta en línea en www.bbs.ca.gov, o llamando al (916) 574-7830.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.17(b) A partir del 1 de julio de 2025, al iniciar los servicios psicológicos con un cliente, el aviso descrito en el apartado (a) también deberá incluir el nombre completo del titular de la licencia tal como está registrado en la junta, el número de licencia, el tipo de licencia y la fecha de vencimiento de la licencia.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 4989.17(c) La entrega del aviso requerido por esta sección al cliente deberá documentarse.

Section § 4989.18

Explanation

Esta sección establece que la junta puede crear, cambiar o eliminar reglas sobre el comportamiento profesional para asegurar altos estándares en la profesión, siempre y cuando estas reglas no entren en conflicto con otra sección específica. Todo profesional con licencia debe seguir estas reglas.

La junta podrá, mediante normas o reglamentos, adoptar, modificar o derogar reglas de conducta profesional apropiadas para el establecimiento y mantenimiento de un alto nivel de integridad y dignidad en la profesión, siempre que dichas normas o reglamentos no sean inconsistentes con la Sección 4989.54. Toda persona con licencia bajo este capítulo se regirá por esas reglas de conducta profesional.