Patólogos del habla y lenguaje, Audiólogos y AudioprotesistasAudioprotesistas
Section § 2538.10
Esta sección explica los términos específicos utilizados en el artículo relacionados con los dispensadores de audífonos:
(a) 'Anunciar' incluye cualquier forma de promocionar públicamente la adaptación o venta de audífonos, como periódicos, radios o carteles.
(b) 'Licencia' es el permiso necesario para dispensar audífonos, que puede ser regular o temporal.
(c) 'Titular de la licencia' es cualquier persona que posee esta licencia.
(d) 'Audífono' se refiere a los dispositivos que ayudan a las personas con pérdida auditiva.
(e) 'Fondo' es la cuenta designada para actividades relacionadas con la patología del habla y lenguaje, la audiología y la dispensación de audífonos.
Section § 2538.11
Esta ley describe lo que significa la práctica de adaptar o vender audífonos en California. Implica elegir los audífonos adecuados para una persona y asegurarse de que se ajusten bien, lo que incluye revisar el oído, tomar impresiones del molde del oído y ofrecer el asesoramiento necesario después de la adaptación. Los dependientes de tiendas que simplemente completan la venta no se consideran profesionales de esta práctica. Si se utiliza algún equipo, como un audiómetro, debe revisarse regularmente y mantenerse en buenas condiciones. Quienes adaptan audífonos no pueden realizar pruebas auditivas diagnósticas completas. Cualquier prueba auditiva realizada debe seguir las directrices de la FDA y ciertos procedimientos aprobados por la junta.
Section § 2538.12
Si tiene licencia para ofrecer pruebas de audición, puede hacerlo en eventos como ferias de la salud. Esto implica usar una prueba de audición sencilla para verificar si alguien podría necesitar más pruebas. Después de cada prueba, debe entregar a la persona una nota explicando que esto no es un chequeo completo del oído ni un diagnóstico, sino solo una sugerencia de que podría necesitar una evaluación adicional. No puede usar estos cribados para dirigir a las personas a comprar audífonos o a organizar pruebas adicionales a través de usted.
Section § 2538.13
Esta ley establece que los dispensadores de audífonos en California no pueden tomar medidas faciales ni ajustar o adaptar gafas y lentes. La única excepción es que pueden modificar las gafas de una persona reemplazando las patillas por otras que incluyan componentes de audífonos.
Section § 2538.14
Esta sección define a un 'dispensador de audífonos' como alguien que adapta o vende audífonos a personas con pérdida auditiva.
Section § 2538.15
Esta sección explica que 'vender' o 'venta' se refiere a transferir la propiedad o el derecho a usar algo a través de un arrendamiento o acuerdos similares, pero no incluye los tratos al por mayor con distribuidores o comerciantes.
Section § 2538.16
Section § 2538.17
Esta ley permite a una junta reguladora crear un curso obligatorio para quienes deseen adaptar y vender audífonos. Los solicitantes pueden necesitar tomar este curso o demostrar que ya poseen las habilidades adecuadas. Se aconseja a la junta que consulte a expertos al establecer el curso. Además, la junta puede publicar información sobre el examen de licencia para profesionales de audífonos en el estado.
Section § 2538.18
Section § 2538.20
Esta ley establece que no se pueden adaptar ni vender audífonos, anunciarse como tal, ni exhibir letreros que lo indiquen sin tener una licencia. Las empresas pueden seguir vendiendo audífonos si el trabajo real de adaptación o venta lo realizan personas con licencia. Si su licencia para vender audífonos es suspendida o revocada, no podrá dirigir un negocio que los venda ni participar en dicho negocio en ninguna capacidad financiera o gerencial durante ese período. La única excepción es ser propietario de acciones en una empresa que cotiza en bolsa. Esto no se aplica a las acciones que haya comprado en una bolsa de valores regulada.
Section § 2538.21
Esta ley establece que si una persona adapta audífonos como parte de su trabajo para una agencia gubernamental, una clínica privada, un programa educativo o una organización sin fines de lucro, y no vende audífonos directamente, este artículo específico de la ley no se aplica a esa persona.
Section § 2538.22
Esta sección de la ley establece que ciertos profesionales, como médicos y audiólogos, no se ven afectados por las regulaciones de este artículo si no están involucrados en la venta de audífonos. También incluye a los audiólogos que supervisan a otras personas en la adaptación de audífonos, siempre y cuando tampoco los estén vendiendo.
Section § 2538.23
Puedes vender audífonos por catálogo o correo si tienes una licencia de dispensador de audífonos en California. Sin embargo, no puedes ayudar a elegir, ajustar o adaptar los audífonos, ni puedes asesorar sobre cómo tomar impresiones del oído. Debes tener una declaración firmada por un médico, audiólogo o dispensador de audífonos con licencia que confirme que se cumplen ciertas normativas. Debes guardar esta declaración en tus archivos durante el tiempo que exija otra norma específica. Si eres un dispensador con licencia que vende de esta manera, no tienes que cumplir con uno de los requisitos de ajuste que normalmente se exigen.
Section § 2538.24
Section § 2538.25
Esta sección explica que la junta encargada de los dispensadores de audífonos es responsable de crear, aprobar, calificar y realizar los exámenes necesarios para obtener una licencia de dispensador de audífonos. Pueden contratar expertos para ayudar con esto, pero deben establecer y aprobar las directrices y el contenido del examen. Todo solicitante debe tomar y aprobar un examen escrito y uno práctico para demostrar que tiene los conocimientos y las habilidades para adaptar y vender audífonos de manera segura y eficaz.
Section § 2538.26
Esta sección de la ley describe los requisitos para obtener una licencia de la junta. Los solicitantes deben tener al menos 18 años, tener un diploma de escuela secundaria o su equivalente, y no haber cometido delitos que los descalifiquen. También deben pagar las tarifas especificadas. Las licencias solo se pueden otorgar a individuos, no a grupos o empresas.
Section § 2538.27
Si ya tiene una licencia de dispensador de audífonos de otro estado y cumple con ciertos criterios, puede solicitar una licencia temporal en California. Para calificar, debe demostrar que no ha sido objeto de acciones disciplinarias y que ha trabajado con audífonos durante los últimos dos años. Esta licencia temporal dura un año y no se puede renovar. Termina antes si recibe una licencia permanente. Si no aprueba los exámenes requeridos, deberá seguir ciertas reglas de supervisión.
Section § 2538.28
Si quieres ser un dispensador de audífonos en California, puedes obtener una licencia de aprendiz una vez que cumplas ciertos requisitos y encuentres un supervisor aprobado. Esta licencia de aprendiz te permite adaptar y vender audífonos mientras estás supervisado, y dura seis meses, con la posibilidad de renovarla dos veces por otros seis meses cada vez. La persona que te supervisa es responsable de tus acciones. Si tu licencia caduca o se cancela, tienes que esperar tres años para solicitar una nueva, la cual solo podrás obtener una vez bajo estas condiciones.
Section § 2538.29
Si tienes una licencia de aprendiz, debes hacer el examen de licencia dentro del primer año. Si no lo haces, tu licencia de aprendiz caducará y no podrás renovarla a menos que hayas hecho el examen. Sin embargo, si no pudiste hacer el examen por enfermedad o alguna dificultad, la junta podría permitirte renovar tu licencia.
Section § 2538.30
Esta ley establece que las personas con licencias temporales o en formación para audífonos no pueden dirigir ni gestionar su propio negocio relacionado con audífonos. Además, no pueden afirmar ser dispensadores de audífonos con licencia completa en anuncios o de cualquier otra manera.
Section § 2538.31
La junta encargada de los exámenes prácticos debe realizarlos al menos dos veces al año. Tienen que anunciar cuándo y dónde se llevará a cabo el examen con al menos 45 días de anticipación.
Section § 2538.32
Section § 2538.33
Si planea adaptar o vender audífonos, debe informar a la junta por escrito dónde realizará esta actividad. Debe proporcionar esta información antes de empezar y actualizarla en un plazo de 30 días si cambia la ubicación de su negocio. Si el lugar donde opera su negocio no es donde recibe su correo, también debe informar a la junta dónde recibe su correo, y actualizarlo si cambia.
Section § 2538.34
Si vendes o adaptas audífonos, necesitas una dirección comercial que los clientes puedan visitar y que debe estar registrada. Si tienes más de una tienda, necesitas una licencia separada para cada una, excepto para trabajos temporales. Para trabajos temporales en una ubicación con licencia, solo debes informar a la junta por escrito sobre dónde y cuándo estarás.
Section § 2538.35
Esta ley exige a los vendedores de audífonos informar a los compradores si el audífono utiliza un software especial que limita dónde puede ser reparado o ajustado. Antes de la compra, el vendedor debe entregar un aviso por escrito en letra grande sobre estas limitaciones, el cual el comprador debe firmar. El vendedor debe conservar una copia de este aviso. Después de la venta, los vendedores deben entregar al comprador un recibo detallado que incluya la fecha de venta, las especificaciones del audífono, la información de contacto del vendedor, el estado del audífono, los detalles de la licencia y los términos de cualquier garantía.
Section § 2538.36
Si se observan o reportan ciertas condiciones relacionadas con el oído por parte de una persona que desea un audífono, como una deformidad en el oído o cambios auditivos significativos recientes, el proveedor de audífonos debe sugerir por escrito que la persona consulte a un médico, preferiblemente uno especializado en afecciones del oído. Esto no aplica si el audífono solo se está reemplazando dentro de un año de la compra debido a pérdida o daño irreparable. Los proveedores deben guardar una copia de este consejo y de cualquier acuse de recibo firmado como parte de sus registros. Seguir estos pasos no significa que el proveedor esté actuando como médico o diagnosticando condiciones.
Section § 2538.37
Si se va a vender un audífono a un niño de 16 años o menos, se necesita una recomendación de un médico especialista en oídos cualificado y de un audiólogo con licencia, obtenida en los últimos seis meses. Esta norma no se aplica si el niño solo está reemplazando el mismo tipo de audífono dentro de un año.
Section § 2538.38
Si tienes licencia para vender audífonos en California, debes guardar registros detallados de cada venta y adaptación durante siete años. Estos registros deben almacenarse en tu oficina o lugar de negocio y deben estar disponibles para inspección por parte de la junta cuando te lo notifiquen con antelación razonable. Los registros deben incluir los resultados de las pruebas relacionadas con la adaptación del audífono, copias de los avisos y recibos por escrito exigidos por la ley, y los registros de cualquier mantenimiento o calibración realizada en tu equipo de adaptación.
Section § 2538.39
Section § 2538.40
Si te deniegan la solicitud de una licencia, la junta debe informarte por escrito el motivo. También tienes derecho a solicitar una audiencia si presentas una petición por escrito dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación de denegación. La notificación puede enviarse por correo certificado a la última dirección que le hayas dado a la junta.
Section § 2538.41
Section § 2538.42
Si alguien incumple las normas de este artículo, está cometiendo un delito menor. Si es condenado, podría enfrentar una pena de cárcel de entre 10 días y un año, o una multa de entre $100 y $1,000, o posiblemente ambas.
Section § 2538.43
No puedes vender o intercambiar legalmente ninguna licencia que haya sido otorgada por la junta, y ni siquiera puedes intentar venderla o intercambiarla.
Section § 2538.44
Es ilegal comprar o intercambiar una licencia de audífonos para mostrar falsamente que estás cualificado para adaptar o vender audífonos.
Section § 2538.45
Section § 2538.46
Esta ley prohíbe usar o intentar usar una licencia que haya sido comprada, obtenida fraudulentamente, falsificada o alterada de manera significativa, como si fuera una licencia real.
Section § 2538.47
Section § 2538.48
En California, es ilegal adaptar o vender audífonos sin una licencia o licencia temporal vigente y válida.
Section § 2538.49
Esta ley establece que los audioprotesistas con licencia deben seguir pasos específicos antes de adaptar o vender un audífono. Deben asegurarse de cumplir con todas las normas estatales sobre audífonos, revisar directamente los conductos auditivos del comprador e informar al comprador dónde y cuándo están disponibles para ajustes o reparaciones.
Section § 2538.50
En California, no puedes decir que te dedicas a adaptar o vender audífonos, ya sea anunciándote o de cualquier otra forma, a menos que tengas una licencia válida y activa o una licencia temporal. Hacerlo sin licencia es ilegal.
Section § 2538.51
Si usted adapta o vende audífonos, debe tener una ubicación comercial permanente que esté abierta regularmente para atender a sus clientes. Es ilegal realizar este trabajo sin dicha dirección.
Section § 2538.52
Section § 2538.53
Si tiene una licencia para dispensar audífonos bajo esta ley, esta vence a medianoche en una fecha de renovación específica. Para mantenerla activa, debe solicitar la renovación y pagar una tarifa antes de que expire. Si tiene una licencia temporal, hay una sección diferente que debe seguir para la renovación, pero aún así necesita usar el formulario correcto y pagar una tarifa. Si tiene una licencia duplicada para otra ubicación, esta vence al mismo tiempo que su licencia principal, y debe renovarla de la misma manera que renueva su licencia principal.
Section § 2538.54
Si su licencia ha vencido, aún puede renovarla dentro de los tres años presentando una solicitud de renovación y pagando cualquier tarifa atrasada y una tarifa por mora. La renovación se activa en la fecha en que complete el último paso, ya sea presentando su solicitud o pagando las tarifas. Una vez renovada, su licencia seguirá siendo válida hasta la próxima fecha de vencimiento, a menos que la renueve de nuevo.
Section § 2538.55
Section § 2538.56
Si no renueva su licencia dentro de los tres años posteriores a su vencimiento, no podrá renovarla ni restaurarla. Sin embargo, puede solicitar una nueva licencia si cumple ciertas condiciones: no ha cometido actos o delitos que le impidan obtener una licencia, paga las tarifas habituales para un nuevo solicitante y aprueba el examen requerido o demuestra a la junta que está calificado para vender o adaptar audífonos. La junta podría eximir o reembolsar algunas tarifas si no hay examen de por medio.
Section § 2538.57
Esta sección detalla varias tarifas relacionadas con la obtención de licencias en una profesión específica. Solicitar una licencia por primera vez cuesta $75, pero si no eres elegible para el examen, se te devolverán $50. Las tarifas de los exámenes se basan en los costos reales establecidos por la junta. Las licencias temporales y permanentes tienen tarifas iniciales y de renovación de $100 y $280, respectivamente. Las licencias para sucursales y las licencias de reemplazo cuestan $25 cada una. Si pagas tarde, hay una multa adicional de $25. La tarifa para certificar oficialmente tu licencia es de $15, y si solicitas la aprobación de un curso de educación continua, cuesta $50.