OdontologíaUso de Sedación Mínima Pediátrica
Section § 1647.30
Esta sección define términos clave relacionados con la sedación en un entorno médico. Por 'sedación mínima' se entiende un estado inducido por medicamentos en el que el paciente aún puede responder normalmente a las indicaciones verbales, aunque sus capacidades cognitivas y su coordinación podrían estar ligeramente afectadas. La condición no debe afectar la respiración, la función cardíaca ni los reflejos de las vías respiratorias. Las técnicas de sedación deben asegurar que los pacientes no pierdan la conciencia de forma involuntaria, y se requiere atención específica para aquellos que no pueden responder verbalmente, como los individuos jóvenes o con retraso en el desarrollo. Por 'vigente y sin restricciones' para una licencia o permiso se entiende que está activo sin restricciones derivadas de acciones disciplinarias, quejas sin resolver o revisiones.
Section § 1647.31
Esta ley permite a los dentistas usar u organizar la sedación mínima pediátrica para niños menores de 13 años durante procedimientos dentales si tienen las licencias y permisos adecuados. El dentista debe estar en el lugar mientras el niño está sedado. También necesitan la capacitación y el equipo correctos para manejar cualquier situación inesperada en la que el niño entre en una sedación más profunda. Esta ley no cubre la anestesia local ni tipos de sedación más intensos.
Section § 1647.32
En California, los dentistas que deseen administrar sedación mínima a niños deben solicitar un permiso y demostrar que han completado una capacitación específica. Deben mostrar que tienen el equipo y los medicamentos adecuados en su consultorio. La capacitación implica al menos 24 horas de aprendizaje o la finalización de una residencia reconocida en odontología pediátrica. Los dentistas solo pueden usar un fármaco sedante por vía oral, junto con una mezcla de óxido nitroso y oxígeno, para evitar una sedación más profunda de lo previsto. Además, un asistente capacitado debe estar presente para ayudar a monitorear y responder a las necesidades del niño.
Section § 1647.33
Esta ley establece que la tarifa para solicitar o renovar un permiso de sedación mínima pediátrica no puede ser mayor de lo que se indica en otra sección. También menciona que la legislatura desea que la junta tenga suficiente personal para administrar el programa de manera efectiva, y que las tarifas recaudadas deben cubrir los costos de la junta para la gestión y el cumplimiento de este programa.
Section § 1647.34
Si un dentista incumple alguna de las normas de este artículo, se considera mala conducta y puede resultar en la pérdida o suspensión de su permiso o licencia. El procedimiento para esto se rige por normas gubernamentales específicas, y la junta dental tiene toda la autoridad otorgada en esas reglas.
Section § 1647.35
Si tienes un permiso para usar sedación mínima en niños, debes completar al menos siete horas de cursos especiales sobre este tema cada vez que renueves tu permiso. Estos cursos cuentan para tus requisitos generales de educación continua establecidos por la junta.
Section § 1647.36
Antes de administrar sedación mínima a niños, un profesional de la salud debe primero recopilar su historial médico y realizar un examen físico. Estos detalles y la información sobre el proceso de sedación deben registrarse de acuerdo con las reglas de la junta.