Section § 1800

Explanation

Esta sección explica que una corporación dental en California puede ofrecer servicios dentales profesionales si sigue reglas y leyes específicas. Esto incluye el cumplimiento por parte de sus miembros y empleados, como dentistas y asistentes dentales, con diversas regulaciones, especialmente la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox. La ley aclara que una corporación dental tiene permitido practicar la odontología de acuerdo con estas leyes, y la Junta Dental de California supervisa dicho cumplimiento.

Una corporación dental es una corporación autorizada para prestar servicios profesionales, según se definen en las Secciones 13401 y 13401.5 del Código de Corporaciones, si dicha corporación, sus accionistas, funcionarios, directores y empleados que prestan servicios profesionales que son dentistas, médicos y cirujanos, asistentes dentales, asistentes dentales registrados, asistentes dentales registrados con funciones ampliadas, higienistas dentales registrados, higienistas dentales registrados con funciones ampliadas, o higienistas dentales registrados en práctica alternativa cumplen con la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox (Parte 4 (que comienza con la Sección 13400) de la División 3 del Título 1 del Código de Corporaciones), este artículo y otros estatutos, reglas y regulaciones aplicables a una corporación dental y a la gestión de sus asuntos. Sujeto a todos los estatutos, reglas y regulaciones aplicables, una corporación dental tiene derecho a practicar la odontología. Con respecto a una corporación dental, la agencia gubernamental a la que se refiere la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox es la Junta Dental de California.

Section § 1804

Explanation
Esta ley establece que el nombre de una corporación dental, y cualquier nombre que utilice para prestar servicios, debe incluir las palabras "corporación dental" o alguna frase o abreviatura que indique que es una corporación.

Section § 1805

Explanation

Esta ley establece que, salvo algunas excepciones, toda persona que sea director, accionista o funcionario en una corporación dental debe tener licencia según las normas específicas de las corporaciones profesionales.

Salvo lo dispuesto en las Secciones 13401.5 y 13403 del Código de Sociedades, cada director, accionista y funcionario de una corporación dental deberá ser una persona con licencia según se define en la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox.

Section § 1806

Explanation
Si un dentista no está cualificado para ejercer, cualquier dinero obtenido de servicios dentales mientras era accionista no puede ir a él o a sus acciones en la empresa dental.

Section § 1807

Explanation

Esta sección establece que las corporaciones dentales deben cumplir con los mismos estándares de conducta profesional que los dentistas individuales con licencia. Si una corporación dental actúa de manera poco profesional o no sigue estos estándares, puede enfrentar acciones disciplinarias similares, como la suspensión o revocación, al igual que los dentistas individuales. Estas acciones se rigen por los procedimientos establecidos en otro código gubernamental especificado.

Una corporación dental no deberá realizar ni dejar de realizar ningún acto cuya realización o cuya omisión constituya una conducta profesional indebida conforme a cualquier estatuto, norma o reglamento vigente o que entre en vigor en el futuro. En el ejercicio de su práctica, deberá observar y estará sujeta a dichos estatutos, normas y reglamentos en la misma medida que una persona que posea una licencia conforme a la Sección 1634 de este código. La junta tendrá las mismas facultades de suspensión, revocación y disciplina contra una corporación dental que las autorizadas actualmente o en el futuro por la Sección 1670 de este código, o por cualquier otro estatuto similar contra licenciatarios individuales; siempre que, sin embargo, los procedimientos contra una corporación dental se llevarán a cabo de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y la junta tendrá todas las facultades concedidas en el mismo.

Section § 1808

Explanation

Esta sección permite a la junta crear y hacer cumplir reglas para apoyar los objetivos de una ley específica de corporaciones profesionales. Exige que las corporaciones dentales se aseguren de que las acciones de una persona inhabilitada se vendan a la corporación o a los accionistas restantes. También exige que las corporaciones dentales obtengan un seguro u otra protección para las reclamaciones de los pacientes relacionadas con los servicios profesionales.

La junta podrá formular y hacer cumplir normas y reglamentos para llevar a cabo los propósitos y objetivos de este artículo y de la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox, incluyendo normas y reglamentos que exijan (a) que los estatutos de constitución o los reglamentos internos de una corporación dental incluyan una disposición por la cual el capital social de dicha corporación, propiedad de una persona inhabilitada (según se define en la Ley de Corporaciones Profesionales Moscone-Knox), o de una persona fallecida, se venda a la corporación o a los accionistas restantes de dicha corporación dentro del plazo que las normas y reglamentos puedan establecer, y (b) que una corporación dental proporcione seguridad adecuada mediante seguro o de otro modo para las reclamaciones en su contra por parte de sus pacientes que surjan de la prestación de servicios profesionales.